1. Concepto Histórico de
Hipoteca.
Del latín, “hypotheca”, que a su vez lo
toma del término griego, significa
“hipo”: bajo , “theca”:conjunto de
objetos, queriendo aludir al objeto que
se halla bajo otro, sujeto a su
cumplimiento
2. HIPOTECA
La hipoteca es un derecho de prenda
constituido sobre inmuebles que no dejan por
eso de permanecer en poder del deudor.
La hipoteca deberá otorgarse por escritura
pública. Podrá ser una misma la escritura
pública de la hipoteca y la del contrato a que
accede.
La hipoteca deberá además ser inscrita en el
registro de instrumentos públicos; sin este
requisito no tendrá valor alguno; ni se contará
su fecha sino desde la inscripción.
3. Características de la Hipoteca
+ Se trata de un derecho real, ya que recae sobre bienes inmuebles
o reales.
+ Es un derecho accesorio, el derecho principal es la obligación
contraída por el deudor (mutuo, obligaciones de hacer, obligaciones
de dar, etc.) y la hipoteca es el accesorio de ese principal. No
puede existir hipoteca sin crédito al cual garantice.
+ Es convencional.
+ Debe ser inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble a fin
de que pueda ser opuesta a terceros.
+ No puede constituirse hipoteca sino sobre bienes
inmuebles, especial y expresamente determinados, por una suma
de dinero también cierta y determinada.
4. + Esindivisible, o sea cada uno de los bienes
hipotecados a una deuda y cada parte de ellas
están obligadas al pago de toda la deuda y de
cada parte de ella.
+ Es necesario ser propietario para poder
hipotecar un inmueble.
+ Las hipotecas deben ser realizadas por
escritura pública.
5. Clases de Hipoteca.
La hipoteca puede ser de diversas clases por lo cual existen
diversas clasificaciones de misma.
Siendo la primera la que clasifica a la hipoteca en hipoteca
mobiliaria e hipoteca inmobiliaria. La hipoteca inmobiliaria es la que
recae sobre bienes inmuebles y la hipoteca mobiliaria es la que
recae sobre bienes muebles. De estas dos clases de hipoteca la
mas conocida, mas utilizada y consagrada en todos los
ordenamientos sustantivos es la hipoteca inmobiliaria. En cuanto a
la hipoteca mobiliaria podemos afirmar que la misma se encuentra
consagrada en el derecho positivo español. La cual en algunos
supuestos remplaza a la prenda con entrega jurídica.
La segunda clasificación de las hipotecas clasifica a la hipoteca en
general y especial. Siendo la primera la que recae sobre todos los
bienes inmuebles del deudor y la segunda la que recae sólo sobre
un bien o bienes. Sólo la segunda se encuentra regulada en el
derecho peruano.
La tercera clasificación clasifica a la hipoteca en convencional y
legal. Siendo la primera la que surge por acuerdo de partes y la
segunda en los supuestos que establece la ley.
6. La cuarta clasificación clasifica a la hipoteca en hipoteca regulada
por el Código Civil e hipoteca regulada por otras normas.
La quinta clasificación clasifica a la hipoteca en hipoteca inscrita e
hipoteca oculta. Siendo la primera la que corre inscrita en
registros públicos y la segunda la que no corre inscrita.
Existen otras clases de hipoteca como la judicial y la unilateral,
pero son hipotecas poco conocidas. En todo caso debemos dejar
constancia que la segunda se puede constituir en el derecho
peruano, es decir, por el hecho de ser una hipoteca unilateral no
se puede observar (suspender la inscripción) ni tachar (denegar la
inscripción) el título presentado al registro, solicitando su
registración. Dejando constancia que la observación puede
subsanarse, mientras que la tacha no puede subsanarse.
7. Préstamo Hipotecario
Préstamo Hipotecario
El préstamo con garantía hipotecaria es un contrato por el que una persona o
entidad (el acreedor, en general un Banco o Caja de Ahorros, aunque puede ser
cualquier persona física o jurídica), presta una cantidad de dinero a otra persona o
sociedad (el deudor).
La hipoteca propiamente dicha es la garantía que el deudor, u otro por
él, proporciona al que presta el dinero. Consiste en que un bien inmueble (o varios)
se ofrece y sujeta como garantía de que se va a devolver el dinero prestado, de
manera que si éste no se devuelve en los plazos pactados, el acreedor, con unos
procedimientos ejecutivos abreviados, puede instar la venta en pública subasta el
inmueble hipotecado para cobrar lo que se le debe, quedando el sobrante para
otros acreedores o, en su defecto, para el deudor.
Como el acreedor tiene la garantía del inmueble es por lo que se puede conceder
préstamos hipotecarios a bajo interés y a largo plazo.
El inmueble no es propiedad del Banco por el hecho de que haya concedido la
hipoteca; en todo momento es propiedad de quien lo compró quien lo puede vender
o alquilarlo o incluso volverlo a hipotecar, dentro de los limites legales.
Con frecuencia las entidades bancarias piden alguna persona que avale la
operación, en especial si quien pide el préstamo tiene pocos ingresos o solvencia
8. Son requisitos esenciales de los contratos de
prenda e hipoteca:
1:Que se constituya para asegurar el cumplimiento
de una obligación principal.
2:Que la cosa pignorada o hipotecada pertenezca
en propiedad al que la empeña o hipoteca.
3:Que las personas que constituyan la prenda o
hipoteca tengan la libre disposición de sus bienes
o, en caso de no tenerla, se hallen legalmente
autorizadas al efecto.
9. CARACTERISTICAS
Las terceras personas extrañas a la obligación principal pueden
asegurar ésta pignorando o hipotecando sus propios bienes.
La prenda y la hipoteca son indivisibles, aunque la deuda se divida
entre los causahabientes del deudor o del acreedor.
No podrá, por tanto, el heredero del deudor que haya pagado parte
de la deuda pedir que se extinga proporcionalmente la prenda o la
hipoteca mientras la deuda no haya sido satisfecha por completo.
Tampoco podrá el heredero del acreedor que recibió su parte de la
deuda devolver la prenda ni cancelar la hipoteca en perjuicio de los
demás herederos que no hayan sido satisfechos.
Se exceptúa de estas disposiciones el caso en que, siendo varias
las cosas dadas en hipoteca o en prenda, cada una de ellas
garantice solamente una porción determinada del crédito.
El deudor, en este caso, tendrá derecho a que se extingan la
prenda o la hipoteca a medida que satisfaga la parte de deuda de
que cada cosa responda especialmente.
El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o
hipoteca, ni disponer de ellas.
10. Contrato de Hipoteca
CONTRATO DE HIPOTECA
En la Ciudad de ____________ a _________
de_________.
Contrato de Hipoteca que celebran por una parte el Sr./Sra.
______________, mayor de edad, funcionario, soltero, vecino de
______________, con domicilio ubicado en
______________, con número de identificación
_______________________.
Y por la otra, el Sr./Sra.___________________, mayor de
edad, casado, interventor, vecino de ______________, con
domicilio ubicado en ___________ y con número de Credencial
de elector: _________________.
Y de otra, los cónyuges el Sr. _______________ y la Sra.
______________, ambos mayores de
edad, empresarios, casados bajo el régimen económico-
matrimonial de separación de bienes, vecinos de
________________, con domicilio ubicado en
_______________, con numero de Credencial de elector:
______________ y ______________, respectivamente, mismo
que celebran al tenor de las siguientes:
11. DECLARACIONES
El Sr. _________________ lo hace en nombre y representación y como
apoderado de la mercantil "Banco__________, S.A.", constituida por tiempo
indefinido mediante escritura autorizada por el Notario Público de ___________
el Lic. _______________ el día __________ de _________ de ___________;
con domicilio en _____________, inscrita en el
Registro______________, de _________, Libro_________, Sección______, fo
lio_________, Hoja ____________ con Credencial de elector
Núm..__________.
Resulta su cargo de la escritura autorizada por mi en
fecha___________, número _____________ de Protocolo de cuya matriz
transcribo lo siguiente, sin que en lo omitido haya nada que
modifique, contradiga o desvirtúe lo transcrito:
I.- El Sr. _______________ es titular del pleno dominio de la siguiente
finca:
(Descripción).
Título: Adquirida por compra a los cónyuges el Sr. ____________ y la Sra.
______________, en escritura pública de fecha _____________, autorizada en
____________ por su Notario Público el Lic. ________________, Inscripción:
_____________________________.
Referencia catastral: ___________________________.