1. Mg. Ing. Juan Pablo Paredes Salazar
Dirección de Promoción y Protección de los Derechos
Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo
COMITÉ O SUPERVISOR DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
2. BASE LEGAL
LEY 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de SST.
R.M. N° 148-2012-TR, Guía para el Proceso de Elección de los Representantes de los
Trabajadores ante el Comité de SST.
LEY 30222, Ley que modifica la ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. Nº 006-2014-TR, Modifican el reglamento de la LEY 29783, Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo, aprobado por D.S. 005-2012-TR.
R.M. 260-2016-TR, Obligación del empleador de declarar en el T-Registro la existencia del CSST
ó SSST
COMITÉ Y SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3. DEFINICION DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO (SST)
Es el representante de los trabajadores, elegido o nombrado por los
mismos trabajadores cuando en el centro de trabajo, tiene menos
de 20 trabajadores con las facultades y obligaciones previstas por la
legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y
periódica de las actuaciones del empleador en materia de
prevención de riesgos.
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
4. OBJETIVOS DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO (SST)
Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar
el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional,
favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del
empleador.
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
5. REQUISITOS PARA SER SUPERVISOR DE SST
a)
Ser trabajador del
empleador.
b)
Tener dieciocho (18) años de edad
como mínimo.
c)
De preferencia, tener capacitación en
temas de SST o laborar en puestos
que permitan tener conocimiento o
información sobre riesgos laborales.
REQUERIMIENTOS PARA SER SUPERVISOR DE SST
6. COMITÉ Y SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Asegurar el funcionamiento de un Comité de SST o
Supervisor de SST.
Reconocer a los representantes de los trabajadores y
facilitar su participación.
Convocar a la elección del Supervisor de SST o a los
representantes de los trabajadores ante el Comité de
SST, cuando no exista organización sindical.
Proporcionar recursos adecuados para garantizar que
el Supervisor de SST, cumpla los programas.
Garantizar el cumplimiento de los acuerdos adoptados
por el Supervisor o Comité de SST.
Proporcionar una tarjeta de identificación o distintivo
al Supervisor de SST.
7. VACANCIA DEL CARGO DEL SUPERVISOR DE SST
El cargo del Supervisor de SST vaca por alguna de las siguientes causales:
a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso de
los representantes de los trabajadores ante el Comité de SST y del Supervisor
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su
vigencia.
c) Enfermedad física o mental que lo inhabilite para el ejercicio del cargo.
d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral.
8. En caso de vacancia del cargo de Supervisor de
Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser cubierto
a través de la elección por parte de los
trabajadores.
VACANCIA A CARGO DEL SUPERVISOR DE SST
9. EMPLEADOR CON VARIOS CENTROS DE TRABAJO
CUANDO EL EMPLEADOR CUENTA CON VARIOS CENTROS DE
TRABAJO
Cada uno de éstos PUEDE contar con un Supervisor o Subcomité de SST, en
función al número de trabajadores.
El Comité de SST coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del
Supervisor de SST, de ser el caso.
La elección de los miembros del Sub Comité de SST está sujeta al mismo
procedimiento previsto para el Comité de SST, dentro del ámbito de su
competencia.
10. ACTIVIDADES DEL SUPERVISOR DE SST
El Supervisor realiza sus actividades en coordinación con el
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo
Puede solicitar asesoría de la Autoridad Competente para
resolver problemas relacionadas con la prevención de riesgos.
Puede crear comisiones técnicas para “Invac”, el diseño del
programa de capacitación, elaboración de procedimientos .
Anualmente deben redactar un informe resumen de las labores
realizadas.
12. REGISTRO DEL ACTO DE LAS ELECCIONES
REGISTRO DEL ACTO DE ELECCION
Deberá registrarse en un acta que se incorpora en el Libro de Actas respectivo. Una copia del
acta debe constar en el Libro del Comité SST
CONVOCATORIA A LA INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE SST
Corresponde al empleador. Dicho acto se lleva a cabo en el local de la empresa, levantándose
el acta respectiva.
http://www2.trabajo.gob.pe/guia-de-tramites/modelos-y-formatos/
13. CONSTITUCION E INSTALACION DEL SUPERVISOR DE SST
EL SUPERVISOR DE SST
El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo llevará un registro donde
consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la empresa o
empleador.
14. CONTENIDO ACTA DE CONSTITUCION DEL COMITÉ DE SST
¿QUE DEBE CONTENER EL ACTA DE CONSTITUCION E INSTALACION
COMITÉ DE SST?
a) Nombre del empleador;
b) Nombres y cargos de los miembros titulares;
c) Nombres y cargos de los miembros suplentes;
d) Nombre y cargo del observador designado por la organización sindical, en
aplicación del artículo 29°de la Ley, de ser el caso;
e) Lugar, fecha y hora de la instalación; y,
f) Otros de importancia.
17. COMITÉ Y/O
SUPERVISOR
DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
Mayor ó
Igual de 20
trabajadores
COMITÉ DE SST
-Trabajadores eligen a sus
representantes ante comité
-Empleador designa a sus
representantes ante comité
-incorporan un miembro de
Org. sindicales Mayorit. de
existir. Como observador
-Copia Acta de constitución e
instalación registran en el libro
de actas del comité.
-Registro de los acuerdos
adoptados en libro comité
-Distintivos: Miemb. Comité
-Requisitos
De la org. 18 años. Pref. SST
-Convocatoria a instalación:
Corresponde al empleador
BIPARTITO - PARITARIO
-4 a 12 miembros , acuerdo
Nivel de riesgo, n° trabajadores
Falta de acuerdo 6 (art.43)
-Mandato 1 – 2 años
-convocatoria: Organizac. Sindical
mayoritaria, Representativa,
Empleador
-Junta Electoral: a cargo de Proceso
de las Elecciones.
-Hacer uso de formatos
-Presidente secretario elige en la
primera reunión
-Reunión: quorum mitad + uno.
Entre 8 días 2° Reunión
inicia con los que asistente
-Tienen autoridad para sus
funciones
Público 276,728,1024,1057
LICENCIAS - ACUERDOS
-Tienen el derecho a obtener
previa autorización del comité
Licencia con goce de haber
para realizar labores de SST 30
días naturales calendario x año
miembros trabajadores y supl.
La ampliación sin goce requiere
opinión favorable propio comité
-Protección contra despido inc.
convocatoria hasta 6 mes post
-Pueden crear las comisiones
técnicas para tareas especificas,
programas de capacitaciones
-Los miembros recibirán las
capacitaciones especializadas
dentro de la jornada laboral.
-Un acta cada reunión entregar
copia a cada miembro de comité y
representante de empleador.
-Acuerdos tomado por consenso
mayoría simple, caso de empate
presidente dirime con su voto
Menor de 20
trabajadores
SUPERVISOR DE SST
-Elegido por los trabajadores
-Vacancia, se realiza elección
-Registro de acuerdos libro de notas
tipo actas
-Redactan informe anual
-Licencia con goce haber otorgada
por empleador
*Locadores de servicio no integra
comité/supervisor
24. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST
a) Conocer documentos e informes de Condiciones de trabajo y actividades del servicio de SST
b) Aprobar el Reglamento Interno SST del empleador.
c) Aprobar el Programa Anual SST
d) Conocer y Aprobar la Programación Anual del Servicio de SST
e) Participa en la elaboración, aprobación, evaluación de las políticas, planes, programas de
promoción de SST y prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
f) Aprobar el plan anual de capacitación de capacitación de los trabajadores sobre SST
g) Promover una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.
h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas
del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como de el
Reglamento Interno de SST.
i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones
técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención
de los riesgos en el lugar de trabajo.
j) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los
trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo
25. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST
k) Realizar inspecciones periódicas en las instalaciones
l) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales
n)Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio
ambiente de trabajo. Vigilar las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.
o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades
ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo
p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo
r) Reportar a la máxima autoridad del empleador:
El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.
La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez
(10) días de ocurrido.
Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales.
Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
s) En Libro de Actas Llevar control de cumplimiento de los acuerdos.
t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria y extraordinaria para analizar
accidentes que revistan gravedad o cuando se amerite
26. R.M. 260-2016-TR, Modifica la R.M.
121-2011-TR
Obligación rige desde 01-nov-2016
Art. 1 Incorpora numeral 1.17
indicador si un empleador cuenta
con Comité o Supervisor de SST
Los empleadores declaran en el T-
Registro de la Planilla Electrónica la
existencia de comité o supervisor de
SST, conforme Ley y Reglamento SST
OBLIGATORIEDAD DE DECLARAR EXISTENCIA DE SUPERVISOR
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Obligación
rige
a
partir
del
01-noviembre
2016
29. CAPACIDAD DE
LIDERAZGO
El presidente del Comité
debe tener una aptitud
básica de liderazgo.
Capaz de dirigir a un grupo de personas, tomar
decisiones, y motivar al equipo de trabajo.
Además, fijar los contenidos de cada reunión,
establecer un calendario de actividades y verificar
que todos conozcan las actas.
CLAVES PARA UN COMITÉ PARITARIO EXITOSO
30. NO IMPROVISA
ES OBJETIVO
Conoce bien su plan
de trabajo
CLAVES PARA UN SUPERVISOR DE SST EXITOSO
El Supervisor de SST debe establecer un
programa de trabajo con objetivos y
metas claras y cuantificables.
Proactivo y establecer un
comunicación interna con
medio de
todos los
elementos del sistema de gestión
31. COMPETENCIAS PARA
SUS FUNCIONES
El Supervisor de SST debe
recibir capacitación
especializada en materia SST.
CLAVES PARA UN SUPERVISOR DE SST EXITOSO
La información y formación en materia de SST
básicos, permitirá al Supervisor de SST llevar de
manera adecuada sus funciones y
responsabilidades y manifestarse con propiedad,
e implementar acciones de seguridad laboral. Esto
otorga credibilidad y confianza.