1.
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTES:
Yoselyn López
C.I.23.484.435
4.
Su incumplimiento dificulta el
desenvolvimiento de las
funciones de la administración
tributaria y pueden servir de
preámbulo para la comisión de
un ilícito de mayor gravedad.
Ilícitos formales
5.
Los ilícitos formales pueden ser:
Inscripción en los registros exigidos.
Emisión o exigir comprobantes.
Presentación de declaraciones y
comunicaciones.
Permitir el control de la administración
tributaria.
Compadecer ante la administración
tributaria.
Llevar los libros de contabilidad.
6.
Ilícitos
relacionados
con el deber
de la
inscripción:
Falta
inscripción
en la
administració
n tributaria
(50 U.T a 200
U.T)
Inscribirse
fuera del
plazo
establecido
(25 U.T a 100
U.T)
Inscripción
extemporánea y
errores en el
suministro de
información (25
U.T a 100 U.T)
Falta de
comunicación a
la administración
tributaria dentro
del plazo:
inscripción,
domicilio o
actualización (50
U.T a 200 U.T).
7.
No emitir
facturas (1
U.T por cada
factura hasta
200 U.T por
cada periodo)
No entregar
las facturas u
otros
documentos
obligatorios
con
prescindencia
total
Emisión de
facturas con
falta de
requisitos o
no entrega de
las mismas (1
U.T a 150
U.T)
No exigir
facturas a
través de
maquinas
fiscales (1
U.T a 5 U.T)
8.
Ilícitos formales relacionados con la obligación
de libros y registros especiales y contables.
• No llevar libros y registros contables (50 U.T a 250
U.T)
• Llevar libros y registros contables sin cumplir con las
formalidades y condiciones establecidas por las
normas. (25 U.T hasta 100 U.T)
• No llevar en castellano o en moneda nacional los
libros de contabilidad y otros contables, excepto para
los contribuyentes autorizados por la administración
tributaria. (25 U.T hasta 100 U.T)
• No conservar durante el plazo establecido los libros,
registros, copias de comprobantes de pago u otros
documentos. (25 U.T hasta 100 U.T)
9.
Especies fiscales: Son aquellos
documentos emitidos por el
estado, creados con la finalidad
que su venta origine un ingreso
para el mismo. Ejemplos: El
papel sellado, las estampillas.
Ilícitos relativos a las especies
fiscales y gravadas
10.
Especies gravadas:
Son todas aquellas especies o
bienes que de acuerdo a las normas
tributarias se debe pagar un
impuesto para su comercialización,
distribución o expendio, es decir,
están bajo una regulación del
estado. Ejemplo: especies
alcohólicas, tabaco y cigarrillos.
12. Son todas las conductas que inducen al
incumplimiento de los deberes, se refiere al pago de
los impuestos.
El incumplimiento de este deber va en perjuicio del
estado en materia de dinero, La defraudación es
considerada el caso más grave del ilícito material.
Las sanciones aplicadas a estos ilícitos son las
multas.
Ilícitos Materiales
13.
Son aquellos ilícitos que toman en
cuenta la gravedad del perjuicio
causado y las características
propias de las conductas, que están
encaminadas a entorpecer la
actividad recaudadora del estado.
Ilícitos sancionado con
pena restrictiva de libertad
14.
Constituyen ilícitos
sancionados con pena
restrictiva de libertad:
La
defraudación
tributaria.
La falta de
enteramiento
de anticipos
por parte de
los agentes de
retención o
percepción.
La divulgación o
el uso personal o
indebido de la
información
confidencial
proporcionada
por terceros
independientes.