La resolución declara inadmisible una solicitud cautelar presentada debido a que no cumple con los requisitos formales. Se le concede al solicitante un plazo de tres días para subsanar las deficiencias, como señalar su domicilio real y procesal, precisar contra qué entidad va dirigida la medida cautelar e ir al juzgado a legalizar su firma por la caución juratoria ofrecida. De no subsanarse las omisiones, la solicitud será rechazada.