Este documento describe la estructura y funciones de la Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET. La Dirección de Derecho de Vigencia se encarga de administrar el derecho de vigencia y la penalidad que deben pagar los titulares de derechos mineros. Entre sus funciones se encuentran identificar los montos recaudados, ubicar geográficamente los pagos y distribuir los montos recaudados a los beneficiarios correspondientes de acuerdo a la ley. También presenta información sobre el padrón minero nacional y los montos que
2. Consejo
Órgano de Control
Directivo ACTUAL ESTRUCTURA
Institucional ORGÁNICA DEL
Presidente
INGEMMET
UF : Unidad Financiera
Secretaría UP : Unidad de Personal
General UL : Unidad de Logística
UADA : Unidad de Administración
Documentaria y Archivo
O. Asesoría URI : Unidad de Relaciones Institucionales
Jurídica DGAR : Dirección de Geología Ambiental y
Riesgo Geológico
O. Planeamiento DGR : Dirección de Geología Regional
y Presupuesto DRME : Dirección de Recursos Minerales y
Energéticos
DL : Dirección de Laboratorio
O.Sistemas de
O. Administración DCM : Dirección de Concesiones Mineras
Información DDV : Dirección de Derecho de Vigencia
DC : Dirección de Catastro Minero
UTN : Unidad Técnico Normativa
UF UP UL URI UADA UTO : Unidad Técnico Operativa
UCM : Unidad de Catastro Minero
UAR : Unidad de Áreas Restringidas
DGAR DGR DRME DL DCM DDV DC
UTN UTO UCM UCA
3. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
Nº CONCEPTO NORMAS LEGALES FECHA DE
PUBLICACIÓN
1 Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. D.S. 014-92-EM 04/06/1992
2 Reglamento de Procedimientos Mineros. D.S. 018-92-EM 07/09/1992
3 Reglamento de Diversos Títulos de TUO de la Ley General de Minería. D.S. 03-94-EM 14/01/1994
4 Ley que modifica la Ley Nº 27015 (art. 9º Derecho de Vigencia de derechos mineros) Ley 27560 24/11/2001
Aprueban el Reglamento de la Ley Especial que regula el otorgamiento de Concesiones Mineras áreas urbanas y de expansión
5 D.S. 008-2002-EM 21/02/2002
urbana. (art. 13º Devolución del Derecho de Vigencia)
Autorizan utilizar Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI para la distribución de ingresos provenientes del Derecho de
6 D.S. 002-2001 18/01/2001
Vigencia entre municipalidades y ubicación de derechos mineros.
7 Establece procedimiento para calcular el pago de Derecho de Vigencia de las concesiones de beneficio. R. D. 185-97-EM/DGM 16/05/1997
8 Establecen disposiciones para el pago de penalidad a que se refiere al Art. 40º del TUO de la Ley General de Minería. 029-2001-EM 18/06/2001
9 Ley de la Formalización y Promoción de la pequeña Minería y la Minería Artesanal. Ley 27651 24/01/2002
Establecen disposiciones para pago del derecho de vigencia y/o penalidad y modifica el reglamento de Diversos títulos del TUO de
10 010-2002-EM 9/03/2002
la Ley General de Minería y del Reglamento de Procedimientos Mineros.
11 Aprueban el Reglamento de la Ley de Formalización y promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal. D.S. 013-2002-EM 21/04/2002
Uniformizan el uso de decimales para expresar valores de coordenadas UTM y para la extensión de los derechos mineros en
12 R.J. 1439-2004-INACC/J 29/04/2004
informes, resoluciones y Padrón Minero.
13 Modifican art. 34º, 37º y 74º del Reglamento de diversos títulos de la Ley General de Minería, aprobado por D. S. 03-94-EM. D.S. 045-2007-EM 06/09/2007
Regulan el sistema de derechos mineros y catastro - SIDEMCAT y modifican normas reglamentarias del procedimiento minero
14 D.S. 084-2007-EM 20/12/2007
para adecuarlas al proceso de regionalización.
15 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INGEMMET. R.M. 598-2007-MEM/DM 03/01/2008
16 Decreto Legislativa que sustituye artículos del Texto Único ordenado de la Ley General de Minería. D.L. 1010 09/05/2008
17 Decreto Legislativa que modifica la Ley del procedimiento Administrativo General Ley 27444 la Ley del silencio administrativo. D.L. 1029 24/06/2008
Decreto Legislativa que modifica la Ley 27651 Ley de formalización de la Pequeña Minería y Minería artesanal y art. 91 de la Ley
18 D.L. 1040 26/06/2008
General de Minería.
19 Decreto Legislativa que modifica artículos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. D.L. 1054 27/06/2008
Dictan disposiciones reglamentarias a los artículos 25º, 38º, 40º, 41º y 59º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería,
20 D.S. 054-2008-EM 10/10/2008
sustituidos por los Decretos Legislativos Nºs 1010 y 1054.
21 Modifican numerales del Anexo I y del Anexo III del TUPA del INGEMMET. R.M 353-2009-MEM/DM 22/08/2009
22 Modifican el artículo 24 del D.S Nª 03-94-EM. D.S 077-2009-EM 08/11/2009
4. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA
¿QUÉ ES ?
Órgano encargado de Administrar el Derecho de Vigencia y
Penalidad.
¿QUE HACE ?
Identifica montos recaudados
Ubica geográficamente.
Distribuye los montos recaudados a los Beneficiarios de acuerdo a
Ley.
5. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA
DERECHO DE VIGENCIA
Pago que deben abonar los titulares al momento de formular y a
partir del segundo año para mantener la vigencia de sus
derechos mineros.
PENALIDAD
Pago que deben realizar los titulares de concesiones Mineras
que no han cumplido con acreditar la Producción o Inversión
Mínima, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de
Minería.
6. PADRON MINERO ANÁLISIS DE
PAGOS CALIFICACIONES USUARIOS
DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
NORMATIVIDAD VIGENCIA ACTIVIDAD ESTADÍSTICAS POI
INFORMACIÓN
INGRESOS POR DERECHO DE VIGENCIA
• Pagos acreditados al momento de la formulación.
Formulación
Recaudación
(S/. y $)
• Pagos del derecho de vigencia a partir del 2do. año de
la formulación.
Padrón
Minero • Pagos de la penalidad respecto a las concesiones cuyos
titulares se encuentran obligados a la producción o
inversión mínima.
7. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
INGRESOS POR DERECHO DE VIGENCIA
OPORTUNIDAD Y FORMA:
1. Nuevos Petitorios:
• Tiempo Enero a Diciembre
• Dónde Cuentas autorizadas (999)
2. Padrón Minero:
• Tiempo Enero a Junio
• Dónde Cuentas autorizadas – CÓDIGO ÚNICO
8. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
EJEMPLOS DE RECIBOS PAGADO EN CUENTA EXCLUSIVA CON
CODIGO UNICO
9. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PADRÓN MINERO NACIONAL
Relación de Derechos Mineros vigentes o
extinguidos discutiendo su vigencia ante el Poder
Judicial, con la información actualizada al 31 de
diciembre de cada año, a tener en cuenta para pago
por Derecho de Vigencia y Penalidad (Deuda y
Obligación).
10. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
INFORMACIÓN PARA PADRÓN MINERO NACIONAL
ASESORIA JURIDICA Medida Cautelar
Contencioso Administrativo
Título
Reducciones, Fraccionamientos
Divisiones, Acumulaciones
CONCESIONES
Renuncias
Extinciones
INTERNA UEAS
UADA consentimientos
Actualizar hectáreas (DM y
CATASTRO Concesiones de Beneficio)
Ctos. de Estabilidad Administrativa Información
Concesiones de Beneficio Ingresada al
Transporte Minero
DGM Labor General SIDEMCAT
No Acreditación PIM
Calificaciones de PPM y PMA
ACTIVOS MINEROS Derechos transferidos - Proceso de
Promoción, Inversión Privada
EXTERNA FONAFE DM ex - Banco Minero
GOBIERNOS Derechos Mineros de su
REGIONALES competencia.
Remisión oportuna de Movimientos
SUNARP Regístrales
11. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DETERMINACIÓN DE MONTO PARA EL PADRÓN MINERO NACIONAL
LIBRE AREA TOTAL
D.L 708
PRIORITARIOS AREA NO SUPERPUESTA
HECTÁREAS
<>D.L.708 AREA TOTAL
NATURAL(ES)
PERSONA JURIDICO (S)
NAT(ES)+JUR(OS)
TRANSFER
MONTO CESIONA
CONDICIÓN TITULAR REGISTRO
CESIONARIO
CONTRATOS
SUPERA
PERDIDA CERO D.M.
DEMARCA
EXCLUSIÓN
INCLUSIÓN PRIMER TRAMO
UEAs ANTIGUEDAD
ARCHIVAMIENTO SEGUNDO TRAMO
CONSTITUCIÓN
12. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONTENIDO DEL PADRÓN MINERO NACIONAL
DEUDA OBLIGACIÓN
1 2
Monto consignado que está en Monto abonar estará en función de
función a la situación del derecho la situación del derecho minero al
minero al 31/12 del año anterior y 31/12 del año anterior y la
la condición vigente del obligado a condición vigente del obligado al
día anterior de remitida la
la fecha de vencimiento de pago
información a la Entidad Financiera.
para dicho año.
Esta información figura tanto en el Esta Información proporcionada a las
Padrón Minero Publicado como en Entidades Financieras, no figura en el
las Entidades Financieras Padrón Minero Publicado.
autorizadas.
13. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONTENIDO DEL PADRÓN MINERO NACIONAL
14. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PRESENTACIÓN DEL PADRÓN MINERO NACIONAL
1. Versión Impresa
(Módulo de Atención al Público)
2. Digital – CD
(Aplicativo en Venta al Público)
3. Página web www.ingemmet.gob.pe
(Gratis PDF Descargable en Página Web)
15. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
MONTOS A PAGAR SEGÚN CONDICIÓN DEL TITULAR
CONDICIÓN DERECHO DE VIGENCIA PENALIDAD
US$ 6 x Hectarea (A)
Régimen General US$ 3 x Hectarea
US$ 20 x Hectarea (B)
Pequeño Productor US$ 1 x Hectarea (A)
US$ 1 x Hectarea
Minero US$ 5 x Hectarea (B)
Productor Minero US$ 0.50 x Hectarea (A)
US$ 0.50 x Hectarea
Artesanal US$ 3 x Hectarea (B)
(A) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 1er
párrafo del art. 40º del TUO.
(B) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 2do.
párrafo del art. 40º del TUO.
16. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
MONTOS A PAGAR POR DERECHO DE VIGENCIA
CONCESIONES DE BENEFICIO
Calculo en función de la capacidad instalada de producción, expresada en
Toneladas Métricas / Día (Tm/Día), de acuerdo a los porcentajes de la UIT
siguientes:
• Hasta 350 TM/día, 0.0014 de una UIT por cada TM/día.
• Más de 350 hasta 1,000 TM/día, 1.00 UIT.
• Más de 1,000 hasta 5,000 TM/día, 1.5 UIT.
• Por cada 5,000 TM/día en exceso, 2.00 UIT.
TRANSPORTE MINERO
Calculo en función a su longitud, a razón del 0.003% de una UIT por Metro Lineal
de labor proyectada.
17. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
ESTADO DE INFORMACION EN EL PADRON PARA
PAGOS
PADRON MINERO (DEUDA)
CALIFICACIÓN VIGENTE AL +
31 DE DICIEMBRE (OBLIGACIÓN)
CALIFICACIÓN VIGENTE AL
30 DE JUNIO
ENE-FEB-MAR-ABR-MAYO-JUN-JUL-AGO-SET-OCT-NOV-DIC - ENE-FEB-MAR-ABR-MAYO-JUN---------------
AÑO ANTERIOR AÑO CORRIENTE
2010 2011
18. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
FORMAS DE ACREDITAR CUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES
ACREDITACIÓN ACREDITACIÓN ACREDITACIÓN
AUTOMÁTICA NO AUTOMÁTICA EXTEMPORANEA
1 2 3
Bancos autorizados. Bancos autorizados
Bancos autorizados.
No uso del código No uso código único.
Uso código único.
único.
Acreditación
Acreditación presentada pasado el
dentro del mes de mes de efectuado el
No necesita
efectuado el pago, pago, derecho de
presentación de
derecho de trámite 4.27% UIT.
acreditación.
trámite 1.5% UIT.
19. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA CUANDO SE PRESENTE UNA
SOLICITUD DE ACREDITACION EXTEMPORANEA
• Tener en cuenta que la tramitación de las acreditaciones extemporáneas de pago del Derecho
de Vigencia o la Penalidad, constituye función de la Dirección de Derecho de Vigencia del
INGEMMET.
• Verificar en el SIDEMCAT la presentación de solicitudes de esta naturaleza antes de decretar la
extinción por caducidad de un derecho minero. De darse tal situación, la DDV se encuentra
obligada a comunicar al Gobierno Regional o la DREM que haga sus veces la procedencia o
improcedencia de la solicitud, con lo cual se definirá la situación de caducidad o vigencia del
derecho minero.
• De haberse expedido la resolución de caducidad y en su caso el consentimiento de ésta, tener
en cuenta que en virtud de la fecha de presentación de la acreditación extemporánea de pago
del Derecho de Vigencia o Penalidad, la DDV podrá comunicar al Gobierno Regional o la DREM
que haga sus veces se deje sin efecto la caducidad y en su caso el consentimiento de ésta,
debiendo la autoridad regional expedir la resolución que así lo declare.
• Ingresar en el rubro “Resoluciones” del SIDEMCAT, la resolución que deja sin efecto la
caducidad decretada, de ser el caso.
20. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE “NO PAGO”
NO PAGO AÑO CORRIENTE (Colectiva)
• DERECHO DE VIGENCIA: 2 meses posteriores al 30 de Junio.
• PENALIDAD: 30 días de remitida la Resolución Directoral, por la Dirección General
de Minería.
Publicación en el diario Oficial “EL PERUANO”
NO PAGO INDIVIDUAL (Individual)
Si se detecta el incumplimiento de pago, la Resolución se expedirá en cualquier
momento del año (Art.76 del D.S. N° 03-94-EM).
Notificación a domicilio
21. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CADUCIDAD
La caducidad de petitorios mineros y concesiones
mineras se producen por el no pago oportuno del
Derecho de Vigencia y/o Penalidad, durante 2 años
consecutivos, conforme al Art. 59º del D.S. 014-92-
EM concordado con el Art. 102º del D.S. 03-94-EM.
22. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CADUCIDAD
RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD (Colectiva) Emitida por el INGEMMET o Gobierno
Regional, según la competencia conforme al D.S. 084-2007-EM.
INGEMMET
• Derecho de Vigencia Dentro de 2 meses de expedida Resolución No Pago.
• Penalidad (Vigencia)
Dentro de 2 meses de expedida la RP de No Pago
(Penalidad)
Publicación en el diario “EL PERUANO”
GOBIERNOS REGIONALES
Dentro de 15 días hábiles de recibida la comunicación del
INGEMMET.
• Derecho de Vigencia Publicación en el diario “EL PERUANO” o notificación a
• Penalidad domicilio, a discreción del Gob. Regional.
23. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CADUCIDAD
RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD (Individual) Se expedirá en cualquier momento
del año. Podrá ser emitida por el INGEMMET o Gobierno Regional, según la
competencia conforme al D.S.084-2007-EM.
• Derecho de Vigencia
• Penalidad
Dentro de los 15 días hábiles de recepcionada la comunicación del
INGEMMET.
Notificación a domicilio
24. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
ENTIDAD COMPETENTE PARA DECLARAR LA CADUCIDAD
COMPETENCIA DE GOB.
CALIFICACION DEL TITULAR ENTIDAD QUE CADUCA
REGIONAL
SITUACION DERECHO MINERO
INGEMME GOB.
PPM o PMA RG PPM PMA
T REGIONAL
X X 1.- Conforme
(mto. de a la
Declaración) Demarcación
CON TÍTULO DE CONCESIÓN
geográfica.
MINERA X X De acuerdo
a la provincia
(mto. de 2. - Si se
por la cual
Declaración) encuentra en
se otorgo la
dos regiones
X X constancia
donde tenga
mayor grado
(mto. de de
PETITORIO EN TRAMITE formulación) superposición
(FORMULADO CON D.S. 084-2007-EM)
X X
(mto. de
formulación)
Gobierno Gobierno
X X Regional que Regional que
(mto. De otorgo el otorgo el
PETITORIO EN TRAMITE conclusión)* Titulo Titulo
(FORMULADO ANTES D.S. 084-2007-EM) X X
(mto.
de conclusión)*
X X
DENUNCIO
X
* Fecha de conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales a favor del Gob. Regional
25. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA EN LA CADUCIDAD
• Verificar que al momento de la declaración de caducidad, el titular del derecho minero de que
se trate cuente con la condición de PPM o PMA vigente, caso contrario remitir el expediente
debidamente foliado al INGEMMET para la declaración respectiva.
• Tener en cuenta que de existir pendiente de pronunciamiento una solicitud de acreditación
extemporánea, no puede decretarse la caducidad en tanto el INGEMMET no haya resuelto
previamente dicho pedido.
• Es potestad del Gobierno Regional o la DREM en su caso, publicar en el diario oficial “El
Peruano” o notificar vía SERPOST la caducidad declarada.
• Verificar que el Certificado de consentimiento de la caducidad se expida transcurrido que sea
el plazo de 15 días hábiles de los que goza el titular para la interposición del recurso de
revisión.
• Ingresar en el rubro “Resoluciones” del SIDEMCAT, tanto la resolución de caducidad como el
consentimiento, de corresponder éste.
• En caso de haberse interpuesto recurso de revisión, registrar en el rubro “Ubicación del
documento” el usuario del Consejo de Minería, de no poder hacerlo poner dicha situación a
través del Oficio del caso, en conocimiento de la Dirección de Derecho de Vigencia.
26. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
RELACIONES COLECTIVAS ENVIADAS A LOS GOB. REGIONALES PARA TRAMITAR LA CADUCIDAD
INFORMACIÓN AL 18/04/2011
FUENTE - SIDEMCAT
27. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PRODUCTOR MINERO ARTESANAL
Es aquella actividad realizada de manera habitual y que sirve como medio
de sustento familiar, realizada con métodos manuales y/o equipos
básicos.
POSEAN POR CUALQUIER TÍTULO HASTA 1,000 HAS:
a) A título personal o en sociedad conyugal.
b) Sea Cesionario o por contrato de explotación tenga derecho
para ejercer actividad minera en concesión de tercero.
c) Sea co-peticionario o co-adquiriente.
d) Pertenecientes a cualquiera de las sociedades legales, en la
proporción correspondiente.
28. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PRODUCTOR MINERO ARTESANAL
Causales de Pérdida:
1. Supera límite de hectáreas (1000) y capacidad instalada (25
TM/DIA).
2. Vencimiento de Plazo.
3. Acreditación de la Condición de PPM.
4. Transferencia o Extinción de todos sus derechos Mineros.
5. Por otorgar sus derechos en cesión, aportarlos a un contrato de
riesgo compartido o por celebrar otro contrato por el que el
PMA deje de realizar actividad como medio de sustento.
6. Por poseer por cualquier título derechos mineros en provincia
distinta a la que figura en su D.J. Bienal.
29. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PRODUCTOR MINERO ARTESANAL
Causales de Pérdida:
7. Otorgamiento de Certificado de Operación Minera de una
concesión de beneficio o de cualquier otro permiso, que
determine que se excede los límites de producción y/o
beneficio permitidos por Ley
8. Renuncia voluntaria a la calificación.
9. Incumpla la prohibición de permitir que menores de 18 años
participen de las actividades mineras.
10. Por resolución del acuerdo de explotación por daños causados
en el ambiente.
30. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PRODUCTOR MINERO ARTESANAL
INHABILITACIÓN DE ACREDITAR LA CONDICIÓN DE PMA:
Si la pérdida de la calificación de PMA se debe a la
causales números 1, 4, 5, 6, 7, 8 y 10, el titular
queda inhabilitado para acreditar nuevamente tal
condición hasta que transcurran dos años desde la
fecha en que la perdió.
31. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO
POSEAN POR CUALQUIER TÍTULO HASTA 2,000 HAS:
a) A título personal o en sociedad conyugal.
b) Sea Cesionario o por otro contrato tenga derecho para ejercer
actividad minera en concesión de tercero.
c) Sea co-peticionario o co-adquirente.
d) Pertenecientes a cualquiera de las sociedades legales, en la
proporción correspondiente.
32. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO
Causales de Pérdida:
1. Supera límite de hectáreas (2000) y capacidad instalada (350
TM/DÍA).
2. Vencimiento de Plazo.
3. Acreditación de la Condición de PMA.
4. Transferencia o Extinción de todos sus derechos Mineros.
5. Otorgamiento de Certificado de Operación Minera de una
concesión de beneficio o de cualquier otro permiso, que
determine que se excede los límites de producción y/o
beneficio permitidos por Ley.
6. Renuncia voluntaria a la calificación.
33. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO
Causales de Pérdida:
7. Incumpla la prohibición de permitir que menores de 18 años
participen de las actividades mineras
8. En el caso de cesión, opción o entrega en riesgo compartido de
derechos mineros de PPM a terceros no calificados como PPM,
el monto del Derecho de Vigencia y Penalidad a pagar será el
correspondiente al Régimen General.
34. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
EXCEPCIÓN DEL LÍMITE DE HECTÁREAS
Los titulares mineros de sustancias no metálicas y de
materiales de construcción, pueden contar con calificación
de PPM o PMA aún cuando cuenten con una extensión
mayor a 2000 ó 1000 hectáreas, respectivamente. (Art. 21
de la Ley Nº 27651)
35. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CANCELACIÓN DEL PAGO DIMINUTO (PMA – PPM)
En los casos de derechos mineros cuyos pagos se efectuaron
conforme al monto señalado en el Padrón Minero y el
INGEMMET estableciera posteriormente, que corresponde
pagar un monto mayor, la autoridad minera requerirá al
titular que en un plazo de 15 días hábiles, pague y acredite el
monto faltante. (Art. 74 del D.S. 03-94-EM).
36. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CERTIFICADOS DE DEVOLUCIÓN
Documento de crédito emitido por el INGEMMET a favor de
uno o más titulares mineros al haberse ordenado la devolución
total o parcial del pago efectuado por concepto de Derecho de
Vigencia.
Los Certificados de Devolución pueden ser utilizados para el
pago del Derecho de Vigencia, cuando se formulen nuevos
petitorios o para el pago anual correspondiente de Vigencia
y/o Penalidad.
37. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CERTIFICADOS DE DEVOLUCIÓN
Los certificados de devolución presentan las siguientes
características:
• Son nominativos, es decir se emite a favor de quien formuló el
petitorio.
• Tiene vigencia por un (1) año.
• Se emite en dólares americanos.
• Permite el pago de derecho minero de un tercero (Artº 37 del D.S.
03-94-EM, Modificado por D.S. 046-2008-EM.
38. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
REQUISITOS PARA EMISIÓN DE
CERTIFICADO EN EXP. FORMULADOS ANTE
GOB. REGIONAL
• Copia certificada de la resolución y del Certificado de
consentimiento correspondiente.
• Recibo original del pago de Derecho de Vigencia por
formulación.
• El derecho de tramite de 2%UIT (S/. 72.00).
39. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CERTIFICADOS DE DEVOLUCIÓN
40. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CASOS EN QUE SE EMITE UN CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN
• Petitorios cancelados o reducidos por superposición a derechos
mineros.
• Petitorios reducidos y/o cancelados por simultaneidad.
• Petitorios cancelados o reducidos por superposición a áreas
naturales protegidas, áreas rústicas de uso agrícola, áreas
arqueológicas, áreas de defensa nacional, proyectos especiales y
toda área restringida a la actividad minera.
• Petitorios declarados inadmisibles conforme al art. 14 del D.S. Nº
018-92-EM.
41. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CASOS EN QUE SE EMITE UN CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN
• Petitorios y/o concesiones en los que se hayan duplicado el
pago o efectuado este en exceso.
• Derecho de Vigencia pagado sobre petitorios y/o concesiones
ubicados en áreas en que, por razón de emergencia, declarada
por la autoridad competente, está prohibido realizar, entre
otras, actividad minera, durante un período mínimo de seis
meses.
42. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CASOS DE DERECHOS INADMISIBLES EN QUE SE EMITE UN
CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN
ARTICULO 14º DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMNISTRATIVOS MINEROS (D.S. Nº 018-92-EM). Párrafo
modificado por el D.S. Nº 084-2007-EM, publicado el 20-12-2007, cuyo texto es el siguiente:
“Serán declarados inadmisibles por la Dirección de Concesiones Mineras o la Autoridad Regional
según corresponda...Los petitorios en los que no se hubiera consignado o identificado correctamente las
coordenadas UTM de la cuadrícula o conjunto de cuadrículas solicitadas, no se hubiera identificado correctamente
el área conforme al Art.12 de la Ley Catastro Minero Nacional, exista falta de colindancia por un lado dentro del
conjunto de cuadrículas solicitadas, se exceda el área máxima establecida por Ley,
los peticionados sin cumplir con lo establecido por los Artículos 65 y 68 de la Ley, los peticionados por extranjeros
en zona de frontera cuya solicitud sea expresamente desaprobada o que, transcurridos seis (6) meses de dicha
solicitud, se acojan al silencio negativo y consideren su solicitud como denegada y consentida,
y los petitorios formulados en Áreas de no Admisión de Denuncios, estén incursos en la causal prevista en el Art.3
del D.S. Nº 008-2002-EM, sean peticionadas ante Autoridad Regional o Nacional no competente, no serán
ingresadas al sistema de cuadrículas o se retirarán de ella, según sea el caso”
ARTICULO 65º DEL TUO: (D.S. Nº 014-92-EM)
Las áreas correspondientes a concesiones y petitorios caducos, abandonados, nulos, renunciados, y aquellos que
hubieren sido rechazados en el acto de su presentación, no podrán peticionarse mientras no se publiquen como
denunciables.
ARTICULO 68º DEL TUO: (D.S. Nº 014-92-EM)
Las áreas correspondientes a concesiones y petitorios caducos, abandonados, nulos y renunciados, no podrán ser
peticionados, ni en todo ni en parte, por el anterior concesionario ni por sus parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o de afinidad, hasta dos años después de haber sido publicadas como denunciables.
43. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PAGO CON CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN
• Se usa para el pago del Derecho de Vigencia a la formulación de un
petitorio o para el pago del Derecho de Vigencia o Penalidad de derechos
mineros ya formulados.
• A partir del 2º año requiere de solicitud del interesado presentada entre el
01 de enero al 30 de junio, con indicación del código único del derecho y la
obligación por la que se pretende el pago.
• En caso se pague la Vigencia o Penalidad de un derecho minero de tercero,
se requiere además la firma legalizada del titular del certificado (Art. 37 del
D.S. Nº 03-94-EM).
44. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DEVOLUCIÓN CON CERTIFICADO POR PAGO DE
PENALIDAD
• Pago duplicado o en exceso.
• Pago sobre derechos mineros ubicados en áreas en que, por razón
de emergencia, declarada por la autoridad competente, está
prohibido realizar actividad minera, durante un período mínimo de
seis meses.
• Pago sobre derechos mineros ubicados en áreas en las que se
hayan producido eventos que califiquen como caso fortuito o
fuerza mayor.
• Cuando se excluya a la concesión minera de Resolución Directoral
de la DGM.
45. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA CUANDO SE SOLICITA
LA EXPEDICION DE UN CERTIFICADO DE DEVOLUCION
• Informar al usuario minero que el Certificado de devolución sólo procede en los
casos taxativamente señalados por la normatividad minera. (D.S Nº 03-94-EM)
• Informar al usuario minero que el trámite de la devolución es efectuado por la DDV
una vez que la resolución expedida por la autoridad regional se encuentre
consentida.
• Informar al usuario minero que conjuntamente con la solicitud de devolución
deberán presentarse copias certificadas de la resolución que dará mérito a la
devolución así como el consentimiento de ésta, además del pago por el derecho der
trámite respectivo a la cuenta del INGEMMET.
• Remitir el original del recibo de pago del Derecho de Vigencia, sólo en los casos en
que la devolución solicitada se encuentre en los supuestos de la norma, debiendo
dejar en el expediente de formación de título copia certificada de dicho recibo así
como la constancia de desglose respectiva.
46. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DEVOLUCIÓN POR REEMBOLSO
• Montos abonados o acreditados, fuera de los plazos para el pago o
acreditación.
• Montos abonados que no hayan sustentado favorablemente el
procedimiento de acreditación extemporánea o el de pago por un
monto mayor detectado por el INGEMMET con posterioridad al
mismo.
• Montos abonados por derechos mineros extinguidos (fuera del art.54
del TUO)
• Montos abonados por concesiones mineras no incluidas en la RD de la
DGM.
• Montos abonados no referidos a ningún derecho minero.
47. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
DISTRIBUCIÓN
Es el proceso por el cual se asignan los fondos
recaudados por Derecho de Vigencia y Penalidad a
los Gobiernos Locales, Regionales e Instituciones del
Sector Energía y Minas, en la proporción dispuesta
por la Norma.
48. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
PORCENTAJE DE DISTRIBUCIÓN
49. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONSULTAS ON LINE DE DERECHO DE VIGENCIA
50. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
51. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
CONSULTAS ON LINE DE DISTRIBUCIÓN DE L PAFO POR VIGENCIA Y PENALIDAD
52. NORMATIVIDAD VIGENCIA PADRON MINERO PAGOS CALIFICACIONES DEVOLUCIONES DISTRIBUCIÓN WEB
53. DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA
www.ingemmet.gob.pe
MUCHAS GRACIAS
Abog. Mabel Tamata Montejo