1. PORTAFOLIO LEGAL & INMOBILIARIO
P 2012
BILLETES FALSOS, CUIDADO?
Este fin de semana una amiga se llevó una desagradable sorpresa al descubrir que al cobrar su quincena en
un banco, le habían entregado un billete falso.
Ella se dio cuenta un día después, cuando intentó hacer un pago y le rechazaron el “billete” en cuestión. Lo
más molesto para ella es que el documento se lo entregaron en la propia ventanilla del banco.
Por supuesto que la institución financiera en la que se presentó la pieza presuntamente falsa retuvo el
documento, y es que cuando reciben una pieza que es presuntamente falsa, el cajero está obligado a retener
ese documento y debe entregar un recibo en el cual deben estar anotados los datos de la pieza, es decir,
denominación, número de folio, serie y fecha de emisión, así como los datos personales de quien entrega la
pieza, nombre, domicilio, número telefónico, con la finalidad de notificarle el resultado del análisis, y sobre
todo, contener un número de folio a través del cual se pueda dar seguimiento al asunto.
Si la moneda o billete es auténtico, la institución donde entregaste o te retuvieron la pieza te reembolsará el
dinero. Si es falsa, la pieza será remitida a las autoridades correspondientes y no recuperarás el dinero,
pues se trata de un papel o metal sin valor.
Es importante mencionar que nadie puede destruir, perforar o marcar una pieza por ser presuntamente falsa,
pues la única entidad facultada para realizar un análisis y emitir un resultado sobre su autenticidad o falsedad,
es el Banco de México. Los billetes presuntamente falsos únicamente pueden ser marcados por el cajero del
banco mediante un sello con características establecidas por el Banco de México. El sellado deberá realizarse
a la vista de la persona que presenta los billetes.
Pero en el caso de mi amiga, ella se sintió defraudada por la institución financiera en la que confía, y no sabía
como proceder. En los caso en que la pieza falsea es entregada en la ventanilla de un banco o por un cajero
automático, también existe un procedimiento especial previsto en la Ley de Instituciones de Crédito en su
artículo 48 Bis 1. Esa disposición establece que tienes 5 días hábiles bancarios para presentar ante la
institución una queja, después de que recibes la pieza presuntamente falsa.
Debes entregar la pieza o el recibo que te entregaron a cambio de la pieza retenida. El cajero deberá llenar y
entregarte un recibo a cambio de la pieza o del anterior recibo, en el que deberás explicar de puño y letra
cómo fue que se te entregó el billete falso.
En 5 días hábiles bancarios, contados a partir de que presentaste tu reclamación, la institución bancaria debe
verificar que la operación se haya realizado como lo describiste en el recibo, y si se confirma tu versión de los
hechos, se te reembolsará el dinero; en caso contrario, no. Si no estás de acuerdo con la respuesta, puedes
acudir a la CONDUSEF o solicitar al Banco de México una investigación.
Esto es independiente del resultado del análisis de la pieza presuntamente falsa.
El problema del trámite es que tienes que estar dando vueltas al banco para saber el resultado del dictamen, y
que los tiempos de respuesta para el resultado del análisis son largos, hasta de 20 días hábiles bancarios, y si
es falso, no recuperaras tu dinero.
Pero en el caso de mi amiga no existe duda de que el billete falso, por lo que le sugerimos un paso adicional
que también es tardado y engorroso, pero también necesario, más aún si el billete falso lo entregó personal de
una sucursal bancaria. Ese paso adicional es presentar una denuncia de hechos ante el ministerio público.
Así, obligas a las autoridades a que realicen una investigación, que se detenga al responsable, y sobre todo,
obligas a las instituciones financieras a revisar sus medidas de seguridad.
Mi amiga presentará esta semana su reclamación a la institución financiera que le entregó el billete y la
denuncia penal correspondiente. Insisto, tal vez estos trámites resultan engorrosos, pero, nadie te regala el
dinero ¿O si?
La fabricación, almacenamiento y distribución de piezas falsas es un delito que se castiga hasta con
doce años de prisión, en términos de los artículos 234 al 238 del Código Penal Federal.