Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Juannunes
1. Bases Legales del Deporte
UNIVERSIDAD "FERMÍN TORO"
SISTEMA INTERACTIVO DE EDUCACIÓN A
DISTANCIA. (SAIA)
ESCUELA DE RELACIONES INDUSTRIALES
CABUDARE
Saia A
Asignatura: Educación física y
deporte
Apellido y Nombre: Nunes
Juan Junior
C.I: 20.237.796
Docente: Lcdo. Samir Matute
2. DERECHOS CULTURALES Y EDUCATIVOS
Artículos
ARTICULO 102º: La
Educación es un derecho
humano y un haber social
fundamental, es
democrática, gratuita y
obligatoria. El estado la
asumirá como función
indeclinable y de máximo
interés en todos sus
niveles y modalidades y
como instrumento del
conocimiento científico,
humanístico y tecnológico
y tecnológico al servicio
de la sociedad.
ARTICULO 103º: Toda
persona tiene derecho a una
educación integral, de calidad,
permanente, en igualdad de
condiciones y oportunidades,
sin mas limitaciones que las
derivadas de sus aptitudes,
vocación y aspiraciones. La
educación es obligatoria en
todos sus niveles, desde el
maternal hasta el nivel medio
diversificado.
ARTICULO 111ª: Todas
las personas tienen
derecho al deporte y a la
recreación como
actividades que benefician
la calidad de vida individual
y colectiva. El Estado
asumirá el deporte y la
recreación como política de
educación y salud pública y
garantizará los recursos
para su promoción. Su
enseñanza es obligatoria
en todos los niveles de la
educación pública y privada
hasta el ciclo diversificado,
con las excepciones que
establezca la Ley.
3. LEY ORGANICA DE EDUCACION
Artículos
ARTICULO
16º: El Estado
atiende, estimula
e impulsa el
desarrollo de
la educación
física, el deporte y
la recreación en el
Sistema
Educativo, en
concordancia con
lo previsto en las
legislaciones
especiales que
sobre la materia
se dicten
.
ARTICULO 85ª. Los alumnos de cualquier
nivel o modalidad del sistema educativo que
sean seleccionados para participar en juegos
deportivos nacionales e internacionales
disfrutaran del permiso legal necesario para
entrenar, desplazarse, permanecer en
concentración y asistir a las competencias.
ARTICULO 86ª: Los alumnos que presenten
impedimentos físicos o psíquicos que no les
permitan realizar las actividades prácticas de
la educación física el deporte, serán sometidos a
un régimen docente diferenciado
ARTICULO 101ª: Para la evaluación de la educación
física y el deporte, además de los objetivos programáticos, se
tomarán en cuenta, la participación de los alumnos en
competencias deportivas organizadas por instituciones
oficiales y las actividades similares que realicen los
educandos en entidades deportivas aficionadas.
4. LEY DE UNIVERSIDADES
Artículos
ARTÍCULO 143.-
La Dirección de
Deporte tendrá un
Director de libre
nombramiento y
remoción del
Rector.
ARTÍCULO 142.-
Para el estímulo,
desarrollo y
coordinación del
deporte
universitario, en
cada Universidad
funcionará adscrita
al Rectorado una
Dirección de
Deportes, de
acuerdo con el
Reglamento que
dicte el Consejo
Universitario.
ARTÍCULO 144.-
Como órgano
consultivo de la
Dirección de
Deporte, el Consejo
Universitario podrá
crear con carácter
ad-honorem una
Comisión de
Deportes, en la que
participarán
profesores y
estudiantes
designados por el
mismo consejo
5. LEY DEL DEPORTE
Instrumento que ha venido a
establecer los principios del
deporte como actividad
esencial del proceso
educativo. En esta Ley, se
declara al deporte como
elemento de actividad
pública y se establece, en
forma concisa, el derecho
que todos tienen a
practicarlo y la protección y
asistencia que el Estado
prestará para que la práctica
del deporte se desarrolle y
se fomente.
1. Ordena y orienta directrices planteadas en
la Constitución Bolivariana de
Venezuela.
2. Considera el deporte como parte de la
formación integral del sujeto.
3. Declara el fomento, promoción y práctica
del Deporte como utilidad pública.
4. Señala las jerarquías organizacionales.
5. Declara la obligatoriedad del Deporte en
todos los niveles y modalidades de la Educación
Venezolana.
6. Controla y señala los lineamientos
generales de la planificación deportiva.
7. Crea los organismos de dirección y
planificación del deporte y delimita las funciones
de los integrantes de las organizaciones directivas
del Deporte.
8. Delimita el campo de acción de las
organizaciones deportivas aficionadas y se
establecen las jerarquías y responsabilidades de
cada una: Comité Olímpico Venezolano –
Federación deportiva - Asociaciones - Clubes.
9. Protege al deportista y valoriza su
participación como representante del país.