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LEY DE MERCADO DE CAPITALES 
CONCEPTO DE MERCADO DE CAPITAL 
Es el sector operativo financiero que normalmente utiliza títulos 
valores a mediano y largo plazo, que tiene por objetivo canalizar la inversión 
y el ahorro del público hacia el desarrollo de empresas conocidas o a 
satisfacer necesidades financieras del sector público. 
MARCO LEGAL DEL MERCADO DE CAPITALES 
Está conformado por el conjunto de leyes que regulan la oferta pública 
de títulos valores. Esas leyes son las siguientes: 
a) Ley de Mercado de Capitales. Texto normativo fundamental en 
vigencia a partir del jueves 22 de octubre de 1998. (Gaceta Oficial Nº 
36565) regula la oferta pública de acciones y de otros títulos valores 
de mediano y largo plazo, al igual que la actuación de las bolsas de 
valores intermediarios y otras entidades. 
b) Ley de Caja de Valores. Establece el marco regulatorio de los 
servicios de depósito y custodia de títulos valores por la cual se facilita 
la inmovilización física de los mencionados títulos. Vigente desde el 13 
de agosto de 1996. 
c) Ley de Entidades de Inversión Colectiva. Tiene por objeto general 
fomentar el desarrollo del mercado de capitales venezolanos a través 
de diseño y creación de una variedad de entidades de inversión 
colectiva para canalizar el ahorro hacia una inversión productiva. Entró 
en vigencia el jueves 22 de agosto de 1996. 
d) Ley Especial de Carácter Orgánico. Autoriza al Ejecutivo Nacional 
para realizar operaciones de crédito público destinados a refinanciar
deuda pública externa, del 21 de septiembre de 1990., así como el 
decreto Nº 1317 mediante la cuál se procederá a emitir bonos de la 
deuda pública nacional denominados Bonos a la par, por un monto 
equivalente a 7490 millones de dólares (3 de diciembre de 1990). 
e) Ley del Banco Central de Venezuela. Del 4 de diciembre de 1992 
que tiene normas que afectan la negación de títulos valores. 
f) Ley de Impuestos sobre la Renta y su reglamento parcial. En 
materia de retenciones, lo que concierne a los gravámenes de 
enriquecimiento o ingresos brutos originados de las operaciones 
efectuadas en el mercado de capitales. 
LEY DE MERCADO DE CAPITALES 
DEFINICIÓN 
Es el instrumento legal que permite regular la oferta pública, emisión, 
colocación y distribución, oferta al público e intermediación de los mercados 
primarios y secundarios de los instrumentos financieros autorizados por la 
Comisión Nacional de Valores, como organismo controlador y evaluador. 
Se entiende por “Mercado Primario” aquel de emisión de activos e 
instrumentos financieros de nueva creación y solo pueden intercambiarse y 
negociarse una vez en el momento de su emisión “Mercado Secundario”, 
aquel ámbito de negociación de los títulos valores o activos financieros ya 
existentes en manos de los oferentes y los demandantes. 
El objeto de la LMC es regular la oferta pública de acciones y de otros 
títulos valores de mediano y largo plazo, excepto los títulos de deuda pública 
y los títulos de crédito emitidos conforme a la ley de Banco Central de
Venezuela, la Ley General de Bancos y otros institutos de crédito y la Ley del 
Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo. 
Tipos de Mercado 
1. De Dinero. 
2. De Divisas. 
3. De Capitales. 
ANÁLISIS DE LA NUEVA LMC 
El mercado de capitales era poco conocido y estaba reservado al 
intercambio de importantes paquetes accionarios, la característica primordial 
era el negocio a mediano y largo plazo, y el corto plazo fue destinado al 
mercado financiero o mercado de dinero. 
El ejercicio de la bolsa lo ejercían personas naturales actuando como 
corredores quienes ofrecían a sus clientes como mayor garantía su nombre y 
su palabra. 
La tendencia actual está orientada hacia los procesos de globalización 
de las economías, las cuales exigen específicamente en materia de 
mercados de capitales, una actualizada plataforma jurídica que ofrezca 
seguridad y confianza tanto al inversor nacional como al extranjero. 
En relación a la bolsa de valores consiste en responsabilidad, en cual 
se asume al compromiso con anterioridad a la promulgación de la nueva ley, 
el articulo 86 contiene que las instituciones deben establecer los sistemas y 
mecanismos necesarios para la pronta y eficiente realización y liquidación de 
las transacciones efectuadas por sus miembros.
Otro aspecto de esta ley con relación a la bolsa de valores prevé en el 
articulo 102 concordancia en el ordinal 21 del artículo 9 en cual permite que 
en la bolsa se negocien además de valores de renta fija y renta variable, 
cualesquiera otros bienes, con previa aprobación de la Comisión Nacional 
de Valores. Esto diversifica la actividad de la bolsa y abre a diversos sectores 
económicos y financieros una gama de posibilidades de negocios, a través 
de la utilización de los sistemas disponibles en nuestra institución. 
En cuanto al requisito de capitalización mínima exigida por la 
constitución y funcionamiento de una Bolsa de Valores, de 200 millones de 
Bolívares o aquella cantidad mayor que establezca la Comisión Nacional de 
Valores. 
La actividad de intermediación en el mercado ha evolucionado a unos 
niveles tales que en la actualidad viene a ser realizada por la empresa 
organizada, bajo la figura de Sociedad Anónima, en su modalidad de 
Corretaje o Casa de Bolsa. 
Otro aspecto interesante tiene que ver con la obligación de presentar 
semestralmente a la Comisión Nacional de Valores y a la Bolsa información 
financiera debidamente auditada y el otorgamiento de garantías hasta por 
una suma no inferior a 50.000 Unidades Tributarias; y la autorización previa a 
la Comisión Nacional de Valores para que estos intermediarios puedan 
administrar por cuenta de terceros valores de oferta pública o fondo líquidos 
provenientes de tal actividad. 
En síntesis la nueva ley constituye un paso adelante que beneficiará al 
mercado y conducirá a un reordenamiento y una consolidación del sector
bursátil, a través de fusiones y asociaciones, tal como ha sido y viene siendo 
la experiencia a nivel local e internacional en el sector financiero. 
Ahora falta que el Banco Central de Venezuela adopte mecanismos de 
pago valor-hoy de manera que se puedan hacer las operaciones bursátiles 
como en cualquier parte del mundo nuestro mercado pueda ser mas 
predecible. 
SANCIONES PREVISTAS 
La LMC en su artículo 141 dice que cualquier persona que en el 
ejercicio de sus funciones y deberes o actividades profesionales, disponga 
de información privilegiada o actúe para obtener para sí o para terceros 
beneficios patrimoniales o económicos en general, tendrá las siguientes 
sanciones: 
1) Prisión de tres meses a dos años. 
2) Multa que oscilará entre 1000 y 100.000 Unidades Tributarias. 
3) Inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades 
reguladas por la ley, durante el lapso de uno a cinco años. 
Evidentemente corresponderá a la Comisión Nacional de Valores 
investigar los hechos vinculados con el uso de la información privilegiada, la 
comisión ofrecerá los conducentes a los Juzgados con competencia final a 
fin que estos inicien el proceso a determinar la aplicación o no de sanciones 
privadas de la libertad. 
Aún cuando constituye un gran avance la incorporación del tema 
relativo a la información privilegiada, la ley dejó lagunas sobre el particular,
pues el legislador no debió limitar los sujetos a quienes sanciona (la norma 
se refiere únicamente a aquellas personas que en ejercicio de su profesión, 
trabajo o funciones hagan uso de la información considerada privilegiada), 
por lo que cabe preguntarse ¿ y las personas que tuvieran acceso a la 
información privilegiada pero que profesionalmente o laboralmente no estén 
vinculados al mercado de capitales? ¿A estas no se les aplica las sanciones 
previstas? 
Por otra parte el legislador en una misma disposición sanciona el uso 
indebido de la información privilegiada con tres tipos de sanciones 
absolutamente distintas. Pena de prisión, multa e inhabilitación en el ejercicio 
de cualquiera de las actividades reguladas por la Ley de Mercado de 
Capitales. 
Esta modalidad empleada para sancionar el uso indebido de la 
información privilegiada acarreará dificultades, especialmente para la CNV, 
ente que a pesar de este nuevo texto legal sigue sin tener en su mano un 
instrumento apropiado para sancionar con justa medida la infracción de las 
disposiciones legales. 
ENTIDADES DE MERCADO DE CAPITALES 
a) Entidades Reguladoras 
a.1) Ministerio de Finanzas. Despido del poder Ejecutivo Central 
encargado de la dirección de las finanzas públicas y de la formulación de 
políticas económicas y presupuestarias.
a.2) Comisión Nacional de Valores. Organismo de carácter público, 
creado por la ley de Mercado de Capitales, con el objeto de regular, 
vigilar o fiscalizar el Mercado de Capitales. 
b) Entidades Operadoras 
b.1) Bolsa de Valores. Son instituciones abiertas al público que tienen por 
objeto la presentación de todos los servicios para realizar en forma 
continua y ordenada las operaciones con títulos de valores objetos de 
negociación en el mercado de capitales con la finalidad de 
proporcionarles adecuada liquidez. 
b.2) Casas de Bolsas. Sociedades de corretajes o intermediación de 
títulos valores constituidos para prestar servicio al público en las 
operaciones bursátiles. Deben estar dirigidas por un corredor público de 
títulos de valores. 
b.3) Caja Venezolana de Valores. La Caja venezolana de Valores C.A. 
fundada por la iniciativa de la Bolsa de Valores de Caracas en 1992 
luego de varios años de preparación y de un proceso de promoción y 
ampliación de su base accionaria, comenzó operaciones en 1996. la caja 
tiene por objeto el depósito, custodia, liquidación y compensación de 
títulos y su funcionamiento está regido por la vigente Ley de Cajas de 
Valores. 
c) Empresas Emisoras 
Permiten y ponen en circulación títulos, valores, obligaciones y otros 
documentos.
c.1) Corredores Públicos de Títulos de Valores. Son personas naturales 
o jurídicas que realizan operaciones de corretaje con acciones, bonos y 
otros títulos valores, dentro o fuera de la bolsa, con previa autorización 
de la Comisión Nacional de Valores. 
c.2) Administradores de Fondos Mutuales. Sociedades anónimas que 
tienen por objeto la inversión en títulos valores con arreglo al principio de 
distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una 
participación mayoritaria en el capital social en la sociedad en la cual se 
invierte ni permitan su control económico o financiero. 
c.3) Agentes de Traspaso. Son aquellos que están autorizados para llevar 
los libros de accionarios o para emitir certificados de acciones, 
provisionales o definitivos de una empresa. 
c.4) Asesores de Inversión. Son las personas que tienen como objeto 
principal asesorar al público en cuanto a las inversiones del mercado de 
capitales, con autorización de la Comisión Nacional de Valores. 
c.5) Calificadores de Riesgo. Las sociedades calificadora de riesgo son 
las encargadas de establecer los niveles de riesgo de los diversos 
instrumentos que se negocian en el mercado de capitales. 
d) Entidades Relacionadas 
d.1) Asociación Venezolana de Casas de Bolsa. (AVCB), tiene por objeto 
promover la cooperación entre sus asociados, proteger y defender sus 
legítimos derechos e intereses y proporcionar la comunicación y 
entendimiento entre los mismos y a fin de que resuelvan sus problemas o
desavenencias. Contribuir a la optimización de la organización y del 
funcionamiento de las Casas de Bolsa. 
d.2) Asociación Venezolana de Corredores de Bolsa. Su denominación 
oficial fue Corredores de Bolsa de Comercio de Caracas, es una 
organización sin fines de lucro constituida el 8 de junio de 1971 por un 
grupo de Corredores Públicos de Títulos de Valores. Sus objetivos son 
los siguientes: 
· Evaluar opciones para el mejor funcionamiento de las Bolsas de 
Valores del país y hacer recomendaciones a los organismos 
competentes. 
· Integrar y agrupar a todos los corredores públicos de títulos de 
valores en ejercicio de sus actividades, para que la misma se 
desarrolle bajo los esquemas de una misma filosofía general. 
· Representar a sus asociados ante organismo e instituciones públicas 
y privadas. 
· Promover e impulsar el mercado de valores y la intermediación 
bursátil, mediante la planificación de cursos, charlas, seminarios y 
otros eventos que colaboren con su difusión y promoción. 
d.3) Asociación Venezolana de Sociedades Emisoras de Valores. 
(AVESEVAL). El objeto principal de esta asociación es promover y 
concretar un marco institucional y jurídico que favorezca la emisión de 
valores tanto en Venezuela como en el exterior. El Presidente de la
asociación es Francisco Aguerrevere y el Vicepresidente Enrique 
Machado Zuloaga. 
INSTITUTO VENEZOLANO DE MERCADO DE CAPITALES 
Fue creado en 1988 por iniciativa de la Bolsa de Valores de Caracas 
cuya función primordial es promover la formación de los recursos humanos 
que requiere el mercado de capitales de Venezuela. 
Este instituto desarrolla proyectos de investigación, cursos, seminarios 
de formación y especialización en el ámbito de la finanzas. Firma convenios 
con la Universidad Metropolitana para crear maestría en Mercado de 
Capitales en el citado centro de estudio de esta especialización al nivel de 
postgrado para que los participantes desarrollen habilidades en el mundo 
gerencial y actividad financiera. 
Estos cursos y eventos que prepara el Instituto cuenta con un servicio 
de biblioteca especializado en el campo de Mercado de Capitales y Bolsa de 
Valores tanto a nivel nacional e internacional. 
EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE CAPITALES VENEZOLANO 
· A partir de 1989 ha liberado los controles e implementan por breve 
lapso una política de libre Mercado alcanzándose record en los años 
venideros hasta 1992, cuando por situaciones como intento de golpe, 
reacción popular, destitución del presidente de la república, 
nombramiento de un gobierno provisional, aunado a todo esto en
1994, la crisis financiera, el control de cambio en este mercado 
sufrido en 1994 y 1995. 
· Durante 1996 a 1997 se superó el record en cuanto al número de 
transacciones, volúmenes, negociables, crecimiento del Índice 
Bursátil de Caracas y el porcentaje de participación del mercado de 
capitales en el producto interno bruto, así como el desarrollo de fondo 
mutual. 
· Consecuencia de factores externos: la crisis asiática y la caída del 
precio del petróleo. Internos como: retroceso en el proceso de 
privatización, falta de definición oportuna de política fiscal y monetaria 
integral además de la incertidumbre en la contienda electoral, 
conlleva al retroceso del mercado de capitales reflejándose en el 
comportamiento del índice Bursátil y esto conllevó a mermar los 
recursos, se fugan los capitales pues los inversionistas se retiran. 
· Este entorno macroeconómico externo desfavorable conjugados con 
una serie de factores de naturaleza interna contribuyerón a la 
depresión constante y absoluta el mundo de capitales que influye 
relevantemente en el desempeño de las actividades económicas 
nacionales. 
· Si el mercado no anda nada bien se suscita el Mercado de acciones 
de las empresas mas importantes hacia las bolsas extranjeras bajo la 
fuga de ADR que le brindaron la oportunidad a las compañía de 
invertir en la bolsa de Valores de EE.UU donde el acceso de 
inversionistas extranjeros a través de la negociación de sus acciones
en paquetes de (6) bajo un precio en dólares y con garantía de un 
banco custodio americano. Cumpliendo la ley de mercado de Valores 
de EE.UU. 
De esta forma los inversionistas extranjeros no acuden al país de 
origen de las empresas para comprar acciones, sino acuden al mercado de 
capitales bajo la figura de ADR esto trae como consecuencia el desplome de 
los montos negociados en las casas de valores intermediarias aunado a esto 
la implementación de impuestos entre acciones. 
Ante tal situación las casas de bolsas diversifican sus actividades y 
servicios, organizaciones como Meninvert, Antivalores, BBO, Bomplas-participación 
con negociaciones, con venta variable con la compra y venta de 
títulos de valores-intermediación financiera de instrumentos de renta fija de 
títulos valores-Mondoni-TEM, bonos de deuda pública DPN, Bonos Brady, 
papeles emitidos por empresas que financian a través de Mercado de 
Capitales. 
CONGRESO APROBÓ LEY DE MERCADO DE CAPITALES 
La Cámara de Diputados del Congreso de la República aprobó la Ley 
que regula el Mercado de capitales, la cual tiene como fortalecer las 
funciones de control de la Comisión Nacional de Valores. 
Este instrumento legal implica la apertura total del mercado de la 
Bolsa de Valores e incrementa el capital de las empresas, casas de valores y 
agentes de corretaje, por un orden de Bs. 500 millones, otorgándole un 
mayor respaldo al mercado bursátil.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (C.N.V.) 
CONCEPTO 
Es un organismo adscrito al Ministerio de Finanzas encargado de 
promover, vigilar, supervisar y regular el mercado de capitales con 
personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional 
con sede en la ciudad de Caracas. 
DIRECCIÓN 
El directorio de la comisión es el máximo órgano de dirección y 
administración, y estará compuesto por un presidente y cuatro directores con 
sus respectivos suplentes, los cuales serán designados por el presidente de 
la república Art. 3. 
RÉGIMEN FISCAL 
El patrimonio de la Comisión, estará conformado de: (i) Asignaciones 
presupuestarias y (ii) de lo recaudado por las tasas que cobre conforme a la 
Ley. Así, dispone el artículo 17 que la Comisión Nacional de Valores podrá 
liquidar, recaudar, y percibir las contribuciones o ingresos enunciadas en tal 
norma, según se trate de la inscripción de acciones autorizadas para oferta 
pública; la inscripción para ser oferta pública de valores; la inscripción para 
operar como casa de bolsa, cajas de valores u otras instituciones afines; la 
inscripción para actuar como sociedad Administradora de Entidades de 
Inversión, como Sociedad Distribuidora de Unidades de Inversión, como 
sociedad de Asesores de Inversión y como Sociedad Calificadora de Riesgo; 
por la inscripción en le registro Nacional de Valores, para actuar como 
corredor público, asesor de inversión persona natural, contador público en 
ejercicio independiente de la profesión, y cualquier otro sujeto “no previsto o
exceptuado” en los casos antes mencionados, y por los demás conceptos 
previstos en esa norma. 
Igualmente, se prevén contribuciones especiales a favor de la 
comisión, por parte de las Bolsas de Valores , de las Cajas de Valores, de 
los Agentes de Traspasos, de las Cámaras de Compensación de Opciones y 
Futuros, y entidades similares, entre otras (Cfr.: numerales 3, 5, 7 y 9 del 
artículo 17). 
FUNCIONES DE LA C.N.V. 
1. Autorizar la oferta pública en territorio nacional de los valores emitidos 
por personas domiciliadas en Venezuela. 
2. Autorizar la oferta pública, en el Territorio Nacional, de los valores 
emitidos por organismos internacionales, gobiernos e instituciones 
extranjeras, sociedades domiciliadas en el exterior, y cualquier otra 
persona que se asimile a los mismos. 
3. Autorizar la oferta pública, fuera del Territorio Nacional, de los valores 
emitidos por personas domiciliadas en Venezuela. 
4. Autorizar la publicidad y los prospectos de las emisiones de valores, a 
los fines de su oferta pública. 
5. Inscribir en el Registro Nacional de Valores las emisiones de Valores 
una vez otorgadas las autorizaciones antes mencionadas. 
6. Establecer la forma en que podrán llevarse los libros obligatorios.
7. Aumentar o reducir las tarifas por el uso de sus servicios, de acuerdo 
a la competitividad nacional e Internacional del mercado de capitales. 
8. Practicar visitas a las sociedades bajo su control, en las cuales podrá 
inspeccionar sus libros y documentos. 
9. Autorizar la creación de las Bolsas de Valores, la negociación de 
productos estandarizados, así como la creación de sus respectivas 
cámaras de compensación y regular su funcionamiento. 
10.Fijar los registros que deberán cumplir las auditorias internas y 
externas de las personas sometidas a su control. 
11.Publicar en boletín informativo mensual sobre el mercado de capitales 
y su comportamiento. 
12.Supervisar las Bolsas de Valores con la finalidad de proteger el 
interés público. 
13.Dictar sus reglamentos Interno y su Estatuto de Personal. 
14.Las demás que asigne esta Ley y otras Leyes y reglamentos. 
QUIENES ESTÁN SOMETIDOS AL CONTROL DE LA C.N.V. 
a) Personas cuyos valores sean objeto de oferta pública. 
b) Las Sociedades Anónimas de Capital autorizado /SACA): Son 
aquellos cuyo capital suscrito puede ser inferior al capital autorizado por
sus estatutos sociales, y en los cuales la asamblea de accionistas autoriza 
a los administradores para que aumenten el capital suscrito hasta el límite 
del capital autorizado mediante la emisión de nuevas acciones. 
c) Las Sociedades Anónimas Inscritas de Capital Abierto (SAICA): 
Son aquellas sociedades anónimas que sean autorizadas para actuar 
como tales por la CNV, que tengan un capital pagado no menor de un 
millón de Bolívares (Bs. 1.000.000.00), respetando en acciones comunes 
nominativos que tengan el mismo valor nominal y que no menos de 50% 
del Capital Social que este en poder de un grupo de accionistas cuya 
inversión calculada al valor nominal no sea inferior a dos mil Bolívares 
(Bs. 2.000.00). 
d) Casas de Corretaje. 
e) Los fondos Mutuales de Inversión. Son aquellas sociedades 
que tienen por objeto la inversión en títulos valores con arreglo al principio 
de la distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una 
participación mayoritaria en el capital social de la sociedad en la cual se 
invierte, ni permitan su control económico o financiero. 
f) Las Sociedades Administrativas de Fondos Mutuales de 
Inversión: su objeto es administrar el patrimonio de los fondos mutuales 
de inversión y representar a los mismos de acuerdo al contrato de 
administración que celebren al respecto. Dicho contrato deberá ser 
aprobado previamente por la C.N.V. 
g) Intermediaciones y asesores de inversión.
h) Las Bolsas de Valores: Son las instituciones abiertas al público, 
cuyo objeto es la prestación de servicios necesario para la realización de 
operaciones de títulos valores objeto de negociación en el mercado de 
capitales. 
i) Cámara de Compensación de opciones y futuros. 
j) Los agentes de Traspaso: su designación es autorizada 
expresamente por la asamblea de accionistas, y su finalidad es llevar los 
libros de accionistas o emitir certificados de acciones provisionales o 
definitivos; en la forma descrita por el código de comercio. 
k) Caja de Valores. 
l) Sociedades calificadoras de riesgo. 
m) Los corredores Públicos de Títulos valores, otros intermediarios 
y asesores. 
Todos estas personas deberán obtener autorización para realizar las 
actividades propias de su objeto de interés. 
QUIENES SERÁN SANCIONADOS POR LA C.N.V. 
Existen sanciones de tipo administrativo y penales: 
Sanciones Administrativas. 
Tomándose en cuenta la gravedad de la falta, la reincidencia y el 
grado de responsabilidad del infractor. Las sanciones pecuniarias, deberán
ser canceladas, dentro de los 15 días hábiles contados a partir de su 
notificación, en caso de mora se causarán interés según la tasa del B.C.V. se 
prevén multas de 200 a 1000 Unidades Tributarias de acuerdo a la gravedad 
de la infracción previstas en la Ley. 
Sanciones Penales. 
 Se establecen penas corporales, con prisión de 2 a 6 años. Según el 
Artículo 138 de la Ley de Mercado de Capitales. 
 Los corredores públicos que se apropien en su beneficio o de otro de 
los fondos de valores recibidos de sus clientes, con prisión de 1 a 5 
años. 
 Los corredores de bolsa que registren operaciones simuladas o 
celebren operaciones sin transferencia de valores, con prisión de 1 a 
4 años. 
 Quienes hayan tenido acceso a información privilegiada y la utilice 
para obtener beneficio económico con prisión de 3 meses a 2 años, 
con multas de 1.000.00 a 100.000.00 Unidades Tributarias de 
acuerdo a la gravedad del hecho y la inhabilitación para el ejercicio de 
actividades en el lapso de cinco años. 
 Quienes habiendo sido citados para rendir declaraciones en una 
averiguación no comparecieren, sancionado de acuerdo al artículo 
239 del Código Penal.
 Toda persona que obstaculice o niegue la actuación de la inspectoría 
de la C.N.V. , será castigado con arresto de 45 días y con multas de 
100.000 a 1.000.000 de Unidades Tributarias. 
BOLSA DE VALORES 
CONCEPTO INTERNACIONAL: Centro de transacciones debidamente 
organizadas donde los corredores de bolsas negocian acciones y bonos 
para sus clientes. En la bolsa de valores se transan títulos valores de 
diversa índole. Según la bolsa de Madrid en 1.987, acota que es un 
mercado localizado físicamente, a diferencia de otros mercados donde, a 
pesar de estar igualmente organizados, las negociaciones se realizan por 
vía telefónica o informática sin la presencia del público. 
CONCEPTO SEGÚN EL ARTICULO 86 DE LA LMC: Son instituciones 
abiertas la público que tienen por objeto la prestación de todos los 
servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las 
operaciones con títulos valores objeto de negociación en el mercado de 
capitales con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez. 
La bolsa de valores establecerán los sistemas y mecanismos necesarios 
para la pronta y eficiente realización y liquidación de dichas 
transacciones. 
ANTECEDENTES REMOTOS. 
BOLSA DE VALORES DE CARACAS. 
1805 Abrieron una “Casa de Bolsa y Recreación de los Comerciantes y 
Labradores”, con autorización de la Corona Española.
1807 Fue creado el gremio de los corredores. 
1810 El Comisionado Comercial formuló la propuesta de creación de la 
Almoneda Pública de Caracas. 
1811 La Almoneda Pública fue creada el 24 de mayo. 
1840 Comienza a funcionar la “Bolsa de Portillo”, en la cual se efectuaban 
dos ruedas diarias sin normas preestablecidas. 
1873 El Presidente Guzmán Blanco dispuso como lugar fijo para la reunión 
diaria de los corredores un sitio cobijado por la sombra de la Ceiba de 
San Francisco, y allí se concentraron durante 74 años. 
1873 El Código de Comercio incluye las primeras normas legales de la 
actividad bursátil venezolana. 
1887 La Agencia Pumar surgió como pionera en informaciones con un 
boletín bursátil. 
1917 El Congreso Nacional aprueba la Ley de Bolsa. 
1946 La Cámara de Comercio de Caracas acuerda crear una bolsa de 
comercio y se constituye la empresa promotora de la nueva entidad. 
1947 El 21 de enero fue inscrita en el Registro Mercantil la compañía 
anónima Bolsa de Comercio de Caracas. El 21 de abril de 1947 se 
llevó a efecto, en un local ubicado en la antigua sede del Banco 
Central de Venezuela.
1958 Se funda la Bolsa de Comercio del Estado Miranda. 
1973 Es aprobada la primera Ley de Mercado de Capitales. Se establecen 
normas para la intermediación bursátil, al igual que mecanismos de 
protección al oferente, al corredor de bolsa y al inversinista. 
1974 Se crea la Comisión Nacional de Valores y emiten las primeras 
autorizaciones para actuar como corredor Público de Títulos Valores, 
la Bolsa de Miranda realizó su última rueda y doce corredores de esa 
entidad pasaron a la Bolsa de Caracas, con lo cual comenzó una 
nueva etapa en el desarrollo del mercado bursátil venezolano. 
EL DESARROLLO RECIENTE DE LA BOLSA 
1975 Primera reforma de la Ley de Mercado de Capitales. Este año es 
creada, la Comisión Nacional de Valores, adscrita al Ministerio de 
Hacienda y responsable de la supervisión del mercado. 
1976 Cambiar la denominación de la institución por el de ”Bolsa de 
Valores de Caracas C.A.”, aumentar el capital social 2 millones 580 mil 
bolívares, representado por 43 acciones nominativas de 60 mil 
bolívares cada una, estableciéndose que ninguna persona natural o 
jurídica podrá ser propietaria de más de una acción. 
1983 Las autoridades oficiales y la bolsa de Valores de Caracas 
acordaron la creación de una red cambiaria, fijándose un precio de 
referencia oficial como producto de la interacción de las fuerzas de 
oferta y la demanda en el mercado.
1989 Son subastados doce puestos que estaban inactivos en la Bolsa de 
Valores de Caracas, los cuales pasan a manos de instituciones 
financieras. 
1990 La Bolsa Alcanza volúmenes de operaciones y montos negociados 
nunca antes vistos. El incremento del Índice Bursátil es de 540%, 
convirtiéndose este mercado emergente en el de mayor crecimiento en 
el mundo. 
1991 Comienza un programa de modernización de la Bolsa de Valores 
de Caracas que abarca diversos aspectos, incluyendo la mudanza a la 
actual sede de la Urbanización el Rosal. 
1992 Se inaugura un moderno sistema electrónico de negociación, 
permitiendo realizar mayor cantidad de operaciones en menor tiempo, 
lo que optimizó el desenvolvimiento del mercado. 
1993 Se modifica la estructura organizacional de la Bolsa para atender 
nuevas exigencias dentro del programa de modernización y se firman 
convenios para difundir la información de las operaciones a nivel 
mundial. 
1994 Comenzó operaciones el Sistema de Conexión Remota 
(SISTECOR) que incorporó tecnología de microondas y fibra óptica. 
Ese mismo año, en mayo, arranca el Sistema Electrónico de 
Compensación y Liquidación (SECOMLY) que agiliza la liquidación de 
las transacciones realizadas. La Association National Numbering 
Agencies (ANNA), admite como miembro a la Bolsa de Valores de
Caracas y la designa Agente Numerador Oficial para Venezuela de 
todos los títulos valores venezolanos. 
1995 Por primera vez se negocian en la Bolsa, en junio los Bonos de la 
Deuda Externa Pública Nacional, comúnmente conocidos como Bonos 
Brady. En noviembre es abierto el Home Page de la Bolsa de Valores 
de Caracas en el Word Wide de Internet (www.bolsacaracas.com), 
constituyendo la primera entidad financiera venezolana con presencia 
en la red planetaria de comunicación a través de computadoras. 
1996 Inicia operaciones la Caja Venezolana de Valores cuya fundación 
fue promovida por la Bolsa al ser aprobadas por el Congreso Nacional 
y promulgadas por el Presidente de la república, doctor Rafael 
Caldera. Por otra parte, la Bolsa de Valores de Caracas se incorpora 
como participante en la Sociedad Euroclear, sistema internacional de 
custodia, compensación y liquidación de valores al servicio de bancos, 
casas de bolsa y otras importantes entidades financieras. 
1997 El 21 de abril entran en funcionamiento el sistema Automatizado de 
Información Bursátil y Financiera (SAIBF) y el Sistema Automatizado 
de Rueda en Línea (SAREL), a través de Internet, formando parte del 
sitio Web de la Bolsa de Valores de Caracas. 
1998 Se funda la Red de Mercado de Capitales venezolano y se crea el 
sitio Intranet de la Bolsa de Valores de Caracas, al servicio de las 
casas de bolsa. Este año entra en vigencia una nueva ley de mercado 
de capitales el jueves 22 de octubre de 1.998 que otorga autonomía 
funcional a la C.N.V.
1999 Comienza a funcionar en mayo en nuevo Sistema Integrado 
Bursátil Electrónico (SIBE) al iniciar operaciones el Modulo de Renta 
Fija y se inicia el periodo de arranque del Módulo de Renta Variable. El 
2 de julio, se procedió la inauguración oficial del SIBE. 
2000 La bolsa supera con éxito el error del 2.000, luego de meses de 
preparativo comienza una etapa de fusiones y adquisiciones de 
empresas que continuarán en el 2001. Por esta circunstancias es este 
año el de mayores ingresos para la bolsa, pero se reduce su mercado 
accionario, lo cual lleva a luchar por la creación de un vigoroso 
mercado de renta fija. 
2001 Se reunen en Caracas representantes de la Bolsa de Bogota, 
Bolsa Mexicana de Valores y la Bolsa de Valores de Caracas 
pertenecientes a los países que forman el grupo de los tres. 
QUE ES LA BOLSA 
La bolsa de Valores de Caracas, fundada en 1947, es una entidad 
privada, institución fundamental del mercado de capitales de Venezuela, que 
cuenta con 63 miembros, pertenecientes en su mayoría a casas de bolsa. 
La bolsa de Valores de Caracas da igual tratamiento a todos los 
participantes en el mercado, como se encuentra establecido en el reglamento 
interno y en las normas legales. 
La bolsa de Valores de Caracas es miembro activo de la Federación 
Iberoamericana de Bolsas de Valores (FIABV), Asociación de Agencias
Numeradoras Nacionales (ANNA), Consejo Nacional de Promoción de 
Inversiones (CONAPRI). Además es participante en el sistema de liquidación 
y compensación Euroclear. 
COMO SE CONSTITUYE UNA BOLSA DE VALORES 
a) Se constituye bajo la forma de Sociedades Anónimas 
(incluyendo las SACA, sociedades de capitales autorizados), mediante la 
autorización de la CNV. 
b) Su capital inicial no podrá ser inferior a 200’000.000 Bs. 
totalmente pagado en efectivo, representado por acciones comunes 
nominativas. 
c) Ninguna persona podrá poseer más de una acción en cada 
Bolsa de valores y para ser miembro de ella cualquier persona natural o 
jurídica deberá ser autorizado para ejercer la actividad de corredores 
públicos de títulos valores y que otorguen una garantía. 
d) Para que se constituya una bolsa de valores, el número de sus 
miembros no podrá ser inferior a 20, una vez constituida, no podrá 
disminuirse de 15. 
e) La bolsa de valores esta administrada por una junta directiva de 
5 miembros principales y sus respectivos suplentes, 3 en representación 
de los miembros de la bolsa, 1 en representación de FEDECAMARAS y 1 
en representación de la CNV. Estos durarán 2 años de ejercicio y pueden 
ser reelegidos. 
QUIEN DIRIGE LA BOLSA
La Bolsa de Valores de Caracas es conducida por una directiva 
integrada por directores que representan a los accionista (corredores y casa 
de bolsa que operan en el mercado, cada uno de los cuales tiene una sola 
acción). También están representadas en la junta, Fedecámaras (organismo 
del empresariado), la Cama de Comercio de Caracas, la Comisión Nacional 
de Valores y las empresas emisoras. 
JUNTA DIRECTIVA 
La junta Directiva de la Bolsa de Valores de Caracas que rige la 
institución durante el periodo 2001-2003, ya en funciones, está integrada de 
la siguiente manera: 
Nelson Ortiz Cusnier 
PRESIDENTE 
Manuel Alonso 
VICEPRESIDENTE 
José Gonzalo Muci Borjas 
SECRETARIO 
Alberto Sosa Schlageter 
DIRECTOR PRINCIPAL 
Alejandro Recio Pinto 
DIRECTOR PRINCIPAL 
Víctor Flores 
DIRECTOR ALTERNO 
Gonzalo Alonso Labreda 
DIRECTOR 
Luis Benshimol 
DIRECTOR ALTERNO
Leopoldo Castillo Atencio 
DIRECTOR ALTERNO 
Juan Antonio Lovera Vegas 
CONSEJERO 
Fernando Dávila 
CONSEJERO 
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES 
DE LOS MIEMBROS DE LA BOLSA DE VALORES DE CARACAS 
OBLIGACIONES. ART. 94 
1. Cumplir con las normas internas de la Bolsa, así como observar 
los usos y costumbres. 
2. Permitir la inspección de sus libros por los funcionarios de la 
C.N.V. o de la Junta Directiva de la Bolsa. 
3. Presentar semestralmente a la C.N.V. y la Junta Directiva de la 
Bolsa, su Balance General, el Estado de resultado y de cambio en su 
situación financiera dictaminados por Contadores Públicos en ejercicio 
independiente de la profesión. 
4. Suministrar a la C.N.V. o a la Junta Directiva de la bolsa, la 
información que le sea requerida. 
PROHIBICIONES. ART. 95.
1. Hacer registrar operaciones simuladas. 
2. Celebrar operaciones sin transferencia de Valores. 
3. Liquidar sus operaciones fuera de la Bolsa de Valores, salvo en el 
caso de operaciones cruzadas. 
4. otorgar cualquier rebaja o bonificación y efectuar operaciones o 
maniobras que produzcan el mismo resultado económico de cobrar por su 
intervención en una operación, una cuota inferior a la tarifa de corretaje 
aplicable. 
QUIENES NO PUEDEN 
SER MIEMBROS DE LA BOLSA DE VALORES 
1. Los funcionarios públicos. 
2. Las personas que se hayan acogido al beneficio del estado de 
atraso mientras el mismo no haya cesado. 
3. Las personas que hayan solicitado ser declaradas en quiebra y los 
fallidos no rehabilitados. 
4. Las personas que hayan sido expulsada de una Bolsa de Valores. 
5. Las personas que hayan sido condenadas por delitos o faltas 
contra la propiedad, la fe pública o al Fisco Nacional y aquellos tipificados 
en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos.
COMO SE DEFINE LEGALMENTE LA COMPAÑÍA 
Desde el punto d vista estrictamente legal, la bolsa de valores de 
Caracas, C.A. , es una compañía anónima regulada por la Ley de Merado de 
Capitales y el Reglamento Interno de la institución, y está sometida a la 
vigilancia, supervisión de la Comisión Nacional de Valores, organismo 
autónomo que autoriza la oferta pública de acciones, el pago de dividendos, 
los derechos de suscripción de las empresas inscritas en el Registro Nacional 
de Valores, la CNV además dicta reglamentos para determinar 
procedimientos y requisitos contemplados en las leyes que deben cumplir los 
diversos participantes. 
CUAL ES EL CAPITAL SOCIAL DE LA COMPAÑÍA 
Desde el 31 de marzo de 1998, por decisión de la Asamblea General de 
Accionistas, el capital social de la bolsa de Valores de Caracas fue fijado en 4 
mil 788 millones de bolívares. 
CUAL ES EL OBJETO DE LA COMPAÑÍA 
“El objeto de la compañía es la prestación al público de todos los 
servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las 
operaciones con títulos valores objeto de negociación en el Mercado de 
Capitales, con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez. Con este 
propósito la compañía mantendrá, como lo ha hecho hasta la fecha , un 
establecimiento abierto al público en el cual se reúnan periódicamente los 
corredores públicos de títulos valores miembros de la institución y sus 
apoderados, para concertar y cumplir las operaciones mercantiles que 
determina su reglamento interno”, como lo señala el documento inscrito en el
registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo 
Mercantil del Distrito Federa, en fecha 21 de enero de 1947, bajo el Nº 74, 
tomo 6-A, cuya última modificación fue inscrita por ante el Registro Mercantil 
Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda 
en fecha 8 de junio de 1995, bajo el Nº 25, tomo 169-A Pro. 
¿CUALES SON LAS LEYES FUNDAMENTALES 
DEL MERCADO DE CAPITALES VENEZOLANO? 
El mercado de capitales venezolano se rige por la Ley de Mercado de 
Capitales, Ley de Cajas de Valores y la Ley de Entidades de Inversión 
Colectiva y las normas emitidas por el Ministerio de Finanzas y la Comisión 
Nacional de Valores. (CNV). 
¿EXISTE ALGÚN RÉGIMEN DE COMPRA O ADQUISICIONES DE 
BANCOS EN VENEZUELA? 
En Venezuela las acciones de bancos pueden ser negociadas, en 
forma directa entre propietario y adquiriente, o a través de la bolsa de 
valores. 
MISIÓN DE LA BOLSA DE VALORES DE CARACAS 
Facilita la intermediación de Instrumentos Financieros, difundir la 
información que requiere el mercado de manera competitiva, asegurando 
transparencia y eficacia dentro de un marco autorregulador y apegado a los 
principios legales y éticos, apoyándose para ello con el mejor recurso 
humano y el la solvencia de nuestros accionistas.
INGRESO A LA BOLSA DE VALORES 
1. Abra una cuenta con una de las Casas de Bolsa de Valores de 
Caracas y establezca con ella condiciones de pago. 
2. solicite información sobre la acción o el bono que desee comprar o 
sobre la empresa emisora del Título. 
3. Coloque una orden telefónica con su corredor y ratifíquela por 
escrito inmediatamente (vía fax o carta). 
4. Confirme la ejecución de la orden con el corredor. 
5. Pague con cheque de gerencia o no endosable. 
6. Autorice una apertura de una sub-cuenta en la Caja de Valores. 
7. Llene la “Carta traspasado de comprador” emitido por el corredor . 
8. Si usted es un cliente nuevo debe llenar su ficha personal ante el 
corredor o casa de bolsa. 
9. Vigile los precios de las acciones. Usted ha realizado una inversión 
a riesgo. Los precios de las acciones suben o bajan de acuerdo a la oferta 
o la demanda.
¿COMO SE NEGOCIA EN LA BOLSA? 
Cuando un inversionista quiere comprar o vender un título en la Bolsa 
de Valores de Caracas, acude a su corredor y éste, atendiendo su mandato 
concurre a una sesión o “rueda” de operaciones a la vez que otros 
corredores y ejecuta las diferentes operaciones. 
Para hacer operaciones de compra venta de valores en Venezuela se 
requiere previamente la autorización para actuar como corredor, que se 
obtiene una vez cumplidos diversos requisitos legales y obtenida la 
aprobación de la Comisión Nacional de Valores. 
Los corredores tienen la obligación de llevar los registros de los 
valores que negocian o administran y suministrarlos periódicamente a la 
Comisión Nacional de Valores junto con otras informaciones que se les exige 
de acuerdo a las normas oficiales. 
El corredor es un intermediario que cumple una función fiduciaria; está 
obligado a ejecutar las instrucciones de su cliente en las mejores condiciones 
posibles. 
Una vez realizada la compra, el corredor recibe del inversionista le 
dinero y entrega al mismo la propiedad de los títulos; a su vez, se encarga 
de entregar al corredor que representa a la parte vendedora los fondos de la 
operación. 
El inversionista vendedor recibe este dinero y a la vez entrega los 
títulos que ha vendido.
Los miembros de la bolsa pueden ser corredores individuales o 
sociales en nombre colectivo. 
Cuando los corredores se constituyen como personas jurídicas lo 
hacen bajo la figura de sociedad de corretaje, la cual, al comprar una acción 
y ser admitidas como miembros de la Bolsa de Valores de Caracas, son 
consideradas propiamente “Casas de Bolsa”. 
Estas sociedades son cada vez más sólidas, brindan al público 
inversionista un margen de mayor seguridad, cuentan con personal 
calificado y manejan tecnología financiera de cada vez mayor nivel. 
VALORES NEGOCIABLES EN LA BOLSA 
· Renta Variable 
· Renta Fija 
Renta Variable 
Acciones. Son títulos de valores que representan una parte del capital 
de la empresa que las emite, convirtiendo a su poseedor en co-propietario de 
la misma en la medida de su inversión. Para el inversionista las acciones 
representan un activo en su patrimonio y puede negociarlas con un tercero a 
través de las bolsas de valores. 
ADR’S American Depositary recaipts. Certificados negociables que 
se cotizan en uno o mas mercados accionarios y constituyen la propiedad de 
un número determinado de acciones. Fueron creados por Morgan Bank n
1927 con el fin de incentivar la colocación de títulos extranjeros en Estado 
Unidos. 
GDS’s (Global Depositary Zares). Cada unidad de este título 
representa un número determinado de acciones de la empresa. Se transan 
en dólares a nivel internacional. Son emitidos por un banco extranjero, sin 
embargo las acciones que representan están depositadas en un banco 
localizado en el país de origen de la compañía. 
Warrants. Es una opción para comprar los títulos o acciones en una 
fecha futura a un determinado precio. 
Renta Fija 
Bonos. También llamados obligaciones, son títulos valores que 
representan una deuda contraída por la empresa que los emita y poseen 
características como valor, duración o vida de título, fecha de emisión, fecha 
de vencimiento, cupones para el cobro de los intereses y destino que se dará 
al dinero que se capte con ellos. 
Los bonos u obligaciones pueden ser emitidos por empresas privadas 
o por el Gobierno Nacional o sus entes descentralizados: Banco Cenral de 
Venezuela, ministerios, gobernaciones, concejos municipales, institutos 
autónomos y otros, siendo susceptibles de ser negociados antes de la fecha 
de vencimiento; entre estos tenemos los Bonos de la deuda Pública Externa 
Nacional o Bonos Brady , que son títulos de valores emitidos por el Estado 
venezolano, dentro de un programa multinacional, para pagar deuda externa 
e interna. Estos títulos tiene como característica sobresaliente una 
interesante tasa de rendimiento, inscritos en los mercados financieros 
nacionales e internacionales, que pueden ser adquiridos por cualquier
inversionista, sin importar su nacionalidad o residencia, puesto que está 
mundialmente reconocidos y aceptados. 
Papeles Comerciales. Constituyen fracciones de endeudamiento de 
una Sociedad anónima. Son títulos con validez que oscila entre 15 días hasta 
un año. La brevedad de su vigencia es su principal ventaja. 
TÍTULOS DE LA BOLSA 
Las bolsas sirven principalmente de intercambio de valores pero no 
todo valor es negociable, como Título de Bolsa, ya que, para que se le 
considere como tal, deberá cumplir los requisitos que establece el 
reglamento interno y las leyes. 
Por ende la ley de mercado de capitales establece que son valores, 
las acciones de sociedades, las obligaciones y las demás entidades en masa 
que posean iguales características y otorguen los mismos derechos dentro 
de su clase. 
Los valores se caracterizan por ser títulos que por su garantía real 
sobre una base objetiva (hipotecas, caución de una empresa o una entidad 
pública) o por su fungibilidad resultan fácil y perfectamente negociables; 
convirtiéndose estos en títulos de bolsa al ser administrados para su 
cotización en la misma por haber cumplido con los requisitos de la Ley y el 
Reglamento Interno de la Bolsa.
AGENTES AUTORIZAOS Y TÍTULOS DE COLOCACIÓN 
Agentes autorizados. 
El agente de colocación es normalmente una sociedad financiera una 
de cambio o la misma empresa, que se encarga de realizar las ventas de 
títulos objetos de la colocación y debe haber obtenido para este fin la 
autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV), la cual establece un 
tiempo determinado para realizar la operación. 
Los agentes de colocación asignan normalmente agentes de 
distribución, que se encargan de hacer la venta al detal de los títulos, reciben 
un porcentaje o comisión pagados por la empresa por la colocación de los 
mismos. 
Títulos de Colocación 
Colocación Firme. Establece que los agentes de colocación se 
comprometen a adquirir la totalidad de la emisión a partir del día en que se 
inicia el proceso de colocación primario. Los agentes de colocación una ves 
adquirido la emisión, puede proceder a colocar terceros a un precio 
preestablecido. 
Colocación Garantizada. Bajo el esquema de un control de un 
contrato de colocación garantizado, el agente de colocación se compromete 
a colocar la totalidad de los títulos a tercero, vencido el plazo de colocación, 
si dichos no han sido totalmente colocados, el agente de colocación se 
compromete a adquirir el remate para su cartera. 
Colocación a mejoras esfuerzos: el esquema de colocación a 
mejoras esfuerzos no establece al agente de colocación ninguna cláusula de
obligatoriedad en cuanto a la adquisición de los títulos, simplemente hará sus 
esfuerzos por cumplir su cometido. 
DONDE SE ENCUENTRAN LOS TÍTULOS 
1) En Poder del Cliente. El corredor miembro al venderlo 
envía al cliente a recogerlo. 
2) Depositado en un instituto bancario. El corredor pide 
al cliente una carta de autorización para retirar los títulos de la institución. 
3) En la compañía. En cuyo caso se especifica en la 
carta de traspaso. Esto solo ocurre en el caso de las acciones. 
CLASIFICACIÓN DE TÍTULOS DE BOLSA 
Los títulos de bolsa se clasifican en: 
- Públicos. Son emitidos y garantizados por el Estado y son 
cotizados en la bolsa de acuerdo a la ley de la oferta y la demanda. 
Estos títulos tienen una gran demanda en la bolsa, ya que constituyen un 
significativo porcentaje en la misma y gozan de sólida garantía que la 
respalda. 
Es importante acotar que los títulos públicos ofrecen menores intereses o 
rentas que los otros títulos. Entre ellos: Bonos de la deuda pública, bonos 
Brady, etc. 
- Privados. Son emitidos y garantizado por las empresas que están 
constituidas legalmente y gozan de autorización para emitirlas.
Los títulos privados son aceptados por la bolsa de acuerdo con un 
régimen intro. Entre ellos acciones, bonos, letras, cheques, warrants, etc. 
TIPOS DE TÍTULOS VALORES 
1. Acciones: titulo valor de carácter negociable que representa un 
porcentaje de participación en la propiedad de la compañía emisora del 
título. / Parte alícuota del capital de una sociedad mercantil. / Quien 
posee una acción se convierte en propietario parcial de la empresa. / Las 
acciones son emitidas por las empresas para obtener capital. 
a) Acciones al portador. Es emitida sin especificar el nombre 
de la persona o empresa a la que pertenece la acción. Es transferible 
con la simple entrega del título. 
b) Acción de oro. Se denomina de esta manera aquella 
acción con derechos especiales de voto que le dan a su tenedor poder 
especial con respecto a los demás accionistas. Este término se aplica 
especialmente a las acciones retenidas por algunos gobiernos después 
de una privatización. 
c) Acción Nominativa. Es emitida a nombre del propietario. 
Puede ser transferible con la entrega de la acción, debidamente 
endosada por su titular. 
d) Acción preferida. Título representativo de aporte de 
accionista al capital de la sociedad que le otorga a su titular algunos 
privilegio, ya sea sobre el voto, sobre el dividendo a percibir o sobre la 
cuota parte del patrimonio social en el momento de su liquidación.
e) Acción común. Forma básica de propiedad de una 
sociedad anónima. Es el título representativo del aporte del accionista 
al capital de la sociedad. Las acciones comunes poseen las mismas 
características y otorgan los mismos derechos. 
f) Acciones en tesorería. Se considera la adquisición de 
acciones propias, por parte de las sociedades emisoras para el caso de 
que sus títulos valores estén inscritos en el Registro Nacional de 
Valores. En este caso la Ley establece una prohibición de carácter 
general para las sociedades emisoras de adquirir, a titulo oneroso, sus 
propias acciones. 
2. Bonos: es una obligación o documento de crédito, emitido por el 
gobierno o por una entidad particular, a un plazo determinado que 
devenga intereses por periodos de tiempo. Entre ellos se conocen: 
a) Bono Brady. (Bono de la deuda Pública Externa). Es un 
título emitido en moneda extrajera por un país dentro de una emisión 
destinada a refinanciamiento de su deuda pública externa. En el caso 
de Venezuela los Bonos Brady se emitieron hasta por mil millones de 
dólares. 
Las modalidades de refinanciamiento planteadas por Venezuela a sus 
acreedores contemplaron la emisión de una serie de Bonos donde los 
mas importantes son los Bonos Par (Par Bond) y los bonos de 
Conversión de Deuda (DCB’s). 
b) Bono Cero Cupón. Son emitidos por el Banco Central de 
Venezuela como herramienta para hacer cumplir su política monetaria. 
Estos bonos no devengan intereses obteniéndose el rendimiento
mediante su colocación al descuento. Su vencimiento no puede ser 
superior a un año. El beneficio proveniente de los bonos Cero Cupón es 
gravable por el Impuesto Sobre la Renta. 
c) Bonos de capital de deuda privada externa. Son emitidos 
en dólares estadounidenses por el Banco Central de Venezuela, para la 
entrega de divisas correspondientes al capital de la deuda reconocida al 
18 de febrero de 1983. tienen un plazo de vencimiento de 20 años y una 
tasas de interés del 4% anual. El capital se amortiza anualmente. No 
están exonerados del Impuesto Sobre la Renta. 
d) Bonos de Deuda Agraria. Son emitios por Instituto Agrario 
Nacional. Al portador, destinados a cancelar obligaciones por concepto 
de expropiación de Fundos. Tiene una duración de 8 a 10 años y los 
intereses son cancelados en forma trimestral, semestral o anual. 
e) Bonos de Exportación. Son títulos emitidos por la Nación, 
a través del Ministerio de Finanzas. Estos títulos son al portador y no 
generán intereses. La duración de dichos bonos es de 2 años, contados 
a partir de su fecha de emisión. Su objeto primordial es estimular las 
exportaciones no tradicionales. Son utilizados para cancelar impuestos 
Nacionales. Se dividen en Bonos del Sector Industrial – Agropecuario y 
del Sector Agrario, siendo eliminada la emisión de los primeros, el 15 de 
junio de 1991. 
f) Bonos de expropiación. Son obligaciones al portador 
emitidas por el Gobierno Central, a través del Ministerio de Finanzas. La 
duración es de 8 a 10 años y la tasa de intereses es fija ajustable. Son 
exonerados del Impuesto sobre la Renta. Estos bonos están destinados
a financiar la adquisición, por vía ordinaria o de expropiación, de bienes 
inmuebles, afectados por la ejecución de obra de interés público o 
social, a cargo del Ministerio de transporte y Comunicaciones. 
g) Bonos intereses de deuda privada externa. Son emitidos 
en US$ por el Banco Central de Venezuela, a fin de entregar divisas 
correspondientes a los intereses de la deuda privada externa 
reconocida al 18/02/83. tiene vencimiento a 8 años, con amortizaciones 
anuales e iguales. Dichos bonos no generaran intereses, no está 
exonerados del Impuesto Sobre la Renta. 
h) Bonos deuda pública. Son emitidos por organismos 
descentralizados, a través del Ministerio de Finanzas, con el objeto de 
cancelar sus pasivos o financiar sus proyectos. Tienen un vencimiento 
que va de 3 a 15 años, siendo el plazo de 7 a 10 años el más común. 
En general los bonos de deuda pública tienen un periodo de gracia 
de 2 a 5 años. El capital tiene amortizaciones trimestrales, semestrales o al 
vencimiento. E rendimiento puede ser fijo o ajustable. Los intereses están 
exonerados del impuesto sobre la renta y los mismos son pagados en forma 
trimestral, semestral o al vencimiento. El rendimiento puede ser fijo a 
ajustable. Los intereses están exonerados del Impuesto Sobre la Renta, y los 
mismos son pagados en forma trimestral, semestral o al vencimiento. Existen 
también los bonos de la Deuda Pública Nacional emitidos por la Nación, así 
como los bonos de la Deuda Pública Municipal y Estadal. Los cuales son 
emitidos por las Municipalidades y los Estados respectivamente, destinados 
a cancelar sus obligaciones.
SIBE 
SISTEMA INTEGRADO BURSÁTIL ELECTRÓNICO 
La Bolsa de Valores de Caracas, ha adquirido mediante un convenio 
con la Bolsa de Valores de Madrid, un nuevo sistema de transacciones a fin 
de reemplazar el Sistema Automatizado de Transacciones Bursátiles 
(SATB) y adaptarse a los requerimientos del año 2000. 
Características Técnicas del SIBE 
El Sistema Integrado Bursátil Electrónico (SIBE), es un sistema 
multifuncional qua da soporte a una diversidad de actividades integradas 
tales como son: 
· Gestión de ordenes. 
· Negociación de ordenes a través de apareos automáticos. 
· Difusión de información en tiempo real. 
· Capacitación de enlace hacia otros medios de difusión de 
información. 
· Variedad e consultas accesibles al nivel de detalle, o nivel general 
sobre los valores registrados, las ordenes y las operaciones 
realizadas. 
· Facilidad de manejar diferentes mercados en un mismo sistema. 
· Versatilidad en el manejo de diferentes divisas. 
· Viabilidad de negociar diversos instrumentos financieros. 
· Capacidad de procesar un gran número de operaciones y consultas. 
· Particularidad de permitir un seguimiento cercano sobre las 
actividades de los usuarios. 
· Disponibilidad de herramientas para realizar ciertas auditorías.
· Ventaja de parametrizar el sistema a fin de controlar las actividades 
del merado, entre otras. 
El SIBE es un plataforma general capaz de dar apoyo a la 
compraventa, en uno o varios mercados, de una amplia gama de productos, 
de una amplia gama de productos, pertenezcan o no al ámbito estrictamente 
bursátil, bajo una o varias autoridades supervisoras, y cualquiera que sea la 
divisa o divisas con que se opere. 
Ello permite que instrumentos tan diferentes como renta variable, 
deuda pública, renta fija privada, Warrents, opciones y futuros financieros o 
commodities, pueda ser integrados sobre un nuevo sistema de soporte 
informático, con las ventajas que ello supone tanto desde el punto de vista 
operativo como desde el punto de vista económico. 
LOS ÍNDICES DE LA BOLSA 
· Los Índices de la Bolsa 
· Composición del Índice 
· Índice Bursátil Caracas 
· Índice Financiero 
· Índice Industrial 
· Cálculo de los Índices 
· Capitalización Base 
· ¿Por qué existen los Índices? 
· ¿Qué aspectos debe cumplir cualquier Índice Bursátil?
La Bolsa de Valores de Caracas cuenta en la actualidad con tres 
índices, uno de carácter general, el Índice Bursátil Caracas y dos sectoriales, 
el Índice Financiero y el Índice Industrial. 
El Índice Bursátil de Caracas es el promedio aritmético de la 
capitalización de cada uno de los 15 títulos de mayor capitalización y liquidez 
negociados en el mercado accionario de la Bolsa de Valores de Caracas, 
mientras que los índices Financieros e Industrial tienen canastas diferentes. 
Es calculado desde el 28 de agosto de 1997. 
El cambio de índices se produce debido a las modificaciones 
ocurridas en el mercado de capitales venezolano en los años recientes y la 
las exigencias de un índice que ahora además es un activo subyacente de 
los contratos a futuro sobre el Índice Bursátil. 
Este nuevo marcador oficial de las acciones guarda relación de 
continuidad con el anterior y al igual que los otros dos nuevos índices se 
basa en el principio de capitalización de mercado. 
COMPOSICIÓN DE LOS ÍNDICES 
Índice Bursátil de Caracas 
Está conformado por los títulos que siguen: 
Las acciones en circulación consideradas para el calculo de este 
índice son las de las siguientes empresas: 
· Electricidad de Caracas
· Banco Provincial 
· Corimon Clase A 
· CANTV 
· BBO 
· Mantex 
· Sudamtex Clase B 
· Manpra 
· Sisvensa Clase A 
· Vencemos Tipo I 
· Vencemos Tipo II 
· Mavesa 
· Fondo de Valores Inmobiliarios Clase B 
· Mercantil Servicios Financieros Clase B 
· H.L. Boulton 
Índice Financiero 
Está constituido por cuatro títulos representativos del sector 
financiero. Los títulos con sus respectivas acciones en circulación son las 
siguientes empresas: 
· Banco Provincial 
· Banco Venezolano de Crédito 
· Mercantil Servicios Financieros Clase B 
· Banco de Venezuela 
Índice Industrial
El índice industrial está representado por las acciones de las 
siguientes empresas: 
· Electricidad de Caracas 
· Corimon 
· Venepal Clase A. 
· Venepal Clase B 
· Mantex 
· Sudamtex Clase B 
· Manpa 
· Sisvensa Clase A 
· Vencemos Tipo I 
· Mavesa 
· Fondo de valores Inmobiliarios Clase B 
· H. L. Boulton 
Los índices son calculados diariamente por la bolsa de Valores de 
Caracas y de su administración se ocupa un Comité creado para tales fines. 
CALCULO DE LOS ÍNDICES 
Estos tres índices son calculados diariamente por la bolsa de Valores 
e Caracas y de su administración se ocupa un Comité creado y designado 
para tales fines, tiene la misión de estudiar las posteriores incorporaciones y 
desincorporaciones de títulos según las necesidades del mercado, así como 
por los aumentos de capitalización debido a la emisión de acciones.
Este comité de Administración, está conformado por 8 personas 
reconocidas públicamente como conocedoras del mercado, pertenecientes 
tanto a la Bolsa como a otras entidades.
Formula de cálculo 
El IBC se calcula tomando en cuenta tres parámetros: 
· Precios de las Acciones. 
Se toma como base el precio de cada acción de las empresas que 
conforman el índice, al finalizar la sesión de mercado en la bolsa de 
Valores de Caracas. 
· Acciones en Circulación. 
Se refiere al numero de acciones que conforman el capital social 
común de la empresa, y que se encuentra a disposición de los 
inversionistas en la Bolsa de Valores de Caracas, las acciones 
preferidas no son tomadas en cuenta en este número de acciones . la 
empresa con mayor cantidad de acciones tendrá un mayor peso 
sobre el índice bursátil. 
· Capitalización Bursátil 
La capitalización bursátil no es mas que la multiplicación del número 
de acciones en circulación de una empresa por su último precio 
negociado, a una fecha determinada. Representa el valor que tendría 
que pagar una inversionista si quisiera adquirir estas acciones en el 
mercado bursátil. 
El nivel de los índices equivale a la suma de las capitalizaciones de 
todos los accionantes incluidas en las respectivas canastas, donde el peso 
de cada constituyente es su capitalización de mercado (número d acciones 
multiplicado por el precio). De esta forma, movimientos de precios de los 
títulos más grandes originan movimientos grandes en el índice.
La formula es como sigue: 
Índice hoy = Capitalización de hoy x 1.000 
Capitalización base 
Los cambios en los índices se producen solo por modificaciones 
diarias en los precios o en la composición accionaria de las empresas que 
conforman la muestra. De esta manera, los dividendos en acciones, o las 
suscripciones de capital, aumentan la composición accionaria de una 
empresa, factor que influye directamente en el cálculo del índice. 
¿Por que existen los índices? 
Los índices de capitalización de acciones se consideran en general 
como indicadores, patrones o barómetros que deben reflejar la tendencia de 
la evolución de la cotización de acciones, la tendencia de la bolsa o el clima 
bursátil. 
La dinámica del mercado de valores venezolanos, siempre en 
búsqueda de la transparencia, debe presentar un índice donde los títulos 
incluidos lleven incluida su propia ponderación. No se debe dejar el criterio 
personal, la determinación de un factor tan importante como lo es la 
influencia de un título sobre un mercado.
¿Que aspectos debe cumplir cualquier índice bursátil? 
Relevancia. El índice debe ser relevante para los inversionistas. 
Como mínimo debe representar aquellos mercados o aquellos segmentos del 
mercado que son importantes para los inversionistas. 
Comprensividad. El índice debe incluir todas las oportunidades que 
están realmente disponibles para los participantes del mercado, bajo las 
condiciones normales del mismo. Un índice debe ser una medida útil de 
ejecución para los nuevos inversionistas, y no debe ser susceptible de 
opiniones acerca de cuáles acciones incluir en cada día particular. 
Estabilidad. Un índice no debe cambiar su composición con 
frecuencia, y cuando esto ocurra, todos los cambios deben ser de fácil 
comprensión y predicción. De cualquier manera, la composición del índice 
debe cambiar ocasionalmente para asegurar que el mismo refleje 
exactamente la estructura actual del mercado. 
Barreras de la entrada. El mercado, o los segmentos del mercado 
incluidos en el índice, no deben presentar barreras significativas, para la 
entrada de nuevas empresas. En los índices internacionales, por ejemplo, los 
países incluidos no deben desvalorar a los miembros extranjeros en sus 
mercados. 
Criterio de selección simple y objetivo. Debe existir un claro juego 
de reglas que gobiernen la inclusión de las acciones (o de los mercados) en 
el índice, y los inversionistas deben ser capaces de predecir y concordar en 
los cambios en composición del índice.
EUROCLEAR 
EUROCLEAR CREARANCE SYSTEM 
Euroclear. Es el sistema más grande de custodia, liquidación y 
compensación y de valores en el mundo, ofreciendo seguridad en las 
transacciones que realizan sus 2.600 participantes que son a subes las 
instituciones financieras más importantes de ochenta países, entre ellas la 
Bolsa de Valores de Caracas. 
La sede principal de Euroclear Clearance System está localizada en 
Bruselas, Bélgica. 
LA SESIÓN DE MERCADO 
La sesión de mercado en esta época del año tiene una duración de 
cinco horas, dividida en tres lapsos claramente definidos: 
La rutina de operaciones diaria es la siguiente: 
Pre-apertura 9:00 a.m. a 9:30 a.m. 
Sesión de Mercado 9:30 a.m. a 2: 30 p.m. 
Post-cierre 2:31 p.m. a 3:00 p.m. 
Pre- apertura 
La pre-apertura es el periodo del tiempo comprendido entre el cierre 
del día anterior y la apertura del día siguiente. El periodo de Pre-apertura va 
desde las 9: 00 a.m., aproximadamente hasta las 9: 30 a.m., cuando 
comienza la secuencia dela Apertura. Durante la pre-apertura, el corredor 
puede introducir órdenes y el sistema las acepta y las muestra al mercado.
Sesión de mercado. 
La sesión del mercado propiamente dicha, comienza a las 9: 30 a.m. 
(Apertura) hasta las2: 30 p.m. (Cierre). 
Post-cierre. 
El post-cierre transcurre desde las 2:30 p.m. hasta las 3:00 p.m. 
periodo en el cual los corredores pueden revisar la información delas 
transacciones al cierre del mercado. 
Nota explicativa. 
Cada seis meses se produce esta modificación en la jornada diaria de 
las transacciones bursátiles, ya que por decisión de la propia institución, 
autorizada por la Comisión Nacional de Valores, se adapta el horario al de la 
plaza financiera de Nueva York, donde se transan ADRs de trece empresas 
venezolanas. El horario vigente se aplica en este lapso Primavera – Verano. 
En la temporada otoño-invierno el horario es el siguiente: 
Pre-apertura 9:00 a.m. a 10: 30 a.m. 
Sesión de Mercado 10:30 a.m. a 2:45 p.m. 
Post-cierre 2:45 p.m. a 3:00 p.m.
TIPOS DE OPERACIONES 
Las operaciones que se realizan en la Bolsa de Valores de Caracas se 
clasifican por el lapso de liquidación: 
· Regular: 5 días hábiles. 
· A Plazo: de 6 a 60 días hábiles bursátiles. 
FASE OPERATIVA DE LA BOLSA DE VALORES 
1. Operaciones de Contado o de Plazo: 
1.1. Operaciones de contado: 
· “De hoy”. Las cuales deben liquidarse el mismo día. 
· “De contado”. Propiamente dicho, las cuales se liquidarán el día 
hábil siguiente a la operación. 
1.2. Operaciones a plazo: 
· “De fuera”. Las cuales deben liquidarse dentro delos 8 días hábiles 
siguientes a la operación. 
· “A tantos días”. En cuyo caso se señala la oportunidad en que las 
partes desean liquidar la operación, sin exceder los 120 días.
2. Operaciones Cruzadas. Son aquellas en que un mismo corredor se 
ha entendido, en forma simultánea, con el comprador y con el 
vendedor. 
Al liquidar la operación se entrega a cada miembro un Certificado de 
Liquidación en donde se expresa: fecha de la operación, cantidad, precio 
unitario, valor total, monto dela comisión, interés y fecha de vencimiento si es 
procedente. 
Las operaciones en las Bolsas de Valores deben basarse en dos 
importantes principios: 
a) La contribución que los títulos pueden hacer al desarrollo del mercado 
para la cual se exige a las empresas emisoras un tamaño mínimo en 
términos de capital social, un determinado número de accionistas y 
condiciones aceptables de rentabilidad. De allí que en nuestro país 
solo se permite el ingreso a la Bolsa a”las Sociedades Anónimas 
Inscritas de Capital Abierto” S. A. I. C. A. S. 
b) El mantenimiento del “principio de la transparencia” según el cual 
debe permitirse y ofrecerse al cliente de la bolsa y al público 
inversionista todo tipo de información referente a la transacción que 
desee realizar. Para ello se crea la obligación de elaborar prospectos 
de emisiones y de enviar en forma continua o periódica la información 
requerida por la C.N.V.
OPERACIONES FUERA DE LA BOLSA DE VALORES 
Toda adquisición directa o indirecta de acciones de un banco o 
institución financiera, que no se transe a través dela bolsa, en virtud de la 
cual el adquiriente, o personas naturales o jurídicas vinculadas a este pasan 
a poseer, en forma individual o conjunta, el diez o más por ciento (10%) de 
su capital social o del poder de Voto de la Asamblea de Accionistas, deberá 
ser previamente autorizada por la Superintendencia de Bancos. Las demás 
operaciones no requieren aprobación, pero deben ser informadas a la 
Superintendencia de Bancos dentro de los cinco (05) días hábiles bancarios 
siguientes a la fecha de su inscripción en el libro de accionistas. 
La solicitud de autorización de adquisición deberá acompañarse con 
los documentos que determine la Superintendencia, que resulte necesarios 
para determinar la idoneidad y solvencia de las personas que ingresen a la 
actividad financiera, el origen de los recursos y los cambios en los planes de 
negocios del banco o institución financiera, si fuere el caso. Si la solicitud se 
recibiere incompleta, dicho organismo lo notificará al interesado dentro de los 
cinco (05) días hábiles bancarios siguientes. Transcurridos diez (10) días 
hábiles bancarios sin que se hubiere recibido la documentación requerida, la 
superintendencia procederá anegar la adquisición correspondiente. 
Dentro de los cuarenta y cinco (45) días continuos contados a partir 
del recibo de la solicitud y de los documentos correspondientes, la 
Superintendencia concederá o negará la autorización solicitada, tomando en 
consideración los siguientes elementos de juicio:
a) Origen de los fondos que se aplicarán a la compra de las acciones. 
b) Experiencia y capacidad de pago del adquiriente. A tal efecto podrá 
requerir de los interesados, estados financieros auditados por 
profesionales inscritos en el Registro de Contadores Públicos en el 
Ejercicio Independiente de la Profesión, que lleven la 
Superintendencia. 
c) Que el adquiriente declarado fallido no haya sido rehabilitado, o que 
hubiere sido objeto de condena penal que implique privación de 
libertad o inhabilitado para desempeñar cargos en bancos y demás 
instituciones financieras conforme a lo previsto en esta Ley. 
d) La solvencia y liquidez del banco o institución financiera involucrado. 
e) Lo efectos de la operación sobre la estructura accionaria del banco o 
institución de que se trate. A esos efectos, se consideran como 
adquiridas por personas interpuestas, las acciones traspasadas a 
personas natrales o jurídicas que, a juicio de la Superintendencia, no 
tengan capacidad de pago suficiente o no puedan hacer constar el 
origen de los fondos aplicados a la compra de las acciones. 
f) Los efectos de la operación en la estructura del sistema financiero. 
En todos los casos, la vinculación entre el adquiriente y otros 
poseedores de acciones, se determinará de conformidad con lo previsto en el 
artículo 120 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
La Ley venezolana considera adquisición de acciones de un banco o 
institución financiera, la obtención de control de una sociedad o empresa 
propietaria o tenedora de acciones del capital de un banco o institución 
financiera. 
La superintendencia notificará ala institución financiera de cuyas 
acciones se trata, las decisiones adoptadas. 
Si la Superintendencia no formulare objeciones dentro del plazo a que 
se refiere este parágrafo, dicha transacción y la correspondiente inscripción 
surtirá plenos efectos. 
En cualquier caso de adquisición directa o indirecta de acciones de un 
banco o institución financiera, la Superintendencia podrá exigir todos los 
informes y documentos que considere necesarios para verificar las personas 
que en definitiva poseerán el conjunto de acciones que son objeto de 
adquisición. Así mismo, la Superintendencia podrá exigir, en cualquier 
momento y con la periodicidad que considere conveniente, a los bancos o 
instituciones financieras, los informes y documentos necesarios sobre una 
estructura accionaria. 
Cuando la adquisición de las acciones implique, a juicio de la 
Superintendencia, el control de la institución financiera, los adquirientes 
deberán presentar los planes de negocios y operaciones que se proponen 
desarrollar. La Superintendencia podrá sujetar el otorgamiento de la 
autorización de la indicada adquisición, a la realización de aportes 
adicionales de capital, cuando ello se considere necesario para el 
fortalecimiento patrimonial de la institución financiera de que se trate.
(Información suministrada por el Consejo Bancario Nacional. Esta 
Información NO es una opinión legal, es sólo una orientación. Si usted piensa 
realizar alguna operación bancaria en Venezuela, consulte previamente a un 
Asesor Financiero o un Abogado). 
CAPITULO III 
DE LOS CORREDORES PÚBLICOS DE VALORES 
ART. 75. Se debe solicitar autorización ante la Comisión Nacional de Valores 
para actuar como Corredores Públicos de Valores. 
La C.N.V. establecerá las normas para la inscripción de dichos 
corredores en el Registro Nacional de Valores. 
Art. 76. Establece que los Corredores Públicos de Valores pueden operar 
por cuenta propia, de acuerdo con las normas que determine la 
C.N.V. y en caso de actuar por cuenta propia deberá informar a las 
personas que concurran a la operación. Los Corredores Públicos 
deberán obtener autorización expresa de sus clientes para adquirir, 
para sí, los valores que se les ordenó y vender los suyos a quién le 
ordenó adquirir. 
La C.N.V. Establecerá los limites y condiciones que deben atender 
los Corredores Públicos de Valores, cuando actúen por cuenta 
propia. 
Art. 77. Señala que los Corredores de Valores deben cumplir los requisitos y 
porcentajes de capital, patrimonio y endeudamiento y otras
condiciones de liquidez y solvencia reguladas por la C.N.V. mediante 
normas de carácter general. 
Concepto. 
El Corredor Público de Títulos de Valores se define como persona 
natural o jurídica cuyo objeto principal es realizar operaciones de corretaje 
con valores, previa autorización de la C.N.V. para actuar como tal, en otras 
palabras es una persona individual dedicada a la intermediación a la compra 
o venta de Títulos de Valores en la bolsa proporcionando asesoría a sus 
clientes. 
En toda operación de bolsa hay tres elementos sujetivos 
indispensables. 
El vendedor, el comprador y el agente relacionado o comunicación, 
este último, viene a ser el elemento principal de la operación, ya que en su 
honorabilidad o solvencia confiere los dos primeros para lograr una 
operación que los beneficie a ellos directamente o indirectamente a la 
sociedad entera. 
El agente mediador recibe diferentes nombres: Comisionista Corredor, 
Agente de Cambio, Etc. 
REQUISITOS PARA SER CORREDOR DE BOLSA 
Los corredores públicos de títulos como factores esenciales de la 
operación bursátil, tienen en sus manos la responsabilidad de contribuir al 
desarrollo definitivo de la Bolsa de Valores.
Exige los siguientes requisitos: 
· Capacidad moral comprobable a través de referencias. 
· Capacidad legal para cortar posibles conflictos de interés. 
· Capacidad profesional, que se pueda comprobar mediante la 
prescripción de certificados de estudio y exámenes sobre Mercado de 
Valores y Administración Financiera. 
· Capacidad económica. Abarca la vigencia de un capital mínimo y 
garantías financieras para avalar sus actividades bursátiles. 
· Amplia cultura e inteligencia personal. 
· Conocimiento total del Mercado de Valores y del Comercio General. 
· Experiencia profesional. 
· Ser prudente, gran tacto. 
· Hacer de la ética profesional su credo fundamenta. 
CONDICIONES. 
La ley establece las siguientes condiciones para ser Miembro de la 
Bolsa:
· Que esté autorizado para ejercer la actividad de Corredor Público de 
Valores por la C.N.V. 
· Que otorgue garantía real o personal a satisfacción de la Junta 
Directiva de la Bolsa de Valores, hasta por la cantidad que señala el 
Reglamento Interno que no será inferior a 50000 Unidades 
Tributarias. 
PROHIBICIONES A LOS CORREDORES DE BOLSA 
1. Hacer registros de operaciones simultáneas. 
2. Celebrar operaciones sin transferencia de Valores. 
3. Liquidar operaciones fuera de su dependencia oficial de salvo en el 
caso de las operaciones cruzadas, así como cualquier otro de fe 
especial autorizada por las Normas que a los efectos dicte la B. V. 
4. Otorgar cualquier rebaja o bonificación y efectuar operaciones que 
produzca el mermo resultado económico de cobrar por su intervención 
en una operación una cuota individual a la tarifa de corretaje aplicable.

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Ley de mercado de capitales

  • 1. LEY DE MERCADO DE CAPITALES CONCEPTO DE MERCADO DE CAPITAL Es el sector operativo financiero que normalmente utiliza títulos valores a mediano y largo plazo, que tiene por objetivo canalizar la inversión y el ahorro del público hacia el desarrollo de empresas conocidas o a satisfacer necesidades financieras del sector público. MARCO LEGAL DEL MERCADO DE CAPITALES Está conformado por el conjunto de leyes que regulan la oferta pública de títulos valores. Esas leyes son las siguientes: a) Ley de Mercado de Capitales. Texto normativo fundamental en vigencia a partir del jueves 22 de octubre de 1998. (Gaceta Oficial Nº 36565) regula la oferta pública de acciones y de otros títulos valores de mediano y largo plazo, al igual que la actuación de las bolsas de valores intermediarios y otras entidades. b) Ley de Caja de Valores. Establece el marco regulatorio de los servicios de depósito y custodia de títulos valores por la cual se facilita la inmovilización física de los mencionados títulos. Vigente desde el 13 de agosto de 1996. c) Ley de Entidades de Inversión Colectiva. Tiene por objeto general fomentar el desarrollo del mercado de capitales venezolanos a través de diseño y creación de una variedad de entidades de inversión colectiva para canalizar el ahorro hacia una inversión productiva. Entró en vigencia el jueves 22 de agosto de 1996. d) Ley Especial de Carácter Orgánico. Autoriza al Ejecutivo Nacional para realizar operaciones de crédito público destinados a refinanciar
  • 2. deuda pública externa, del 21 de septiembre de 1990., así como el decreto Nº 1317 mediante la cuál se procederá a emitir bonos de la deuda pública nacional denominados Bonos a la par, por un monto equivalente a 7490 millones de dólares (3 de diciembre de 1990). e) Ley del Banco Central de Venezuela. Del 4 de diciembre de 1992 que tiene normas que afectan la negación de títulos valores. f) Ley de Impuestos sobre la Renta y su reglamento parcial. En materia de retenciones, lo que concierne a los gravámenes de enriquecimiento o ingresos brutos originados de las operaciones efectuadas en el mercado de capitales. LEY DE MERCADO DE CAPITALES DEFINICIÓN Es el instrumento legal que permite regular la oferta pública, emisión, colocación y distribución, oferta al público e intermediación de los mercados primarios y secundarios de los instrumentos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores, como organismo controlador y evaluador. Se entiende por “Mercado Primario” aquel de emisión de activos e instrumentos financieros de nueva creación y solo pueden intercambiarse y negociarse una vez en el momento de su emisión “Mercado Secundario”, aquel ámbito de negociación de los títulos valores o activos financieros ya existentes en manos de los oferentes y los demandantes. El objeto de la LMC es regular la oferta pública de acciones y de otros títulos valores de mediano y largo plazo, excepto los títulos de deuda pública y los títulos de crédito emitidos conforme a la ley de Banco Central de
  • 3. Venezuela, la Ley General de Bancos y otros institutos de crédito y la Ley del Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo. Tipos de Mercado 1. De Dinero. 2. De Divisas. 3. De Capitales. ANÁLISIS DE LA NUEVA LMC El mercado de capitales era poco conocido y estaba reservado al intercambio de importantes paquetes accionarios, la característica primordial era el negocio a mediano y largo plazo, y el corto plazo fue destinado al mercado financiero o mercado de dinero. El ejercicio de la bolsa lo ejercían personas naturales actuando como corredores quienes ofrecían a sus clientes como mayor garantía su nombre y su palabra. La tendencia actual está orientada hacia los procesos de globalización de las economías, las cuales exigen específicamente en materia de mercados de capitales, una actualizada plataforma jurídica que ofrezca seguridad y confianza tanto al inversor nacional como al extranjero. En relación a la bolsa de valores consiste en responsabilidad, en cual se asume al compromiso con anterioridad a la promulgación de la nueva ley, el articulo 86 contiene que las instituciones deben establecer los sistemas y mecanismos necesarios para la pronta y eficiente realización y liquidación de las transacciones efectuadas por sus miembros.
  • 4. Otro aspecto de esta ley con relación a la bolsa de valores prevé en el articulo 102 concordancia en el ordinal 21 del artículo 9 en cual permite que en la bolsa se negocien además de valores de renta fija y renta variable, cualesquiera otros bienes, con previa aprobación de la Comisión Nacional de Valores. Esto diversifica la actividad de la bolsa y abre a diversos sectores económicos y financieros una gama de posibilidades de negocios, a través de la utilización de los sistemas disponibles en nuestra institución. En cuanto al requisito de capitalización mínima exigida por la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Valores, de 200 millones de Bolívares o aquella cantidad mayor que establezca la Comisión Nacional de Valores. La actividad de intermediación en el mercado ha evolucionado a unos niveles tales que en la actualidad viene a ser realizada por la empresa organizada, bajo la figura de Sociedad Anónima, en su modalidad de Corretaje o Casa de Bolsa. Otro aspecto interesante tiene que ver con la obligación de presentar semestralmente a la Comisión Nacional de Valores y a la Bolsa información financiera debidamente auditada y el otorgamiento de garantías hasta por una suma no inferior a 50.000 Unidades Tributarias; y la autorización previa a la Comisión Nacional de Valores para que estos intermediarios puedan administrar por cuenta de terceros valores de oferta pública o fondo líquidos provenientes de tal actividad. En síntesis la nueva ley constituye un paso adelante que beneficiará al mercado y conducirá a un reordenamiento y una consolidación del sector
  • 5. bursátil, a través de fusiones y asociaciones, tal como ha sido y viene siendo la experiencia a nivel local e internacional en el sector financiero. Ahora falta que el Banco Central de Venezuela adopte mecanismos de pago valor-hoy de manera que se puedan hacer las operaciones bursátiles como en cualquier parte del mundo nuestro mercado pueda ser mas predecible. SANCIONES PREVISTAS La LMC en su artículo 141 dice que cualquier persona que en el ejercicio de sus funciones y deberes o actividades profesionales, disponga de información privilegiada o actúe para obtener para sí o para terceros beneficios patrimoniales o económicos en general, tendrá las siguientes sanciones: 1) Prisión de tres meses a dos años. 2) Multa que oscilará entre 1000 y 100.000 Unidades Tributarias. 3) Inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades reguladas por la ley, durante el lapso de uno a cinco años. Evidentemente corresponderá a la Comisión Nacional de Valores investigar los hechos vinculados con el uso de la información privilegiada, la comisión ofrecerá los conducentes a los Juzgados con competencia final a fin que estos inicien el proceso a determinar la aplicación o no de sanciones privadas de la libertad. Aún cuando constituye un gran avance la incorporación del tema relativo a la información privilegiada, la ley dejó lagunas sobre el particular,
  • 6. pues el legislador no debió limitar los sujetos a quienes sanciona (la norma se refiere únicamente a aquellas personas que en ejercicio de su profesión, trabajo o funciones hagan uso de la información considerada privilegiada), por lo que cabe preguntarse ¿ y las personas que tuvieran acceso a la información privilegiada pero que profesionalmente o laboralmente no estén vinculados al mercado de capitales? ¿A estas no se les aplica las sanciones previstas? Por otra parte el legislador en una misma disposición sanciona el uso indebido de la información privilegiada con tres tipos de sanciones absolutamente distintas. Pena de prisión, multa e inhabilitación en el ejercicio de cualquiera de las actividades reguladas por la Ley de Mercado de Capitales. Esta modalidad empleada para sancionar el uso indebido de la información privilegiada acarreará dificultades, especialmente para la CNV, ente que a pesar de este nuevo texto legal sigue sin tener en su mano un instrumento apropiado para sancionar con justa medida la infracción de las disposiciones legales. ENTIDADES DE MERCADO DE CAPITALES a) Entidades Reguladoras a.1) Ministerio de Finanzas. Despido del poder Ejecutivo Central encargado de la dirección de las finanzas públicas y de la formulación de políticas económicas y presupuestarias.
  • 7. a.2) Comisión Nacional de Valores. Organismo de carácter público, creado por la ley de Mercado de Capitales, con el objeto de regular, vigilar o fiscalizar el Mercado de Capitales. b) Entidades Operadoras b.1) Bolsa de Valores. Son instituciones abiertas al público que tienen por objeto la presentación de todos los servicios para realizar en forma continua y ordenada las operaciones con títulos de valores objetos de negociación en el mercado de capitales con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez. b.2) Casas de Bolsas. Sociedades de corretajes o intermediación de títulos valores constituidos para prestar servicio al público en las operaciones bursátiles. Deben estar dirigidas por un corredor público de títulos de valores. b.3) Caja Venezolana de Valores. La Caja venezolana de Valores C.A. fundada por la iniciativa de la Bolsa de Valores de Caracas en 1992 luego de varios años de preparación y de un proceso de promoción y ampliación de su base accionaria, comenzó operaciones en 1996. la caja tiene por objeto el depósito, custodia, liquidación y compensación de títulos y su funcionamiento está regido por la vigente Ley de Cajas de Valores. c) Empresas Emisoras Permiten y ponen en circulación títulos, valores, obligaciones y otros documentos.
  • 8. c.1) Corredores Públicos de Títulos de Valores. Son personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de corretaje con acciones, bonos y otros títulos valores, dentro o fuera de la bolsa, con previa autorización de la Comisión Nacional de Valores. c.2) Administradores de Fondos Mutuales. Sociedades anónimas que tienen por objeto la inversión en títulos valores con arreglo al principio de distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una participación mayoritaria en el capital social en la sociedad en la cual se invierte ni permitan su control económico o financiero. c.3) Agentes de Traspaso. Son aquellos que están autorizados para llevar los libros de accionarios o para emitir certificados de acciones, provisionales o definitivos de una empresa. c.4) Asesores de Inversión. Son las personas que tienen como objeto principal asesorar al público en cuanto a las inversiones del mercado de capitales, con autorización de la Comisión Nacional de Valores. c.5) Calificadores de Riesgo. Las sociedades calificadora de riesgo son las encargadas de establecer los niveles de riesgo de los diversos instrumentos que se negocian en el mercado de capitales. d) Entidades Relacionadas d.1) Asociación Venezolana de Casas de Bolsa. (AVCB), tiene por objeto promover la cooperación entre sus asociados, proteger y defender sus legítimos derechos e intereses y proporcionar la comunicación y entendimiento entre los mismos y a fin de que resuelvan sus problemas o
  • 9. desavenencias. Contribuir a la optimización de la organización y del funcionamiento de las Casas de Bolsa. d.2) Asociación Venezolana de Corredores de Bolsa. Su denominación oficial fue Corredores de Bolsa de Comercio de Caracas, es una organización sin fines de lucro constituida el 8 de junio de 1971 por un grupo de Corredores Públicos de Títulos de Valores. Sus objetivos son los siguientes: · Evaluar opciones para el mejor funcionamiento de las Bolsas de Valores del país y hacer recomendaciones a los organismos competentes. · Integrar y agrupar a todos los corredores públicos de títulos de valores en ejercicio de sus actividades, para que la misma se desarrolle bajo los esquemas de una misma filosofía general. · Representar a sus asociados ante organismo e instituciones públicas y privadas. · Promover e impulsar el mercado de valores y la intermediación bursátil, mediante la planificación de cursos, charlas, seminarios y otros eventos que colaboren con su difusión y promoción. d.3) Asociación Venezolana de Sociedades Emisoras de Valores. (AVESEVAL). El objeto principal de esta asociación es promover y concretar un marco institucional y jurídico que favorezca la emisión de valores tanto en Venezuela como en el exterior. El Presidente de la
  • 10. asociación es Francisco Aguerrevere y el Vicepresidente Enrique Machado Zuloaga. INSTITUTO VENEZOLANO DE MERCADO DE CAPITALES Fue creado en 1988 por iniciativa de la Bolsa de Valores de Caracas cuya función primordial es promover la formación de los recursos humanos que requiere el mercado de capitales de Venezuela. Este instituto desarrolla proyectos de investigación, cursos, seminarios de formación y especialización en el ámbito de la finanzas. Firma convenios con la Universidad Metropolitana para crear maestría en Mercado de Capitales en el citado centro de estudio de esta especialización al nivel de postgrado para que los participantes desarrollen habilidades en el mundo gerencial y actividad financiera. Estos cursos y eventos que prepara el Instituto cuenta con un servicio de biblioteca especializado en el campo de Mercado de Capitales y Bolsa de Valores tanto a nivel nacional e internacional. EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE CAPITALES VENEZOLANO · A partir de 1989 ha liberado los controles e implementan por breve lapso una política de libre Mercado alcanzándose record en los años venideros hasta 1992, cuando por situaciones como intento de golpe, reacción popular, destitución del presidente de la república, nombramiento de un gobierno provisional, aunado a todo esto en
  • 11. 1994, la crisis financiera, el control de cambio en este mercado sufrido en 1994 y 1995. · Durante 1996 a 1997 se superó el record en cuanto al número de transacciones, volúmenes, negociables, crecimiento del Índice Bursátil de Caracas y el porcentaje de participación del mercado de capitales en el producto interno bruto, así como el desarrollo de fondo mutual. · Consecuencia de factores externos: la crisis asiática y la caída del precio del petróleo. Internos como: retroceso en el proceso de privatización, falta de definición oportuna de política fiscal y monetaria integral además de la incertidumbre en la contienda electoral, conlleva al retroceso del mercado de capitales reflejándose en el comportamiento del índice Bursátil y esto conllevó a mermar los recursos, se fugan los capitales pues los inversionistas se retiran. · Este entorno macroeconómico externo desfavorable conjugados con una serie de factores de naturaleza interna contribuyerón a la depresión constante y absoluta el mundo de capitales que influye relevantemente en el desempeño de las actividades económicas nacionales. · Si el mercado no anda nada bien se suscita el Mercado de acciones de las empresas mas importantes hacia las bolsas extranjeras bajo la fuga de ADR que le brindaron la oportunidad a las compañía de invertir en la bolsa de Valores de EE.UU donde el acceso de inversionistas extranjeros a través de la negociación de sus acciones
  • 12. en paquetes de (6) bajo un precio en dólares y con garantía de un banco custodio americano. Cumpliendo la ley de mercado de Valores de EE.UU. De esta forma los inversionistas extranjeros no acuden al país de origen de las empresas para comprar acciones, sino acuden al mercado de capitales bajo la figura de ADR esto trae como consecuencia el desplome de los montos negociados en las casas de valores intermediarias aunado a esto la implementación de impuestos entre acciones. Ante tal situación las casas de bolsas diversifican sus actividades y servicios, organizaciones como Meninvert, Antivalores, BBO, Bomplas-participación con negociaciones, con venta variable con la compra y venta de títulos de valores-intermediación financiera de instrumentos de renta fija de títulos valores-Mondoni-TEM, bonos de deuda pública DPN, Bonos Brady, papeles emitidos por empresas que financian a través de Mercado de Capitales. CONGRESO APROBÓ LEY DE MERCADO DE CAPITALES La Cámara de Diputados del Congreso de la República aprobó la Ley que regula el Mercado de capitales, la cual tiene como fortalecer las funciones de control de la Comisión Nacional de Valores. Este instrumento legal implica la apertura total del mercado de la Bolsa de Valores e incrementa el capital de las empresas, casas de valores y agentes de corretaje, por un orden de Bs. 500 millones, otorgándole un mayor respaldo al mercado bursátil.
  • 13. COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (C.N.V.) CONCEPTO Es un organismo adscrito al Ministerio de Finanzas encargado de promover, vigilar, supervisar y regular el mercado de capitales con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional con sede en la ciudad de Caracas. DIRECCIÓN El directorio de la comisión es el máximo órgano de dirección y administración, y estará compuesto por un presidente y cuatro directores con sus respectivos suplentes, los cuales serán designados por el presidente de la república Art. 3. RÉGIMEN FISCAL El patrimonio de la Comisión, estará conformado de: (i) Asignaciones presupuestarias y (ii) de lo recaudado por las tasas que cobre conforme a la Ley. Así, dispone el artículo 17 que la Comisión Nacional de Valores podrá liquidar, recaudar, y percibir las contribuciones o ingresos enunciadas en tal norma, según se trate de la inscripción de acciones autorizadas para oferta pública; la inscripción para ser oferta pública de valores; la inscripción para operar como casa de bolsa, cajas de valores u otras instituciones afines; la inscripción para actuar como sociedad Administradora de Entidades de Inversión, como Sociedad Distribuidora de Unidades de Inversión, como sociedad de Asesores de Inversión y como Sociedad Calificadora de Riesgo; por la inscripción en le registro Nacional de Valores, para actuar como corredor público, asesor de inversión persona natural, contador público en ejercicio independiente de la profesión, y cualquier otro sujeto “no previsto o
  • 14. exceptuado” en los casos antes mencionados, y por los demás conceptos previstos en esa norma. Igualmente, se prevén contribuciones especiales a favor de la comisión, por parte de las Bolsas de Valores , de las Cajas de Valores, de los Agentes de Traspasos, de las Cámaras de Compensación de Opciones y Futuros, y entidades similares, entre otras (Cfr.: numerales 3, 5, 7 y 9 del artículo 17). FUNCIONES DE LA C.N.V. 1. Autorizar la oferta pública en territorio nacional de los valores emitidos por personas domiciliadas en Venezuela. 2. Autorizar la oferta pública, en el Territorio Nacional, de los valores emitidos por organismos internacionales, gobiernos e instituciones extranjeras, sociedades domiciliadas en el exterior, y cualquier otra persona que se asimile a los mismos. 3. Autorizar la oferta pública, fuera del Territorio Nacional, de los valores emitidos por personas domiciliadas en Venezuela. 4. Autorizar la publicidad y los prospectos de las emisiones de valores, a los fines de su oferta pública. 5. Inscribir en el Registro Nacional de Valores las emisiones de Valores una vez otorgadas las autorizaciones antes mencionadas. 6. Establecer la forma en que podrán llevarse los libros obligatorios.
  • 15. 7. Aumentar o reducir las tarifas por el uso de sus servicios, de acuerdo a la competitividad nacional e Internacional del mercado de capitales. 8. Practicar visitas a las sociedades bajo su control, en las cuales podrá inspeccionar sus libros y documentos. 9. Autorizar la creación de las Bolsas de Valores, la negociación de productos estandarizados, así como la creación de sus respectivas cámaras de compensación y regular su funcionamiento. 10.Fijar los registros que deberán cumplir las auditorias internas y externas de las personas sometidas a su control. 11.Publicar en boletín informativo mensual sobre el mercado de capitales y su comportamiento. 12.Supervisar las Bolsas de Valores con la finalidad de proteger el interés público. 13.Dictar sus reglamentos Interno y su Estatuto de Personal. 14.Las demás que asigne esta Ley y otras Leyes y reglamentos. QUIENES ESTÁN SOMETIDOS AL CONTROL DE LA C.N.V. a) Personas cuyos valores sean objeto de oferta pública. b) Las Sociedades Anónimas de Capital autorizado /SACA): Son aquellos cuyo capital suscrito puede ser inferior al capital autorizado por
  • 16. sus estatutos sociales, y en los cuales la asamblea de accionistas autoriza a los administradores para que aumenten el capital suscrito hasta el límite del capital autorizado mediante la emisión de nuevas acciones. c) Las Sociedades Anónimas Inscritas de Capital Abierto (SAICA): Son aquellas sociedades anónimas que sean autorizadas para actuar como tales por la CNV, que tengan un capital pagado no menor de un millón de Bolívares (Bs. 1.000.000.00), respetando en acciones comunes nominativos que tengan el mismo valor nominal y que no menos de 50% del Capital Social que este en poder de un grupo de accionistas cuya inversión calculada al valor nominal no sea inferior a dos mil Bolívares (Bs. 2.000.00). d) Casas de Corretaje. e) Los fondos Mutuales de Inversión. Son aquellas sociedades que tienen por objeto la inversión en títulos valores con arreglo al principio de la distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una participación mayoritaria en el capital social de la sociedad en la cual se invierte, ni permitan su control económico o financiero. f) Las Sociedades Administrativas de Fondos Mutuales de Inversión: su objeto es administrar el patrimonio de los fondos mutuales de inversión y representar a los mismos de acuerdo al contrato de administración que celebren al respecto. Dicho contrato deberá ser aprobado previamente por la C.N.V. g) Intermediaciones y asesores de inversión.
  • 17. h) Las Bolsas de Valores: Son las instituciones abiertas al público, cuyo objeto es la prestación de servicios necesario para la realización de operaciones de títulos valores objeto de negociación en el mercado de capitales. i) Cámara de Compensación de opciones y futuros. j) Los agentes de Traspaso: su designación es autorizada expresamente por la asamblea de accionistas, y su finalidad es llevar los libros de accionistas o emitir certificados de acciones provisionales o definitivos; en la forma descrita por el código de comercio. k) Caja de Valores. l) Sociedades calificadoras de riesgo. m) Los corredores Públicos de Títulos valores, otros intermediarios y asesores. Todos estas personas deberán obtener autorización para realizar las actividades propias de su objeto de interés. QUIENES SERÁN SANCIONADOS POR LA C.N.V. Existen sanciones de tipo administrativo y penales: Sanciones Administrativas. Tomándose en cuenta la gravedad de la falta, la reincidencia y el grado de responsabilidad del infractor. Las sanciones pecuniarias, deberán
  • 18. ser canceladas, dentro de los 15 días hábiles contados a partir de su notificación, en caso de mora se causarán interés según la tasa del B.C.V. se prevén multas de 200 a 1000 Unidades Tributarias de acuerdo a la gravedad de la infracción previstas en la Ley. Sanciones Penales.  Se establecen penas corporales, con prisión de 2 a 6 años. Según el Artículo 138 de la Ley de Mercado de Capitales.  Los corredores públicos que se apropien en su beneficio o de otro de los fondos de valores recibidos de sus clientes, con prisión de 1 a 5 años.  Los corredores de bolsa que registren operaciones simuladas o celebren operaciones sin transferencia de valores, con prisión de 1 a 4 años.  Quienes hayan tenido acceso a información privilegiada y la utilice para obtener beneficio económico con prisión de 3 meses a 2 años, con multas de 1.000.00 a 100.000.00 Unidades Tributarias de acuerdo a la gravedad del hecho y la inhabilitación para el ejercicio de actividades en el lapso de cinco años.  Quienes habiendo sido citados para rendir declaraciones en una averiguación no comparecieren, sancionado de acuerdo al artículo 239 del Código Penal.
  • 19.  Toda persona que obstaculice o niegue la actuación de la inspectoría de la C.N.V. , será castigado con arresto de 45 días y con multas de 100.000 a 1.000.000 de Unidades Tributarias. BOLSA DE VALORES CONCEPTO INTERNACIONAL: Centro de transacciones debidamente organizadas donde los corredores de bolsas negocian acciones y bonos para sus clientes. En la bolsa de valores se transan títulos valores de diversa índole. Según la bolsa de Madrid en 1.987, acota que es un mercado localizado físicamente, a diferencia de otros mercados donde, a pesar de estar igualmente organizados, las negociaciones se realizan por vía telefónica o informática sin la presencia del público. CONCEPTO SEGÚN EL ARTICULO 86 DE LA LMC: Son instituciones abiertas la público que tienen por objeto la prestación de todos los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las operaciones con títulos valores objeto de negociación en el mercado de capitales con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez. La bolsa de valores establecerán los sistemas y mecanismos necesarios para la pronta y eficiente realización y liquidación de dichas transacciones. ANTECEDENTES REMOTOS. BOLSA DE VALORES DE CARACAS. 1805 Abrieron una “Casa de Bolsa y Recreación de los Comerciantes y Labradores”, con autorización de la Corona Española.
  • 20. 1807 Fue creado el gremio de los corredores. 1810 El Comisionado Comercial formuló la propuesta de creación de la Almoneda Pública de Caracas. 1811 La Almoneda Pública fue creada el 24 de mayo. 1840 Comienza a funcionar la “Bolsa de Portillo”, en la cual se efectuaban dos ruedas diarias sin normas preestablecidas. 1873 El Presidente Guzmán Blanco dispuso como lugar fijo para la reunión diaria de los corredores un sitio cobijado por la sombra de la Ceiba de San Francisco, y allí se concentraron durante 74 años. 1873 El Código de Comercio incluye las primeras normas legales de la actividad bursátil venezolana. 1887 La Agencia Pumar surgió como pionera en informaciones con un boletín bursátil. 1917 El Congreso Nacional aprueba la Ley de Bolsa. 1946 La Cámara de Comercio de Caracas acuerda crear una bolsa de comercio y se constituye la empresa promotora de la nueva entidad. 1947 El 21 de enero fue inscrita en el Registro Mercantil la compañía anónima Bolsa de Comercio de Caracas. El 21 de abril de 1947 se llevó a efecto, en un local ubicado en la antigua sede del Banco Central de Venezuela.
  • 21. 1958 Se funda la Bolsa de Comercio del Estado Miranda. 1973 Es aprobada la primera Ley de Mercado de Capitales. Se establecen normas para la intermediación bursátil, al igual que mecanismos de protección al oferente, al corredor de bolsa y al inversinista. 1974 Se crea la Comisión Nacional de Valores y emiten las primeras autorizaciones para actuar como corredor Público de Títulos Valores, la Bolsa de Miranda realizó su última rueda y doce corredores de esa entidad pasaron a la Bolsa de Caracas, con lo cual comenzó una nueva etapa en el desarrollo del mercado bursátil venezolano. EL DESARROLLO RECIENTE DE LA BOLSA 1975 Primera reforma de la Ley de Mercado de Capitales. Este año es creada, la Comisión Nacional de Valores, adscrita al Ministerio de Hacienda y responsable de la supervisión del mercado. 1976 Cambiar la denominación de la institución por el de ”Bolsa de Valores de Caracas C.A.”, aumentar el capital social 2 millones 580 mil bolívares, representado por 43 acciones nominativas de 60 mil bolívares cada una, estableciéndose que ninguna persona natural o jurídica podrá ser propietaria de más de una acción. 1983 Las autoridades oficiales y la bolsa de Valores de Caracas acordaron la creación de una red cambiaria, fijándose un precio de referencia oficial como producto de la interacción de las fuerzas de oferta y la demanda en el mercado.
  • 22. 1989 Son subastados doce puestos que estaban inactivos en la Bolsa de Valores de Caracas, los cuales pasan a manos de instituciones financieras. 1990 La Bolsa Alcanza volúmenes de operaciones y montos negociados nunca antes vistos. El incremento del Índice Bursátil es de 540%, convirtiéndose este mercado emergente en el de mayor crecimiento en el mundo. 1991 Comienza un programa de modernización de la Bolsa de Valores de Caracas que abarca diversos aspectos, incluyendo la mudanza a la actual sede de la Urbanización el Rosal. 1992 Se inaugura un moderno sistema electrónico de negociación, permitiendo realizar mayor cantidad de operaciones en menor tiempo, lo que optimizó el desenvolvimiento del mercado. 1993 Se modifica la estructura organizacional de la Bolsa para atender nuevas exigencias dentro del programa de modernización y se firman convenios para difundir la información de las operaciones a nivel mundial. 1994 Comenzó operaciones el Sistema de Conexión Remota (SISTECOR) que incorporó tecnología de microondas y fibra óptica. Ese mismo año, en mayo, arranca el Sistema Electrónico de Compensación y Liquidación (SECOMLY) que agiliza la liquidación de las transacciones realizadas. La Association National Numbering Agencies (ANNA), admite como miembro a la Bolsa de Valores de
  • 23. Caracas y la designa Agente Numerador Oficial para Venezuela de todos los títulos valores venezolanos. 1995 Por primera vez se negocian en la Bolsa, en junio los Bonos de la Deuda Externa Pública Nacional, comúnmente conocidos como Bonos Brady. En noviembre es abierto el Home Page de la Bolsa de Valores de Caracas en el Word Wide de Internet (www.bolsacaracas.com), constituyendo la primera entidad financiera venezolana con presencia en la red planetaria de comunicación a través de computadoras. 1996 Inicia operaciones la Caja Venezolana de Valores cuya fundación fue promovida por la Bolsa al ser aprobadas por el Congreso Nacional y promulgadas por el Presidente de la república, doctor Rafael Caldera. Por otra parte, la Bolsa de Valores de Caracas se incorpora como participante en la Sociedad Euroclear, sistema internacional de custodia, compensación y liquidación de valores al servicio de bancos, casas de bolsa y otras importantes entidades financieras. 1997 El 21 de abril entran en funcionamiento el sistema Automatizado de Información Bursátil y Financiera (SAIBF) y el Sistema Automatizado de Rueda en Línea (SAREL), a través de Internet, formando parte del sitio Web de la Bolsa de Valores de Caracas. 1998 Se funda la Red de Mercado de Capitales venezolano y se crea el sitio Intranet de la Bolsa de Valores de Caracas, al servicio de las casas de bolsa. Este año entra en vigencia una nueva ley de mercado de capitales el jueves 22 de octubre de 1.998 que otorga autonomía funcional a la C.N.V.
  • 24. 1999 Comienza a funcionar en mayo en nuevo Sistema Integrado Bursátil Electrónico (SIBE) al iniciar operaciones el Modulo de Renta Fija y se inicia el periodo de arranque del Módulo de Renta Variable. El 2 de julio, se procedió la inauguración oficial del SIBE. 2000 La bolsa supera con éxito el error del 2.000, luego de meses de preparativo comienza una etapa de fusiones y adquisiciones de empresas que continuarán en el 2001. Por esta circunstancias es este año el de mayores ingresos para la bolsa, pero se reduce su mercado accionario, lo cual lleva a luchar por la creación de un vigoroso mercado de renta fija. 2001 Se reunen en Caracas representantes de la Bolsa de Bogota, Bolsa Mexicana de Valores y la Bolsa de Valores de Caracas pertenecientes a los países que forman el grupo de los tres. QUE ES LA BOLSA La bolsa de Valores de Caracas, fundada en 1947, es una entidad privada, institución fundamental del mercado de capitales de Venezuela, que cuenta con 63 miembros, pertenecientes en su mayoría a casas de bolsa. La bolsa de Valores de Caracas da igual tratamiento a todos los participantes en el mercado, como se encuentra establecido en el reglamento interno y en las normas legales. La bolsa de Valores de Caracas es miembro activo de la Federación Iberoamericana de Bolsas de Valores (FIABV), Asociación de Agencias
  • 25. Numeradoras Nacionales (ANNA), Consejo Nacional de Promoción de Inversiones (CONAPRI). Además es participante en el sistema de liquidación y compensación Euroclear. COMO SE CONSTITUYE UNA BOLSA DE VALORES a) Se constituye bajo la forma de Sociedades Anónimas (incluyendo las SACA, sociedades de capitales autorizados), mediante la autorización de la CNV. b) Su capital inicial no podrá ser inferior a 200’000.000 Bs. totalmente pagado en efectivo, representado por acciones comunes nominativas. c) Ninguna persona podrá poseer más de una acción en cada Bolsa de valores y para ser miembro de ella cualquier persona natural o jurídica deberá ser autorizado para ejercer la actividad de corredores públicos de títulos valores y que otorguen una garantía. d) Para que se constituya una bolsa de valores, el número de sus miembros no podrá ser inferior a 20, una vez constituida, no podrá disminuirse de 15. e) La bolsa de valores esta administrada por una junta directiva de 5 miembros principales y sus respectivos suplentes, 3 en representación de los miembros de la bolsa, 1 en representación de FEDECAMARAS y 1 en representación de la CNV. Estos durarán 2 años de ejercicio y pueden ser reelegidos. QUIEN DIRIGE LA BOLSA
  • 26. La Bolsa de Valores de Caracas es conducida por una directiva integrada por directores que representan a los accionista (corredores y casa de bolsa que operan en el mercado, cada uno de los cuales tiene una sola acción). También están representadas en la junta, Fedecámaras (organismo del empresariado), la Cama de Comercio de Caracas, la Comisión Nacional de Valores y las empresas emisoras. JUNTA DIRECTIVA La junta Directiva de la Bolsa de Valores de Caracas que rige la institución durante el periodo 2001-2003, ya en funciones, está integrada de la siguiente manera: Nelson Ortiz Cusnier PRESIDENTE Manuel Alonso VICEPRESIDENTE José Gonzalo Muci Borjas SECRETARIO Alberto Sosa Schlageter DIRECTOR PRINCIPAL Alejandro Recio Pinto DIRECTOR PRINCIPAL Víctor Flores DIRECTOR ALTERNO Gonzalo Alonso Labreda DIRECTOR Luis Benshimol DIRECTOR ALTERNO
  • 27. Leopoldo Castillo Atencio DIRECTOR ALTERNO Juan Antonio Lovera Vegas CONSEJERO Fernando Dávila CONSEJERO OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS MIEMBROS DE LA BOLSA DE VALORES DE CARACAS OBLIGACIONES. ART. 94 1. Cumplir con las normas internas de la Bolsa, así como observar los usos y costumbres. 2. Permitir la inspección de sus libros por los funcionarios de la C.N.V. o de la Junta Directiva de la Bolsa. 3. Presentar semestralmente a la C.N.V. y la Junta Directiva de la Bolsa, su Balance General, el Estado de resultado y de cambio en su situación financiera dictaminados por Contadores Públicos en ejercicio independiente de la profesión. 4. Suministrar a la C.N.V. o a la Junta Directiva de la bolsa, la información que le sea requerida. PROHIBICIONES. ART. 95.
  • 28. 1. Hacer registrar operaciones simuladas. 2. Celebrar operaciones sin transferencia de Valores. 3. Liquidar sus operaciones fuera de la Bolsa de Valores, salvo en el caso de operaciones cruzadas. 4. otorgar cualquier rebaja o bonificación y efectuar operaciones o maniobras que produzcan el mismo resultado económico de cobrar por su intervención en una operación, una cuota inferior a la tarifa de corretaje aplicable. QUIENES NO PUEDEN SER MIEMBROS DE LA BOLSA DE VALORES 1. Los funcionarios públicos. 2. Las personas que se hayan acogido al beneficio del estado de atraso mientras el mismo no haya cesado. 3. Las personas que hayan solicitado ser declaradas en quiebra y los fallidos no rehabilitados. 4. Las personas que hayan sido expulsada de una Bolsa de Valores. 5. Las personas que hayan sido condenadas por delitos o faltas contra la propiedad, la fe pública o al Fisco Nacional y aquellos tipificados en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos.
  • 29. COMO SE DEFINE LEGALMENTE LA COMPAÑÍA Desde el punto d vista estrictamente legal, la bolsa de valores de Caracas, C.A. , es una compañía anónima regulada por la Ley de Merado de Capitales y el Reglamento Interno de la institución, y está sometida a la vigilancia, supervisión de la Comisión Nacional de Valores, organismo autónomo que autoriza la oferta pública de acciones, el pago de dividendos, los derechos de suscripción de las empresas inscritas en el Registro Nacional de Valores, la CNV además dicta reglamentos para determinar procedimientos y requisitos contemplados en las leyes que deben cumplir los diversos participantes. CUAL ES EL CAPITAL SOCIAL DE LA COMPAÑÍA Desde el 31 de marzo de 1998, por decisión de la Asamblea General de Accionistas, el capital social de la bolsa de Valores de Caracas fue fijado en 4 mil 788 millones de bolívares. CUAL ES EL OBJETO DE LA COMPAÑÍA “El objeto de la compañía es la prestación al público de todos los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las operaciones con títulos valores objeto de negociación en el Mercado de Capitales, con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez. Con este propósito la compañía mantendrá, como lo ha hecho hasta la fecha , un establecimiento abierto al público en el cual se reúnan periódicamente los corredores públicos de títulos valores miembros de la institución y sus apoderados, para concertar y cumplir las operaciones mercantiles que determina su reglamento interno”, como lo señala el documento inscrito en el
  • 30. registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federa, en fecha 21 de enero de 1947, bajo el Nº 74, tomo 6-A, cuya última modificación fue inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 8 de junio de 1995, bajo el Nº 25, tomo 169-A Pro. ¿CUALES SON LAS LEYES FUNDAMENTALES DEL MERCADO DE CAPITALES VENEZOLANO? El mercado de capitales venezolano se rige por la Ley de Mercado de Capitales, Ley de Cajas de Valores y la Ley de Entidades de Inversión Colectiva y las normas emitidas por el Ministerio de Finanzas y la Comisión Nacional de Valores. (CNV). ¿EXISTE ALGÚN RÉGIMEN DE COMPRA O ADQUISICIONES DE BANCOS EN VENEZUELA? En Venezuela las acciones de bancos pueden ser negociadas, en forma directa entre propietario y adquiriente, o a través de la bolsa de valores. MISIÓN DE LA BOLSA DE VALORES DE CARACAS Facilita la intermediación de Instrumentos Financieros, difundir la información que requiere el mercado de manera competitiva, asegurando transparencia y eficacia dentro de un marco autorregulador y apegado a los principios legales y éticos, apoyándose para ello con el mejor recurso humano y el la solvencia de nuestros accionistas.
  • 31. INGRESO A LA BOLSA DE VALORES 1. Abra una cuenta con una de las Casas de Bolsa de Valores de Caracas y establezca con ella condiciones de pago. 2. solicite información sobre la acción o el bono que desee comprar o sobre la empresa emisora del Título. 3. Coloque una orden telefónica con su corredor y ratifíquela por escrito inmediatamente (vía fax o carta). 4. Confirme la ejecución de la orden con el corredor. 5. Pague con cheque de gerencia o no endosable. 6. Autorice una apertura de una sub-cuenta en la Caja de Valores. 7. Llene la “Carta traspasado de comprador” emitido por el corredor . 8. Si usted es un cliente nuevo debe llenar su ficha personal ante el corredor o casa de bolsa. 9. Vigile los precios de las acciones. Usted ha realizado una inversión a riesgo. Los precios de las acciones suben o bajan de acuerdo a la oferta o la demanda.
  • 32.
  • 33. ¿COMO SE NEGOCIA EN LA BOLSA? Cuando un inversionista quiere comprar o vender un título en la Bolsa de Valores de Caracas, acude a su corredor y éste, atendiendo su mandato concurre a una sesión o “rueda” de operaciones a la vez que otros corredores y ejecuta las diferentes operaciones. Para hacer operaciones de compra venta de valores en Venezuela se requiere previamente la autorización para actuar como corredor, que se obtiene una vez cumplidos diversos requisitos legales y obtenida la aprobación de la Comisión Nacional de Valores. Los corredores tienen la obligación de llevar los registros de los valores que negocian o administran y suministrarlos periódicamente a la Comisión Nacional de Valores junto con otras informaciones que se les exige de acuerdo a las normas oficiales. El corredor es un intermediario que cumple una función fiduciaria; está obligado a ejecutar las instrucciones de su cliente en las mejores condiciones posibles. Una vez realizada la compra, el corredor recibe del inversionista le dinero y entrega al mismo la propiedad de los títulos; a su vez, se encarga de entregar al corredor que representa a la parte vendedora los fondos de la operación. El inversionista vendedor recibe este dinero y a la vez entrega los títulos que ha vendido.
  • 34. Los miembros de la bolsa pueden ser corredores individuales o sociales en nombre colectivo. Cuando los corredores se constituyen como personas jurídicas lo hacen bajo la figura de sociedad de corretaje, la cual, al comprar una acción y ser admitidas como miembros de la Bolsa de Valores de Caracas, son consideradas propiamente “Casas de Bolsa”. Estas sociedades son cada vez más sólidas, brindan al público inversionista un margen de mayor seguridad, cuentan con personal calificado y manejan tecnología financiera de cada vez mayor nivel. VALORES NEGOCIABLES EN LA BOLSA · Renta Variable · Renta Fija Renta Variable Acciones. Son títulos de valores que representan una parte del capital de la empresa que las emite, convirtiendo a su poseedor en co-propietario de la misma en la medida de su inversión. Para el inversionista las acciones representan un activo en su patrimonio y puede negociarlas con un tercero a través de las bolsas de valores. ADR’S American Depositary recaipts. Certificados negociables que se cotizan en uno o mas mercados accionarios y constituyen la propiedad de un número determinado de acciones. Fueron creados por Morgan Bank n
  • 35. 1927 con el fin de incentivar la colocación de títulos extranjeros en Estado Unidos. GDS’s (Global Depositary Zares). Cada unidad de este título representa un número determinado de acciones de la empresa. Se transan en dólares a nivel internacional. Son emitidos por un banco extranjero, sin embargo las acciones que representan están depositadas en un banco localizado en el país de origen de la compañía. Warrants. Es una opción para comprar los títulos o acciones en una fecha futura a un determinado precio. Renta Fija Bonos. También llamados obligaciones, son títulos valores que representan una deuda contraída por la empresa que los emita y poseen características como valor, duración o vida de título, fecha de emisión, fecha de vencimiento, cupones para el cobro de los intereses y destino que se dará al dinero que se capte con ellos. Los bonos u obligaciones pueden ser emitidos por empresas privadas o por el Gobierno Nacional o sus entes descentralizados: Banco Cenral de Venezuela, ministerios, gobernaciones, concejos municipales, institutos autónomos y otros, siendo susceptibles de ser negociados antes de la fecha de vencimiento; entre estos tenemos los Bonos de la deuda Pública Externa Nacional o Bonos Brady , que son títulos de valores emitidos por el Estado venezolano, dentro de un programa multinacional, para pagar deuda externa e interna. Estos títulos tiene como característica sobresaliente una interesante tasa de rendimiento, inscritos en los mercados financieros nacionales e internacionales, que pueden ser adquiridos por cualquier
  • 36. inversionista, sin importar su nacionalidad o residencia, puesto que está mundialmente reconocidos y aceptados. Papeles Comerciales. Constituyen fracciones de endeudamiento de una Sociedad anónima. Son títulos con validez que oscila entre 15 días hasta un año. La brevedad de su vigencia es su principal ventaja. TÍTULOS DE LA BOLSA Las bolsas sirven principalmente de intercambio de valores pero no todo valor es negociable, como Título de Bolsa, ya que, para que se le considere como tal, deberá cumplir los requisitos que establece el reglamento interno y las leyes. Por ende la ley de mercado de capitales establece que son valores, las acciones de sociedades, las obligaciones y las demás entidades en masa que posean iguales características y otorguen los mismos derechos dentro de su clase. Los valores se caracterizan por ser títulos que por su garantía real sobre una base objetiva (hipotecas, caución de una empresa o una entidad pública) o por su fungibilidad resultan fácil y perfectamente negociables; convirtiéndose estos en títulos de bolsa al ser administrados para su cotización en la misma por haber cumplido con los requisitos de la Ley y el Reglamento Interno de la Bolsa.
  • 37. AGENTES AUTORIZAOS Y TÍTULOS DE COLOCACIÓN Agentes autorizados. El agente de colocación es normalmente una sociedad financiera una de cambio o la misma empresa, que se encarga de realizar las ventas de títulos objetos de la colocación y debe haber obtenido para este fin la autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV), la cual establece un tiempo determinado para realizar la operación. Los agentes de colocación asignan normalmente agentes de distribución, que se encargan de hacer la venta al detal de los títulos, reciben un porcentaje o comisión pagados por la empresa por la colocación de los mismos. Títulos de Colocación Colocación Firme. Establece que los agentes de colocación se comprometen a adquirir la totalidad de la emisión a partir del día en que se inicia el proceso de colocación primario. Los agentes de colocación una ves adquirido la emisión, puede proceder a colocar terceros a un precio preestablecido. Colocación Garantizada. Bajo el esquema de un control de un contrato de colocación garantizado, el agente de colocación se compromete a colocar la totalidad de los títulos a tercero, vencido el plazo de colocación, si dichos no han sido totalmente colocados, el agente de colocación se compromete a adquirir el remate para su cartera. Colocación a mejoras esfuerzos: el esquema de colocación a mejoras esfuerzos no establece al agente de colocación ninguna cláusula de
  • 38. obligatoriedad en cuanto a la adquisición de los títulos, simplemente hará sus esfuerzos por cumplir su cometido. DONDE SE ENCUENTRAN LOS TÍTULOS 1) En Poder del Cliente. El corredor miembro al venderlo envía al cliente a recogerlo. 2) Depositado en un instituto bancario. El corredor pide al cliente una carta de autorización para retirar los títulos de la institución. 3) En la compañía. En cuyo caso se especifica en la carta de traspaso. Esto solo ocurre en el caso de las acciones. CLASIFICACIÓN DE TÍTULOS DE BOLSA Los títulos de bolsa se clasifican en: - Públicos. Son emitidos y garantizados por el Estado y son cotizados en la bolsa de acuerdo a la ley de la oferta y la demanda. Estos títulos tienen una gran demanda en la bolsa, ya que constituyen un significativo porcentaje en la misma y gozan de sólida garantía que la respalda. Es importante acotar que los títulos públicos ofrecen menores intereses o rentas que los otros títulos. Entre ellos: Bonos de la deuda pública, bonos Brady, etc. - Privados. Son emitidos y garantizado por las empresas que están constituidas legalmente y gozan de autorización para emitirlas.
  • 39. Los títulos privados son aceptados por la bolsa de acuerdo con un régimen intro. Entre ellos acciones, bonos, letras, cheques, warrants, etc. TIPOS DE TÍTULOS VALORES 1. Acciones: titulo valor de carácter negociable que representa un porcentaje de participación en la propiedad de la compañía emisora del título. / Parte alícuota del capital de una sociedad mercantil. / Quien posee una acción se convierte en propietario parcial de la empresa. / Las acciones son emitidas por las empresas para obtener capital. a) Acciones al portador. Es emitida sin especificar el nombre de la persona o empresa a la que pertenece la acción. Es transferible con la simple entrega del título. b) Acción de oro. Se denomina de esta manera aquella acción con derechos especiales de voto que le dan a su tenedor poder especial con respecto a los demás accionistas. Este término se aplica especialmente a las acciones retenidas por algunos gobiernos después de una privatización. c) Acción Nominativa. Es emitida a nombre del propietario. Puede ser transferible con la entrega de la acción, debidamente endosada por su titular. d) Acción preferida. Título representativo de aporte de accionista al capital de la sociedad que le otorga a su titular algunos privilegio, ya sea sobre el voto, sobre el dividendo a percibir o sobre la cuota parte del patrimonio social en el momento de su liquidación.
  • 40. e) Acción común. Forma básica de propiedad de una sociedad anónima. Es el título representativo del aporte del accionista al capital de la sociedad. Las acciones comunes poseen las mismas características y otorgan los mismos derechos. f) Acciones en tesorería. Se considera la adquisición de acciones propias, por parte de las sociedades emisoras para el caso de que sus títulos valores estén inscritos en el Registro Nacional de Valores. En este caso la Ley establece una prohibición de carácter general para las sociedades emisoras de adquirir, a titulo oneroso, sus propias acciones. 2. Bonos: es una obligación o documento de crédito, emitido por el gobierno o por una entidad particular, a un plazo determinado que devenga intereses por periodos de tiempo. Entre ellos se conocen: a) Bono Brady. (Bono de la deuda Pública Externa). Es un título emitido en moneda extrajera por un país dentro de una emisión destinada a refinanciamiento de su deuda pública externa. En el caso de Venezuela los Bonos Brady se emitieron hasta por mil millones de dólares. Las modalidades de refinanciamiento planteadas por Venezuela a sus acreedores contemplaron la emisión de una serie de Bonos donde los mas importantes son los Bonos Par (Par Bond) y los bonos de Conversión de Deuda (DCB’s). b) Bono Cero Cupón. Son emitidos por el Banco Central de Venezuela como herramienta para hacer cumplir su política monetaria. Estos bonos no devengan intereses obteniéndose el rendimiento
  • 41. mediante su colocación al descuento. Su vencimiento no puede ser superior a un año. El beneficio proveniente de los bonos Cero Cupón es gravable por el Impuesto Sobre la Renta. c) Bonos de capital de deuda privada externa. Son emitidos en dólares estadounidenses por el Banco Central de Venezuela, para la entrega de divisas correspondientes al capital de la deuda reconocida al 18 de febrero de 1983. tienen un plazo de vencimiento de 20 años y una tasas de interés del 4% anual. El capital se amortiza anualmente. No están exonerados del Impuesto Sobre la Renta. d) Bonos de Deuda Agraria. Son emitios por Instituto Agrario Nacional. Al portador, destinados a cancelar obligaciones por concepto de expropiación de Fundos. Tiene una duración de 8 a 10 años y los intereses son cancelados en forma trimestral, semestral o anual. e) Bonos de Exportación. Son títulos emitidos por la Nación, a través del Ministerio de Finanzas. Estos títulos son al portador y no generán intereses. La duración de dichos bonos es de 2 años, contados a partir de su fecha de emisión. Su objeto primordial es estimular las exportaciones no tradicionales. Son utilizados para cancelar impuestos Nacionales. Se dividen en Bonos del Sector Industrial – Agropecuario y del Sector Agrario, siendo eliminada la emisión de los primeros, el 15 de junio de 1991. f) Bonos de expropiación. Son obligaciones al portador emitidas por el Gobierno Central, a través del Ministerio de Finanzas. La duración es de 8 a 10 años y la tasa de intereses es fija ajustable. Son exonerados del Impuesto sobre la Renta. Estos bonos están destinados
  • 42. a financiar la adquisición, por vía ordinaria o de expropiación, de bienes inmuebles, afectados por la ejecución de obra de interés público o social, a cargo del Ministerio de transporte y Comunicaciones. g) Bonos intereses de deuda privada externa. Son emitidos en US$ por el Banco Central de Venezuela, a fin de entregar divisas correspondientes a los intereses de la deuda privada externa reconocida al 18/02/83. tiene vencimiento a 8 años, con amortizaciones anuales e iguales. Dichos bonos no generaran intereses, no está exonerados del Impuesto Sobre la Renta. h) Bonos deuda pública. Son emitidos por organismos descentralizados, a través del Ministerio de Finanzas, con el objeto de cancelar sus pasivos o financiar sus proyectos. Tienen un vencimiento que va de 3 a 15 años, siendo el plazo de 7 a 10 años el más común. En general los bonos de deuda pública tienen un periodo de gracia de 2 a 5 años. El capital tiene amortizaciones trimestrales, semestrales o al vencimiento. E rendimiento puede ser fijo o ajustable. Los intereses están exonerados del impuesto sobre la renta y los mismos son pagados en forma trimestral, semestral o al vencimiento. El rendimiento puede ser fijo a ajustable. Los intereses están exonerados del Impuesto Sobre la Renta, y los mismos son pagados en forma trimestral, semestral o al vencimiento. Existen también los bonos de la Deuda Pública Nacional emitidos por la Nación, así como los bonos de la Deuda Pública Municipal y Estadal. Los cuales son emitidos por las Municipalidades y los Estados respectivamente, destinados a cancelar sus obligaciones.
  • 43. SIBE SISTEMA INTEGRADO BURSÁTIL ELECTRÓNICO La Bolsa de Valores de Caracas, ha adquirido mediante un convenio con la Bolsa de Valores de Madrid, un nuevo sistema de transacciones a fin de reemplazar el Sistema Automatizado de Transacciones Bursátiles (SATB) y adaptarse a los requerimientos del año 2000. Características Técnicas del SIBE El Sistema Integrado Bursátil Electrónico (SIBE), es un sistema multifuncional qua da soporte a una diversidad de actividades integradas tales como son: · Gestión de ordenes. · Negociación de ordenes a través de apareos automáticos. · Difusión de información en tiempo real. · Capacitación de enlace hacia otros medios de difusión de información. · Variedad e consultas accesibles al nivel de detalle, o nivel general sobre los valores registrados, las ordenes y las operaciones realizadas. · Facilidad de manejar diferentes mercados en un mismo sistema. · Versatilidad en el manejo de diferentes divisas. · Viabilidad de negociar diversos instrumentos financieros. · Capacidad de procesar un gran número de operaciones y consultas. · Particularidad de permitir un seguimiento cercano sobre las actividades de los usuarios. · Disponibilidad de herramientas para realizar ciertas auditorías.
  • 44. · Ventaja de parametrizar el sistema a fin de controlar las actividades del merado, entre otras. El SIBE es un plataforma general capaz de dar apoyo a la compraventa, en uno o varios mercados, de una amplia gama de productos, de una amplia gama de productos, pertenezcan o no al ámbito estrictamente bursátil, bajo una o varias autoridades supervisoras, y cualquiera que sea la divisa o divisas con que se opere. Ello permite que instrumentos tan diferentes como renta variable, deuda pública, renta fija privada, Warrents, opciones y futuros financieros o commodities, pueda ser integrados sobre un nuevo sistema de soporte informático, con las ventajas que ello supone tanto desde el punto de vista operativo como desde el punto de vista económico. LOS ÍNDICES DE LA BOLSA · Los Índices de la Bolsa · Composición del Índice · Índice Bursátil Caracas · Índice Financiero · Índice Industrial · Cálculo de los Índices · Capitalización Base · ¿Por qué existen los Índices? · ¿Qué aspectos debe cumplir cualquier Índice Bursátil?
  • 45. La Bolsa de Valores de Caracas cuenta en la actualidad con tres índices, uno de carácter general, el Índice Bursátil Caracas y dos sectoriales, el Índice Financiero y el Índice Industrial. El Índice Bursátil de Caracas es el promedio aritmético de la capitalización de cada uno de los 15 títulos de mayor capitalización y liquidez negociados en el mercado accionario de la Bolsa de Valores de Caracas, mientras que los índices Financieros e Industrial tienen canastas diferentes. Es calculado desde el 28 de agosto de 1997. El cambio de índices se produce debido a las modificaciones ocurridas en el mercado de capitales venezolano en los años recientes y la las exigencias de un índice que ahora además es un activo subyacente de los contratos a futuro sobre el Índice Bursátil. Este nuevo marcador oficial de las acciones guarda relación de continuidad con el anterior y al igual que los otros dos nuevos índices se basa en el principio de capitalización de mercado. COMPOSICIÓN DE LOS ÍNDICES Índice Bursátil de Caracas Está conformado por los títulos que siguen: Las acciones en circulación consideradas para el calculo de este índice son las de las siguientes empresas: · Electricidad de Caracas
  • 46. · Banco Provincial · Corimon Clase A · CANTV · BBO · Mantex · Sudamtex Clase B · Manpra · Sisvensa Clase A · Vencemos Tipo I · Vencemos Tipo II · Mavesa · Fondo de Valores Inmobiliarios Clase B · Mercantil Servicios Financieros Clase B · H.L. Boulton Índice Financiero Está constituido por cuatro títulos representativos del sector financiero. Los títulos con sus respectivas acciones en circulación son las siguientes empresas: · Banco Provincial · Banco Venezolano de Crédito · Mercantil Servicios Financieros Clase B · Banco de Venezuela Índice Industrial
  • 47. El índice industrial está representado por las acciones de las siguientes empresas: · Electricidad de Caracas · Corimon · Venepal Clase A. · Venepal Clase B · Mantex · Sudamtex Clase B · Manpa · Sisvensa Clase A · Vencemos Tipo I · Mavesa · Fondo de valores Inmobiliarios Clase B · H. L. Boulton Los índices son calculados diariamente por la bolsa de Valores de Caracas y de su administración se ocupa un Comité creado para tales fines. CALCULO DE LOS ÍNDICES Estos tres índices son calculados diariamente por la bolsa de Valores e Caracas y de su administración se ocupa un Comité creado y designado para tales fines, tiene la misión de estudiar las posteriores incorporaciones y desincorporaciones de títulos según las necesidades del mercado, así como por los aumentos de capitalización debido a la emisión de acciones.
  • 48. Este comité de Administración, está conformado por 8 personas reconocidas públicamente como conocedoras del mercado, pertenecientes tanto a la Bolsa como a otras entidades.
  • 49. Formula de cálculo El IBC se calcula tomando en cuenta tres parámetros: · Precios de las Acciones. Se toma como base el precio de cada acción de las empresas que conforman el índice, al finalizar la sesión de mercado en la bolsa de Valores de Caracas. · Acciones en Circulación. Se refiere al numero de acciones que conforman el capital social común de la empresa, y que se encuentra a disposición de los inversionistas en la Bolsa de Valores de Caracas, las acciones preferidas no son tomadas en cuenta en este número de acciones . la empresa con mayor cantidad de acciones tendrá un mayor peso sobre el índice bursátil. · Capitalización Bursátil La capitalización bursátil no es mas que la multiplicación del número de acciones en circulación de una empresa por su último precio negociado, a una fecha determinada. Representa el valor que tendría que pagar una inversionista si quisiera adquirir estas acciones en el mercado bursátil. El nivel de los índices equivale a la suma de las capitalizaciones de todos los accionantes incluidas en las respectivas canastas, donde el peso de cada constituyente es su capitalización de mercado (número d acciones multiplicado por el precio). De esta forma, movimientos de precios de los títulos más grandes originan movimientos grandes en el índice.
  • 50. La formula es como sigue: Índice hoy = Capitalización de hoy x 1.000 Capitalización base Los cambios en los índices se producen solo por modificaciones diarias en los precios o en la composición accionaria de las empresas que conforman la muestra. De esta manera, los dividendos en acciones, o las suscripciones de capital, aumentan la composición accionaria de una empresa, factor que influye directamente en el cálculo del índice. ¿Por que existen los índices? Los índices de capitalización de acciones se consideran en general como indicadores, patrones o barómetros que deben reflejar la tendencia de la evolución de la cotización de acciones, la tendencia de la bolsa o el clima bursátil. La dinámica del mercado de valores venezolanos, siempre en búsqueda de la transparencia, debe presentar un índice donde los títulos incluidos lleven incluida su propia ponderación. No se debe dejar el criterio personal, la determinación de un factor tan importante como lo es la influencia de un título sobre un mercado.
  • 51. ¿Que aspectos debe cumplir cualquier índice bursátil? Relevancia. El índice debe ser relevante para los inversionistas. Como mínimo debe representar aquellos mercados o aquellos segmentos del mercado que son importantes para los inversionistas. Comprensividad. El índice debe incluir todas las oportunidades que están realmente disponibles para los participantes del mercado, bajo las condiciones normales del mismo. Un índice debe ser una medida útil de ejecución para los nuevos inversionistas, y no debe ser susceptible de opiniones acerca de cuáles acciones incluir en cada día particular. Estabilidad. Un índice no debe cambiar su composición con frecuencia, y cuando esto ocurra, todos los cambios deben ser de fácil comprensión y predicción. De cualquier manera, la composición del índice debe cambiar ocasionalmente para asegurar que el mismo refleje exactamente la estructura actual del mercado. Barreras de la entrada. El mercado, o los segmentos del mercado incluidos en el índice, no deben presentar barreras significativas, para la entrada de nuevas empresas. En los índices internacionales, por ejemplo, los países incluidos no deben desvalorar a los miembros extranjeros en sus mercados. Criterio de selección simple y objetivo. Debe existir un claro juego de reglas que gobiernen la inclusión de las acciones (o de los mercados) en el índice, y los inversionistas deben ser capaces de predecir y concordar en los cambios en composición del índice.
  • 52. EUROCLEAR EUROCLEAR CREARANCE SYSTEM Euroclear. Es el sistema más grande de custodia, liquidación y compensación y de valores en el mundo, ofreciendo seguridad en las transacciones que realizan sus 2.600 participantes que son a subes las instituciones financieras más importantes de ochenta países, entre ellas la Bolsa de Valores de Caracas. La sede principal de Euroclear Clearance System está localizada en Bruselas, Bélgica. LA SESIÓN DE MERCADO La sesión de mercado en esta época del año tiene una duración de cinco horas, dividida en tres lapsos claramente definidos: La rutina de operaciones diaria es la siguiente: Pre-apertura 9:00 a.m. a 9:30 a.m. Sesión de Mercado 9:30 a.m. a 2: 30 p.m. Post-cierre 2:31 p.m. a 3:00 p.m. Pre- apertura La pre-apertura es el periodo del tiempo comprendido entre el cierre del día anterior y la apertura del día siguiente. El periodo de Pre-apertura va desde las 9: 00 a.m., aproximadamente hasta las 9: 30 a.m., cuando comienza la secuencia dela Apertura. Durante la pre-apertura, el corredor puede introducir órdenes y el sistema las acepta y las muestra al mercado.
  • 53. Sesión de mercado. La sesión del mercado propiamente dicha, comienza a las 9: 30 a.m. (Apertura) hasta las2: 30 p.m. (Cierre). Post-cierre. El post-cierre transcurre desde las 2:30 p.m. hasta las 3:00 p.m. periodo en el cual los corredores pueden revisar la información delas transacciones al cierre del mercado. Nota explicativa. Cada seis meses se produce esta modificación en la jornada diaria de las transacciones bursátiles, ya que por decisión de la propia institución, autorizada por la Comisión Nacional de Valores, se adapta el horario al de la plaza financiera de Nueva York, donde se transan ADRs de trece empresas venezolanas. El horario vigente se aplica en este lapso Primavera – Verano. En la temporada otoño-invierno el horario es el siguiente: Pre-apertura 9:00 a.m. a 10: 30 a.m. Sesión de Mercado 10:30 a.m. a 2:45 p.m. Post-cierre 2:45 p.m. a 3:00 p.m.
  • 54. TIPOS DE OPERACIONES Las operaciones que se realizan en la Bolsa de Valores de Caracas se clasifican por el lapso de liquidación: · Regular: 5 días hábiles. · A Plazo: de 6 a 60 días hábiles bursátiles. FASE OPERATIVA DE LA BOLSA DE VALORES 1. Operaciones de Contado o de Plazo: 1.1. Operaciones de contado: · “De hoy”. Las cuales deben liquidarse el mismo día. · “De contado”. Propiamente dicho, las cuales se liquidarán el día hábil siguiente a la operación. 1.2. Operaciones a plazo: · “De fuera”. Las cuales deben liquidarse dentro delos 8 días hábiles siguientes a la operación. · “A tantos días”. En cuyo caso se señala la oportunidad en que las partes desean liquidar la operación, sin exceder los 120 días.
  • 55. 2. Operaciones Cruzadas. Son aquellas en que un mismo corredor se ha entendido, en forma simultánea, con el comprador y con el vendedor. Al liquidar la operación se entrega a cada miembro un Certificado de Liquidación en donde se expresa: fecha de la operación, cantidad, precio unitario, valor total, monto dela comisión, interés y fecha de vencimiento si es procedente. Las operaciones en las Bolsas de Valores deben basarse en dos importantes principios: a) La contribución que los títulos pueden hacer al desarrollo del mercado para la cual se exige a las empresas emisoras un tamaño mínimo en términos de capital social, un determinado número de accionistas y condiciones aceptables de rentabilidad. De allí que en nuestro país solo se permite el ingreso a la Bolsa a”las Sociedades Anónimas Inscritas de Capital Abierto” S. A. I. C. A. S. b) El mantenimiento del “principio de la transparencia” según el cual debe permitirse y ofrecerse al cliente de la bolsa y al público inversionista todo tipo de información referente a la transacción que desee realizar. Para ello se crea la obligación de elaborar prospectos de emisiones y de enviar en forma continua o periódica la información requerida por la C.N.V.
  • 56. OPERACIONES FUERA DE LA BOLSA DE VALORES Toda adquisición directa o indirecta de acciones de un banco o institución financiera, que no se transe a través dela bolsa, en virtud de la cual el adquiriente, o personas naturales o jurídicas vinculadas a este pasan a poseer, en forma individual o conjunta, el diez o más por ciento (10%) de su capital social o del poder de Voto de la Asamblea de Accionistas, deberá ser previamente autorizada por la Superintendencia de Bancos. Las demás operaciones no requieren aprobación, pero deben ser informadas a la Superintendencia de Bancos dentro de los cinco (05) días hábiles bancarios siguientes a la fecha de su inscripción en el libro de accionistas. La solicitud de autorización de adquisición deberá acompañarse con los documentos que determine la Superintendencia, que resulte necesarios para determinar la idoneidad y solvencia de las personas que ingresen a la actividad financiera, el origen de los recursos y los cambios en los planes de negocios del banco o institución financiera, si fuere el caso. Si la solicitud se recibiere incompleta, dicho organismo lo notificará al interesado dentro de los cinco (05) días hábiles bancarios siguientes. Transcurridos diez (10) días hábiles bancarios sin que se hubiere recibido la documentación requerida, la superintendencia procederá anegar la adquisición correspondiente. Dentro de los cuarenta y cinco (45) días continuos contados a partir del recibo de la solicitud y de los documentos correspondientes, la Superintendencia concederá o negará la autorización solicitada, tomando en consideración los siguientes elementos de juicio:
  • 57. a) Origen de los fondos que se aplicarán a la compra de las acciones. b) Experiencia y capacidad de pago del adquiriente. A tal efecto podrá requerir de los interesados, estados financieros auditados por profesionales inscritos en el Registro de Contadores Públicos en el Ejercicio Independiente de la Profesión, que lleven la Superintendencia. c) Que el adquiriente declarado fallido no haya sido rehabilitado, o que hubiere sido objeto de condena penal que implique privación de libertad o inhabilitado para desempeñar cargos en bancos y demás instituciones financieras conforme a lo previsto en esta Ley. d) La solvencia y liquidez del banco o institución financiera involucrado. e) Lo efectos de la operación sobre la estructura accionaria del banco o institución de que se trate. A esos efectos, se consideran como adquiridas por personas interpuestas, las acciones traspasadas a personas natrales o jurídicas que, a juicio de la Superintendencia, no tengan capacidad de pago suficiente o no puedan hacer constar el origen de los fondos aplicados a la compra de las acciones. f) Los efectos de la operación en la estructura del sistema financiero. En todos los casos, la vinculación entre el adquiriente y otros poseedores de acciones, se determinará de conformidad con lo previsto en el artículo 120 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
  • 58. La Ley venezolana considera adquisición de acciones de un banco o institución financiera, la obtención de control de una sociedad o empresa propietaria o tenedora de acciones del capital de un banco o institución financiera. La superintendencia notificará ala institución financiera de cuyas acciones se trata, las decisiones adoptadas. Si la Superintendencia no formulare objeciones dentro del plazo a que se refiere este parágrafo, dicha transacción y la correspondiente inscripción surtirá plenos efectos. En cualquier caso de adquisición directa o indirecta de acciones de un banco o institución financiera, la Superintendencia podrá exigir todos los informes y documentos que considere necesarios para verificar las personas que en definitiva poseerán el conjunto de acciones que son objeto de adquisición. Así mismo, la Superintendencia podrá exigir, en cualquier momento y con la periodicidad que considere conveniente, a los bancos o instituciones financieras, los informes y documentos necesarios sobre una estructura accionaria. Cuando la adquisición de las acciones implique, a juicio de la Superintendencia, el control de la institución financiera, los adquirientes deberán presentar los planes de negocios y operaciones que se proponen desarrollar. La Superintendencia podrá sujetar el otorgamiento de la autorización de la indicada adquisición, a la realización de aportes adicionales de capital, cuando ello se considere necesario para el fortalecimiento patrimonial de la institución financiera de que se trate.
  • 59. (Información suministrada por el Consejo Bancario Nacional. Esta Información NO es una opinión legal, es sólo una orientación. Si usted piensa realizar alguna operación bancaria en Venezuela, consulte previamente a un Asesor Financiero o un Abogado). CAPITULO III DE LOS CORREDORES PÚBLICOS DE VALORES ART. 75. Se debe solicitar autorización ante la Comisión Nacional de Valores para actuar como Corredores Públicos de Valores. La C.N.V. establecerá las normas para la inscripción de dichos corredores en el Registro Nacional de Valores. Art. 76. Establece que los Corredores Públicos de Valores pueden operar por cuenta propia, de acuerdo con las normas que determine la C.N.V. y en caso de actuar por cuenta propia deberá informar a las personas que concurran a la operación. Los Corredores Públicos deberán obtener autorización expresa de sus clientes para adquirir, para sí, los valores que se les ordenó y vender los suyos a quién le ordenó adquirir. La C.N.V. Establecerá los limites y condiciones que deben atender los Corredores Públicos de Valores, cuando actúen por cuenta propia. Art. 77. Señala que los Corredores de Valores deben cumplir los requisitos y porcentajes de capital, patrimonio y endeudamiento y otras
  • 60. condiciones de liquidez y solvencia reguladas por la C.N.V. mediante normas de carácter general. Concepto. El Corredor Público de Títulos de Valores se define como persona natural o jurídica cuyo objeto principal es realizar operaciones de corretaje con valores, previa autorización de la C.N.V. para actuar como tal, en otras palabras es una persona individual dedicada a la intermediación a la compra o venta de Títulos de Valores en la bolsa proporcionando asesoría a sus clientes. En toda operación de bolsa hay tres elementos sujetivos indispensables. El vendedor, el comprador y el agente relacionado o comunicación, este último, viene a ser el elemento principal de la operación, ya que en su honorabilidad o solvencia confiere los dos primeros para lograr una operación que los beneficie a ellos directamente o indirectamente a la sociedad entera. El agente mediador recibe diferentes nombres: Comisionista Corredor, Agente de Cambio, Etc. REQUISITOS PARA SER CORREDOR DE BOLSA Los corredores públicos de títulos como factores esenciales de la operación bursátil, tienen en sus manos la responsabilidad de contribuir al desarrollo definitivo de la Bolsa de Valores.
  • 61. Exige los siguientes requisitos: · Capacidad moral comprobable a través de referencias. · Capacidad legal para cortar posibles conflictos de interés. · Capacidad profesional, que se pueda comprobar mediante la prescripción de certificados de estudio y exámenes sobre Mercado de Valores y Administración Financiera. · Capacidad económica. Abarca la vigencia de un capital mínimo y garantías financieras para avalar sus actividades bursátiles. · Amplia cultura e inteligencia personal. · Conocimiento total del Mercado de Valores y del Comercio General. · Experiencia profesional. · Ser prudente, gran tacto. · Hacer de la ética profesional su credo fundamenta. CONDICIONES. La ley establece las siguientes condiciones para ser Miembro de la Bolsa:
  • 62. · Que esté autorizado para ejercer la actividad de Corredor Público de Valores por la C.N.V. · Que otorgue garantía real o personal a satisfacción de la Junta Directiva de la Bolsa de Valores, hasta por la cantidad que señala el Reglamento Interno que no será inferior a 50000 Unidades Tributarias. PROHIBICIONES A LOS CORREDORES DE BOLSA 1. Hacer registros de operaciones simultáneas. 2. Celebrar operaciones sin transferencia de Valores. 3. Liquidar operaciones fuera de su dependencia oficial de salvo en el caso de las operaciones cruzadas, así como cualquier otro de fe especial autorizada por las Normas que a los efectos dicte la B. V. 4. Otorgar cualquier rebaja o bonificación y efectuar operaciones que produzca el mermo resultado económico de cobrar por su intervención en una operación una cuota individual a la tarifa de corretaje aplicable.