CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
Derecho procesal penal
1. Universidad Fermín Toro
Vice rectorado académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y políticas
Escuela de Derecho
DERECHO PROCESAL PENAL I
Estudiante: Daniela Jiménez C.I:24.201.805
2. ACTOS CONCLUSIVOS.
Son aquellos que le ponen fin a la fase de
investigacion que el ministerio Publico le ha
practicado a alguien en un proceso penal.
ARCHIVO FISCAL
Constituye un acto conclusivo, este se lleva a cabo
cuando el Ministerio Publico en el ejercico de sus
funciones no obtiene los suficientes elemetos de de
conviccion para realizar la acusacion. En este caso
el fiscal del ministerio publico debe decretar el
archivo de las actuaciones, dejado abierta la
posibilidad de retornar la causa
3. ACTOS CONCLUSIVOS.
Acusacion
cuando el ministerio Publico estime estime que la
investigacion proporciona fundamento serio para el
enjuiciamiento del imputado, debera denera proporcionar
la acusacion ante el juez de control, con base al art 309 del
COPP
Sobreseimiento
Resolucion judicial fundada mediante la cual se decide la
finalizacion de un proceso criminal respecto de uno o
varios imputados determinados, con anterioridad al
momento en que se sentencia definitiva sobre autoridad de
cosa juzgada, por mediar una causal que impide que en
forma concluyente la continuacion de la persecucion penal.
4. FASE INTERMEDIA.l
- -Se conoce como la fase de control de la
investigacion que se supone que se ha llevado
a efecto a lo largo de la fase preparatoria.
-consiste en la acumulacion de un inventario de
evidencias,que serviran para determinar si es
posible para someter a una persona
determinada a un juicio de naturaleza penal.
-esta fase intermedia tiene su fundamento en la
idea que el juicio penal debe ser preparado de
una manera resposable
5. FASE INTERMEDIA.l
-La fse intermedia se inicia cuando el fiscal del Ministerio
Publico, ante el tribunal de Control, hace formal la
acusacion contra el imputado, en el cual lo señala de ser
el autor o participe de un determinado delito, basandose
en las pruebas recabadas durante la investigacion.
-una vez que el fiscal, presente la acusacion, el juez de
control dene convocar a las partes (imputado, su
defensor, victima, fiscal) a realizar sus respectivas
pretensiones a la audiencia preliminar.
-para sus pretensiones, las partes tienen, hasta cinco dias
antes de la fecha de la audiencia para exponer de manera
escrita, sus respectivas pretensiones y facultades.
6. FASE DE JUICIO I
-es la tercera fase del proceso penal venezolano, y esta a
cargo del juez de primera instancia en funciones de juicio y
se da por cuanto el juez de Control, al finalizar la Audiencia
Preliminar, admite la acusacion fiscal y ordena su paso a
juicio. Asi se marca el inicio de esta fase con el auto de
apertura a juicio.
-son de importancia el principio de inmediacion y publicidad,
todo lo que sucede en el debate constara en actas y las
audiencias deben ser continuas, ininterrumpidas.
-en esta fse es donde se realiza el debate Oral, y Publico,
donde las partes demostraran sus pretensiones ante el
Juez de Juicio a los efectos de obtener sentencia
condenatoria o absolutoria en contra o a favor del acusado
respectivamente.
7. FASE DE JUICIO II
Solo podran ser incorporados al juicio por su
lectura:
1- los testimonios o experticias que se hayan
recibido conforme a las reglas de la pruebas
anticipads
2-la prueba documental o de informes, y las actas
de reconocimiento, registro o inspeccion.
3- las actas de las pruebas que se ordene
practicar durante el juicio fuera de las salas de
audiencia.