El documento discute el concepto de domicilio como factor de conexión en derecho internacional privado. Explica que el domicilio se refiere al lugar donde una persona tiene su residencia habitual y el asiento principal de sus negocios e intereses. Luego clasifica el domicilio en general, especial, político, civil, legal y voluntario; e identifica sus características de fijeza, necesidad y unidad. Finalmente, indica que el principio de nacionalidad ha reemplazado en Venezuela al domicilio como factor de conexión.