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Guía básica de cheques y pagarés
1. Un cheque es un documento bancario, el
cual funciona como un medio de pago. Es
una forma más sencilla de pagar sin
utilizar dinero efectivo. Las chequeras son
emitidas por bancos y, para tener una, es
necesario contar con una cuenta corriente
en el banco emisor.
2. Cuando un individuo utiliza un cheque
como medio de pago, está autorizando a
quien lo recibe a retirar determinada
cantidad de dinero de la cuenta corriente
que posee en el banco que emitió la
chequera.
3. 6. O al portador;
7. Nº de cuenta – Nombre del titular;
8. Código;
9. Nº de serie - sucursal
1. Cantidad;
2. Fecha;
3. Páguese con este cheque a;
4. La cantidad de pesos;
5. Firma;
4. Se recomienda usar una lapicera a tinta o pasta para evitar falsificaciones.
Por ningún motivo usar lápiz de grafito o tintas que se borren
facilmente. Evita dejar espacios en blanco antes y después de la cifra
numérica o las palabras. Además no olvides de cerrar las cifras numéricas
de la siguiente forma: $100.000.-
5.
6. Es como pasar un billete. Es transferible por la simple entrega, no necesita endoso.
Sin embargo, cuando una persona recibe un cheque “al portador” como parte de
pago, es conveniente que esté endosado para saber a quién reclamarlo si hubiera
alguna dificultad.
Cuando un cheque tiene la leyenda "al portador" indica que puede ser cobrado por
cualquier persona.
7. En los cheques que contienen la leyenda “a la orden” figura un beneficiario
(por ejemplo: páguese a Juan Fernández).
Es endosable, es decir, la persona o empresa que se indica en el cheque,
puede endosarlo (firmarlo por atrás y poner otro nombre) y traspasarlo a
otra persona.
8. En los cheques que contienen la leyenda “no a la orden” figura un
beneficiario (por ejemplo: páguese a Juan Fernández) que será el único
autorizado a cobrarlo. Para cobrarlo deberá primero firmarlo al dorso.
A diferencia de los cheques “al portador” y “a la orden” los documentos “no
a la orden” NO se pueden transferir.
9. • Cuando un cheque está cruzado, lleva dos líneas paralelas en el extremo superior izquierdo.
• Sólo se puede cobrar mediante el depósito en la cuenta bancaria del beneficiario.
• Si una persona recibe un cheque cruzado y no tiene cuenta bancaria, no lo podrá cobrar.
10. • Este cheque tiene adicionada una leyenda escrita por el
banco, en la cual se indica que la cuenta del titular del
cheque tiene fondos y que además esos fondos serán
reservados para el beneficiario durante 5 días.
• Quien recibe un cheque certificado tiene la garantía de
que dentro de los cinco días de extendido el cheque,
habrá fondos para poder cobrarlo
11. •Es una orden de pago a un plazo futuro, que no puede superar los 360 días.
• A diferencia de los cheques comunes, se consignan dos fechas en el
documento. Una es la fecha en la que se extendió el cheque y la otra es la
fecha en que debe ser pagado.
•No se puede cobrar un cheque de pago diferido antes de esa última fecha. A
partir de la fecha de cobro estipulada, hay 30 días corridos para cobrarlo.
12. Endosar significa transferir un cheque a ora persona.
Quien transfiera un cheque debe previamente firmarlo
en el dorso y colocar su nombre y apellido completos,
número de documento y domicilio (si se deposita, se le
debe agregar el tipo y número de cuenta).
Los cheques comunes pueden tener solo un endoso y
los cheques de pago diferido hasta dos.
13. • Es un documento comercial que representa una promesa escrita de pago.
Personas que intervienen en un pagaré:
•Librador o firmante: es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la
vista o en una fecha futura fija o determinable.
•Beneficiario: es aquel al quien debe hacerse el pago de la suma estipulada en
el pagaré.
•Fiador o avalista: la persona que garantiza el pago del pagaré.
•Endosante: es la persona que transfiere el pagaré.
•Tenedor: es el que lo recibe por vía de endoso.
15. El protesto de un pagaré es la denuncia ante un
escribano público de que un documento no ha sido
pagado a su vencimiento, luego de lo cual se inicia el
juicio ejecutivo. El juez puede ordenar el remate de los
bienes del firmante.
Hay pagarés que dicen “Sin protesto”. Si no se pagan,
se inicia el juicio ejecutivo, sin hacer el trámite del
protesto ante escribano, válido en el caso anterior.
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