El decreto establece una rebaja temporal en la alícuota general de IVA para operaciones pagadas electrónicamente. Las ventas de hasta 2 millones de bolívares tendrán una rebaja de 3 puntos porcentuales, quedando el IVA en 9%, mientras que las ventas superiores tendrán una rebaja de 5 puntos porcentuales, quedando el IVA en 7%. La rebaja no aplica para pagos mixtos ni para bienes como tabaco, licores, importaciones o metales preciosos. El decreto entró en vigencia el 26