1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
DOMICILIO COMO FACTIOR
DE CONEXIÓN
Alumna
Gotopo Flores
Ninoska Yoselin
C.I: 20.349.090
Sección: SAIA C
Prof. Abg. Winder
Montes.
Barquisimeto, septiembre 2.014
2. DOMICILIO COMO FACTOR DE
CONEXION
Por lo que se adapta mejor a las
realidades demográficas,
económicas y sociales de Venezuela
y ha sido expresa o implícitamente
propugnada por gran número de
estudiosos nacionales.
Esta se da en materia
de estado, capacidad y
relaciones familiares y
sucesorias.
Para dar a entender un poco
mas claro lo que se refiere el
domicilio, el domicilio precisa en
lugar en que el individuo es
considerado siempre presente,
aunque momentáneamente no
lo esté, para el ejercicio de sus
derechos y el cumplimiento de
sus obligaciones
El domicilio como factor de conexión
es un aspecto muy importante en
materia de Derecho internacional
privado, ya que antes, se tomaba en
cuenta el principio de nacionalidad y
no el principio de domicilio.
En nuestra ley material, específicamente el
código civil acoge el domicilio como, las
personas suelen vivir en un sitio determinado,
en forma continua y cumplen relaciones de
orden jurídico, este sitio es el que se denomina
Domicilio, y se define como el asiento legal de
las personas, donde estas desarrollan todas
las actividades de orden económico, familiar y
jurídico, es decir donde ejercen sus derechos y
contraen obligaciones,
DOMICILIO COMO FACTOR DE
Conexión
3. Especificación del
domicilio de acuerdo
a su ocupación
Los funcionarios públicos, eclesiásticos
o seculares, tienen su domicilio en el
lugar donde deben desempeñar sus
funciones, no siendo estas temporarias,
periódicas o de simple comisión
Los militares en servicio activo
tienen su domicilio en el lugar
en que se hallen prestando
aquél, si no manifestasen
intención en contrario, por
algún establecimiento
permanente, o asiento
principal de sus negocios en
otro lugar
Las compañías que tengas muchos
establecimientos o sucursales, tienen
su domicilio especial en el lugar de
dichos establecimientos, para solo la
ejecución de las obligaciones allí
contraídas por los agentes locales de
la sociedad
El domicilio de las sociedades,
corporaciones establecimientos y
asociaciones autorizadas por las
Leyes o por el Gobierno, es el lugar
donde está situada su dirección o
administración, si en sus estatutos o
en la autorización que se les dio, no
tuviesen un domicilio señalado
Los transeúntes o las
personas de ejercicio
ambulante, como los
que no tuviesen
domicilio conocido, lo
tienen en el lugar de
Los incapaces tienen el su residencia actual
domicilio de sus
representantes
El domicilio que tenía el difunto
determina el lugar en que se
abre su sucesión
4. Nuestro código civil acoge la teoría
concreta la cual expresa que estima que
el domicilio es un lugar concreto en que la
Ley supone que la persona se encuentra
siempre para los efectos jurídicos.
El Código civil, la teoría
concreta y sus
características
Sus características son:
Fijeza
Necesidad
unidad
Existe también una
subclasificación:
el Domicilio Civil Especial.
Domicilio Legal
Otra clasificación seria:
Domicilio voluntario es donde una persona es
competente de decidir voluntariamente su
domicilio cuando es mayor de edad y está
dotada de la capacidad para tomar esta
decisión tan responsable.