1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
UNIVERSIDAD YACAMBU
CATEDRA DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
Participante:
Jose Manuel Martinez Rojas
7,575,574
CJP-142-00294V
PROF. ELEANA SANTANDER LADERA
Sección: EDO1DOV 2016-2
DELITO CONTRA LA LIBERTAD
2. Son aquellos delitos que afectan a la capacidad de
una persona para actuar y obrar con arreglo a sus
deseos o con arreglo a las decisiones que ha tomado.
José Manuel Martínez Rojas
3. 1- Delitos contra las libertades políticas.
Artículos 166 y167 C.P.V.
2- Delitos contra la libertad de culto.
Artículos 168,169,170 y 171 C.P.V.
3-. Delitos contra la libertades individuales.
Artículos del 173 al 182 C.P.V.
2.5 Delitos Contra La Libertad de Culto
Profanación de Cadáveres o Violación de
Sepulcros.
2.1 Delitos Contra La Libertad de Culto
Impedimento o Perturbación de Las Funciones
o Ceremonias Religiosas.
2.2 Delitos Contra La Libertad de Culto
Vilipendio a Creyentes.
2.3 Delitos Contra La Libertad de Culto Acto
de Desprecio Contra un Culto y Delitos Contra
los Ministros de un Culto. .
2.4 Delitos Contra La Libertad de Culto Daños
a Monumentos u Ornatos Funerarios y-o
Religiosos Destinados al Culto en
Cementerios.
Delitos Contra La Libertad Individual Reducción o sometimiento a esclavitud
Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegítima de la libertad
Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegítima de la libertad Agravantes
Delitos Contra La Libertad Individual Violencia privada
Delitos Contra La Libertad Individual Privación de libertad cometida por un funcionario público (abuso de
autoridad)
Delitos Contra La Libertad Individual Sustracción o retención de menores
Delitos Contra La Libertad Individual Pesquisa personal arbitraría
Delitos Contra La Libertad Individual Detención sin orden escrita
Delitos Contra La Libertad Individual Retardo de medidas liberatorias (tolerancia de detención ilegal)
Delitos Contra La Libertad Individual Abusos contra detenidos y condenados
Delitos Contra La Libertad Individual Satisfacción de interés privado
4. Delitos contra las libertades políticas.
Artículos 166 y167 C.P.V.
Las libertades políticas están consagradas en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela formuladas en un sentido positivo
como derechos políticos. La sección primera del capítulo IV de Título I
de la Constitución establece los derechos políticos de los ciudadanos
MEDIOS DEL DELITO.
.- Violencias.
.- Amenazas.
.- Tumultos
Castigo.
.- Quince días A 15 Meses.
.-Funcionario Público De 6 a treinta meses
Código Penal Titulo II
Delitos Contra la Libertad Capítulo I
.- Artículo 166 Conducta Típica
.- Arresto en Fortaleza o Cárcel
5. Delitos contra la libertad de culto.
Este delito se encuentra ubicado en el artículo 167 del Código Penal
Venezolano que establece: “El que por ofender algún culto lícitamente
establecido o que se establezca en la República, impida o perturbe el
ejercicio de las funciones o ceremonias religiosas, será castigado con arresto
desde cinco hasta cuarenta y cinco días. Si el hecho fuere acompañado de
amenazas, violencias, ultrajes o demostraciones de desprecio, el arresto será
por tiempo de cuarenta y cinco días a quince meses.”
2.1 Delitos Contra La Libertad de Culto Impedimento o Perturbación de Las Funciones
o Ceremonias Religiosas. Art 167 C.P.V.
.-Impedir o perturbar las funciones o ceremonias religiosas de algún culto ilícito.
.-Sujeto Activo: puede ser cualquier persona física e imputable.
.-Culpabilidad: este delito es doloso.
.-Penalidad: arresto desde 5 hasta 45 días. Pero si el hecho fuere acompañado de
amenazas, violencias, ultrajes o demostraciones de desprecio, el arresto será por
tiempo de 45días a 15 meses.
2.2 Delitos Contra La Libertad de Culto Vilipendio a Creyentes.
Art.168 C.P.V. : Acción: vilipendiar a la persona que profesa algún culto.
Vilipendio: es el acto mediante el cual alguien demuestra que considera vil
al sujeto pasivo. Se vilipendia con el menosprecio o el oprobio. El vilipendio
comprende las expresiones o los actos, de cualquier especie, que impliquen
la burla, el escarnio, el desprecio o la ignominia. Este debe estar dirigido a
una persona determinada. Sujeto activo: es indiferente. Sujeto pasivo: Es
el creyente, la persona que profesa una religión lícitamente establecida a en
la Republica. Culpabilidad: Es un delito doloso. Proceso ejecutivo: el delito
se consuma con el vilipendio. No admite tentativa ni frustración. Penalidad:
Prisión de uno hasta seis meses.
2.3 Delitos Contra La
Libertad de Culto Acto de
Desprecio Contra un Culto y
Delitos Contra los Ministros
de un Culto. Art. 169 C.P.V.
A. Sujeto activo: En ambos
casos es indiferente. B.
Culpabilidad: en las dos
hipótesis es menester el dolo.
C. Penalidad: en ambos
supuestos, la pena es de
prisión de cuarenta y cinco
días a quince meses. D.
Agravante Genérica: Si se
trata de otro delito cometido
contra el ministro de algún
culto en ejercicio de sus
funciones o causa de estas, la
pena fijada a dicho delito se
aumentará en una sexta
parte.
2.4 Delitos Contra La Libertad de Culto Daños
a Monumentos u Ornatos Funerarios y-o
Religiosos Destinados al Culto en
Cementerios. Art. 170 C.P.V.
Acción: Consiste en deteriorar, desperfeccionar o
afear, en los lugares destinados al culto o en los
cementerios, los monumentos pinturas, piedras,
lapidas, inscripciones o túmulos.
Penalidad: arresto de uno a seis meses o multa
de ciento cincuenta unidades tributarias (150 UT.)
a un mil quinientas unidades tributarias (1.500
UT.).
2.5 Delitos Contra La Libertad de Culto Profanación
de Cadáveres o Violación de Sepulcros. Art. 171
C.P.V.
Acción: comprende varias modalidades -Profanación del
cadáver o de las cenizas de una persona. -Sustracción
fraudulenta total o parcial, de los despojos o restos
mismos, con un fin injurioso o simplemente ilícito. -
Violación de tumulos o urnas cinerarias. Sujeto activo: es
indiferente. Penalidad: prisión de seis meses a tres años.
6. Acción.
Consiste en privar
ilegítimamente de
libertad al sujeto pasivo
Objeto Material
Es la persona privada de
su libertad (sujeto
pasivo).
Culpabilidad
Este delito es doloso.
Pena.
De 3 días a 12 años.
ó
Multa de 100 U.T. a
1.000 U.T..
3-. Delitos contra la
libertades individuales.
Artículos del 173 al 182 C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Reducción o sometimiento a
esclavitud.
Basado en el Art. 173 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegítima de la libertad.
Basado en el Art. 174 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegítima de la libertad
Agravantes.
Basado en el Art. 175 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Violencia privada
Basado en el Art. 176 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Privación de libertad cometida por un
funcionario público (abuso de autoridad)
Basado en el Art. 177 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Sustracción o retención de menores.
Basado en el Art. 178 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Pesquisa personal arbitraría
Basado en el Art. 179 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Detención sin orden escrita
Basado en el Art. 180 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Retardo de medidas liberatorias
(tolerancia de detención ilegal)
Basado en el Art. 181 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Abusos contra detenidos y condenados
Basado en el Art. 182 del C.P.V.
Delitos Contra La Libertad Individual Satisfacción de interés privado.
Basado en el Art. 183 del C.P.V.