El decreto exonera del pago del impuesto sobre la renta (ISLR) a personas naturales residentes en el país por ingresos netos anuales de hasta 6.000 unidades tributarias. Aquellos con ingresos sobre 6.000 unidades tributarias deberán declarar y pagar el ISLR por la porción que supere ese monto. La exoneración solo aplica para el año fiscal 2016. Los contribuyentes que ya pagaron el ISLR para 2016 recibirán un crédito fiscal equivalente al monto pagado.