2. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
TERCERA CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE LAS
NACIONES UNIDAS (CIIU)
GRAN DIVISIÓN45 (ESTRUCTURA):
Grupo
451
Clase:
4510 Preparacióndel Terreno.
453 4530
454 4540 Terminaciónde edificios.
455 4550 Alquiler de equipos deconstruccióny
demolicióndotadode operarios.
452 4520 Construccióndeedificioscompletos,yde
partesdeedificios,obrasdeingeniería
civil.
Acondicionamientode edificios.
3. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
• Todas las actividades que se enumeran en la División 45
son indicativas del marco dentro del cual se desenvuelve
laConstrucción Civil.
• Todos los trabajadores que efectúen dichas actividades
deben de ser considerados sujetos al Régimen de
Construcción Civil.
4. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
CARACTERÍSTICAS DE LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN CIVIL:
1.- La Eventualidad:
LarelaciónlaboralenConstrucciónCivil esdecarácter
temporal.
Duramientrasseejecutalalaborparalacualseha
contratadoaltrabajadoromientrasdurelaejecución
dela obra.
1.- La
Eventualidad
2.- Ubicación
relativa
5. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
2.- Ubicación Relativa:
No existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las
labores de construcción (se desenvuelve en diversos
sitios).
Dondeseejecutaunaobradeconstrucciónseubican los
trabajadores, terminada la obra se tienenque
trasladarde ubicación a unanueva obra.
6. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
TRABAJADOR DE CONSTRUCCIÓN CIVIL
TrabajadordeConstrucciónCivil estodapersonafísica
querealizalibrementeydemaneraeventualotemporal,
unalabordeconstrucciónparaotrapersonajurídicao
natural dedicada a tal actividad, con relación de
dependenciayacambiodeuna remuneración.
7. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
CATEGORÍAS DE TRABAJADORES EN CONSTRUCCIÓN CIVIL:
De acuerdoalashabilidades, yparadefinirlosjornalessehanestablecido3
categorías:
1.- Operarios
2.- Oficiales o Ayudantes
3.- Peones
1.- Operarios:
Son los albañiles, carpinteros, fierreros, pintores,
electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, chóferes,
mecánicos y demás trabajadores calificados en una
especialidadenel ramo.
8. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
2.- Oficiales o Ayudantes:
Trabajadoresquedesempeñanlasmismasocupacionespero
quelaborancomoauxiliaresdeloperarioquetengaasu cargo
la responsabilidad de latarea,yquenohubiera
alcanzadoplenacalificaciónenla especialidad.
Tambiénseconsiderancomooficialesalosguardianes.
3.- Peones:
Son los trabajadores no calificados que sonocupados,
indistintamente en diversas tareas de laindustriadela
construcción.
9. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Trabajadores excluidos del régimen de la Construcción Civil:
ValorUIT:s/. 4.400
Se exceptúadeesterégimenalostrabajadoresquerealicen
suprestaciónenlasempresas constructorasdeinversión
limitada,enlamedidaqueejecutenobrascuyoscostos
individualesnoexcedande50UIT(S/. 220000).
Igualmentequedanexceptuadaslaspersonasnaturalesque
construyandirectamentesuspropiasunidadesdevivienda,
siempre que el costo de la obra no supere ellímite
señalado(50 UIT).
En estoscasoselrégimenlaboralesel
queseaplicanormalmenteacualquier
trabajador de la actividad privada,
pudiéndosecelebrarcontratossujetos
amodalidad porobraoservicioylas
remuneraciones se podrán fijar
libremente.
Artículos 12º y 14º del Decreto Legislativo Nº 727
11. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Remuneración por día de Descanso Semanal Obligatorio (DSO):
Categoría JornalBásico
Operario : S/. 71.80 x 6días : S/. 430.8
D.S.O : S/. 11.96 x 6días : S/. 71.80
Categoría JornalBásico
Oficial : S/. 56.55 x 6días : S/. 339.3
D.S.O : S/. 9.43 x 6días : S/. 56.55
Categoría JornalBásico
Peón :
D.S.O :
S/. 50.80 x 6 días : S/. 304.8
S/. 8.46 x 6 días : S/. 50.80
(DecretoLegislativo Nº 713 y su Reglamento el Decreto SupremoNº 012-1992-TR)
Laremuneraciónordinariaporeldíadedescansosemanal
obligatorio,seráelequivalentealdeunajornadaordinaria y
se abonará en forma directamente proporcionalal
númerodedíasefectivamentetrabajados.
12. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
BONIFICACIONES Y ASIGNACIONES
Bonificación Unificada de Construcción (BUC):
Reúne las bonificaciones por desgaste de ropa y herramientas,alimentación,
porcompensaciónporfaltadeaguapotableybonificaciónporespecialización,que se
pagaráenporcentajedelaremuneraciónbásica(RSD Nº 193-91-1SD-NEC de 19-06-
91):
32 % deljornal básico.
30 % deljornal básico.
OPERARIO:
OFICIAL :
PEON : 30 % deljornal básico.
- Se otorgapordíaefectivamentelaborado.
- Noesbasecomputableparaelpagodevacaciones,gratificaciones,asignaciónescolar,CTS.
- LaBUCnosetomaencuentaparaeljornaldominical.
16. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Bonificación por Movilidad Acumulada:
(RD Nº 777-87-DR-LIM del 08-07-87)
- Su objeto es cubrirlos gastos de movilidad urbana e interurbana.
- Cubreeltraslado deltrabajador desuresidenciahabitual alcentrodetrabajo y
viceversa.
- Es equivalenteaseispasajesurbanos.
- Se abonapordíaefectivamentelaboradosindistinciónde categoría.
- Es una condición de trabajo(concepto no remunerativo).
Diaria Semanal
S/. 8.00 x 6días : S/. 48.00
Excepciones:
- Noseabonanalos trabajadoresqueresidanencampamentos.
- Noseabonasilaempresa proporciona eltransportealinicioyaltérminodelajornadade
trabajo.
21. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
Es la bonificación que se paga cuando se contratan trabajadores que residen en ciudades de la
costa para realizar labores en zonas ubicadas a más de 3,000 metros de altura sobre el nivel del
mar,yequivaleaS/. 2.50pordíalaborado.
Datos:
:
:
:
Trabajador
Categoría
Jornada
Horas laboradas :
Zona de Trabajo :
Lugarderesidencia :
Días laborados :
EmilioCastañeda.
Operario.
LunesaSábado.
8 horas.
Ticlio.
Trujillo.
6
Determinación de la Bonificación:
Remuneración básicadiaria : S/. 71.80+
Bonificación
Total
: S/. 2.50
: S/. 74.30(diaria)x6díaslaborados = S/. 445.8
22. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Bonificación por contacto directo con el Agua:
(RM Nº 480del 20-03-64)
- Es igualal 20 % del jornalbásico.
- Se abona cuando el trabajador labore en contacto directo
con el agua, entendiéndose aquellas labores en que el
trabajadortengaqueingresaral agua.
- Labores en fundaciones, ríos, lagos, represas y demás
quelesean semejantes.
Categoría JornalBásico
1.- Operario : S/. 71.80 x 20 % : S/. 14.36
2.- Oficial : S/. 56.55 x 20 % : S/. 11.31
3.- Peón : S/. 50.80 x 20 % : S/. 10.16
23. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
LaBonificaciónporcontactodirectoconAguasepagacuandoeltrabajadortengaqueingresar al
agua, e incluso sumergirse en ella para realizar su labor, incluyéndose los trabajos en aguas
servidasyequivaleal20%dela remuneraciónbásica.
Datos:
:
:
:
ModestoPérez.
Operario.
Lunesa Sábado.
Trabajador
Categoría
Jornada
8horasdiarias.
Horas laboradas : 8horas.
S/. 71.80+
S/. 14.36
Determinación de laBonificación:
Remuneración básica diaria :
Bonificación:S/. 71.80x20%:
T
otal : S/. 86.16(diaria).
24. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Bonificación por turno de Noche:
(R.M. Nº 082del24-04-1964; R.M. Nº 072del04-02-1967; R.D. Nº 100-72-DPRTESS Art.6º del 13-04-72)
- Se considera turno de noche a partir de las 11:00 p.m. hasta
las6:00 a.m.
- Trabajador que labore en dicho horario debe recibir una
bonificaciónequivalente al 25 % sobreel jornal básico.
- Empleador otorgará un refrigerio al trabajador consistente
endossándwichy½litrode leche.
- En este turno no se paga media hora más por el refrigerio;
entendiéndose que la ½ hora de descanso para tomar
refrigerioestaincluidadentrodelasochohoras.
Categoría JornalBásico
1.- Operario : S/. 71.80 x 25 % : S/.17.95
2.- Oficial : S/. 56.55 x 25 % : S/. 14.14
3.- Peón : S/. 50.80 x 25 % : S/. 12.70
26. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Asignación Escolar:
(RSD Nº 434-74Cd. 91100del 07-03-74)
- Se abona por cada hijo menor de 18 años y en edad
escolar (se considera edad escolar a partir de los tres
años).
- MontoapagarporelEmpleadoresde30jornalesbásicos
poraño,porcadahijo.
- Monto es igualpara los trabajadores de las tres categorías.
- Trabajador debe acreditar la filiación con la partida de
nacimiento y el documento otorgado por la Autoridad de
Educación correspondiente, mientras dure el vínculo
laboral.
- Esta asignación debe ser cancelada en la última semana de
cadames calendario.
- En caso de no acreditar el derecho a percibir tal
asignación,lopercibido le será descontado de su
liquidacióndebeneficios sociales.
27. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
1.- Operario
2.- Oficial
3.- Peón
: S/. 71.80
: S/. 56.55
: S/. 50.80
x 30j.b. :
x 30j.b. :
x 30j.b. :
S/. 2,154 : 12 = S/.179.50
S/. 1,696.50 :12 = S/.141.38
S/. 1,524 : 12= S/. 127
Categoría JornalBásico Total Dozavos Mensual
Operario:
Cuentacon2hijosmenoresdeedad,estudianennivelprimario.
¿Cuánto asciende la asignaciónpor escolaridad en un mesde labor normal?
Solución:
JornaldeunOperario: S/. 71.80
Asignaciónpor educación equivalea 30 jornalesbásicosal año.
S/. 71.80x30:S/.2,154
Pago en forma mensualpor dos hijos:
S/. 2,154/12:S/. 179.50(1 hijo) ( x2hijos)= 179.50x2:S/. 359.00
28. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Asignación por Sepelio:
Empresasconstructorasdebenabonaralosfamiliaresdelos
trabajadoresfallecidosdurantelavigenciadelcontratode
trabajo,siempre queacreditenlosgastosdesepeliopor
conceptodemortuorio.
Equivalenteauna UIT
.
Aplicable cuando costo delpresupuestodelaobrasea
mayor a 50 UIT (R.S.D. Nº 143del16-03-73).
ValorUIT (Año 2021): S/. 4400
29. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Indemnización (Compensación por Tiempo de Servicios – CTS + Utilidades):
básicos,
- Es igual al 15% del total de los jornales
percibidosdurantelaprestaciónde servicios.
(D.S. del2-11-53)
- Se pagapordíaefectivamentelaborado.
- Noseincluye dentrodelcálculoeldominical,losferiadosy
faltas.
- Noseincluyen lasobretasadelashorasextras;siesbase de
cálculoelvalordelahoraextrasindichasobretasa(sin
premio)– R.M. Nº 480del 20-03-64.
- Indemnizacióndel15%esdeaplicacióngeneralparatodos
lostrabajadoresenconstruccióncivil.
El 15%incluye:12%porCTS y3%porsustituciónalpagode participaciónporutilidades.
31. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Compensación Vacacional (Vacaciones):
“Lostrabajadoresdeconstruccióncivilporlatemporabilidad
desusservicios,difícilmente lleganacumplirlosrequisitos
necesarios para el goce o disfrute de los30díasde
vacacionesqueconceptualmentelescorresponderían,por lo
que normalmente lo que se les paga es una
compensaciónvacacionalovacaciones truncas”.
Equivalenteal10%detodaslasremuneracionesganadas
durantesuperíodode trabajo.
32. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
- Se computansólolosdíasefectivamentelaborados(se
encuentran excluidos del cómputo losdominicales,
feriadosy faltas).
- Tienenderecholostrabajadoresdespedidos después
de6díasdelaborefectivao18díasdelaborefectiva si
seretira voluntariamente.
- Tanto en el caso de despedida como de retiro
voluntario, la compensación vacacional será
equivalente a dos jornales y medio si se realiza al
cumplir 18 días de labor efectiva (R.M. Nº 918 del 06
deAgostode1965).
“Estosjornalessonlosbásicos,esdecirquenoseencuentra
incluida laBUCnicualquier otrobeneficioquesepague alos
trabajadores”.
33. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Forma y monto de pago en caso de despido de la Compensación Vacacional:
- Si el trabajador es despedido antes de 6 días de labor, no tiene derecho al pago
decompensación vacacional.
- Si el trabajador cuenta con más de 6 días de labor, la compensación es
equivalente al 10% de todos los jornales básicos que haya percibido el
trabajadordurante su labor sin incluirlos dominicales.
Forma y monto de pago en caso de renuncia de la Compensación Vacacional:
- Si renunciaantesde18díasdelaborefectiva,notiene
derechoalacompensaciónvacacional.
- Si renuncialuegode18díasdelabor,lacompensación
vacacionalesigualal10%delosjornalesbásicossin
incluir dominicalesnihorasextrasniotrobeneficio
pagadoal trabajador.
34. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
No es base de cálculo:
- LaBUC (BonificaciónUnificadade Construcción).
- Laasignación escolar.
- Lashoras extras.
- Cualquier otro beneficio.
Fórmula:
10%(del Jornal Básico) XAcumulacióndedíasefectivamente laborados.
35. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Categoría JornalBásico Día Semana Total
1.- Operario : S/. 71.80 x 10%: S/. 7.18 x 6 = S/. 43.08
2.- Oficial : S/. 56.55 x 10%: S/. 5.66 x 6 = S/. 33.93
3.- Peón : S/. 50.80 x 10%: S/. 5.08 x 6 = S/. 30.48
36. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
La compensación vacacional equivale al 10% de todas las remuneraciones básicas
percibidas,
computándosesólo los días efectivamentelaborados (se encuentran excluidosdel cómputo los
dominicales, feriados, y faltas); tienen derecho los trabajadores despedidos después de 6 días
de labor efectiva, o 18 días de labor efectiva si se retiravoluntariamente.
Datos:
Trabajador :
Categoría :
Tiempo laborado :
Horasextras :
Motivodelcese :
AlejandroRomán.
Operario.
16 días.
20 horas.
Retirovoluntario.
Determinación de la Compensación Vacacional:
Notienederecho alaCompensaciónVacacional,porcuantoseretirovoluntariamentecon16
días de labor y no alcanzolos 18 días de labor efectiva, necesariospara el goce del derecho.
37. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
La compensación vacacional equivale al 10% de todas las remuneraciones básicas
percibidas,
computándosesólo los días efectivamentelaborados (se encuentran excluidosdel cómputo los
dominicales, feriados, y faltas); tienen derecho los trabajadores despedidos después de 6 días
de labor efectiva, o 18 días de labor efectiva si se retiravoluntariamente.
Datos:
Trabajador :
Categoría :
Tiempo laborado :
Horasextras :
Motivodelcese:
CarlosTejada.
Oficial.
5días.
4horas.
Despido.
Determinación de la Compensación Vacacional:
No tiene derecho a la Compensación Vacacional, porque al momento de ser despedido sólo
contaba con 5 días de labor y no alcanzo los 6 días de labor efectiva, necesarios para el goce
del derecho.
38. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Gratificaciones:
Categoría JornalBásico Total
1.- Operario
2.- Oficial
3.- Peón
: S/. 71.80
: S/. 56.55
: S/. 50.80
x 40j.b. =
x 40j.b. =
x 40 j.b. =
S/. 2,872
S/. 2,262
S/. 2,032
(R,D, Nº 258-77 del 15-03-1977; R.D. Nº 531-81 del24-07-1981; y R. Subdirectoral Nº 479-82).
Lostrabajadoresdeconstrucciónciviltienenderechoa40jornalesbásicosde
gratificaciónporFiestasPatriasya40jornalesbásicosdegratificaciónporNavidad.
39. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Gratificación por Fiestas Patrias:
Equivalea40remuneracionesdiarias(jornalesbásicos)ysepagaráarazóndeun sétimode
40 remuneraciones diarias (jornales) por mes calendario completo laborado porel
trabajador en la obra de enero a julio del año respectivo.
Categoría JornalBásico Meses (MES)
Laborados
1.- Operario :
2.- Oficial
3.- Peón
S/. 71.80x40=
: S/. 56.55x40 =
: S/. 50.80x40=
S/. 2,872.00 /
S/. 2,262.00 /
S/. 2,032.00 /
7 : S/. 410.29
7 : S/. 323.14
7 : S/. 290.29
Gratificación por Navidad :
Equivalea40remuneracionesdiarias(jornalesbásicos)ysepagaráarazóndeunquinto de
40 Remuneraciones diarias (jornales) por cada mes calendario completo delabor
realizadadeagostoadiciembre.
Meses (MES)
Laborados
Categoría JornalBásico
1.- Operario : S/. 71.80 x 40j.b. = 5 : S/. 574.40
2.- Oficial
3.- Peón
: S/. 56.55 x 40j.b. =
: S/. 50.80 x 40 j.b. =
S/. 2,872.00 /
S/. 2,262.00 / 5 :
S/. 2,032.00 / 5 :
S/. 452.40
S/. 406.40
40. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Asimismo,elempleador,pararealizarelpagodelasgratificaciones,deberátener
presentelo siguiente:
1. Solo en el caso de que el trabajador labore en la misma obra un período completo de
sietemesesodecincomeses,segúnelcaso,percibiráelíntegrode lasgratificaciones.
2. Ningúntrabajador tendráderechoapercibircualquieradeestasdosgratificacionesen
másdeunaobra. Si seconstataraqueeltrabajadorhapercibidodosomásvecesla
mismagratificación,elempleador procederáadescontarsuimportedelaliquidación de
beneficios sociales.
3. Si eltrabajador laboraenunaobraunperíodomenoracadaunodelosindicados
anteriormente, percibirátantossétimosotantosquintosdelmontodecadaunadelas
gratificacionesmencionadas,comomesescalendariocompletoshayalaboradoenesa
obra.
4. En los casos de ingreso y cese del trabajador en la obra antes de cumplir un mes
calendario, percibirá tantas partes proporcionales de los sétimos o de los quintos del
montodecadaunadelasgratificacionesmencionadascomodíashayatrabajado.
41. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
EJEMPLO:
- Lostrabajadoresdeconstruccióncivilpercibirán40remuneracionesbásicas.
- El cómputode Fiestas Patrias es de enero a julioy se paga por sétimos.
- El cómputode Navidad es de agosto a diciembre y se paga por quintos.
- Antesdecumplirunmescalendario,enloscasosdeingresoydecese,eltrabajadorpercibirá
tantaspartesproporcionalesdelossétimosoquintoscomodíashayalaborado.
Datos:
: LuisIparraguirre
: Operario.
: Lunesa Sábado.
Trabajador
Categoría
Jornada
8horas diarias
Remuneraciónbásica Diaria : S/. 52.10
Gratificación:
S/. 2,084.00
Anual : S/. 52.10x40(jornalesbásicos):
Mensual : S/. 2,084.00/ 7 : S/. 297.71
Tiempo laborado : 35 días.
Mes laborado : 01 de Junio al 05 de Julio.
Diaria : S/. 297.71 / 30 : S/. 9.92
T
otalpor1mesy5días:S/. 297.71(1 mes)+ S/. 49.6(S/. 9.92x5días) = S/. 347.31
42. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Horas extras:
- Hastaladécimahora= 60%sobrelaremuneracióndiaria(jornalbásico).
- A partir de la décima hora y hasta las 11 p.m. = 100%sobrela
remuneracióndiaria(jornal básico).
- Después de las 11 p.m. = convencional ( se pacta bonificación
por acuerdoentrelaspartes).
- Dos horas entre trabajo delamañanaytarde= 100%sobrela
remuneración diaria(jornal básico) – HorasintermediasdeTrabajador
conjornadadelaborpartida.
(ConvenioColectivodel02-06-1946 punto3º aprobadoporD.S. del14deJuliode1942yel
PactoColectivodel 08-05-1951)
Lostrabajadores deberánpagarunasobretasaporhorasextrasdelasiguiente
forma:
44. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
¿Cómo se hacen los cálculos de la Indemnización, Vacaciones y Gratificaciones?
Vamos a suponer que unoperario trabajó para unaempresa constructoradel02-03-2021 al
28-05-2021 yacumuló20horas extras.
Primerodebemosestablecerdemaneraclarayprecisa losdatosquenosserviráparahacerlos
cálculosylaformamásprácticaesmediantelasiguiente tabla:
Fechade Ingreso : 2deMarzodel2,021
Fechade Cese : 28deMayodel 2,021
Días Efectivos Domingos Feriados Subtotal
Marzo
Abril
Mayo
27
23
23
04
05
04
00
02
01
31
30
28
Total 73 13 03 89
DíasTrabajados : 73días.
Gratificación Fiestas Patrias :
HorasExtras :
89días calendario.
20 horas.
45. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Botiquín:
Lasnormasbásicasdeseguridadobligana
lasempresasconstructorasatenerensus
obrasunbotiquíndeprimeros auxilios.
Pactode1946punto 11º.
R.S. Nº 021-83-TR del23demarzode 1983,
Art. 45º
NormaTécnica G-050
Uniformes de trabajo:
Losempleadores delaconstrucciónotorgarán
alinicio desurelación laboralacadaunode
lostrabajadoresquelaboranenobraspúblicas
o privadas que emplean a 20 o más
trabajadores, 2 overoles tipoestándar,sin
que exista obligación del trabajador de
devolverlosaltérminodelarelación laboral.
D. S. Nº 7del10deabrilde1958Art.3
R.D. Nº 777-87-DR-LIMdel 08-07-1987.
NormaTécnicaG-050 (AntesE-120).
R.S.D. Nº 450-90-25D-NECM del25-05-1990.
R.M.N. Nº 315-2006-TR, del 06-09-2006.
46. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Primero de Mayo: Descanso por el “Día de los
Trabajadores en Construcción Civil:
Día especial, donde el trabajador tiene derecho
a percibir el íntegro de su remuneración y
descansar.
En casodequeelDía Internacional delos
trabajadorescoincidaconeldíadedescanso
semanal obligatorio del trabajador, tendrá
derecho aquesepaguenosólosudíade
descanso,sinoqueademásunaremuneración
adicionalporelPrimerode Mayo.
D.L. Nº 713del08-12-1991ysuReglamentoel
DecretoSupremoNº 012-1992-TR, 03-12-1992.
El 25deOctubredecadaañosecelebrael “Día
delostrabajadoresenConstrucción Civil”.
El trabajador percibirá el pago de su salario sin
laborar, la forma de pago se aplica el mismo
tratamientodelosferiadosremunerados.
Estedescansooferiadoes gremial.
LeyNº 24324.
DecretoLegislativoNº 713, 08-11-1991.
47. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Domingos trabajado:
En caso,dequeeltrabajadorlaboreensudía
dedescanso,sinrestituirloporotrodíaenla
mismasemana,tendráderechoalpagodela
retribución correspondiente a la labor
efectuadamásunasobretasadel100%
En loscasosdelosferiados,como1deenero,
ViernesSanto, FiestasPatrias,etc.,laborados
tambiéntienen derecho deunasobretasadel
100%.
- Artículo 4º del D.S. del 2 de marzo de 1945 y el D.L. Nº 713 y su Reglamentoel D.S. Nº 012-1992-TR
Ejemplo:
TrabajadorOperarioquelaboraeldíadomingo,
tienederechoal pago:
: S/. 71.80+
:
Porsudíade descanso
Poreldíadedescanso
Trabajado+ (sobretasa
del100%)
S/. 71.80x2: S/. 143.60
Total : S/. 215.40
Triple
Remuneración
48. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Defunción del Trabajador = Asignación por Sepelio:
Lasempresasconstructorasdeberánabonaralosfamiliares
de los trabajadores fallecidos durante la vigencia del
contratodetrabajo,laasignacióndeunaUIT
.
Siempre que costo de presupuesto delaobrasea
mayora50UIT(mayoraS/. 220,000).
Asignaciónporconceptodemortuorio= 1UIT(S/. 4.400).
R.SubdirectoralNº 143-73del16demarzode1973.
ResoluciónNº 450-92-2SD-NEC.
ResoluciónNº 155-94.
49. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Permiso por Duelo:
LosobrerosdeconstruccióncivildelaRepúblicagozarán
de tres días de permiso por duelo con goce de
salarioencasodefallecimientode:
- Padres.
- Cónyuge.
- Hijoslegítimosoreconocidosdebidamente
comprobados.
ResoluciónMinisterialNº 480del20demarzode1964Art.8º.
Resolución DirectoralNº 082 del24 de abril de 1964 Art. 9º.
Resolución Subdirectoral Nº 479-82-911000 del 16 de agosto de 1982, punto 9º.
50. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Permiso por Nacimiento:
Serádemediodía, sinsalarioporeselapsoysinpérdida
del dominicalcuando elpadreconcurraafirmarel
nacimiento de su hijo, que secomprobaráconla
papeletaqueexpidaelConsejo.
R.SubdirectoralNº 46CRD de23-03-70confirmadaporlaR.D. Nº 40-70-DRTL de 03-04-70
51. Permiso para atenderse en ESSALUD:
RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
CuandoeltrabajadortengaqueasistiraatenderseaESSALUD,
porunaenfermedad comúnsecomunicaráasuempleador un
díaantesdelaatención,perosiesunaurgenciamédica o
accidente de trabajo, se comunicarádeinmediatoyel
empleador otorgará el permiso correspondiente parasu
atenciónambulatoria.
El trabajadorpercibiráelimporteproporcionaldeljornal a
lashorasenqueestuvoenelHospitaloPostasdeesa
entidadincluyendoeltiempoempleadoenregresarala
obra,sinperdidadeldominical.
Noperdidadepartedepago
dejornal dominical.
52. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Trámite:
1.- El trabajador está obligado a recabar de su principal
el permiso escrito en el mismo día que asistirá al
ESSALUD despuésde haberingresadoa la obra.
2.- Unavezatendidoeltrabajador,deberárecabarde
ESSALUD la tarjeta deasistenciaqueconsigne
expresamenteladuraciónylafechadela atención.
3.- El trabajadorestáobligadoaregresarasucentrode
trabajo el mismo día que gozó del permiso,
debiendo presentar asuprincipal latarjetade
asistenciaqueleextendiera ESSALUD.
4.- Sóloenelcasoqueeltrabajadordeconstrucción civil
presente asuprincipallatarjetadeasistencia de
ESSALUD elprincipal reconocerádichashoras como
de asistencia al trabajo con el pago
proporcional a ese tiempo nolaborado,además
del dominical.
AtenciónESSALUD
Regresaa laborar
53. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
5.- Únicamenteenelcasoqueeltrabajadordeconstrucción
civilconcurraaESSALUD apartirdelas3:00p.m.,es
que no estará obligado a regresarasucentrode
trabajo en la misma jornada pero al día siguiente
laborabledeberápresentar asuprincipallatarjetade
asistenciaqueleexpidieraESSALUD.
6.- El trabajador quedejasedelaborardurantetodauna
jornadaporconcurrir a ESSALUD notendráderechoa
que se le considere de abono ese día.
Si hubiera sido hospitalizado el trabajador deberá poner
ese hecho en conocimiento de su principal y mostrar la
tarjetadeasistencia.
Conveniodel16defebrerode1975punto16º.
Resolución Subdirectoral Nº 604-75-911000 del8 de abril de 1975.
54. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Facilidades del Comité de Obra:
Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a que sus
empleadores les faciliten un lugar adecuado de la obra, para el
funcionamientodelComitéde Obra.
El Comité deObra(ComitéSindicaloSecciónSindical) se
constituyeconlostrabajadoresdelaobraregistradosenlos
Librosde Planilla.
El Comité de Obra se elige cuando el número de trabajadores
alcanza a 20 o más, y sólo se nombra 02 delegados cuando el
númerodetrabajadoresesmayorde5ymenora20.
La constitución del Comité de Obra y elección de los
dirigentes sedebeefectuarenAsamblea convotacióndelos
trabajadoresasistentes,debiéndosecomunicaralempleador y
alMinisteriodeTrabajo,acompañandoaéstacomunicación el
Acta deAsamblea deConstitución yeleccióndelaJunta
Directiva.
ResoluciónSubdirectoralNº 531-81del24dejuliode1981,punto21.
Decreto SupremoNº 010-2003-TR, TUO de la LRCT Nº 25593.
DecretoSupremoNº 011-92-TR (Reglamento).
Trabajadoresregistrados
en planilla.
ComunicaciónalEmpleador
deConstituciónComité Obra.
55. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Cuota Sindical – Descuento Sindical:
El empleador a pedido del Sindicato o Comité de Obra, y
con la autorización escrita del trabajador sindicalizado,
estáobligadoadeducirdelasremuneracioneslas cuotas
sindicales legales, ordinarias y extraordinarias fijadas en
los Estatutos del Sindicato previa solicitud de la
organización sindical.
El descuento sindical se efectiviza a través de las
empresas constructoras y a los ingenieros contratistas,
quienes deberán prestar las facilidades para que se
efectúelacobranzadelas mismas.
Ingenieros facilitan cobranza
cuota sindical.
TrabajadoresSindicalizados
Las gestiones se efectuarán a través del “Comité
de Obra” del Sindicato representativo a fin de que
seefectúaeldescuentoporcaja.
R.M. Nº 480 del 20 de marzo de 1964Art. 9º.
R.D. Nº 100-72del13deabrilde1972,PUNTO2º.
R.D. Nº 100-72-DPRTESS de14delabrilde 1972.
ResoluciónSubdirectoral Nº 193-91 del 19 de junio de 1991.
D.S. Nº 011-92-TR
D.S. Nº 010-2003-TR TUOdeLRCT 25553.
56. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
Libro de Planillas y Boletas de Pago:
Trabajadortienederechoaserinscritoenel“LibrodePlanillas”de
su empleador dentro de las 72 horas (3 días) de haber
ingresadoa laborar.
En la planilla debe indicarse.-
Datosdel trabajador:
Nombres,
Sexoyfechadenacimiento,
Domicilio,
Fechadeingresooreingreso,
Cargou ocupación,
Númeroderegistrodeasegurado,
Fechade Cese.
Nombredelempleadorocontratista,
elnombredelpropietario,salvoque
ésteseaelempleadorencuyocaso
se indicará que reúne ambas
calidades.
“Librode Planilla”
57. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
El contratistadeberállevarlasplanillasyotorgarlas“Boletas”y a
laterminacióndesucontrato,elcontratistaentregará al
propietariolasplanillasylosduplicadosdelasboletas,loqueno
leeximenderesponsabilidadporelpagodelasobligaciones
laboralesnialpropietariodesuresponsabilidadsolidariacon los
mismos.
El empleadordeberáentregaraltrabajadorlaboletadepago
amástardar dentrodeltercerdíahábildespuésdehaberse
efectuadoelpago(trabajadorfirmará lacopiadelaboleta de
pago).
“Libro Planilla”
Entregade Boleta
Día dePago
58. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
“Libro Planilla”
Lasplanillasdelasempresasquedesarrollenactividades
enconstruccióncivil,podránserllevadasporcadaobra o
enconjuntoparavariasobrascentralizándolasenuna,
perocadaobradeberácontarconunacopiasimplede las
planillas.
D.S. Nº 001-98-TR
Las anotaciones referentes a los trabajadores que dependen
de subcontratistas se efectuarán en las mismas planillas,
pero agrupadas en rubros distintos correspondientes a cada
subcontratista.
59. RÉGIMEN LABORALDE LACONSTRUCCIÓN CIVIL
El empleador está obligado a entregar al trabajador al momento de pagarle sus
remuneraciones una boleta conteniendo los mismos datos que figuren en las
planillas, osealos siguientes:
1.- Nombre,apellidoyelnúmerodeaseguradoenelIPSS.
2.- Categoríayocupación específica.
3.- Remuneraciónporhora,díayotroperíodo.
4.- Númerodehorastrabajadasporsemana.
5.- Remuneraciónporhorasextraordinarias,oportrabajo
endíasdedescansosemanalobligatorioyferiadosy el
númerodehorasextraordinarias trabajadas.
6.- Salariooremuneracióndominical.
7.- Remuneración vacacional.
8.- Losdemáspagosquesehagan.
9.- Remuneracióntotalquese paga.
10.- DescuentosporaportacionesdeltrabajadorparalasInstituciones
deSeguridad Social.
11.- Otrosdescuentosseñaladosporleyuordenadopormandado
judicial.
Al término del contrato de construcción, el contratista y/ o subcontratista debe entregar al
propietario una copia certificada de la planilla de pago y duplicado de las boletas de los
trabajadoresquelaboraronendicha obra.
D.S. Nº 001-98-TR