2. Las personas Jurídicas en el
Derecho Internacional Privado
son
Entes que pueden ser titulares de derechos y
obligaciones
Sin ser
3. Ley Aplicable
Ley del lugar
de su
constitución
Art. 20 de la
Ley del
Derecho
Internacional
Privado
Requisitos de
Forma y de fondo,
para la creación
de estas personas
Convención
Interamericana
sobre
personalidad y
Capacidad de
Personas
Jurídicas en el
D.I.P