Este documento resume las regulaciones peruanas sobre la contratación de expatriados. Las empresas peruanas solo pueden contratar hasta el 20% de su personal total de expatriados y el salario de los expatriados no puede exceder el 30% del salario total de la empresa. Los expatriados deben demostrar calificaciones o experiencia excepcionales. Algunos expatriados como inversionistas extranjeros están exentos de estas limitaciones. El documento también describe los requisitos para que los expatriados obtengan un permiso de trabajo en Perú.
2. ¿Una empresa esta libre de contratar cualquier cantidad de
expatriados que desee?
¿Debe cumplir con algún término legal?
¿Qué Ocurre cuando un expatriado va a otros países?
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5. SOBRE EL AUTOR. . .
Autor: Ricardo Enriquez Caro
- COMERCIO Y NEGOCIOS INTERNACIONALES
-LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCO.
-TIENE 25 AÑOS.
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7. LIMITACIONES PARA LAS EMPRESAS
La ley peruana limita la contratación de extranjeros, se podrá contratar
personal extranjero hasta el 20% del total del personal en planillas
El monto de las remuneraciones del personal extranjero no podrá
exceder del 30% del total de las remuneraciones de la empresa.
Los datos de la planilla (total de trabajadores, total de remuneraciones
y proporción de participación de extranjeros en ellas) que se
presentarán ante la Autoridad Administrativa de Trabajo deberán
tomarse de la planilla del mes inmediato anterior a la presentación de
la solicitud de contratación del trabajador extranjero
esto se consignará en un documento que tiene carácter de declaración
jurada en donde la empresa manifiesta que se encuentra dentro de los
porcentajes limitativos fijados por la ley.
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8. REQUSITOS QUE DEBE CUMPLIR EL EXPATRIADO
El extranjero que quiere ser contratado en el Perú, debe acreditar una
situación de excepcionalidad para acceder a un puesto de trabajo en el
país, así deberá adjuntar una copia apostillada del título profesional ó
técnico expedido en el exterior[1] ó adjuntar un certificado de experiencia
profesional expedido en el exterior[2]. Tanto la copia del título profesional o el
certificado de experiencia profesional deberán contar con la respectiva
traducción oficial y además deberán de estar vinculados con el objeto del
contrato.
[1]En el caso de los países que –como el Perú- hayan aprobado el Convenio de la Apostilla de La Haya que permite reconocer en el país
la validez de documentos públicos extranjeros. En el supuesto de que el extranjero provenga de un Estado que no ha aprobado dicho
Convenio
de
La
Haya,
se
deberá
presentar
una
copia
legalizada
consularmente
del
título
profesional.
[2] De preferencia, la experiencia profesional deberá ser no menor a tres (3) años.
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9. LIMITACIONES AL EXPATRIADO:
No se consideran en las limitaciones sobre contratación de trabajadores extranjeros en los siguientes supuestos:
- Al extranjero con cónyuge , ascendientes, descendientes o hermanos peruanos;
- Al extranjero con vía de inmigrante.
- Al extranjero con cuyo país de origen exista convenio de reciprocidad laboral o de doble
nacionalidad.
- Al personal de empresas extranjeras dedicadas al servicios internacional de transporte, terrestre,
aéreo o acuático con bandera y matrícula extranjera.
- Al personal extranjero que labore en las empresas de servicios multinacionales o bancos
multinacionales, sujetos a las normas legales dictadas para estos casos específicos.
- Al personal extranjero que, en virtud de convenios bilaterales o multilaterales celebrados por el
Gobierno del Perú, prestare sus servicios en el país.
- Al inversionista extranjero, haya o no renunciado a la exportación de capital y utilidades desde
su inversión, siempre que ésta tenga un monto permanente durante la vigencia del contrato no
menor de 5 UIT.
- Los artistas, deportistas y en general aquéllos que actúen en espectáculos públicos en el
territorio de la República durante un período máximo de tres meses al año.
- El personal comprendido en este artículo no está sujeto al trámite de aprobación de los contratos
ni a los porcentajes limitativos establecidos en el artículo 4 del Decreto supremo Legislativo N°
689 (05-11-91).
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10. SALVEDADES
En el Perú se ha implementado la Decisión 545, dando al ciudadano
andino el mismo trato que a un trabajador nacional, lo que significa que
no estás sujeto a las restricciones o limitaciones que aplican para
trabajadores de otras nacionalidades.
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11. Beneficios:
-Muestra de forma clara y expedita los detalles del término expatriado
-Hace referencia clara y exacta de la normativa, no sólo citándola sino
colocando las referencias digitales en los organismos competentes
para su descarga.
-Se colocan los formatos a ser llenados por las personas expatriadas
para su trámite ante los organismos competentes
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12. Contras:
-No Muestra en el análisis, las sanciones en las que incurrirían las
empresas, de darse una violación al reglamento
-No muestra cálculo u ejemplos sobre la aplicación de los términos
expresados en la ley o reglamento.
-El artículo es de noviembre de 2012, y las leyes no están citadas por
año ni por gaceta (fechas)
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