RETO MES DE ABRIL .............................docx
Espacio gografico
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ESPACIO GEOGRAFICO Y
DIVISION POLITICO -TERRITORIAL
DE VENEZUELA
Bachiller: Rene Navas
C.I: 13723215
Abg. Emily Ramírez
Curso: Derecho
Constitucional
Seccion:C
Barquisimeto, 12 de Noviembre de 2015
2. TERRITORIO
La palabra territorio proviene del latín territorium, y puede ser
definida en primera instancia como una porción del planeta.
Es un espacio que constituye un paisaje, que contiene casi
siempre un ecosistema, y que está en constante relación
con los grupos sociales que lo habitan
3. En la Constitución del año 1999 de la Republica
Bolivariana de Venezuela específicamente en el
articulo 11 se realizaron cambios importantes sobre
el territorio , adoptándose la expresión de espacios
geográficos.
4. “La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios
continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas
interiores, históricas y viales y las comprendidas dentro de las líneas de
base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y el
subsuelo de éstos, el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los
recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las
especies migratorias, sus productos derivados y los correspondientes
intangibles que por causas naturales allí se encuentren…
En este articulo se establecen los lineamientos sobre la Soberanía así
como sus espacios intercontinentales, fluviales, áreas marítimas,
suelo, subsuelo, además de los espacios aéreos, insulares y marítimos,
de la Republica Bolivariana de Venezuela
Art. 11 de la CRBV
5. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA DETERMINACION EN VENEZUELA :
EL UTIS POSSIDETIS IURIS
l uti possidetis iuris (del latín, ‘como poseéis de acuerdo al
derecho, así poseeréis’) es un principio de derecho en virtud del
cual los beligerantes conservan provisionalmente el territorio
poseído al final de un conflicto, internamente, hasta que se
disponga otra cosa por un tratado entre las partes. Al parecer
derivó de la expresión latina «uti possidetis, ita possideatis», es
decir, ‘como tu poseías, continuarás poseyendo’.
Este principio proviene del derecho romano que autorizaba a la
parte beligerante reclamar el territorio que había adquirido tras
una guerra. A partir de ello, el término ha sido utilizado
históricamente para legitimar conquistas territoriales, por
ejemplo, la anexión de la Alsacia-Lorena por parte del imperio
alemán en 1871 Este principio fue aplicado en el siglo XVIII
entre España, Portugal y el Reino Unido al finalizar la Guerra del
Asiento (1739-1748).
6. EXTRATERRITORIALIDAD:
TERRITORIALIDAD
Consideración especial en que se toman las
cosas en cuanto están dentro del territorio de
un Estado tiene tres elementos: el sentido
de identidad espacial, el sentido de
exclusividad y el modo
de interacción humana en el espacio.
Puede referirse al caso de edificios o
tierras que aunque se hallan situados en
un país se consideran que pertenecen a
otro como ocurre con las embajadas o
bases militares
7. EN CUANTO A LA DIVISIÓN POLÍTICO-TERRITORIAL DE
VENEZUELA EN EL ARTICULO 16 DE LA CRBV SE
ESTABLECE:
Artículo 16.Con el fin de organizar políticamente la
República, el territorio nacional se divide en el de los
Estados, Distrito Capital, las dependencias federales
y los territorios federales. El territorio se organiza en
Municipios.
La división político territorial será regulada por ley
orgánica, que garantice la autonomía municipal y la
descentralización político administrativa.
8. Es un proceso dinámico en el que todos los sectores de la población
están implicados
INTEGRACION
SOBERANIA
Origen etimológico “súper” encima, sufijo “anus” procedencia,
Autoridad ejercida por el pueblo, y delegada por sus
representantes en cierto territorio.
9. DESCENTRALIZACION: Es un
mecanismo que permite desconcentrar
el poder y transferir competencias
desde un ámbito o dimensión de poder
a otra, la misma puede ser
administrativa, funcional,
presupuestaria, entre otras.
CONCENTRACION: un
solo ente central
contiene todas las
competencias para si
CENTRALIZACION: Es
el sistema de
organización estatal
cuyas decisiones de
gobierno son únicas y
emanan de un mismo
centro.
10. TRATADOS.
Proviene del latín “tractatus” significa cierre o la finalización de una
negociación o controversia después de haber llegado a un acuerdo
o haberlo discutido. De manera mas completa se utiliza la palabra
tratado al texto de un cierto asunto.
LAUDOS ARBITRALES
Es la denominación de la resolución que dicta un árbitro y que sirve
para dirimir (resolver) un conflicto entre dos o más partes.