Este documento presenta un plan de prevención de riesgos laborales y la integración de la prevención en la gestión general de la empresa. Explica los aspectos legales, teóricos y prácticos de los planes de prevención, incluyendo su contenido mínimo según la ley y cómo deben integrarse en la organización y gestión de la empresa. También incluye ejemplos prácticos de planes para diferentes tipos de empresas como una concesionaria de automóviles, una constructora y una mercería.
1. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
JUAN URIOL BATUECAS
Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la
Prevención
Agosto de 2015
ABSTRACT
Este documento pretende aportar al mundo de la prevención una visión del Plan de
Prevención de Riesgos Laborales previsto en el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, así como de la integración de la prevención en la gestión general de la empresa.
Está basado en los textos legales, Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los
Servicios de Prevención, así como las guías que ha generado el Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo en esta materia.
Al final, se incluyen algunos aspectos prácticos que contemplan los Planes de Prevención de
Riesgos Laborales diferentes tipos de empresas: una con tres centros de trabajo, una
constructora y un pequeño comercio.
Aquest document pretén aportar al món de la prevenció una visió del Pla de Prevenció de
Riscos Laborals previst en l'article 16 de la Llei de Prevenció de Riscos Laborals, així com de la
integració de la prevenció en la gestió general de l'empresa.
Està basat en els textos legals, Llei de Prevenció de Riscos Laborals i Reglament dels Servicis de
Prevenció, així com les guies que ha generat l'Institut Nacional de Seguretat i Higiene en el
Treball en esta matèria.
Al final, s'inclouen alguns aspectes pràctics que contemplen els Plans de Prevenció de Riscos
Laborals diferents tipus d'empreses: una amb tres centres de treball, una constructora i un
xicotet comerç
Para citar este documento:
URIOL BATUECAS, Juan. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
INTRODUCCIÓN, 2. – ASPECTOS LEGALES, 4. – ASPECTOS TEÓRICOS, 6. – ASPECTOS PRÁCTICOS, 13. -
EMPRESA CONCESIONARIA AUTOMÓVILES CON 3 CENTROS DE TRABAJO, 14. - EMPRESA CONSTRUCCIÓN, 17.-.
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2. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
PLAN DE PREVENCIÓN DE UNA MERCERÍA, 24.
1. INTRODUCCIÓN
Una prevención eficaz tiene como condición que esté integrada en la organización general de
la empresa. Este aspecto se ha tenido en cuenta en España desde el año 1971, cuando se creó
el Instituto Nacional y se aprobó la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
En la década de los 70, se hablaba de integración con expresiones tales como:
”La seguridad es cosa de todos”
”La seguridad se hace en la empresa y por toda la empresa"
La ordenanza general de Seguridad e Higiene en el Trabajo señalaba como obligaciones del
empresario:
Adoptar cuantas medidas fueren necesarias en orden a la más perfecta organización y
plena eficacia de la debida prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida,
integridad y salud de los trabajadores al servicio de la empresa.
Determinar en los niveles jerárquicos definidos en el Reglamento de Régimen Interior o,
en su defecto, mediante instrucciones escritas, las facultades y deberes del personal
directivo, técnico y mandos intermedios, en orden a la prevención de accidentes y
enfermedades profesionales.
En 1997, se definió el Plan de Prevención de Riesgos Laborales en el artículo 2 del Reglamento
de los Servicios de Prevención, que desarrollaba la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos
Laborales.
En 2003 se completó esta base legal con rango de Ley al aprobarse la Ley 54/2003 de reforma
de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales.
A partir de 1995 muchas empresas han adoptado voluntariamente:
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3. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Sistemas de gestión de la calidad
Sistemas de gestión medioambiental
Sistemas de prevención de riesgos laborales
Lógicamente se ha visto que es conveniente compatibilizar estos sistemas, y de esta manera
optimizar la eficiencia en el uso de los recursos de la empresa ya que “la calidad y la seguridad
no pueden considerarse separadamente al establecerse criterios de actuación; por otra parte,
es ineficiente y potencialmente conflictivo que la unidad gestora de una actividad forme parte
de varios sistemas de gestión. Es conveniente, en consecuencia, que dichos sistemas se
integren en un único sistema. Debe resaltarse, sin embargo, que no se trata de que esos
sistemas se integren “entre sí”, sino de que se integren (como subsistemas) en el sistema
general de gestión de la empresa”. Guía técnica para la integración de la prevención de riesgos
laborales. INSHT.
Desde la entrada en vigor de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y de sus
mecanismos preventivos desarrollados en la misma:
Se ha venido detectando un elevado cumplimiento de la Ley
Si bien es cierto que en algunas empresas este cumplimiento solamente se ha hecho a
nivel formal de las obligaciones establecidas.
Son relativamente pocas las empresas que, por diversas razones, han podido optar por tener
personal propio específicamente dedicado a la prevención.
De hecho, son muchos los empresarios que han recurrido a la contratación de una entidad
especializada para actuar como Servicio de Prevención Ajeno (SPA).
En relación con la gestión de la prevención de riesgos laborales, se observan en determinadas
empresas y cada vez menos, afortunadamente, estos errores:
▪ La gestión de la prevención sólo consiste en contratar a un SPA que haga
actividades preventivas y realice informes legalmente exigibles, sin integrar la
prevención en la organización de la empresa.
▪ La obligación de la Ley de Prevención es “fundamentalmente” tener a disposición
de la autoridad competente determinada documentación, cuya elaboración es el
motivo esencial por el que se contrata un SPA.
Sin embargo el objetivo fundamental de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es:
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4. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
• Promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de
medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos
derivados del trabajo
El empresario debe aplicar las medidas que integran el deber general de prevención y
planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la
organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los
factores ambientales en el trabajo.
2. ASPECTOS LEGALES
La reforma de diciembre de 2003 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales quiso reforzar
la importancia de la integración de la prevención en la gestión de la empresas mediante la
implantación de su Plan de Prevención. En su artículo 16 punto 1 señala que:
“La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la
empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta,
a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales. Este
plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir: la estructura organizativa, las
responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos
necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa en los términos que
reglamentariamente se establezcan”.
El Reglamento de los Servicios de Prevención, Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, su artículo
1 nos indica que “la prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno
de la empresa, deberá integrarse en el conjunto de sus actividades y decisiones, tanto en los
procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las condiciones en que este se preste,
como en la línea jerárquica de la empresa, incluidos todos los niveles de la misma”.
Así mismo, el artículo 2 redactado según los Reales Decretos 604/2006 y 337/2010 hacen
referencia al Plan de Prevención y su contenido mínimo:
1.- “El Plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta a través de la cual se integra
la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su
política de prevención de riesgos laborales.
El Plan de prevención de riesgos laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa,
asumido por toda su estructura organizativa, en particular por todos sus niveles jerárquicos, y
conocido por todos sus trabajadores.
2.- El Plan de prevención de riesgos laborales habrá de reflejarse en un documento que se
conservará a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los
representantes de los trabajadores, e incluirá, con la amplitud adecuada a la dimensión y
características de la empresa, los siguientes elementos:
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a) La identificación de la empresa, de su actividad productiva, el número y
características de los centros de trabajo y el número de trabajadores y sus
características con relevancia en la prevención de riesgos laborales.
b) La estructura organizativa de la empresa, identificando las funciones y
responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos y los respectivos
cauces de comunicación entre ellos, en relación con la prevención de riesgos laborales.
c) La organización de la producción en cuanto a la identificación de los distintos
procesos técnicos y las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la
empresa, en relación con la prevención de riesgos laborales.
d)La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva
elegida y los órganos de representación existentes.
e) La política, los objetivos y metas que en materia preventiva pretende alcanzar la
empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que
va a disponer al efecto.
3.- Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de prevención de riesgos
laborales son la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, que el
empresario deberá realizar en la forma que se determina en el artículo 16 de la Ley 31/1995,
de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en los artículos siguientes de la
presente disposición.
4.- Las empresas de hasta 50 trabajadores que no desarrollen actividades del anexo I podrán
reflejar en un único documento el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de
riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
Este documento será de extensión reducida y fácil comprensión, deberá estar plenamente
adaptado a la actividad y tamaño de la empresa y establecerá las medidas operativas
pertinentes para realizar la integración de la prevención en la actividad de la empresa, los
puestos de trabajo con riesgo y las medidas concretas para evitarlos o reducirlos, jerarquizadas
en función del nivel de riesgos, así como el plazo para su ejecución.”
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3. ASPECTOS TEÓRICOS.
El Plan de Prevención de una empresa, equivale a su Sistema de Gestión de la prevención de
riesgos laborales (SGPRL).
Además de lo previsto en el Reglamento de los Servicios de Prevención el Plan de Prevención
se puede basar en:
• Guía técnica sobre la integración de la prevención de riesgos laborales en el
sistema general de gestión de la empresa. Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo. 2008.
• Guía Técnica para la “Simplificación documental”. Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, 2012.
• Directrices básicas para la integración de la prevención de los riesgos laborales
en las obras de construcción. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo. 2014.
• Directrices básicas para el desarrollo de la prevención de los riesgos laborales en
la empresa. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 2013.
• Norma OHSAS 18000 Sistemas de gestión de la seguridad y salud ocupacional.
• Directrices de la Organización Internacional del Trabajo –OIT.
Como en cualquier sistema de gestión, uno de los principios básicos es que sea documentado.
Ello permite disponer de los procedimientos necesarios para establecer la manera correcta de
realizar determinadas actividades o tareas, que son del todo necesarias, y el control de su
eficacia.
Mediante los adecuados registros documentales se podrán medir resultados y parámetros de
las actividades realizadas para alcanzarlos.
Ello es fundamental en todo proceso de mejora continua en el que toda organización debiera
estar inmersa con vistas a asegurar su adecuación a las necesidades que la sociedad exige y,
por ello, supervivencia.
La documentación ha de ser la estrictamente necesaria y gestionada de la forma más sencilla y
práctica posible a fin de no caer en trámites burocráticos de dudosa eficacia por el tiempo que
requieren o por su baja utilidad.
Se debe evitar la trampa de los papeles que pretenden justificar más que estimular, sin
desmerecer a las estrictamente necesarias informaciones de control de las que es preciso
disponer.
Legalmente según el artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales hay que tener a
disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación:
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• PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
• EVALUACIÓN DE RIESGOS
• PLANIFICACIÓN DE ACCIONES PREVENTIVAS
• MEDIDAS DE PROTECCIÓN A ADOPTAR
• CONTROLES DEL ESTADO DE SALUD DE LOS TRABAJADORES
• RELACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
• ACTAS DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD
ESQUEMA DE LAS FASES DE UN PLAN DE PREVENCIÓN
En este esquema se indican las fases del Plan de Prevención.
FASE INICIAL O PREVIA
Consiste en realizar un diagnóstico de la situación preventiva de la empresa derivado de la
información disponible en la empresa, de su actividad, del número de trabajadores, centros de
trabajo, índices de siniestralidad.
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Este diagnóstico permitirá diseñar e implantar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales o
Sistema de Gestión de la prevención de riesgos laborales (SGPRL)
ACTUACIONES PREVIAS:
• ANALISIS DE SINIESTRALIDAD
• DESCRIPCIÓN DE LOS RIESGOS GENÉRICOS DEL PROCESO PRODUCTIVO. Si en esta fase
apareciesen riesgos que el empresario puede evitar, lo hará.
CONTENIDO DEL PLAN / SGPRL
• DETERMINACIÓN DE COMPROMISOS Y OBJETIVOS
• DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA EMPRESA
• Modalidad organizativa.
• Nombramientos de personas con responsabilidades en materia de prevención
de riesgos laborales.
• Articulación de los mecanismos de consulta.
• PRÁCTICAS, PROCEDIMIENTOS, PROCESOS
• RECURSOS NECESARIOS
Antes de la elaboración del plan:
La empresa deberá haber resuelto la capacitación de las personas vinculadas a la prevención.
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Para la elaboración del Plan de Prevención por el empresario, normalmente tendrá el
asesoramiento de entidades especializadas.
El Plan de Prevención deberá estar documentado y ser asumido por el empresario.
FASE DE IMPLANTACIÓN
PROCESO DE GESTIÓN DEL PLAN
En esta fase debemos asegurarnos que debemos cumplir los procedimientos previstos
siguientes:
• EVALUACIÓN INICIAL DE RIESGOS
• PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
• FORMACIÓN E INFORMACIÓN A TRABAJADORES
• MEDIDAS DE EMERGENCIA
• FORMACIÓN DE PERSONAL A DESIGNAR PARA EMERGENCIAS
• VIGILANCIA DE LA SALUD
• ADECUACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA
Hemos de programar las actividades a realizar por: la empresa y el Servicio de Prevención.
En el caso del Servicio de Prevención, la Guía técnica del INSHT, nos indica que:
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“El Servicio de prevención juega un papel fundamental en la gestión y ejecución de las
actividades preventivas especializadas, pero es tanto o más importante su papel como asesor
del empresario y los trabajadores, en especial, para promover y apoyar la integración de la
prevención en el sistema de gestión de la empresa.
- La colaboración del Servicio de prevención con cualquier unidad encargada de gestionar una
actividad en la que deba integrarse la prevención es fundamental para:
- Fijar el procedimiento de ejecución, concretando los requisitos preventivos aplicables
a su forma de realización y a las condiciones en que se realiza.
- Formar e informar al personal que interviene en su gestión o ejecución.
- Precisar las decisiones y sucesos que deben ser consultados o comunicados al Servicio
de prevención.
- En este marco de colaboración, la evaluación de los riesgos y, sobre todo, la planificación de
la prevención, a pesar de su carácter especializado, no son actividades cuya gestión y ejecución
corresponda en exclusiva al Servicio de prevención, sino que deben ser realizadas en estrecho
contacto con las unidades afectadas. En particular, conviene que la planificación de medidas
que impliquen un cambio en las condiciones de trabajo se adopte, de ser posible, por acuerdo
entre dichas unidades y el Servicio de prevención”. Guía técnica para la integración de la
prevención de riesgos laborales . INSHT.
FASE DE MANTENIMIENTO
EVALUACIÓN DE RIESGOS
• Determinación con mayor precisión de los riesgos que requieren una estrategia de
medición o la aplicación no mecánica de criterios, dando prioridad a los riesgos
potencialmente más peligrosos.
PLANES Y PROGRAMAS DE ACTUACIÓN PREVENTIVA
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11. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
• Periodo al que corresponden.
• Actividades a desarrollar.
• Medios humanos y materiales necesarios y recursos económicos, globalmente
considerados.
CONTROLES DE EFICACIA
• Análisis de la evolución de los accidentes de trabajo.
• Evolución de las enfermedades profesionales.
• Control de las medidas preventivas implantadas.
• Indicadores sanitarios de los resultados de la vigilancia de la salud.
• Datos sobre el número de trabajadores expuestos a los riesgos.
• Análisis de la información y formación impartida a los trabajadores.
• Datos sobre la prestación de primeros auxilios así como la activación de medidas de
emergencia.
CONTROL Y VALORACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PLAN
OBLIGACIÓN LEGAL
• Las empresas que no hubieren concertado el servicio de prevención con una entidad
especializada deben someterse a una Auditoria externa, realizada por una Entidad
Autorizada (art. 30 del Reglamento de los Servicios de Prevención).
CONVENIENCIA
• Para verificar si el Plan de Prevención / Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos
Laborales es eficaz y sigue siendo adecuado y efectivo para lograr los objetivos y
compromisos establecidos por la empresa, resulta conveniente el sometimiento de
dicho plan a auditorias periódicas de carácter interno de la empresa, con dicho
objetivo.
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12. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Esquema de la mejora continua del Plan
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13. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
CONTROL Y VALORACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN
En una empresa podemos realizar un análisis de la situación del Plan de Prevención,
respondiendo a estas preguntas.
Plan de Prevención
¿Existe?
Fecha de elaboración
¿Se recoge en él estos aspectos?
¿Está singularizado para la empresa?
¿Está personalizado a la empresa?
Política Preventiva
Compromiso de la Dirección
Organización de la empresa
Establecimiento de objetivos y metas
Asignación de funciones y responsabilidades
Asunción de funciones y responsabilidades
Procesos, Procedimientos Prácticas
Mecanismos de control de la integración
Recursos
El plan se ha difundido a todos los niveles
Se realiza un seguimiento y revisión del plan
¿Se han elaborado e implantado los procedimientos siguientes?
Formación de trabajadoresrelación
Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventivas
Vigilancia de la Salud
Inspecciones de Seguridad
Investigación de accidentes
Medidas de emergencia
Conformidad de equipos de trabajo
4. EJEMPLOS PRÁCTICOS
A continuación incluimos algunos apartados incluidos en los Planes de Prevención de Riesgos
Laborales de una empresa concesionaria de automóviles, de una empresa de construcción y un
Plan de Prevención de Riesgos Laborales completo de una mercería que se encuentra en la
Guía del INSHT.
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14. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
4.1 EMPRESA CONCESIONARIA AUTOMOVILES CON 3 CENTROS DE TRABAJO
APARTADOS:
• Política de prevención
• Estructura organizativa
• Asignación de funciones y responsabilidades
• Modelo de comunicación de funciones y responsabilidades
• Procedimientos básicos.
• Implantación del Plan de Prevención
• Sistema de información, consulta y participación
• Registro actualizado de equipos de trabajo y verificación de su adecuación normativa
• Gestión de equipos de protección individual
• Registro de productos químicos, tóxico, nocivos irritantes, inflamables y de sus fichas
de seguridad
• Coordinación de actividades empresariales
• Revisión reglamentaria de instalaciones
• Vigilancia de las condiciones de trabajo: observaciones de seguridad
• Vigilancia de Salud
• Registro e investigación de accidentes
• Gestión de situaciones y procesos de especial peligrosidad
Política de prevención.
• La empresa considera la Seguridad y Salud de los trabajadores como uno de sus
principales objetivos, comparable con la productividad, la calidad del servicio y la
rentabilidad, por lo que pretende integrar la prevención de riesgos laborales en todos
y cada uno de los procesos que integran su actividad dedicada a prestación de
servicios relacionados con la venta y reparaciones de automóviles de la marca XXXXX.
• Se hará todo lo posible para reducir la posibilidad de que ocurran accidentes y
enfermedades profesionales y mejora de las condiciones de trabajo.
• La prevención de riesgos estará integrada en el conjunto de políticas de la empresa, de
tal forma que los directivos, técnicos, mandos y trabajadores asuman las
responsabilidades que tengan en la materia, entendiendo que el trabajo para realizarlo
correctamente debe hacerse con seguridad.
• La empresa asumirá el modelo de prevención participativa, basada en el derecho de
los trabajadores a participar activamente en todo aquello que pueda afectar a su salud
en el trabajo, para tomar las acciones necesarias para su protección. Para ello, se
dispondrá de los cauces representativos establecidos legalmente y de aquellos otros
creados a tal efecto
• La política de prevención de riesgos laborales impregnará con sus principios al
conjunto de políticas empresariales.
• Trabajar con seguridad es condición de empleo, considerándose como grave cualquier
incumplimiento de normativa externa o interna que pueda generar daños a la salud.
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15. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
MODALIDAD PREVENTIVA
La concesionaria de automóviles “ÑÑÑÑÑ”, previa consulta a sus trabajadores el día “____”,
ha adoptado como modalidad preventiva la de contratación de las cuatro especialidades
preventivas (Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Psicosociología y Ergonomía y
Vigilancia de la Salud) con la Empresa PPPP, acreditada por la Autoridad Laboral como Servicio
de Prevención Ajeno en el ámbito de la Comunidad Valenciana, según lo previsto en el artículo
10 del Reglamento de los Servicios de Prevención.
ORGANIGRAMA Y FUNCIONES
Comunicación de funciones y responsabilidades. Ejemplo Responsable de Centro
Procedimientos básicos. Plan de Prevención Riesgos Laborales ÑÑÑÑÑ, S.L Concesionaria de
Automóviles de WWW
D. Bbbb Ddddd Jjjj, responsable del Centro nº 1
Muy señor nuestro:
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16. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, modificada por la Ley 54/2003
exige la integración de la prevención en el conjunto de actividades y decisiones de la
empresa, a todos los niveles de la misma. Para conseguirlo es necesario que todos y
cada uno de nosotros conozcamos nuestras funciones y responsabilidades en esta
materia, compatibles con las propias en el desempeño de nuestro trabajo, definidas de
forma consensuada y con la participación de los Representantes de los Trabajadores.
Por ello le informamos de que dentro de su puesto, tiene asignadas las funciones y
responsabilidades detalladas en el documento anterior del que se facilita copia.
Mediante la firma del presente documento, acepta las funciones y responsabilidades
que se le han asignado y se compromete a cumplirlas en el desarrollo de su trabajo
Fdo.:
Procedimientos básicos. Plan de Prevención Riesgos Laborales ÑÑÑÑÑ, S.L Concesionaria de
Automóviles
Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva
Trabajadores de especial significación
Instrucciones de trabajo y formación a trabajadores
Información a los trabajadores
Registro actualizado de los equipos de trabajo y verificación de su adecuación normativa
Gestión de equipos de protección individual
Registro actualizado de productos químicos tóxicos, nocivos, irritantes, inflamables, etc. Y
de sus fichas de seguridad.
Coordinación de actividades empresariales
Revisión reglamentaria de instalaciones (eléctrica, climatización, aparatos a presión, etc.)
Vigilancia de las condiciones de trabajo: observaciones de seguridad
Vigilancia de la Salud
Registro e investigación de accidentes / incidentes
Gestión de situaciones y procesos de especial peligrosidad
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17. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
4.2 EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN PP S.L.
Organigrama
Estructura del Sistema de Prevención
Planes de S.S. (evaluación de riesgos, planificación y ejecución de medidas preventivas)
Manual de Prevención
Política de Prevención
Planificación anual de la acción preventiva.
Controles internos de la eficacia
Vigilancia de la Salud
Inicio de las actuaciones y diseño de la obra
El promotor (público o privado) decide impulsar una actividad considerada, desde la óptica de
la aplicación de la normativa, como una obra de construcción. Durante la planificación de las
actividades deberá integrar la prevención de riesgos laborales en todas y cada una de las
decisiones que adopte. En el cumplimiento de sus obligaciones designará, en cada caso, al
técnico competente que corresponda (proyectista; coordinador en materia de seguridad y
salud durante la elaboración del proyecto de obra).
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18. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Directrices básicas para la integración de la prevención de los riesgos laborales en las obras de construcción. INSHT, 2014.
Coordinador SSP: Coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del
proyecto de obra.
Estudio SS: Estudio de seguridad y salud.
EBSS: Estudio básico de seguridad y salud.
PRL integrada: Prevención de riesgos laborales integrada.
Ejecución de las obras
Directrices básicas para la integración de la prevención de los riesgos laborales en las obras de construcción. INSHT, 2014.
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19. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Coordinador SSE: Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
Plan de SST: Plan de seguridad y salud en el trabajo.
ERL: Evaluación de riesgos laborales
Objetivos Previstos
-Implicar a todos los agentes que participan de obre (Dirección de Obra, Asistencia
Técnica y Contratista).
-Fomentar la formación de los trabajadores en materia de Seguridad.
-Introducir propuesta de mejoras en materia de S.S. en Licitaciones.
-Potenciar la figura del Delegado de Prevención.
-Reducir las tasas de siniestralidad en las obras.
-Crear permanente un clima de Seguridad en las obras
-Unificar los Sistemas de Gestión de Calidad (ISO 9001/2000); Gestión Medioambiental
(ISO 14001/2004) y Gestión de Prevención (Ley 31/95, R.D. 39/97) en un único sistema.
Ejemplo
OBJETIVO: Fomentar la formación de los trabajadores en materia de Seguridad y Salud
META:
Todos los miembros de la empresa con actividades en obra, recibirán la formación de
nivel básico (60 horas)
MEDIOS ASOCIADOS:
-Servicio de Prevención Ajeno
-Departamento de Formación
RESPONSABLES DE SU CUMPLIMIENTO:
-Delegado de Prevención
-Todo el personal Propia de Obra
PLAZOS DE REVISIÓN:
-Cada seis meses o modificaciones en el Personal interno
PLAZOS DE CUMPLIMIENTO:
-Un año
MÁRGENES ADMISIBLES:
0%
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20. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Determinación de responsables
Procedimientos previstos
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21. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Procedimiento de investigación de accidentes
Modelo de investigación de accidentes
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22. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
FORMACIÓN E INFORMACIÓN
Este procedimiento debe contemplar:
• ¿Qué información deben recibir los trabajadores?
• ¿Qué formación deben recibir los trabajadores?
• ¿Cuándo se debe impartir la formación y entregar la información al trabajador?
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23. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
Procedimiento de coordinación
Se debe tener en cuenta las indicaciones legales de coordinación se requerirá está información
antes del inicio de los trabajos en la obra:
• Justificante de estar al corriente en el pago de la Seguridad Social
• Evaluación de riesgos de la empresa
• Justificante de formación de los trabajadores en materia preventiva
• Justificante de poseer servicio de prevención
• Reconocimientos médicos de los trabajadores
• Listado de accidentes con baja del último año
• Póliza de Responsabilidad Civil.
• Relación de maquinaria que incorporan a la obra con cumplimiento del RD. 1215/97
contemplando sus riesgos y medidas preventivas.
• Calificación profesional
• Relación de personal que realizará los trabajos, incluyendo trabajadores menores.
• Persona responsable de la Seguridad ante CONSTRUCCIONES PP, S.L.
Por nuestra parte le hacemos entrega de la siguiente documentación:
• Copia del Plan de Seguridad y Salud de los trabajos que se les subcontrata donde se
reflejan los riesgos y las medidas preventivas a tomar en la realización de sus trabajos.
• Equipos de protección personal que son requeridos para realizar dichos trabajos.
• Información sobre medidas de emergencia en la obra.
• ... les indico que nuestro trabajador designado es D. _____________.
• Con esta firma, acepto por parte de la empresa SUBCONTRATADA, el Plan que se me
entrega...
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24. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
4.3 PLAN DE PREVENCIÓN DE UNA MERCERIA
Empresa NOMBRE EMPRESA
c/ nombredelacalle, número
distritopostal – POBLACIÓN
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1. Datos generales y política preventiva de la empresa
La empresa es una mercería (tienda abierta al público de comercio al por menor) que dispone
de dos trabajadores, con contratos de duración indefinida. El empresario es el propietario de la
mercería, trabaja en la misma y dirige y controla directamente a sus trabajadores. La actividad
de la mercería se desarrolla en cuatro procesos -Compra, Almacenaje, Venta y Limpieza- en los
que intervienen indistintamente los dos trabajadores, siguiendo las instrucciones del
propietario. El análisis inicial del trabajo sólo muestra ciertos riesgos potenciales en el proceso
de Almacenaje, que implica el uso de escaleras para acceder al material almacenado en altura,
la colocación de éste, por alturas, según su peso y la frecuencia esperada de manejo, y la
retirada diaria de cajas y envases vacíos.
La política de la empresa se dirige a proporcionar a los trabajadores una protección eficaz
frente a los riesgos laborales (cumpliendo las obligaciones establecidas por la normativa de
prevención) con el objetivo de que el trabajo se efectúe en las mejores condiciones de
seguridad y salud. En el marco de esta política, los trabajadores han sido
informados/consultados sobre este Plan, del que se les entregará una copia.
2. Diseño del Sistema de prevención
La empresa ha decidido contratar a un Servicio de prevención ajeno (en adelante SPA) y para
su elección se ha consultado a los trabajadores. El presente Plan se ha elaborado con el
asesoramiento del SPA.
A continuación se describen las actividades que el empresario debe directamente desarrollar
para cumplir con sus obligaciones preventivas, teniendo en cuenta las actividades concertadas
con el SPA y la necesaria complementariedad de ambas actuaciones (empresario/SPA).
Conforme al concierto cuya copia se adjunta, corresponde al SPA:
-La evaluación inicial de los riesgos y su revisión periódica.
-La elaboración de una propuesta de planificación/programación de actividades y medidas
preventivas (acorde con los resultados de la evaluación) que incluya, en su caso, el
establecimiento de “formas de trabajo seguras”.
-La realización de cualquier actividad cuya ejecución requiera conocimientos preventivos
especializados, incluida la formación e información de los trabajadores y, en su caso, la
vigilancia de su salud.
- El asesoramiento al empresario en relación con la ejecución de lo planificado y, en particular,
en relación con las actividades que éste debe desarrollar incluidas, en su caso: a) las de control
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del lugar, equipos, instalaciones y forma de ejecución del trabajo, b) las informaciones y/o
consultas al propio SPA.
- La atención a las consultas formuladas por el empresario o los trabajadores.
Por su parte, corresponde al “empresario-propietario”:
- Informar, consultar a los trabajadores y facilitar su participación conforme a lo
establecido en el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Aprobar la planificación/programación de medidas y actividades preventivas y velar
por su correcta aplicación
- Observar y controlar, en particular, que las condiciones y forma de realización del trabajo se
ajustan a lo establecido (en especial, respecto a los factores que -según la evaluación- mayor
incidencia tienen sobre los riesgos existentes).
- Informar al SPA sobre cualquier suceso o circunstancia de “interés preventivo”: accidentes,
incidentes o bajas, propuestas o quejas de los trabajadores, etc.
- Consultar al SPA antes de contratar personal, de modificar el local o sus instalaciones, de
adquirir equipos o de modificar cualquier otra condición de trabajo que pueda incidir
significativamente sobre los riesgos existentes.
3 Implantación y revisión/mejora del Sistema de prevención
El SPA ha proporcionado al empresario la información/formación necesarias para que éste
(con su asesoramiento) esté en condiciones de desarrollar adecuadamente las actividades que
tiene atribuidas (véase el apartado anterior).
El SPA valorará la efectividad de la integración de la prevención en la empresa siempre que se
realice una evaluación de riesgos, sea ésta ocasional, con motivo de los sucesos o cambios
producidos, o periódica (la periodicidad será establecida por el empresario en consulta con los
trabajadores y con el asesoramiento del SPA). Si la valoración muestra la conveniencia de
modificar el diseño o implantación del Sistema, la adopción de las medidas necesarias para ello
se considerará como una “meta” a efectos de la programación anual de las actividades
preventivas.
Los recursos “dedicados a la prevención” serán los que consten en el concierto con el SPA que
sea de aplicación en cada momento, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento
de los Servicios de Prevención.
Firmado:
Nombre-del-empresario
Población, a __ de _______ de 200_
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26. J URIOL. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Integración de la Prevención.
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• ESPAÑA. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Guía Técnica
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• ESPAÑA. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Guía Técnica
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