1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERETORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
TEMA 3 Y 4
ALUMNA: GOMEZ NATASHA
CI: 26712896
Sección: SAIA C
2. La admisión de los hechos
Definicion
Es una forma de proceder que resue1ve un
Juez Penal en primera instancia sin necesidad de juicio
oral, y tiene lugar, cuando,
llegada la audiencia preliminar en el proceso ordinario o
una vez presentada la
acusación en el juicio oral seguido por procedimiento
abreviado, el imputado, en
ese acto, solicita al juez de control la imposición
inmediata de la pena, previo
reconocimiento de los hechos de la acusación
La admisión de los hechos, se
produce en la fase intermedia del
proceso
penal ordinario, específicamente
en la audiencia preliminar, desde
la audiencia
preliminar una vez admitida la
acusación, hasta antes de la
recepción de pruebas
OPORTUNIDAD PROCESAL:
3. Personal: No es posible que el
imputado, a través de
apoderado o representante
pueda admitir los hechos,
máxime cuando el acto de la
audiencia preliminar supone la
necesaria presencia del
imputado