El documento resume la teoría política de John Locke sobre las libertades individuales y la propiedad privada según su obra Ensayo sobre el gobierno civil. Locke defiende que en el estado de naturaleza los individuos son iguales e independientes, pero que para proteger su libertad y propiedad deciden formar un estado civil mediante un contrato social. En el estado civil, los individuos confían su libertad al poder legislativo pero no la renuncian, y la propiedad privada es legítima siempre que sea adquirida a través del trabajo y no exceda los límites de
Sentido liberal de ciudadanía y libertades individuales en Locke
1. El sentido liberal de ciudadanía o la defensa de las libertades
individuales en John Locke
Páez Caro, Miguel Alberto
Programa de Maestría en Filosofía, Universidad del Valle, Colombia
Ciudad Universitaria Meléndez, Calle 13 # 100-00
Código Postal Nro. 730006299
Resumen
Locke es uno de los pensadores más influyentes de los tiempos modernos. Sus concepciones en
torno a las libertades individuales, la propiedad privada y la soberanía del ciudadano parecieran
seguir dominando el panorama crítico de la filosofía política. Este artículo, partiendo de dicha
premisa, pretende esclarecer el concepto de libertades individuales plasmado por el filósofo inglés
en el Ensayo sobre el gobierno civil, uno de sus textos capitales. Además, se aborda el debate
sobre la relación entre la propiedad privada y la existencia humana, según los preceptos libertarios.
Al final se exponen unas conclusiones derivadas de la reflexión, en las que se busca advertir las
debilidades de la teoría de Locke en relación con el sentido negativo de la libertad, reconociendo, a
la vez, que en los planteamientos de dicha teoría se rescata el papel soberano del ciudadano.
Abstract
Locke is one of the most influential thinkers of modern times. His conceptions of individual
liberties, private property, and citizen sovereignty seemed to continue to dominate the critical
landscape of political philosophy. This article, based on this premise, aims to clarify the concept of
individual freedoms embodied by the English philosopher in the essay on civil government, one of
his capital texts. In addition, it addresses the debate on the relationship between private property
and human existence, according to libertarian precepts. In the end, some conclusions derived from
the reflection are exposed, in which the weaknesses of the theory of Locke in relation to the
negative sense of the freedom are realized, recognizing, at the same time, that in the expositions of
this theory the sovereign role of the citizen.
1. El filósofo libertario
Según se cuenta, el tutor John Locke era un hombre apacible al que en su juventud le apasionaba
escribir a favor de la presión que debía imponer el clero anglicano en contra de los ciudadanos
opositores a la monarquía.
2. Resulta difícil pensar que un simpatizante de la realeza caracterizado por un temperamento
sereno, defensor y practicante de las virtudes cristianas, y educado en la más conservadora de las
instituciones inglesas (Oxford University) haya sido el inspirador de los movimientos
revolucionarios del siglo XVIII en Norteamérica y Europa, y el que más honda influencia ejerció
en la vida política de la Inglaterra del siglo XVII.
Su autoridad sigue estando presente hoy en el análisis de los problemas políticos, como si a
pesar de su personalidad sosegada sus ideas tuvieran una fuerza ante las que es difícil
permanecer neutral. No obstante, es claro que no se debe juzgar a un filósofo sólo por las
consecuencias derivadas de sus ideas. Al menos en el caso de Locke, su conducta fue la de un
hombre que se interesó por establecer claridad sobre los orígenes del estado civil y por luchar en
defensa de las libertades individuales, trasfondo real de su obra política.
Nacido en 1632 en Wrington (pequeña aldea inglesa cercana al puerto de Bristol) y enfermizo
por naturaleza, Locke vivió una época marcada por la inestabilidad política y por la pugna entre
dos facciones ideológicas atrincheradas en orillas opuestas: los paladines del régimen
monárquico (tories) y los defensores del sistema parlamentario y de la primacía de los derechos
individuales de los ciudadanos (whigs). Esta coyuntura ejercería gran influencia en la obra del
filósofo.
De joven estuvo tentado por la carrera eclesiástica, pero al final, atraído por el amor al libre
pensamiento y por sus estudios de medicina, eligió la filosofía, no con el interés de comentar a
los filósofos clásicos, sino buscando discernir lo que la realidad le planteaba desde los campos
del conocimiento y de los temas sociales.
A raíz de su amistad con John Ashley, conde de Shaftesbury, se vio implicado en la crisis
política desatada por la lucha entre whigs (partido al que pertenecían Ashley y Locke), y los
tories o conservadores, quienes defendían el régimen monárquico. Debido a la derrota de los
whigs, Locke se vio obligado a exiliarse en Holanda, país en el que se refugió durante cinco
años, aproximadamente. Allí, en medio de un ambiente liberal y cosmopolita, nacieron sus obras
más conocidas: El Ensayo sobre el entendimiento humano, libro asociado al empirismo, y el
Ensayo sobre el gobierno civil, el cual daría origen a la teoría del liberalismo político.
3. La Revolución Gloriosa de 1688 abanderada por Guillermo de Orange le permitió a Locke
regresar a Inglaterra para consolidar sus ideas políticas, en esta ocasión haciendo uso de un estilo
directo y contundente que no lo había caracterizado antes. Locke murió en el otoño de 1704.
Para entonces sus ideas ya eran inseparables de los conceptos de ciencia y sociedad,
convirtiéndolo en uno de los grandes filósofos de todos los tiempos.
2. La defensa de las libertades individuales
En esencia el Ensayo sobre el gobierno civil es una obra en la que Locke refuta la idea
paternalista de la monarquía y su origen divino (defendida por autores como Hobbes), y propone
un sistema político en el que la libertad sea devuelta a su soberano original, es decir, el
individuo. Esta idea no era nueva para la época. Rodríguez Aranda, en la introducción al
Ensayo1
, relaciona algunos autores anteriores a Locke en cuyos escritos se puede rastrear la
misma idea (la de la defensa de los derechos individuales o liberalismo). Pero, ¿Cómo acceder al
estudio de las libertades en el orden civil? ¿Qué camino seguir para abordar una materia de tanta
envergadura?
Locke empieza por analizar “el estado en que se encuentran naturalmente los hombres”2
, es
decir el estado de naturaleza, aquella condición en la que el hombre no depende de otra persona.
Esta premisa es fundamental para entender el lugar a donde pretende llegar Locke, ya que
manifiesta que en el estado de naturaleza existía un «estado de igualdad», aclarando que, aunque
es un estado de libertad, sin embargo no lo es de licencia3
.
El punto clave de esta idea es que esa ley natural (“la cual obliga a todos”) hace a los
individuos iguales e independientes, evitando que nadie dañe a otro en su vida, salud, libertad y
posesiones. Basado en esa idea Locke plantea que, a pesar de dicha igualdad, lo que prima en
este estado es la fuerza, y que por tal motivo los hombres ven la necesidad de asociarse para
defender su libertad, confiándola a un poder que hace las veces de regulador de las libertades de
los miembros del estado civil. Al respecto dice Locke:
1
RODRÍGUEZ ARANDA, Luís. En: Ensayo sobre el gobierno civil. John Locke. Orbis. Barcelona, 1983.
2
LOCKE, John. Ensayo sobre el gobierno civil. Orbis. p. 25
3
Ibíd., p. 26
4. (…) el estado de naturaleza entre los hombres no se termina por un pacto
cualquiera, sino por el único pacto de ponerse todos de acuerdo para entrar a
formar una sola comunidad y un solo cuerpo político4
.
Es decir, Locke admite que la sociedad civil surge de una necesidad de los hombres por
abandonar el estado de naturaleza, ya que en él “el hombre debe defenderse de todo lo posible”5
.
O sea que el estado de naturaleza, un estado transitorio, no garantiza la libertad de los individuos,
procediendo estos a asociarse para plantear la defensa de sus bienes y sus derechos, en especial
la libertad.
Es importante entender esta explicación porque en lo sucesivo Locke desarrollará su tesis
sobre el gobierno civil partiendo de la idea de que, al asociarse en el Estado, el individuo confía
su libertad al poder de la ley (legislativo), pero sin renunciar a ella, ya que dicha renuncia
constituiría un atentado contra esa voluntad por la cual se generó el contrato originario. Lo
contrario representaría la muerte del estado civil ya que:
(…) nadie puede desear tenerme sometido a su poder absoluto sino es para
obligarme por la fuerza a algo que va contra el derecho de mi libertad, es decir,
para hacerme esclavo.6
En ese sentido, para Locke la libertad es la base de las relaciones políticas. Por la defensa de
ese derecho connatural al ser del hombre, los individuos entran en disensiones que los hacen
diezmar sus fuerzas e incluso declararse la guerra. En aras de la libertad el individuo se propone
alcanzar unos ideales y para ello renuncia a sus apetitos, confiando en que el estado civil le
devuelva esa libertad y lo proteja de las fuerzas salvajes que gobiernan el mundo natural. Por eso
un estado en el que se permita la esclavitud está manifestando una “prolongación de un estado
de guerra entre un vencedor legítimo y un cautivo”7
.
4
p. 30
5
p. 32
6
Ibíd.
7
p. 37
5. 3. La propiedad privada y la existencia humana
Aclarada la premisa de la que parte Locke para explicarnos su idea de gobierno civil, y
conscientes de que su interés primordial es la defensa de la libertad individual, abordamos otro
de los conceptos fundamentales del Ensayo: la propiedad.
Es la propiedad el emblema de la conservación de la existencia por la que luchan todos los
individuos: el derecho a comer, a saciar sus necesidades básicas. Pero a la vez, la propiedad se
convierte en uno de los aspectos críticos dentro del estado civil ya que se relaciona con la
capacidad de trabajo. Cada individuo puede poseer tanto cuanto su trabajo le permita adquirir,
pero dicha posibilidad de tener propiedad sobre algo no debe rebasar los límites. Dice Locke:
El hombre puede apropiarse las cosas por su trabajo en la medida exacta en que le
es posible utilizarlas con provecho antes de que se echen a perder. Todo aquello
que excede a ese límite no le corresponde al hombre y constituye la parte de los
demás8
.
Es decir, mientras en el estado de naturaleza la propiedad puede ser ganada a la fuerza, al
estado civil le corresponde la tarea de mediar para que nadie tenga más de lo que necesita y a
todos se les otorgue derecho sobre alguna propiedad, según su propio esfuerzo y trabajo. Lo que
pone de presente que Locke es un defensor de la propiedad privada, como bien se ha interpretado
en la lectura de su teoría política. No leemos que ese derecho a la propiedad privada deba carecer
de límites.
Los derechos civiles, de los cuales ya existían indicios en el estado de naturaleza, no se
pierden en el estado civil; y aun así, no pueden ser vistos con licencia. En ese sentido, la primera
propiedad por la que los hombres entran a contender es la tierra. Con el establecimiento del
estado civil se involucran otras propiedades, hasta llegar al dinero, elemento que altera la
simetría que existía entre la propiedad conseguida con el trabajo y los límites a la capacidad de
posesión.
Locke es consciente de los límites de su propuesta. De ahí que plantee el peligro de que, en
aras de defender la propiedad privada, se asuman ciertas licencias:
8
p. 40
6. Quien ve que le han dejado para su beneficio tanto como lo que otros han tomado, no tiene
por qué quejarse (…) si lo hace, es evidente que anhela aprovecharse de los esfuerzos a los que
no tiene derecho, y que lo que desea no es la tierra que Dios le dio en común con los demás para
que la trabajase, quedando todavía, como queda, una cantidad de esa tierra tan grande como la ya
poseída, y mayor de la que él podría trabajar, o su industria sería capaz de poner en cultivo9
.
4. Debilidades de la teoría libertaria
En el trasfondo de la teoría política del liberalismo se infiere un sentido negativo de libertad, ya
que aboga por las libertades individuales vigiladas por los tribunales legislativos («se prohíbe»,
«no haga», etc.) más que por una libertad en la que cada individuo tome el control sobre sí
mismo (sentido positivo).
Esta conclusión (derivada de la lectura del Ensayo) podría constituirse, a la vez, en una de las
críticas a las tesis de Locke. Sin embargo, esta teoría libertaria nació en un momento álgido de la
historia de Inglaterra, una coyuntura en la que se necesitaba repensar el sentido de ciudadanía
aminorado por la monarquía. Es decir, Locke rescata el derecho a la libertad, respondiendo con
ello a una necesidad explícita de la política de la época: resolver en qué circunstancias se
encontraban los individuos frente a los regímenes absolutistas y, por ende, dilucidar en qué
consistía la ciudadanía.
Por ello, si algo hay que reconocer en Locke es la lucha por devolver al ciudadano su
condición de soberano, así su énfasis haya quedado más en la fundamentación de las libertades
individuales. Pero no sólo eso: en el Ensayo encontramos un planteamiento orientado a ofrecer
un orden legal para la sociedad civil. Este orden se refiere a la división del gobierno en dos
poderes, el legislativo y el ejecutivo, dando a cada uno de estos la función de hacer perdurable el
contrato originario y evitar que se retorne al estado de naturaleza.
En su teoría Locke abordó el problema de la libertad y, como él mismo lo imaginó, ese
problema (uno de los asuntos centrales del hombre político) sigue sin resolverse, ya que cada
respuesta dada pareciera obedecer a una época, a un contexto y a unos intereses. No obstante, no
9
p. 42
7. todos los filósofos políticos han sabido leer dichas circunstancias. Locke leyó la situación de la
ciudadanía en su tiempo y ello le permitió formular una teoría que convocó muchos seguidores y
que aún hoy sigue generando interés por su carácter controversial y su espíritu revolucionario no
apegado a los moldes impuestos por el sistema.
Referencias
AYERS, Michael. Locke, ideas y cosas. Grupo Norma. Bogotá, 1988. 72 p.
CHEVALLIER, Jean Jacques. Los grandes textos políticos. Desde Maquiavelo hasta nuestros
días. Parte II, capítulo primero. Traducción de Antonio Rodríguez Huescar. Editorial
Aguilar. Madrid, 1980. pp. 87-101
HABERMAS, Jürgen. Teoría y Praxis. Capítulo II: Derecho natural y revolución. Traducción de
Salvador Más Torres y Carlos Moya Espí. Editorial Altaya. Barcelona, 1995. pp. 88-105
LOCKE, John. Carta sobre la tolerancia. Traducción de Román de Villafrechós. Mestas
Ediciones Escolares. Madrid, 2005.
--------Ensayo sobre el gobierno civil. Traducción de Armando Lázaro Ros. Ediciones Orbis.
Barcelona, 1985.
-------Ensayo sobre el entendimiento humano. Traducción de Luís Rodríguez Aranda. Editorial
Sarpe. Madrid, 1984. pp. 9-21
URQUIJO A., Martín Johani. La ciudadanía reexaminada. pp. 55-68 Universidad del Valle. Cali,
2007.