2. OBJETIVO GENERAL
El estudiante de Taller de Instrumentación
Jurídica al término del curso será capaz de
utilizar con efectividad las herramientas y
técnicas jurídicas para, recibir, obtener,
analizar y organizar información jurídica
relevante en situaciones reales o simuladas, a
partir de su contexto, concepto y técnicas.
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3. OBJETIVO ESPECÍFICO
Unidad 1. CONTEXTO BÁSICO DE LA
METODOLOGÍA JURÍDICA.
Previa consulta de autores recomendados por
el profesor el estudiante de Taller de
Instrumentación Jurídica al término de la
unidad será capaz de identificar
diferencialmente los conceptos de
Metodología de investigación jurídica en
situaciones concretas.
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4. CIENCIA
Tarea no sencilla definir.
Expresión ambigua:
a) describe actividades (proceso)
b) proposiciones que constituyen el resultado
(producto)
Vago o impreciso ya que no existe un conjunto
de propiedades necesarias y suficientes para
el uso del término.
MABEL GARCÍA, SILVANA. El Derecho como ciencia. Invenio, vol. 14, Núm. 26, Junio 2011, pp 13-38,UCEL, Rosario.
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5. CIENCIA
“Saber científico que supone un sistema de
conocimientos, ciertos y probables, respecto
de un determinado sector de objetos de la
realidad universal, a los que es posible
acceder a través de una adecuada
fundamentación metodológica”
Álvarez Gardiol, Ariel, “Introducción a una teoría general del derecho. El método jurídico”, Bs.As, 1975, Astrea, p. 3.
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6. CIENCIA DEL DERECHO
Contribuyen a tal incertidumbre las siguientes circunstancias:
El carácter ambiguo del término “derecho”.
La misma palabra tiene varios significados relacionados
estrechamente entre sí.
Puede ser entendida como:
a) “derecho objetivo”, es decir, como sistema o conjunto de
normas;
b) como “derecho subjetivo”, esto es, como facultad, atribución,
permiso, etc; y
c) como el estudio o investigación (ciencia) del derecho a que
hacemos referencia
MABEL GARCÍA, SILVANA. El Derecho como ciencia. Invenio, vol. 14, Núm. 26, Junio 2011, pp 13-38,UCEL, Rosario.
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7. CIENCIA DEL DERECHO
La expresión “derecho” es vaga.
No es posible enunciar propiedades que deban estar
presentes en todos los casos en que la palabra se usa.
Algunos señalan el carácter coactivo, otros que debe tratarse
de directivas promulgadas por una autoridad, y
Están quienes eligen como propiedad la de consistir en reglas
generales.
MABEL GARCÍA, SILVANA. El Derecho como ciencia. Invenio, vol. 14, Núm. 26, Junio 2011, pp 13-38,UCEL, Rosario.
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8. CIENCIA DEL DERECHO
Podríamos agruparlas en diferentes corrientes de la filosofía
jurídica, según la concepción del derecho que defienden.
El iusnaturalismo,
isus formalismo (positivismo) y
el ius realismo o realismo crítico.
MABEL GARCÍA, SILVANA. El Derecho como ciencia. Invenio, vol. 14, Núm. 26, Junio 2011, pp 13-38,UCEL, Rosario.
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9. CIENCIA DEL DERECHO
- Ius naturalismo reduce al derecho a un contenido intrínsecamente
justo o natural, ya que para ella el derecho es un valor justo o
natural.
- El iusformalismo (o positivismo jurídico) por su parte, en su
insistencia por la separación estricta del derecho de la ética, moral y
religión, y en la independencia de toda consideración valorativa,
limita al derecho a un análisis de las interrelaciones lógicas de las
normas jurídicas. El derecho, se reduce a las normas jurídicas, sin
importar su contenido justo o no.
- El iusrealismo, considera el derecho como un hecho eficaz o real, y
la Ciencia del Derecho por lo tanto, es una ciencia empírica, que se
debe ocupar del ser de la conducta humana, entendida como un
conjunto de fenómenos o hechos eficaces o reales. El objeto de
estudio no son las normas ni los valores, sino los hechos.
MABEL GARCÍA, SILVANA. El Derecho como ciencia. Invenio, vol. 14, Núm. 26, Junio 2011, pp 13-38,UCEL, Rosario.
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10. CONCEPTOS BÁSICOS
MÉTODO.
Es el procedimiento o serie de pasos
que nos llevan a la obtención del
conocimiento sistematizado.
BAENA, Guillermina.
Instrumentos de Investigación. Editores Mexicanos unidos, México, 1996, 9 pp.
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11. CONCEPTOS BÁSICOS
MÉTODO CIENTÍFICO.
Es el procedimiento intelectual o
material que se emplea para
penetrar, comprender, analizar,
transformar o construir un objeto de
conocimiento.
WITKER, Jorge y LARIOS, Rogelio.
Metodología Jurídica. McGraw-Hill, México, 2002, 147 pp.
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12. CONCEPTOS BÁSICOS
METODOLOGÍA.
Se define, operacionalmente, como
el estudio crítico del método, o bien
como la lógica particular de una
disciplina.
BAENA, Guillermina.
Instrumentos de Investigación. Editores Mexicanos unidos, México, 1996, 9 pp.
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13. CONCEPTOS BÁSICOS
METODOLOGÍA JURÍDICA.
Es una disciplina que estudia la
aplicación de los métodos de
conocimiento los diferentes ámbitos
del Derecho.
LÓPEZ Durán, Rosalío.
Metodología Jurídica. Iure editores, México, 2002, 177 pp.
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14. CONCEPTOS BÁSICOS
TÉCNICA.
Son los pasos que ayudan al método
a conseguir su propósito.
BAENA, Guillermina.
Instrumentos de Investigación. Editores Mexicanos unidos, México, 1996, 9 pp.
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15. CONCEPTOS BÁSICOS
TÉCNICA JURÍDICA.
Consiste en el adecuado manejo de los
medios que permiten alcanzar los
objetivos de formulación (técnica
legislativa) y la de aplicación del derecho
objetivo a casos singulares.
SÁNCHEZ Vázquez, Rafael.
Metodología de la ciencia del Derecho. Porrúa, México, 2006, 259 pp.
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16. CONCEPTOS BÁSICOS
INVESTIGACIÓN
La investigación se puede definir
como la serie de pasos que dan
respuesta lógica a una pregunta
específica.
BAENA, Guillermina.
Instrumentos de Investigación. Editores Mexicanos unidos, México, 1996, 9 pp.
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17. CONCEPTOS BÁSICOS
LA INVESTIGACIÓN SOCIAL.
Es un proceso en el que se vinculan diferentes
niveles de abstracción, se cumplen determinados
principios metodológicos y se llevan a cabo diversos
procesos lógicamente articulados, apoyados en
teorías, métodos, técnicas e instrumentos
adecuados y precisos para poder alcanzar el
conocimiento, sobre determinados fenómenos
sociales.
ROJAS Soriano, Raúl.
Guía para realizar investigaciones sociales. Plaza y Valdés, México, 2002, 31 pp.
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18. TRASCENDENCIA DE LA APLICACIÓN
METODOLOGÍA EN EL EJERCICIO
PROFESIONAL DEL ABOGADO
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19. CAMPOS DE TRABAJO
La creación del derecho. (Procesos legislativo
y jurisprudencial).
Aplicación del derecho. (Solución de conflictos
jurídicos).
Enseñanza del derecho. (Modelos
pedagógicos para la formación de abogados).
Ciencia del Derecho. (Sistematización del
conocimiento jurídico).
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20. ÁREAS DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA
LA TEORÍA DOGMÁTICA
Y
LA INVESTIGACIÓN EMPÍRICA.
Witker, Jorge, Metodología de la Enseñanza del Derecho.
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21. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
Documental se caracteriza: por el acopio de la
información mediante la selección, lectura,
anotación y crítica de los materiales.
De campo, se constituyen: en el medio más
directo para el acopio de información.
Sánchez Vázquez, Rafael, Metodología de la Ciencia del Derecho, Porrúa, México, 2006.
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22. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
Las técnicas de investigación son:
Documental: instrumentos para el estudio
de documentos. Y
De Campo: instrumentos para observar e
interrogar.
Baena, Guillermina. “Instrumentos de Investigación”. Editores Mexicanos Unidos. México. 1994.
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23. Interpretación jurídica
• Concepto Amplio
Atribución de significado a una formulación
normativa.
Guastini, Ricardo. Estudios sobre la Interpretación Jurídica. Versión electrónica UNAM 1999. Méx. Pág. 6.
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=1651
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24. Interpretación jurídica
• Concepto restringido
Decisión en torno al significado no de un texto
cualquiera en cualquier circunstancia, sino
(sólo) de un texto oscuro en una situación
dudosa.
Guastini, Ricardo. Estudios sobre la Interpretación Jurídica. Versión electrónica UNAM 1999. Méx. Pág. 4.
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=1651
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