Este documento discute la evolución del concepto de causa en el derecho contractual. Explica que en el derecho canónico surgió la necesidad de realizar la "equidad" y que autores como Domat y Pothier establecieron que la obligación de una parte es el fundamento de la otra y que un contrato es nulo sin causa. Más tarde, los casualistas definieron la causa como el fin directo e inmediato que persigue el deudor al obligarse. El documento también analiza las posiciones anticausalistas y reconoce la influencia de Bonnec