2. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Alcance:
• Para el propósito de esta NIIF, se
basa en los término impuesto a
las ganancias incluye todos los
impuestos nacionales y
extranjeros que estén basados en
ganancias fiscales.
NIC 12 PARA PLENAS
Alcance:
• El propósitos de esta Norma, se
basan en los término impuesto a
las ganancias incluye todos los
impuestos, ya sean nacionales o
extranjeros, que se relacionan
con las ganancias sujetas a
imposición.
3. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Reconocimiento de impuesto
corriente:
• 29.4 Una entidad reconocerá un
pasivo por impuestos corrientes por
el impuesto a pagar por las
ganancias fiscales del periodo actual
y los periodos anteriores.
NIC 12 PARA PLENAS
Reconocimiento de impuesto
corriente:
• 12. El impuesto corriente,
correspondiente al periodo presente
y a los anteriores, debe ser
reconocido como un pasivo en la
medida en que no haya sido
liquidado.
4. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Medición de Impuestos Corriente:
• 29.6 Una entidad medirá un pasivo (o
activo) por impuestos corrientes a los
importes que se esperen pagar (o
recuperar) usando las tasas impositivas y
la legislación que haya sido aprobada, o
cuyo proceso de aprobación esté
prácticamente terminado, en la fecha
sobre la que se informa.
NIC 12 PARA PLENAS
Medición de Impuestos Corriente:
• 46 los pasivos (activos) corrientes de tipo
fiscal, ya procedan del periodo presente
o de períodos anteriores, deben ser
medidos por las cantidades que se
espere pagar (recuperar) de la autoridad
fiscal, utilizando la normativa y tasas
impositivas que se hayan aprobado, o
cuyo proceso de aprobación esté
prácticamente terminado, al final del
periodo sobre el que se informa.
5. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Reconocimiento de Impuestos
Diferidos:
• 29.9 Una entidad reconocerá un
activo o pasivo por impuestos
diferidos por el impuesto por
recuperar o pagar en periodos
futuros como resultado de
transacciones o sucesos pasados.
NIC 12 PARA PLENAS
Reconocimiento de Impuestos Diferidos:
15. se reconocerá un pasivo de
naturaleza fiscal por causa de cualquier
diferencia temporaria imponible, a menos
que la diferencia haya surgido por:
a. El reconocimiento inicial de una
plusvalía o
b. Al reconocimiento inicial de un activo o
pasivo en transacción.
6. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO.
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Medición de Impuestos Diferidos:
• 29.20 La medición de los pasivos por
impuestos diferidos y de los activos por
impuestos diferidos reflejará las
consecuencias fiscales que se derivarían de
la forma en que la entidad espera, en la
fecha sobre la que se informa, recuperar o
liquidar el importe en libros de los activos y
pasivos relacionados.
NIC 12 PARA PLENAS
Medición de Impuestos Diferidos.
• 51: la medición de los pasivos por
impuestos diferidos y los activos por
impuestos diferidos reflejará las
consecuencias fiscales que se derivarían de
la forma en que la entidad espera, al final
del periodo sobre el que se informa,
recuperar o liquidar el importe en libros de
sus activos y pasivos.
7. IMPUESTO A LAS GANANCIAS E IMPUESTO
DIFERIDO
SECCIÓN 29 PARA PYMES
Información a relevar:
• 29.30 Una entidad revelará
información que permita a los
usuarios de sus estados financieros
evaluar la naturaleza y el efecto
financiero de las consecuencias de
los impuestos corrientes y diferidos
de transacciones y otros eventos
reconocidos.
NIC 12 PARA PLENAS
Información a relevar:
• 79 los componentes principales del
gasto (ingreso) por el impuesto a las
ganancias, se revelarán por
separado, en los estados financieros.