LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS,DEFINICION, REQUISITOS. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA SU PROCEDENCIA.
EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. DEFINICIÓN,REQUISITOS, OPORTUNIDAD.
LA ADMISION DE LOS HECHOS. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA SU PROCEDENCIA.
EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD
LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS,DEFINICION, REQUISITOS. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA SU PROCEDENCIA.
EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. DEFINICIÓN,REQUISITOS, OPORTUNIDAD.
LA ADMISION DE LOS HECHOS. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA SU PROCEDENCIA.
EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD
TEMA 3: LA ADMISION DE LOS HECHOS. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA SU PROCEDENCIA.
TEMA 4: EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. DEFINICION. REQUISITOS. OPORTUNIDAD.
La admisión de los hechos, es una forma de proceder que resue1ve un Juez Penal en primera instancia sin necesidad de juicio oral, y tiene lugar, cuando, llegada la audiencia preliminar en el proceso ordinario o una vez presentada la acusación en el juicio oral seguido por procedimiento abreviado, el imputado, en ese acto, solicita al juez de control la imposición inmediata de la pena, previo reconocimiento de los hechos de la acusación. En este caso, el juez deberá rebajar la pena aplicable al delito que hayan configurado los hechos admitidos, desde un tercio a la mitad, tomando en cuenta para fijar el monto de la rebaja, el bien jurídico afectado y el daño social causado.
ADMISIÓN DE LOS HECHOS Y PROCEDIMIENTO ESPECIAL CONTRA EL PRESIDENTE DE LA RE...Carly Colmenares
1. Admisión de los Hechos
definicion, requisitos, procedencia,
2. proc especial contra el presidente de la republica
definicion, requisitos, procedimiento
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ACTIVIDAD
FINANCIERA DEL
ESTADO VENEZOLANO
ESTUDIANTE:
Erlis Moyetones
CI: 27.492.219
Sección: Saia C
Cátedra: Derecho Procesal Penal
2. Es considerado como un mecanismo de autocomposición procesal en el
cual el imputado luego de admitida la acusación, se confiesa culpable
del hecho o de los hechos que se le inculpan y solicita al Juez de
control o de juicio, según equivalga, que proceda a aplicar de
inmediato la pena correspondiente al delito.
DEFINICIO
N
su fundamento legal y
procedimiento se establece en el
articulo 371 del COPP.
3. Tiene lugar de aplicación solo cuando
el imputado acepta los hechos.
El imputado debe admitir los hechos
de forma simple y pura
No pueden existir presiones
indebidas para que el imputado
admita los hechos.
La admisión de los hechos procede
solo cuando existe acusación
4. Se produce en la fase intermedia del Proceso
Penal Ordinario
Específicamente en la audiencia preliminar desde que es
admitida la acusación hasta antes de la recepción de pruebas. En
ello el imputado podrá admitir los hechos por los que se les
acusa.
5. Su fundamento legal se establece en el articulo 376 del COPP
Es el Tribunal Supremo
de Justicia quien
declara si hay o no
mérito para el
enjuiciamiento del
Presidente o Presidenta
de la República, previa
querella de el o la Fiscal
General de la República
cualquier ciudadano
puede denunciar o
realizar una querella
contra el presidente de
la republica pero
6. Luego de que es admitida la
querella, el TSJ convoca a
una audiencia oral y publica
dentro de los 30 días
siguientes para que el
imputado de respuesta a la
querella.
Se realizaran replicas y
contrarréplicas, si se
admiten el imputado tendrá
la ultima palabra y luego de
que concluya el debate el
TSJ decidirá si existe merito
alguno para continuar con el
enjuiciamiento en los
próximos 5 días.
En este proceso el
presidente queda suspendido
e inhabilitado para ejercer
su cargo. Deben existir
pruebas suficientes para la
querella, de forma que se
siga conociendo la causa
hasta dar con la sentencia
definitiva.