Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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1. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
TANATOLOGÍA
FORENSE
Dr. Carlos A. Mendoza Q.
2. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
TANATOLOGÍA
FORENSE
Rama de la Patología Forense que
estudia lo referente al proceso de la
muerte, desde el punto de vista médico
legal.
3. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Concepto Legal :
La salud en el Perú, estuvo regida por el
Código Sanitario, desde el año 1969, en el
cual se consideraba que “la muerte se
produce por la cesación de los grandes
sistemas funcionales“ y luego agregaba que
“para los efectos de injerto o transplante de
un órgano vital se considera muerte al paro
irreversible de la función cerebral”.
4. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Creemos que ésta definición fue acorde
y adecuada, reconociendo incluso un
concepto inicial de muerte cerebral, sin
embargo, con el transcurso de los
años, debido a los avances de las
ciencias de la salud en las últimas
décadas, obligaron a la revisión
mundial de nuevos considerandos a fin
de actualizar el concepto de muerte.
5. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Se determinó claramente que la muerte no
sólo representa la ausencia de signos vitales,
sino que existe un estado de inactividad
cerebral definitiva que debe considerarse
como muerte, a pesar de lograr mantener los
signos vitales en mayor o menor grado, con
persistencia de una vitalidad mínima y
suficiente de los tejidos corporales, con la
utilización de equipos médicos y fármacos a
dosis adecuadas.
6. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Este estado de muerte cerebral, hoy
plenamente aceptado por la comunidad
científica, fue también parcialmente recogida
por la Ley de Transplantes de Órganos y
Tejidos - Ley N° 23415, “se considera
muerte, para los efectos de la ésta ley, a la
cesación definitiva e irreversible de la
actividad cerebral o de la función cardio-
respiratoria”; y posteriormente modificada y
corregida por la Ley N° 24703, “se considera
muerte, a la cesación definitiva e irreversible
de la actividad cerebral”.
7. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Por último, en Julio de 1997, la Ley General
de Salud -Ley N° 26482- en su Art. 108 Título
III consigna que “La muerte pone fin a la
persona. Se considera ausencia de vida al
cese definitivo de la actividad cerebral,
independientemente de que algunos de sus
órganos o tejidos mantengan actividad
biológica y puedan ser usados con fines de
transplante, injerto o cultivo.
8. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
El diagnóstico fundado de cese definitivo de
la actividad cerebral verifica la muerte.
Cuando no es posible establecer tal
diagnóstico, la constatación de paro cardio-
respiratorio irreversible confirma la muerte”;
que ha nuestro juicio, define acertadamente
la muerte, valorando el concepto de muerte
cerebral, de suma importancia para los fines
de transplante de órganos y manteniendo el
concepto médico clásico de muerte, para los
casos que no sean necesarios o que existan
imposibilidad humana o técnica para
establecer la muerte cerebral.
9. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE
Concepto Médico :
Etapa irreversible del cese de las funciones
vitales.
Concepto Médico Forense :
El cese definitivo de las actividades
respiratoria, cardiaca y cerebral.
10. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
EXHUMACIÓN
Proceso de extracción de un cadáver del
lugar donde fue inhumado. Generalmente se
realiza para practicar una necropsia, a pedido
de partes, del Juez o del Ministerio Público,
con fines de confirmar o descartar alguna
causal de muerte de interés médico forense o
con fines de identificación del fallecido. Otras
veces obedece al deseo familiar de cambiar o
trasladar a otro cementerio.
11. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
INHUMACIÓN
Consiste en dar sepultura a un cadáver
ya sea en un bóveda sepulcral dentro
de un ataúd o directamente sepultado
bajo tierra.
12. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
CREMACIÓN
Consiste en la reducción del cuerpo a
finas cenizas debido a la acción del
calor en hornos especiales.
13. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
EMBALSAMAMIENTO
Consiste en la preservación y conservación
de un cadáver.
El principio del proceso de embalsamamiento
consiste en extraer la sangre y otros fluidos
como el gástrico, intestinal, vesical y serosos
del cuerpo para luego inyectar el líquido de
embalsamamiento por el mismo trocar de
extracción hacia las cavidades corporales o
por sistemas de cánulas inyectar el líquido al
torrente vascular drenando la sangre por otra
cánula colocada en otro vaso.
14. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
EMBALSAMAMIENTO
El líquido para embalsamar tiene como
principal constituyente al formol, que
coagula las proteínas, endurece y
conserva los tejidos, músculos y
órganos parenquimatosos.
15. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
CERTIFICADO DE
DEFUNCIÓN
Es un documento médico legal que
acredita el fallecimiento de una
persona. Es expedido por el médico
tratante del paciente que fallece o por
la obstetriz que atiende a una gestante
desde antes de su fallecimiento. La
responsabilidad es del profesional que
lo extiende.
16. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
EUTANASIA
En el momento actual se utiliza el
término “eutanasia” de una forma
bastante confusa, siendo en el lenguaje
coloquial sinónimo de eutanasia activa.
17. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
EUTANASIA
Eutanasia pasiva o de omisión :
Sería el equivalente ha dejar morir. El médico
no aplica medidas extraordinarias de
tratamiento y deja evolucionar el proceso,
aplicando un tratamiento paliativo
encaminado a aliviar el sufrimiento del
paciente.
Eutanasia activa :
Existe una actuación directa con la finalidad
de acortar la vida del paciente.
18. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MUERTE EN MEDICINA
LEGAL
Dentro del amplio campo de la Medicina Legal, los
aspectos referentes a la muerte, ocupan uno de
los lugares de estudio mas importantes, ya que
según el criterio lógico y civilizado de nuestra
sociedad actual, la vida representa el don mas
preciado del ser humano; siendo así reconocido
por la legislación vigente de nuestro país, a
similitud de los conceptos internacionales, y por lo
tanto, se debe individualizar la responsabilidad
ante el término de una vida. La contribución de la
investigación médico legal a éste fin, es
sumamente valioso e insustituible.
19. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
ETIOLOGÍA MÉDICO LEGAL
Para la medicina legal, etiológicamente, la
muerte puede clasificarse en muerte natural y
violenta, pero ésta clasificación muy sencilla,
resulta incompleta si se considera que la
determinación de tal o cual, no siempre es
posible, aún teniendo todos los recursos
humanos y técnicos posibles, por ello
creemos conveniente considerarse la muerte
indeterminada.
20. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
ETIOLOGÍA MÉDICO LEGAL
La muerte violenta puede clasificarse, según
su modo o mecanismo de muerte en
accidental, suicida y homicida. Aunado a
esto, considerando el momento de
presentación de la muerte natural, algunos
autores consideran además la muerte súbita
y la muerte repentina, que por supuesto son
muertes que necesitan definirse con la
necropsia de ley, en muertes naturales.
21. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
Es la muerte no debida a razones patológicas
o enfermedades; o para algunos autores, la
muerte debida a agentes agresores externos
de origen no patológico. Esta muerte no está
relacionada necesariamente con actos de
violencia evidente, como tal vez pueda
presumirse equivocadamente; teniendo el
carácter de Homicida, Suicida o Accidental,
como veremos luego. Para ello revisemos
brevemente cada figura jurídica:
22. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
1. Homicidio
El homicidio es el acto por el que una
persona quita la vida a otra, es decir, le da
muerte. Los elementos constitutivos del
homicidio son:
Extinción de una vida humana, considerada
ésta desde el nacimiento hasta la vejez.
Voluntad criminal, sea por acción u omisión.
Relación directa de causa a efecto, del hecho
violento con la muerte de una persona.
23. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
Hecho tipificado por ley, en nuestro Código
Penal; exceptuándose las muertes en
guerras, por sentencia judicial, y otras).
El homicidio, en nuestro medio, son más
frecuentes, los debidos a un proyectil de
arma de fuego, a la acción de un arma blanca
usando cuchillos u otros objetos
punzocortantes, y por la acción de elementos
contusos de diversa naturaleza.
24. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
2. Suicidio
El suicidio es la muerte debida a la acción de
la misma persona, con la intención precisa de
poner fin a la propia vida. En general, el
suicidio es más frecuente en población joven
y en mujeres; la incidencia también es mayor
con la edad, en países industrializados y en
población urbana.
25. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
Los medios más ejecutados, en nuestro
medio, son: asfixias mecánicas tipo
ahorcamiento, intoxicaciones por venenos
como fosforados, carbámicos, o una
combinación de ellos, traumatismos por
proyectil disparado por arma de fuego, por
arma blanca, por precipitación, y otros.
26. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Violenta
3. Accidente
El accidente es la muerte producto de un
hecho fortuito. El más frecuente es el
Accidente de Tránsito, por orden de
frecuencia, del tipo atropello, choque, y
volcadura. Se presentan también por
precipitaciones, por acción del fuego u otro
elemento caliente, y por el impacto de un
proyectil de arma de fuego.
27. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Natural
Es la muerte debida a una causa patológica,
es decir producto de una enfermedad, sea
ésta de origen infeccioso, neoplásico,
inmunitario ú otros. En general, la muerte
natural no es indicación para una necropsia
de ley, a excepción de circunstancia
especiales, que ameriten una investigación,
como es el caso derivado de una denuncia o
queja por responsabilidad médica.
28. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Súbita
Es la muerte natural de instalación rápida e
inesperada, es decir que la muerte sorprende
en forma abrupta al individuo; generalmente
asociado a un desconocimiento de la
patología responsable del hecho, como
puede suceder en los infartos de miocardio
masivos o accidentes cerebrovasculares
hemorrágicos, por mencionar sólo algunas de
las mas frecuentes.
29. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Repentina
Es la muerte que se presenta de forma
inesperada, en un individuo portador de
una patología, generalmente
responsable del hecho; es decir que es
la muerte que se presenta en un
individuo enfermo pero controlado y
compensado médicamente, en el cual
no se esperaba su muerte en el
momento en que se produjo.
30. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Repentina
Algunos autores consideran que éstos dos
últimos tipos de muerte, son similares o se
refieren a lo mismo, usando indistintamente
ambas denominaciones, pero nosotros
creemos importante la diferenciación entre
ambas muertes, a pesar de que ambas son
indicaciones de necropsia de ley.
31. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Indeterminada
Es la muerte que no puede determinarse si
fue natural o violenta, a pesar de haberse
culminado todos los estudios pertinentes,
utilizando todos los recursos disponibles para
ello. Es decir, que aun teniendo los
resultados de los laboratorios de patología,
toxicología, biología u otros, resulta imposible
determinar la etiología de la muerte.
32. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Muerte Indeterminada
En nuestro medio, a pesar de que no existen
trabajos últimos al respecto, el porcentaje de
ésta muerte, es similar al de países vecinos,
que comparten un mismo nivel, siendo en
promedio de 10 %. A pesar de lo dicho,
creemos que no representaría un tipo mas de
muerte en la clasificación.
33. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MANERA DE MUERTE
La manera de muerte es el carácter
homicida, suicida, accidental, natural o
indeterminado de un fallecimiento, desde el
punto de vista médico legal. Creemos que el
médico legista, debe tener la capacidad,
basado en sus conocimientos y experiencia,
para además de la causa de muerte y el
agente causante, establecer y proporcionar
opciones o alternativas acerca de los
probables mecanismos médico legales de la
muerte.
34. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MANERA DE MUERTE
Recordemos que una misma causa de
muerte, puede tener una manera de muerte
natural, accidental, suicida u homicida.
El objetivo de hacer la determinación de la
manera de muerte, es orientar a la justicia
acerca de quién mató a la víctima y como lo
hizo; logrando entonces, aportar
positivamente para una correcta
administración de justicia. La manera de
muerte homicida, indica que el deceso fué el
resultado de la acción violenta y voluntaria de
otra persona. muerte.
35. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MANERA DE MUERTE
La manera de muerte suicida señala
que la víctima se autoeliminó. La
manera de muerte accidental se refiere
al deceso resultante de la impericia,
negligencia, imprudencia o
inobservancia de reglamentos o
deberes por parte de la víctima o de
otra persona.
36. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MANERA DE MUERTE
La manera de muerte natural califica el
fallecimiento debido a una enfermedad de
aparición espontánea y de evolución
desfavorable que terminó en la muerte. La
manera de muerte indeterminada, es un
recurso médico legal ante la imposibilidad
científica de establecer el mecanismo del
fallecimiento; correspondiendo al caso en que
el médico legista no encuentra elementos de
juicio suficientes para pronunciarse de forma
definitiva.
37. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
MANERA DE MUERTE
El diagnóstico médico legal, como principio
general ante toda muerte en estudio,
conviene pensar en homicidio, mientras no se
demuestre lo contrario. A partir de éste
primer criterio, sucesivamente se descartará
posibilidades hasta llegar a la verdadera
manera de muerte; valorando la escena de la
muerte encontrada en el levantamiento del
cadáver, las lesiones del cadáver, los
agentes causales y otras pruebas
circunstanciales e información proporcionada
por los responsables de la investigación,
familiares y personas involucradas en el
hecho de muerte.
38. Dr. Carlos A. Mendoza Quispe
Gracias por
su atención.