Este documento discute varios sistemas y criterios para determinar la nacionalidad de las personas jurídicas en el derecho internacional privado. Explica el sistema objetivo que se basa en elementos ostensibles como el lugar de constitución, y el sistema subjetivo que considera factores como la voluntad de los socios y el país de suscripción del capital. También analiza criterios como la sede, la nacionalidad, la capacidad y el reconocimiento de sociedades extranjeras. Por último, menciona la Convención Interamericana sobre Personalidad y Capac
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
La determinación de la nacionalidad de las personas jurídicas
1. Universidad Fermín Toro
Vice rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
La Persona Jurídica
Alumna: Díaz Albany
CI: 25.627.609.
SAIA A: DIP523
Barquisimeto, Abril 2019
2. Sistema Objetivo: Consiste en la determinación de ciertos elementos ostensibles
que dan lugar a una cierta presunción de nacionalidad y esta se establece sobre
esa base.
Este criterio en la práctica ha tenido series inconvenientes debido a la posibilidad
de fraude a la Ley que puede cometerse con la constitución de una compañía en
territorio extranjero.
Sistema Subjetivo: Dentro de este sistema, son varios criterios los que se han
expuesto con el propósito de determinar la nacionalidad de tales entes.
El fundamento de esta teoría está en la aceptación del Principio de la Autonomía
de la Voluntad que debe ser valido no solo para la cuestión contractual sino para la
creación de un ente de esta naturaleza.
Otro criterio : ha sido el del país de suscripción del capital, este que parecerá un
hecho objetivo, ostensible, como lo es el de la suscripción de capital, en último
análisis resulta un hecho subjetivo, pues, como ha de determinarse el capital;
generalmente es producto de verdadero aporte internacional
Criterios para determinar Lex Societatis
3. Lugar de Constitución : El criterio
de constitución es un criterio basado en
un elemento subjetivo, como es la
voluntad de los socios, ya que éstos
determinan el Derecho conforme al cual
quieren constituir la sociedad.
Con relación al criterio de sede la
nacionalidad de la sociedad será la
del Estado en cuyo territorio se
localice su sede real, con
independencia de que se haya
constituido conforme al Derecho de
otro Estado
Nacionalidad: Nuestro sistema
jurídico se basa en la conexión de
nacionalidad para determinar la ley
aplicable a las sociedades, pues el
art. 9.11 CC establece en su primer
párrafo que: “La ley personal
correspondiente a las personas
jurídicas es la determinada por su
nacionalidad.
En el ámbito de la persona jurídica la
nacionalidad actúa como un
expediente técnico destinado a
identificar la lex societatis
Capacidad : se refiere a la
capacidad de goce y derecho , esto
es la medida de la aptitud para ser
titular de deberes y derechos.
Reconocimiento : El reconocimiento
de sociedades extranjeras es un
expediente técnico, mediante el cual
se trata de determinar si el derecho
del foro reconoce la personalidad
4. Problemática de Las Personas Jurídicas
La Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad
de Personas Jurídicas en el Derecho Internacional Privado, esta convención
busca busca dirimir los conflictos de leyes sobre personalidad y capacidad de
personas jurídicas en el derecho internacional privado.