1. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En la Ciudad de La Concordia, Provincia de Esmeraldas, el día de hoy………….. de
Marzo del año dos mil nueve, intervienen en su otorgamiento, por una parte, el señor
ORMAZA PONCE JHON MARCELO, con cédula de ciudadanía No.- 171814515-2 y con
poder general otorgado a su favor por parte del señor Pedro Ormaza Mendoza y Blanca
Ponce Pincay, por sus propios derechos y como Arrendador; y por otra parte, la señora
……………………………………………………………, con cédula de ciudadanía
No.- ……………………., por sus propios derechos y en calidad de Arrendatario, en
forma libre y voluntaria, celebran el presente contrato de arrendamiento, de acuerdo con
las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
El señor ORMAZA PONCE JHON MARCELO, con poder especial de un lote de terreno
que comprende una casa de habitación de una planta, situado en el barrio San Rafael
sector Nº dos de esta ciudad y Cantón La Concordia, Provincia de Esmeraldas; la casa
de habitación está conformada por los siguientes ambientes: cocina la que cuenta con
mesón revestido de cerámica, sala comedor, tres dormitorios, un baños con todos los
implementos para su uso , una bomba de agua en normal funcionamiento, garaje con su
respectiva puerta de hierro, toda la propiedad cuenta con un total de cuatro ventanas de
aluminio y sus respectivos protectores de hierro, además de los servicios básicos de
energía eléctrica, todo lo anotado se encuentra en perfecto estado de conservación,
tanto su estructura y las instalaciones de estos servicios básicos.
SEGUNDA.- ARRENDAMIENTO
El señor ORMAZA PONCE JHON MARCELO, por medio de este instrumento, da en
Arrendamiento a favor de la señora……………………………..., la casa de habitación
de una planta, referidos en la cláusula de ANTECEDENTES, este bien está ubicado en el
Barrio San Rafael sector Nº dos, de esta ciudad y Cantón La Concordia, Provincia de
Esmeraldas. La casa de habitación de una planta constan los bienes determinados en
esta misma cláusula de antecedentes, los mismos que por su destino pertenecen al
inmueble.
TERCERA.- CANON
Los contratantes fijan la cantidad de CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA, como canon mensual de arrendamiento, que el arrendatario deberá
pagar en la persona del arrendador, dentro de los…… Primeros días de cada mes, sea
en dinero efectivo o mediante depósito a su cuenta bancaria. En caso de incumplimiento
normal y periódico de los cánones el arrendador podrá dar por terminado el contrato
según el artículo 30 de la ley de inquilinato y propiedad horizontal.
2. CUARTA.- PAGO DE SERVICIOS
El costo de servicio de energía eléctrica deberán ser cubiertos por la arrendataria señora
………………………………….... Así mismo se compromete a entregar mensualmente
los respectivos comprobantes de pago al arrendador.
QUINTA.- PLAZO
El plazo de duración del presente contrato de arrendamiento, es de seis meses, contados
a partir de la fecha de su otorgamiento, pudiendo ser renovado a voluntad de las partes,
por un tiempo igual o mayor, siempre será expuesto por escrito, con determinación de
las nuevas condiciones a las que se sujeten los contratantes. Para que opere la
renovación, las partes expresaran su voluntad, por lo menos de treinta días de
anticipación al vencimiento del contrato, caso contrario se entenderá concluida la
relación contractual.
SEXTA.- MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y MEJORAS
La arrendataria queda obligado a conservar y restituir el bien inmueble arrendado, así
como los bienes muebles determinados, en las mismas condiciones optimas de
conservación en que actualmente se encuentran, no podrá efectuar mejoras o
adaptaciones en el inmueble objeto de este contrato y si esto ocurriera dichas mejoras o
reparaciones que de hecho se introdujeren en el terreno y en la casa de habitación,
quedarán a beneficio gratuito del propietario arrendador, sin perjuicio a las
indemnizaciones a que hubiere lugar por los daños que ocasione.
El arrendatario mientras decurre el contrato deberá permitir al arrendador ingresar al
inmueble con la finalidad de realizar inspecciones periódicas en torno al
mantenimiento del mismo. No obstante y de no entregar en la forma indicada, el
arrendatario será responsable por todos los daños que sufre el inmueble, ocasionados
por su culpa, dolo u omisión, o por sus familiares, dependientes o terceras personas,
estando obligado a la inmediata reparación, a su costa. Caso de no hacerlo el arrendador
estará facultado para efectuar dichas reparaciones y exigir al arrendatario el pago de lo
invertido. Podrá además exigir la terminación del contrato, de conformidad con lo
dispuesto de la Ley de Inquilinato vigente, en concordancia con el Código Civil.
SÉPTIMA.- SUB-ARRENDAMIENTO
El arrendatario queda prohibido ceder los bienes arrendados a favor de terceras personas
mediante subarrendamiento.
OCTAVA.- TRANSFERENCIA DE DOMINIO
En caso de transferencia de dominio del inmueble objeto de este contrato, el
ARRENDATARIO tendrá derecho a ser notificado por el nuevo propietario de
conformidad con la Ley.
3. NOVENA.- RENUNCIA DE OTRA FIJACIÓN DEL CANON.
El arrendatario acepta el canon de arrendamiento acordado en la cláusula tercera, y por
lo tanto renuncia al derecho sobre la fijación del canon del arrendamiento por parte de la
oficina Municipal de Registro de Arrendamiento, sea esta mayor o menor del canon
estipulado en este contrato, y además a cualquier otra fijación de precios de
arrendamiento de predios urbanos.
DÉCIMA.- GARANTÍA
A la fecha de suscripción del contrato, el arrendatario entrega al arrendador, la cantidad
de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA , con la
finalidad de responder deterioro, que por el mal uso del inmueble podría generarse.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROVERSIAS
Para el caso de suscitarse controversia en el cumplimiento de lo dispuesto y acordado en
el presente contrato, las partes intervinientes declaran que se someterán a los Jueces
competentes de la ciudad de Quininde, en la vía verbal sumaria, para lo cual renuncia
fuero y domicilio en forma expresa.
DÉCIMO SEGUNDA.- ACEPTACIÓN
Los contratantes aceptan todas y cada una de las cláusulas estipuladas por haber sido
redactadas, de acuerdo con su intención e interés, para constancia de lo estipulado firma
en unidad de acto, en el lugar y fecha de su celebración.
Ing. Jhon Marcelo Ormaza Ponce ……………………………..
C.C. N°.- 171814515-2. C.C. N°.-
Arrendador. Arrendatario.