2. La ecología es una disciplina científica que se encarga del
estudio de la relación existente entre los organismos y su
medio ambiente físico como biológico. Ayuda al estudio y
la comprensión de los problemas del medio ambiente y se
encuentra considerada como la “biología de los
ecosistemas”. Mientras que el derecho Ecológico es una
rama del derecho Público, donde se establecen normas
preventivas, coercitivas y sancionadoras.
Que son destinadas a regular la conducta del hombre
frente al medio ambiente, estableciendo limitaciones
referentes al ambiente, flora, fauna y demás recursos
naturales. Fuentes del Derecho Ecológico.
3. • Fuentes Reales:
Son los impactos
negativos, hechos y
fenómenos de la
actividad de los
seres humanos
sobre los
ecosistemas, que
contribuyeron a la
degradación del
medio ambiente.
• Fuentes
Históricas:
Documentos que
se expresan en
los convenios y
tratados de
protección del
medio ambiente.
• Fuentes Formales: La ley, la costumbre, la jurisprudencia y la
doctrina. Se dice que la palabra ecosistema existe desde el siglo
XIX creada específicamente en el año 1935 por Alfred George
Tansley, como un concepto ecológico holístico e integrativo que
combina los organismos vivos y el ambiente físico en un sistema.
En 1866 Ernest Haeckel utilizo por primera vez la palabra ecología
para designar la investigación que tenía como objeto el conjunto de
relaciones de las especies vegetales y animales con su medio
ambiente orgánico e inorgánico.
Etimológicamente la palabra ecología proviene del griego y significa
“estudio de la casa o el habitad o medio ambiente en que viven los
animales”. Pero a medida que la ecología se desarrollo como ciencia
se fue incluyendo al hombre dentro de este concepto. El Derecho
Ambiental es una materia importante, ya que se basa en el cuidado y
protección del medio ambiente. Por lo tanto se necesita la conciencia
colectiva y esta es creada a través de normas que contienen la
información necesaria tanto para los ciudadanos como para los
funcionarios encargados de suministrar dichas informaciones. El
medio ambiente es tomado en cuenta a partir de la conferencia de
Naciones Unidas sobre el Ambiente Humano, celebrado en Estocolmo
en 1972, donde se establece que los bienes ambientales deberán de
estar tutelados jurídicamente, así como los bienes jurídicos
ambientales, que son todos los ecosistemas que conforman a la flora,
la fauna, los suelos, el agua y como todas las riquezas naturales que
4. “Todas las actividades
susceptibles de generar
daños a los ecosistemas
deben ser previamente
acompañadas de estudios
de impacto ambiental y
socio cultural. El Estado
impedirá la entrada al país
de desechos tóxicos y
peligrosos, así como la
fabricación y uso de armas
nucleares, químicas y
biológicas. Una ley especial
regulará el uso, manejo,
transporte y
almacenamiento de las
sustancias tóxicas y
peligrosas.En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los
recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la
obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología
y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de
restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los
términos que fije la ley”.
5. El derecho para la protección ambiental y la regulación de las actividades
degradantes.
El derecho agrario y de regulación y ordenación de las actividades del campo.
El derecho minero y de hidrocarburos.
El derecho para la ordenación territorial y de los espacios naturales.
El derecho para la protección de los recursos naturales renovables.
El derecho penal ambiental.
El derecho para la defensa sanitaria vegetal y animal.
La ecología viene dada por la necesidad de conocer los fenómenos que ella
estudia en forma individual y su relación con otras ciencias y disciplinas, cuyo fin
es el mantenimiento del equilibrio ecológico, y cuya acción fundamenta en la
elaboración y desarrollo de principios y normas del derecho ecológico. Ayuda a
resolver problemas ambientales, al estudiar la naturaleza como un sistema
complejo en el cual todos sus elementos están interrelacionados.
El Derecho ecológico es conservacionista tiene como objeto fundamental el
resguardo y conservación del ambiente y de los recursos naturales, la defensa y
conservación del ambiente. También preventivo aunque su contenido es de
normas de carácter punitivas y sancionadoras en el fondo se caracteriza por ser
preventivo, evitando que el hombre cause daños a la naturaleza.