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DIEZMOS
(maaserot)
Una vez que se apartaba y se entregaba al sacerdote la ofrenda
(teruma gedola) que, según la disposición rabínica, debía de ser por
término medio el uno por cincuenta de la producción obtenida en
el campo, del resto había que separar un diezmo que era destinado
a los levitas, llamado primer diezmo o diezmo de los levitas. Son
diversos los lugares del Pentateuco donde aparece esta obligación:
«Toda décima de la tierra, tanto de las semillas de la tierra como de
los frutos de los árboles, es del Señor, es cosa consagrada al Señor»
(Lev 27, 30); «Y doy como heredad a los hijos de Leví todos los
diezmos, por el servicio que prestan, por el servicio del tabernáculo
de la rrunión» (Núm 18, 21).
Del diezmo, los levitas tenían que apartar a su vez otro diezmo,
la llamada ofrenda del diezmo. Del primer diezmo hay que diferen-
ciar el segundo diezmo (Dt 14, 22-29), que es el objeto del próximo
tratado, y el diezmo de los pobres, que había que dar a los pobres
los años tercero y sexto del ciclo septena/ (Dt 14, 28; 26, 12).
El tratado contiene cinco capítulos:
Cap. 1: Qué frutos están sujetos al diezmo, en qué momento ha de
hacerse el diezmo.
Caps. ll-1V· En qué casos pueden comerse frutos sin haber separa-
do el diezmo.
Cap. Y Aplicación del diezmo en casos de replantación, de venta,
de aprovechamiento de subproductos; plantas libres del diez-
mo.
153
DIEZMOS - maaserot
Capítulo I
1. Establecieron una norma general sobre los diezmos: todo lo
que es comestible, lo que es guardado1 y lo que crece de la tierra2
está sujeto al diezmo. Todavía establecieron otra norma general:
todo aquello que en su comienzo es comestible y en su termina-
ción también es comestible, a pesar de que se le conserve para que
aumente la porción comestible, está sujeto al diezmo, sea grande o
pequeño. Todo aquello que en su comienzo no es comestible, pero
s~ en su término no está sujeto al diezmo en tanto no se haga
comestible.
2. ¿A partir de qué momento quedan sujetos los frutos al diez-
mo? Los higos desde el momento en que comienzan a madurar;
las uvas y los agraces desde el momento en que comienzan a madu-
rar; el zumaque y la mora desde el momento en que se ponen rojos,
lo mismo que todos los demás frutos que adquieren color; las gra-
nadas después de que se ablandan; los dátiles, después de que se
expanden como si fueran masa fermentada; los melocotones, una
vez que muestran algo así como venas. R. Yehudá afirma: las nue-
ces y las almendras, desde el momento en que se ha formado la
cáscara.
3. Las algarrobas, luego que adquieren manchas; de igual
modo, los frutos de color oscuro, tan pronto como adquieren man-
chas. Peras, pyrus crustuminum nísperos, nísperos italianos, desde
el momento en que calveanS; igualmente todos los frutos de color
blanquecino, tan pronto como calvean. El heno griego, cuando es
apto para ser sembrado; trigo y aceitunas, después de que han
alcanzado un tercio de su crecimiento.
l. En oposición a lo que no tiene propietario.
·2. Se excluyen aquellas cosas que no son como tales plantadas (cf. Dt 14, 22).
3. Como·ocurre con ciertos frutos que crecen en los árboles.
4. Una especie de pera pequeña, del tamaño de una nuez.
5. Cuando les cae la pelusa que suele recubrirlos en el primer estadio.
155
Maas 1, 4-8 Orden primero: Semillas - zeraim
4. Entre las hortalizas: los pepinos, las calabazas, las sandías,
los melones, las manzanas y los limones están sujetos al diezmo,
los grandes y los pequeños. R. Simeón declara exentos a los limo-
nes cuando éstos son pequeños. Cuando uno está sujeto al diezmo
de las almendras amargas queda exento en relación con las dulces
y si está sujeto al diezmo con las almendras dulces queda exento
en relación con las amargas.
5. ¿Cuál es el momento de la cosecha en relación con el diez-
mo? Los pepinos y las calabazas, después de que pierden la pelusi-
lla y, si no pierden la pelusilla, después que se amontonan. Las san-
días, también después de que les cae la pelusilla y, si esto no ocurre,
luego que han sido extendidas. Las legumbres que se atan en fajos,
después de ser atadas; si no se atan, luego que se ha llenado el reci-
piente. Si no se llena el recipiente, luego que se ha recogido lo
necesario. El cesto (de fruta), después de que ha sido cubierto. Si
no se cubre, después de que se ha llenado el recipiente. Si no se
llena el recipiente, después de haber recogido todo lo necesario.
¿Cuándo se aplica esto? Cuando se llevan al mercado. Pero si se
llevan a casa pueden comerse de modo eventual hasta que se alcan-
za la casa.
6. Los granos secos de granada, las uvas pasas y las algarrobas
(están sujetos al diezmo) después de ser amontonados; las cebo-
llas, después de ser peladas; si no son peladas, después de ser amon-
tonadas. El trigo, después de ser aventado; si no se avienta, des-
pués de ser amontonado. Las legumbres, después de ser cribadas;
si no se criban, después de ser limpiadas. Aunque se hayan limpia-
do se pueden coger los trozos y lo que ha quedado esparcido por
los lados y de lo que está mezclado con la paja y comerlos.
7. El vino, después de que espumea. Pero incluso después de
haber espumado se puede recolectar de la parte alta del lagar o
del conducto de salida y beber. El aceite, después de bajar a la
cubeta. Pero incluso después de bajar se puede tomar de la pren-
sa, del que fluye entre las piedras o de entre los maderos de la
prensa y untar un dulce o un plato con él. Sin embargo, no se
puede echar (ese aceite) en una olla o en una tartera cuando están
cociendo. R. Yehudá dice: puede ponerlo en todas partes, a excep-
ción de donde hay vinagre o salmuera.
8. Una torta de higos, después de que ha sido suavizada. Se
puede suavizar con el Qugo) de higos y uvas de los que no se apar-
tó el diezmo. R. Yehudá lo prohíbe. Si se suaviza con jugo de uvas,
156
Diezmos - maaserot Maas 2, 1-4
(la torta) no se hace inválida6
. R. Yehudá, por el contrario, afirma
que se hace inválida. Los higos secos, después de que han sido
machacados y (si se meten en un jarro) de conserva, luego que son
oprimidos. Si cuando se les machaca en el jarro o cuando se opri-
men en el recipiente de conserva se rompe el jarro o se abre el
recipiente de conserva, no se puede comer de ellos ni eventual-
mente. R. Yosé, sin embargo, lo permite.
Capítulo li
l. Si uno7
pasa por el mercado y grita: «coged higos para vos-
otros», pueden comerlos y están exentos8• Pero si se llevan a casa,
hay que disponer de ellos como si fueran productos de los que cier-
tamente no fue separado el diezmo. Si grita: «cogedlos y llevadlos
a vuestras casas», no se pueden comer ni eventualmente. Si se lle-
van a casa, hay que disponer de ellos como si fueran productos
dudosos respecto al diezmo.
2. Si están sentados a la puerta de la casa o en la tienda y dice:
«coged higos»9
, pueden comer de ellos y están exentos, pero el
dueño de la casa o de la tienda está obligado al diezmo. R. Yehudá
declara a éste eximido, en tanto no cambie la dirección del rostro
o el lugar en el que se encuentra.
3. Quien trae frutos de Galilea a Judea o se acerca a Jerusa-
lén, puede comer de ellos10 en tanto no alcance el lugar al que se
encamina. De igual modo en el camino de vuelta desde Judea. R.
Meír afirma: en tanto no alcanza el lugar donde ha de pasar el
sábado. Los vendedores de especias que van por las ciudades pue-
den comer de ellas en tanto no alcancen el lugar donde van a pasar
la noche. R. Yehudá dice que la primera casa (que encuentren) se
considera para los efectos su casa.
4. En cuanto a los frutos de los que se apartó la ofrenda antes
de que terminara su cultivo, R. Eliezer prohíbe comer de ellos
incluso eventualmente11
; los sabios, en cambio, lo permiten, a no
ser que se trate de un cesto de higos. Si de un cesto de higos se
6. No se hace susceptible de impureza (cf. Lev 11, 34.38).
7. Una persona que es sospechosa en relación a la observancia del diezmo.
8. Porque se supone que aquel hombre todavía no los había llevado a casa.
9. Que se encuentran fuera de la casa o de la tienda, ya que tan pronto se hallan
los frutos en el interior de la casa quedan sujetos al diezmo.
10. Sin separar previamente el diezmo.
11. Porque la ofrenda los obliga al diezmo.
157
Maas 2, 5-8 Orden primero: Semillas - zeraim
apartó la ofrenda, R. Simeón permite (comer alguno de modo
eventual), mientras que los sabios lo prohíben.
5. Si uno dice a su vecino: «ahí tienes un isar, dame a cambio
cinco higos»12
, no puede comer en tanto no haya separado el diez-
mo. Tal es la enseñanza de R. Meír. R. Yehudá dice: si los come
uno a uno, (distanciados), está exento: pero si los come seguidos,
está obligado. R. Yehudá dice: ocurrió que en un jardín de rosas
de Jerusalén se vendían tres y hasta cuatro higos por un isar y no
se apartó jamás de ellos la ofrenda y el diezmo13•
6. Si uno dice a su compañero: «ahí tienes este isar por diez•
higos que me escogeré», puede escogerlos y comer. «Por un raci-
mo que me escogeré», puede ir cogiendo grano a grano y comer-
los. «Por una·granada que me escogeré», puede ir cogiendo sus gra-
nos y comerlos. «Por la sandía que me escogeré», puede ir cortando
trozos y comerlos. Pero si él le dice: «por esos veinte higos», «por
estos dos racimos», «por estas dos granadas», «por estas dos sandí-
as», puede comerlos14
según es habitual, porque los compró mien-
tras estaban aún ligados a la tierra.
7. Si uno contrata a un obrero para que corte con él higos y
éste le dice: «con la condición de que pueda comer higos», los come
y está exento15• «Con la condición de que los pueda comer yo y mi
familia» o «que los pueda comer mi hijo a cambio de mi salario»,
él los puede comer y está exento, pero su hijo queda obligado a
separar el diezmo de lo que coma. «Con la condición de que pueda
comerlos mientras dura la operación de la recogida y después de
ella», durante el tiempo de la recogida puede comerlos y está exen-
to; pero después de la recogida, si los come, está obligado, ya que
(en tal caso) no puede comerlos (como se deduce) de la Torá. Esta
es la norma general: quien come en virtud de la Torá, está exento,
y quien no come en virtud de la Torá, está obligado.
8. Si uno recoge higos de mala calidad, no debe comer los tar-
díos de mejor calidad, y si recoge los tardíos de mejor calidad, no
debe comer los de mala calidad; pero puede abstenerse hasta que
alcance el lugar donde están los buenos y entonces los puede
2.6• por diez: por veinte
12. La operación de venta hace al producto sujeto al diezmo.
13. Debido a que los compradores los comían por separado.
14. Sin separar el diezmo.
15. No en virtud de condición impuesta, sino de la normativa de la Torá: «si entras
en la mies de tu prójimo, podrás coger unas espigas con la mano>> (Dt 23, 25).
158
DieZinos - maaserot Maas 3, 1-4
coll,ler. Si uno cambia con su compañero (los higos), ya sean higos
frescos por higos frescos, o higos secos por higos secos, o frescos
por secos, está obligado. R. Yehudá enseña: si uno cambia (higos
frescos) con el objeto de comerlos, está obligado; pero si son secos,
está eximido.
Capítulo III
l. Si una persona pasa por su patio higos para ponerlos a
secar, sus hijos y la gente de su casa pueden comerlos y están exen-
tos (del diezmo). Los obreros que le ayudan, cuando no corre a
cargo de él su manutención, pueden comerlos y están exentos. Pero
si la alimentación corre a cargo suyo, no pueden comer de ellos.
2. Si uno lleva obreros al campo y no corre• a cargo de él su
alimentación, pueden comer y están exentos. Pero si la alimenta-
ción correb a cuenta de él, pueden comer uno que otro del árbol,
pero no del cesto, ni de la caja, ni del lugar donde están extendi-
dos para secar.
3. Si uno contrata a un obrero para que le trabaje en los oli-
vos y éste le dice: «con la condición de que pueda comer aceitu-
nas», puede comer de una en una y está exento; pero si las come
juntas, está obligado. (Si lo contrata) para escardar cebollas y aquél
le dice: «con la condición de que pueda comer de sus hojas», puede
ir cortando hoja a hoja y comerlas; pero si (las come) seguidas, está
obligado.
4. Si uno encuentra en el camino higos cortados, (dispuestos
para secar), incluso aunque sea al lado de un campo donde hay
higos cortados o también cuando una higuera se inclina sobre el
camino y encuentra debajo de ella higos, están permitidos por no
caer esto dentro de la categoría del robo y están exentos del diez-
mo. Pero si se trata de aceitunas o algarrobas, está obligado16
. Si
encuentra higos secos y la mayoría de las personas ha ya apisona-
do (los higos), está obligado; en caso contrario, está exento. Si uno
encuentra trozos de una torta de higos, está obligado, puesto que
es sabido que se trata de una cosa terminada. En cuanto a las alga-
rrobas, si uno da de ellas al ganado antes de ponerlas en el tejado,
está exento, ya que puede volver el resto (a su sitio).
3.2• y no corre: y corre 3.2b corre: no corre
16. Ya que estos frutos no se estropean con la caída.
159
Maas 3, 5-9 Orden primero: Semillas - zeraim
5. ¿Cuál es el patio que está sujeto al diezmo?17
• R. Ismael
dice: el patio de estilo de Tiro18 donde se pueden guardar los obje-
tos en su interior. R. Aquiba afirma: todo aquel donde uno pueda
abrir y otro cerrar19
está exento. R. Nehemías enseña: todo aquel
donde la gente no tiene reparo en comer en su interior está sujeto.
R. Yosé dice: todo aquel en el que se puede entrar y ninguno pre-
gunta: «qué buscas aquí», está exento. R. Yehudá dice: de dos
patios, uno junto al otro, el más interior está obligado, mientras
que el más exterior está exento.
6. Los tejados están exentos20, aunque pertenezcan a un patio
que está sujeto (al diezmo). El portal, el pórtico y la galería se
regulan por el patio; si éste está sujeto, aquéllos también; si éste
está libre, aquéllos también están libres.
7. Barracas, chozas, cobertizos, están exentos. La cabaña de
Genesaret21
, aunque haya en ella piedras de moler y gallinas, está
exenta. En cuanto a la cabaña del alfarero, la parte interior está
sujeta, mientras que la parte exterior está exenta. R. Yosé dice:
todo lo que no sirve de residencia en el tiempo del verano y en el
tiempo de las lluvias está exento. La cabaña construida para la fies-
ta de los tabernáculos obliga durante la fiesta (al diezmo de los
productos contenidos en su interior), según R. Yehudá, aunque no
según la opinión de los sabios.
8. Si hay una higuera en el interior del patio, se pueden comer
higos aislados y está uno eximido (del diezmo). Si los come segui-
dos, está sujeto. R. Simeón afirma: (se pueden tener simultánea-
mente) uno en la mano derecha, otro en la izquierda y otro en la
boca. Si uno sube a la copa del árbol, puede llenar sus senos y
comer de ellos.
9. Si hay plantada una cepa en el interior del patio, se puede
coger todo un racimo; igualmente si hay un granado o una planta
de sandías. Tal es la opinión de R. Tarfón. R. Aquiba dice: puede ir
cogiendo los gajos de un racimo, o los granos de una granada, o
los trozos de una sandía. Si hay plantado coriandro en el interior
del patio, se pueden cortar hojas sueltas y comer de ellas. Si (se
17. Patio que sea equiparable a la casa.
18. Frecuentes en la ciudad de Tiro.
19. Que pertenece a varias familias de modo que nadie puede confiar en que no
será abierto.
20. No hacen a los frutos allí depositados sujetos al diezmo.
21. Durante la recolección, la gente de Tiberias se preparaba chozas junto al lago
donde residían.
160
Diezmos - maaserot Maas 3, 10-4, 2
cortan varias) seguidas, queda uno sujeto. Berros, hisopo y tomillos
que se encuentran en un patio, si están guardados, quedan sujetos
(al diezmo).
10. Si una higuera está plantada en un patio y se inclina hacia
un huerto, se pueden comer (desde el huerto) los higos según la
manera habitual y está uno exento. Si está en el huerto y se inclina
sobre el patio, se pueden comer higos sueltos y está uno exento;
pero si se comen varios juntos, está uno obligado. Si se encuentra
en Israel y se inclina hacia otro terreno fuera ya de Israel o si se
encuentra fuera de la tierra de Israel y se inclina sobre ésta, todo
se regula según la raíz. En lo que respecta a las casas de una ciu-
dad amurallada, todo se regula según los cimientos. En cuanto a
una ciudad de refugio22
, todo se regula según el ramaje23
• En Jeru-
salén todo se regula según el ramaje.
Capítulo IV
l. Si uno pone frutos en conserva, los cuece o los pone con
saF incluso en el campo, está obligado. Si los mete en la tierra2
S,
está exento. Quien los moja26
mientras está todavía en el campo,
está exento. Si uno machaca las aceitunas para que desprendan el
jugo fuerte, está exento. Si uno oprime aceitunas sobre su cuerpo,
está exento. Si las oprime y pone (el jugo) en su mano, queda obli-
gado. Si uno quita la espuma del vino en un plato de cocido, está
exento; pero en una olla, está obligado, ya que ésta es como una
pequeña cuba.
2. Si niños escondieron higos para (comerlos) el sábado y se
olvidaron de separar el diezmo, no podrán comerlos tampoco des-
pués del sábado en tanto no hayan apartado el diezmo. Un cesto
(de higos) destinado para el sábado está exento, según la escuela
de Samay, mientras que, según la escuela de Hilel, está sujeto (al
diezmo). R. Yehudá dice: también el que ha cogido un cesto de
higos para enviarlos a su amigo no ha de comer de ellos en tanto
no haya separado el diezmo.
22. Dt 19, 2.
23. Tan pronto como el asesino se pone bajo la copa de un árbol, cuyas raíces se
encuentran dentro de la ciudad de asilo, está protegido del vengador de la sangre.
24. Mientras todavía está en el campo.
25. A fin de que maduren.
26. En salmuera o vinagre y come.
161
Maas 4, 3-5, 2 Orden primero: Semillas - zeraim
3. Si uno coge aceitunas de la cubeta, puede mojarlas una a
una en agua salada y comerlas; pero si las ensala y las coloca delan-
te de él, está sujeto. R. Eliezer afirma: si son de una cubeta pura,
está obligado27
; pero si es de una cubeta impura, está exento, por-
que puede volver a su lugar el sobrante.
4. Si uno bebe del lagar, ya esté el vino mezclado con agua
caliente o fría, está exento. Tal es la opinión de R. Meír. Pero R.
Eliezer ben R. Sadoq lo declara obligado. Los sabios dicen: con
agua caliente, está obligado; con agua fría, está exento.
5. Si uno desgrana cebada, puede ir desgranando grano a
grano y comerlo; pero si la desgrana y pone (los granos) en la
mano, está sujeto. Si uno machaca espigas maduras de trigo, las
puede echar de una mano a otra y comerlas; pero si las echa y deja
caer en su seno, queda sujeto. Si uno ha plantado coriandro para
semilla, la planta está exente; pero si la sembró a causa de la plan-
ta, están sujetos al diezmo la planta y las semillas. R. Eliezer dice:
en el eneldo está sujeto el diezmo la semilla, la planta y la umbela.
Los sabios afirman: no están sujetos al diezmo la planta y la semi-
lla, sino sólo en los berros y en las orugas28
•
6. Rabán Simeón ben Gamaliel dice: los brotes del heno grie-
go, de la mostaza y de las alubias blancas están sujetos al diezmo.
R. Eliezer dice: en la alcaparra están sujetos al diezmo los retoños,
las bayas y las flores. R. Aquiba dice: sólo se aparta el diezmo de
las bayas de la alcaparra, porque son el fruto.
Capítulo V
l. Si uno arranca plantas de su propio huerto y las planta de
nuevo en terreno de su propiedad, está exento. Lo que se compra
estando todavía ligado a la tierra, está exento (del diezmo). Si uno
recoge (frutos) para enviárselos a su amigo, está exento. R. Eliezer
ben Azarías dice: si en el mercado se venden frutos de la misma
especie, están sujetos.
2. Su uno arranca remolachas o rábanos de su huerto y los
planta en terreno de su propiedad para semilla, está obligado (al
diezmo), porque se considera su cosecha. Si las cebollas (guarda-
das) en una habitación superior echan raíces, son puras y no sus-
27. Se trata de una persona en estado de impureza que toma una aceituna de una
cubeta pura y que no puede restituirla a su lugar porque contaminaría a todo el conjunto.
28. Eruca saliva.
162
Diezmos - rnaaserot Maas 5, 3-8
ceptibles de impureza29
• Si caen sobre ellas escombros y quedan al
descubierto, se consideran como si estuvieran plantadas en el
campo.
3. Nadie puede vender sus frutos, una vez llegado el tiempo
de los diezmos, a una persona que no es digna de confianza res-
pecto a los diezmos; del mismo modo, en el año sabático a quien
es sospechoso respecto a su guarda. Si algunos han madurado pri-
mero, se cogen los maduros y luego se vende el resto.
4. Nadie puede vender su paja o sus sarmientos o el hollejo
de la uva a uno que no es digno de crédito respecto a los diezmos
y que pretende sacar de ellos una bebida. Si la saca, queda sujeto
al diezmo, pero queda exento de separar la ofrenda, ya que el que
hace la ofrenda tiene en mente a los granos triturados, a lo que
yace en los lados y a lo que está metido en la paja.
5. Si uno compra un campo de hortalizas en Siria antes de que
llegue el tiempo de los diezmos, está sujeto; si es después, está
exento y puede recoger la cosecha en la manera habitual. R. Yehu-
dá dice: también puede contratar obreros para recoger la cosecha.
Rabán Simeón ben Gamaliel afirma: ¿cuándo se aplica esto? Cuan-
do uno ha adquirido el terreno; pero cuando no ha adquirido el
terreno, si todavía no llegó el tiempo de los diezmos, está exento.
Rabía dice: (se tiene que hacer también el diezmo) de acuerdo con
la calculada proporción30
•
6. Si uno hace vino sirviéndose del hollejo de uva echando
agua según determinada medida y luego se encuentra con igual
medida, está exento. R. Yehudá, en cambio, lo declara obligado. Si
encuentra más de la medida, puede apartar (el diezmo) de otro
vino de acuerdo con la proporción (que utilizó).
7. (El grano que se encuentra) en los agujeros de las hormigas
que han pernoctado al lado de un montón de trigo sujeto al diez-
mo, está también sujeto, ya que es sabido que (las hormigas) han
ido arrastrando (granos) del trigo ya dispuesto para el uso durante
toda la noche.
8. Ajos que provocan el lloro de los ojos, cebollas de Rijpá31
,
habas de Cilicia y lentejas egipcias, (según R. Meír también habas
5.5" Rabí: R. Meír
29. El suelo del piso es considerado como si fuera el mismo suelo del campo.
JO. Se aparta el diezmo de lo que ha crecido después de la compra, en el caso de
llll~ la adquisición hubiera sido hecha después de separar el diezmo.
JI. Una aldea al sur de Baalbeck.
163
Maas 5, 8 Orden primero: Semillas - zeraim
de agua), según R. Yosé asimismo las legumbres, están exentos del
diezmo y se pueden comprar a cualquiera en el año sabático. La
semilla superior de la serpentaria, la semilla de los puerros, la semi-
lla de la cebolla, la semilla de la remolacha y todas las demás semi-
llas de huerto no comestibles están exentas del diezmo y se pue-
den comprar a cualquiera durante el año séptimo y se pueden
comer incluso aunque procedieran originariamente de productos
de ofrenda.
164

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07 Maaserot (diezmo)

  • 1. DIEZMOS (maaserot) Una vez que se apartaba y se entregaba al sacerdote la ofrenda (teruma gedola) que, según la disposición rabínica, debía de ser por término medio el uno por cincuenta de la producción obtenida en el campo, del resto había que separar un diezmo que era destinado a los levitas, llamado primer diezmo o diezmo de los levitas. Son diversos los lugares del Pentateuco donde aparece esta obligación: «Toda décima de la tierra, tanto de las semillas de la tierra como de los frutos de los árboles, es del Señor, es cosa consagrada al Señor» (Lev 27, 30); «Y doy como heredad a los hijos de Leví todos los diezmos, por el servicio que prestan, por el servicio del tabernáculo de la rrunión» (Núm 18, 21). Del diezmo, los levitas tenían que apartar a su vez otro diezmo, la llamada ofrenda del diezmo. Del primer diezmo hay que diferen- ciar el segundo diezmo (Dt 14, 22-29), que es el objeto del próximo tratado, y el diezmo de los pobres, que había que dar a los pobres los años tercero y sexto del ciclo septena/ (Dt 14, 28; 26, 12). El tratado contiene cinco capítulos: Cap. 1: Qué frutos están sujetos al diezmo, en qué momento ha de hacerse el diezmo. Caps. ll-1V· En qué casos pueden comerse frutos sin haber separa- do el diezmo. Cap. Y Aplicación del diezmo en casos de replantación, de venta, de aprovechamiento de subproductos; plantas libres del diez- mo. 153
  • 2. DIEZMOS - maaserot Capítulo I 1. Establecieron una norma general sobre los diezmos: todo lo que es comestible, lo que es guardado1 y lo que crece de la tierra2 está sujeto al diezmo. Todavía establecieron otra norma general: todo aquello que en su comienzo es comestible y en su termina- ción también es comestible, a pesar de que se le conserve para que aumente la porción comestible, está sujeto al diezmo, sea grande o pequeño. Todo aquello que en su comienzo no es comestible, pero s~ en su término no está sujeto al diezmo en tanto no se haga comestible. 2. ¿A partir de qué momento quedan sujetos los frutos al diez- mo? Los higos desde el momento en que comienzan a madurar; las uvas y los agraces desde el momento en que comienzan a madu- rar; el zumaque y la mora desde el momento en que se ponen rojos, lo mismo que todos los demás frutos que adquieren color; las gra- nadas después de que se ablandan; los dátiles, después de que se expanden como si fueran masa fermentada; los melocotones, una vez que muestran algo así como venas. R. Yehudá afirma: las nue- ces y las almendras, desde el momento en que se ha formado la cáscara. 3. Las algarrobas, luego que adquieren manchas; de igual modo, los frutos de color oscuro, tan pronto como adquieren man- chas. Peras, pyrus crustuminum nísperos, nísperos italianos, desde el momento en que calveanS; igualmente todos los frutos de color blanquecino, tan pronto como calvean. El heno griego, cuando es apto para ser sembrado; trigo y aceitunas, después de que han alcanzado un tercio de su crecimiento. l. En oposición a lo que no tiene propietario. ·2. Se excluyen aquellas cosas que no son como tales plantadas (cf. Dt 14, 22). 3. Como·ocurre con ciertos frutos que crecen en los árboles. 4. Una especie de pera pequeña, del tamaño de una nuez. 5. Cuando les cae la pelusa que suele recubrirlos en el primer estadio. 155
  • 3. Maas 1, 4-8 Orden primero: Semillas - zeraim 4. Entre las hortalizas: los pepinos, las calabazas, las sandías, los melones, las manzanas y los limones están sujetos al diezmo, los grandes y los pequeños. R. Simeón declara exentos a los limo- nes cuando éstos son pequeños. Cuando uno está sujeto al diezmo de las almendras amargas queda exento en relación con las dulces y si está sujeto al diezmo con las almendras dulces queda exento en relación con las amargas. 5. ¿Cuál es el momento de la cosecha en relación con el diez- mo? Los pepinos y las calabazas, después de que pierden la pelusi- lla y, si no pierden la pelusilla, después que se amontonan. Las san- días, también después de que les cae la pelusilla y, si esto no ocurre, luego que han sido extendidas. Las legumbres que se atan en fajos, después de ser atadas; si no se atan, luego que se ha llenado el reci- piente. Si no se llena el recipiente, luego que se ha recogido lo necesario. El cesto (de fruta), después de que ha sido cubierto. Si no se cubre, después de que se ha llenado el recipiente. Si no se llena el recipiente, después de haber recogido todo lo necesario. ¿Cuándo se aplica esto? Cuando se llevan al mercado. Pero si se llevan a casa pueden comerse de modo eventual hasta que se alcan- za la casa. 6. Los granos secos de granada, las uvas pasas y las algarrobas (están sujetos al diezmo) después de ser amontonados; las cebo- llas, después de ser peladas; si no son peladas, después de ser amon- tonadas. El trigo, después de ser aventado; si no se avienta, des- pués de ser amontonado. Las legumbres, después de ser cribadas; si no se criban, después de ser limpiadas. Aunque se hayan limpia- do se pueden coger los trozos y lo que ha quedado esparcido por los lados y de lo que está mezclado con la paja y comerlos. 7. El vino, después de que espumea. Pero incluso después de haber espumado se puede recolectar de la parte alta del lagar o del conducto de salida y beber. El aceite, después de bajar a la cubeta. Pero incluso después de bajar se puede tomar de la pren- sa, del que fluye entre las piedras o de entre los maderos de la prensa y untar un dulce o un plato con él. Sin embargo, no se puede echar (ese aceite) en una olla o en una tartera cuando están cociendo. R. Yehudá dice: puede ponerlo en todas partes, a excep- ción de donde hay vinagre o salmuera. 8. Una torta de higos, después de que ha sido suavizada. Se puede suavizar con el Qugo) de higos y uvas de los que no se apar- tó el diezmo. R. Yehudá lo prohíbe. Si se suaviza con jugo de uvas, 156
  • 4. Diezmos - maaserot Maas 2, 1-4 (la torta) no se hace inválida6 . R. Yehudá, por el contrario, afirma que se hace inválida. Los higos secos, después de que han sido machacados y (si se meten en un jarro) de conserva, luego que son oprimidos. Si cuando se les machaca en el jarro o cuando se opri- men en el recipiente de conserva se rompe el jarro o se abre el recipiente de conserva, no se puede comer de ellos ni eventual- mente. R. Yosé, sin embargo, lo permite. Capítulo li l. Si uno7 pasa por el mercado y grita: «coged higos para vos- otros», pueden comerlos y están exentos8• Pero si se llevan a casa, hay que disponer de ellos como si fueran productos de los que cier- tamente no fue separado el diezmo. Si grita: «cogedlos y llevadlos a vuestras casas», no se pueden comer ni eventualmente. Si se lle- van a casa, hay que disponer de ellos como si fueran productos dudosos respecto al diezmo. 2. Si están sentados a la puerta de la casa o en la tienda y dice: «coged higos»9 , pueden comer de ellos y están exentos, pero el dueño de la casa o de la tienda está obligado al diezmo. R. Yehudá declara a éste eximido, en tanto no cambie la dirección del rostro o el lugar en el que se encuentra. 3. Quien trae frutos de Galilea a Judea o se acerca a Jerusa- lén, puede comer de ellos10 en tanto no alcance el lugar al que se encamina. De igual modo en el camino de vuelta desde Judea. R. Meír afirma: en tanto no alcanza el lugar donde ha de pasar el sábado. Los vendedores de especias que van por las ciudades pue- den comer de ellas en tanto no alcancen el lugar donde van a pasar la noche. R. Yehudá dice que la primera casa (que encuentren) se considera para los efectos su casa. 4. En cuanto a los frutos de los que se apartó la ofrenda antes de que terminara su cultivo, R. Eliezer prohíbe comer de ellos incluso eventualmente11 ; los sabios, en cambio, lo permiten, a no ser que se trate de un cesto de higos. Si de un cesto de higos se 6. No se hace susceptible de impureza (cf. Lev 11, 34.38). 7. Una persona que es sospechosa en relación a la observancia del diezmo. 8. Porque se supone que aquel hombre todavía no los había llevado a casa. 9. Que se encuentran fuera de la casa o de la tienda, ya que tan pronto se hallan los frutos en el interior de la casa quedan sujetos al diezmo. 10. Sin separar previamente el diezmo. 11. Porque la ofrenda los obliga al diezmo. 157
  • 5. Maas 2, 5-8 Orden primero: Semillas - zeraim apartó la ofrenda, R. Simeón permite (comer alguno de modo eventual), mientras que los sabios lo prohíben. 5. Si uno dice a su vecino: «ahí tienes un isar, dame a cambio cinco higos»12 , no puede comer en tanto no haya separado el diez- mo. Tal es la enseñanza de R. Meír. R. Yehudá dice: si los come uno a uno, (distanciados), está exento: pero si los come seguidos, está obligado. R. Yehudá dice: ocurrió que en un jardín de rosas de Jerusalén se vendían tres y hasta cuatro higos por un isar y no se apartó jamás de ellos la ofrenda y el diezmo13• 6. Si uno dice a su compañero: «ahí tienes este isar por diez• higos que me escogeré», puede escogerlos y comer. «Por un raci- mo que me escogeré», puede ir cogiendo grano a grano y comer- los. «Por una·granada que me escogeré», puede ir cogiendo sus gra- nos y comerlos. «Por la sandía que me escogeré», puede ir cortando trozos y comerlos. Pero si él le dice: «por esos veinte higos», «por estos dos racimos», «por estas dos granadas», «por estas dos sandí- as», puede comerlos14 según es habitual, porque los compró mien- tras estaban aún ligados a la tierra. 7. Si uno contrata a un obrero para que corte con él higos y éste le dice: «con la condición de que pueda comer higos», los come y está exento15• «Con la condición de que los pueda comer yo y mi familia» o «que los pueda comer mi hijo a cambio de mi salario», él los puede comer y está exento, pero su hijo queda obligado a separar el diezmo de lo que coma. «Con la condición de que pueda comerlos mientras dura la operación de la recogida y después de ella», durante el tiempo de la recogida puede comerlos y está exen- to; pero después de la recogida, si los come, está obligado, ya que (en tal caso) no puede comerlos (como se deduce) de la Torá. Esta es la norma general: quien come en virtud de la Torá, está exento, y quien no come en virtud de la Torá, está obligado. 8. Si uno recoge higos de mala calidad, no debe comer los tar- díos de mejor calidad, y si recoge los tardíos de mejor calidad, no debe comer los de mala calidad; pero puede abstenerse hasta que alcance el lugar donde están los buenos y entonces los puede 2.6• por diez: por veinte 12. La operación de venta hace al producto sujeto al diezmo. 13. Debido a que los compradores los comían por separado. 14. Sin separar el diezmo. 15. No en virtud de condición impuesta, sino de la normativa de la Torá: «si entras en la mies de tu prójimo, podrás coger unas espigas con la mano>> (Dt 23, 25). 158
  • 6. DieZinos - maaserot Maas 3, 1-4 coll,ler. Si uno cambia con su compañero (los higos), ya sean higos frescos por higos frescos, o higos secos por higos secos, o frescos por secos, está obligado. R. Yehudá enseña: si uno cambia (higos frescos) con el objeto de comerlos, está obligado; pero si son secos, está eximido. Capítulo III l. Si una persona pasa por su patio higos para ponerlos a secar, sus hijos y la gente de su casa pueden comerlos y están exen- tos (del diezmo). Los obreros que le ayudan, cuando no corre a cargo de él su manutención, pueden comerlos y están exentos. Pero si la alimentación corre a cargo suyo, no pueden comer de ellos. 2. Si uno lleva obreros al campo y no corre• a cargo de él su alimentación, pueden comer y están exentos. Pero si la alimenta- ción correb a cuenta de él, pueden comer uno que otro del árbol, pero no del cesto, ni de la caja, ni del lugar donde están extendi- dos para secar. 3. Si uno contrata a un obrero para que le trabaje en los oli- vos y éste le dice: «con la condición de que pueda comer aceitu- nas», puede comer de una en una y está exento; pero si las come juntas, está obligado. (Si lo contrata) para escardar cebollas y aquél le dice: «con la condición de que pueda comer de sus hojas», puede ir cortando hoja a hoja y comerlas; pero si (las come) seguidas, está obligado. 4. Si uno encuentra en el camino higos cortados, (dispuestos para secar), incluso aunque sea al lado de un campo donde hay higos cortados o también cuando una higuera se inclina sobre el camino y encuentra debajo de ella higos, están permitidos por no caer esto dentro de la categoría del robo y están exentos del diez- mo. Pero si se trata de aceitunas o algarrobas, está obligado16 . Si encuentra higos secos y la mayoría de las personas ha ya apisona- do (los higos), está obligado; en caso contrario, está exento. Si uno encuentra trozos de una torta de higos, está obligado, puesto que es sabido que se trata de una cosa terminada. En cuanto a las alga- rrobas, si uno da de ellas al ganado antes de ponerlas en el tejado, está exento, ya que puede volver el resto (a su sitio). 3.2• y no corre: y corre 3.2b corre: no corre 16. Ya que estos frutos no se estropean con la caída. 159
  • 7. Maas 3, 5-9 Orden primero: Semillas - zeraim 5. ¿Cuál es el patio que está sujeto al diezmo?17 • R. Ismael dice: el patio de estilo de Tiro18 donde se pueden guardar los obje- tos en su interior. R. Aquiba afirma: todo aquel donde uno pueda abrir y otro cerrar19 está exento. R. Nehemías enseña: todo aquel donde la gente no tiene reparo en comer en su interior está sujeto. R. Yosé dice: todo aquel en el que se puede entrar y ninguno pre- gunta: «qué buscas aquí», está exento. R. Yehudá dice: de dos patios, uno junto al otro, el más interior está obligado, mientras que el más exterior está exento. 6. Los tejados están exentos20, aunque pertenezcan a un patio que está sujeto (al diezmo). El portal, el pórtico y la galería se regulan por el patio; si éste está sujeto, aquéllos también; si éste está libre, aquéllos también están libres. 7. Barracas, chozas, cobertizos, están exentos. La cabaña de Genesaret21 , aunque haya en ella piedras de moler y gallinas, está exenta. En cuanto a la cabaña del alfarero, la parte interior está sujeta, mientras que la parte exterior está exenta. R. Yosé dice: todo lo que no sirve de residencia en el tiempo del verano y en el tiempo de las lluvias está exento. La cabaña construida para la fies- ta de los tabernáculos obliga durante la fiesta (al diezmo de los productos contenidos en su interior), según R. Yehudá, aunque no según la opinión de los sabios. 8. Si hay una higuera en el interior del patio, se pueden comer higos aislados y está uno eximido (del diezmo). Si los come segui- dos, está sujeto. R. Simeón afirma: (se pueden tener simultánea- mente) uno en la mano derecha, otro en la izquierda y otro en la boca. Si uno sube a la copa del árbol, puede llenar sus senos y comer de ellos. 9. Si hay plantada una cepa en el interior del patio, se puede coger todo un racimo; igualmente si hay un granado o una planta de sandías. Tal es la opinión de R. Tarfón. R. Aquiba dice: puede ir cogiendo los gajos de un racimo, o los granos de una granada, o los trozos de una sandía. Si hay plantado coriandro en el interior del patio, se pueden cortar hojas sueltas y comer de ellas. Si (se 17. Patio que sea equiparable a la casa. 18. Frecuentes en la ciudad de Tiro. 19. Que pertenece a varias familias de modo que nadie puede confiar en que no será abierto. 20. No hacen a los frutos allí depositados sujetos al diezmo. 21. Durante la recolección, la gente de Tiberias se preparaba chozas junto al lago donde residían. 160
  • 8. Diezmos - maaserot Maas 3, 10-4, 2 cortan varias) seguidas, queda uno sujeto. Berros, hisopo y tomillos que se encuentran en un patio, si están guardados, quedan sujetos (al diezmo). 10. Si una higuera está plantada en un patio y se inclina hacia un huerto, se pueden comer (desde el huerto) los higos según la manera habitual y está uno exento. Si está en el huerto y se inclina sobre el patio, se pueden comer higos sueltos y está uno exento; pero si se comen varios juntos, está uno obligado. Si se encuentra en Israel y se inclina hacia otro terreno fuera ya de Israel o si se encuentra fuera de la tierra de Israel y se inclina sobre ésta, todo se regula según la raíz. En lo que respecta a las casas de una ciu- dad amurallada, todo se regula según los cimientos. En cuanto a una ciudad de refugio22 , todo se regula según el ramaje23 • En Jeru- salén todo se regula según el ramaje. Capítulo IV l. Si uno pone frutos en conserva, los cuece o los pone con saF incluso en el campo, está obligado. Si los mete en la tierra2 S, está exento. Quien los moja26 mientras está todavía en el campo, está exento. Si uno machaca las aceitunas para que desprendan el jugo fuerte, está exento. Si uno oprime aceitunas sobre su cuerpo, está exento. Si las oprime y pone (el jugo) en su mano, queda obli- gado. Si uno quita la espuma del vino en un plato de cocido, está exento; pero en una olla, está obligado, ya que ésta es como una pequeña cuba. 2. Si niños escondieron higos para (comerlos) el sábado y se olvidaron de separar el diezmo, no podrán comerlos tampoco des- pués del sábado en tanto no hayan apartado el diezmo. Un cesto (de higos) destinado para el sábado está exento, según la escuela de Samay, mientras que, según la escuela de Hilel, está sujeto (al diezmo). R. Yehudá dice: también el que ha cogido un cesto de higos para enviarlos a su amigo no ha de comer de ellos en tanto no haya separado el diezmo. 22. Dt 19, 2. 23. Tan pronto como el asesino se pone bajo la copa de un árbol, cuyas raíces se encuentran dentro de la ciudad de asilo, está protegido del vengador de la sangre. 24. Mientras todavía está en el campo. 25. A fin de que maduren. 26. En salmuera o vinagre y come. 161
  • 9. Maas 4, 3-5, 2 Orden primero: Semillas - zeraim 3. Si uno coge aceitunas de la cubeta, puede mojarlas una a una en agua salada y comerlas; pero si las ensala y las coloca delan- te de él, está sujeto. R. Eliezer afirma: si son de una cubeta pura, está obligado27 ; pero si es de una cubeta impura, está exento, por- que puede volver a su lugar el sobrante. 4. Si uno bebe del lagar, ya esté el vino mezclado con agua caliente o fría, está exento. Tal es la opinión de R. Meír. Pero R. Eliezer ben R. Sadoq lo declara obligado. Los sabios dicen: con agua caliente, está obligado; con agua fría, está exento. 5. Si uno desgrana cebada, puede ir desgranando grano a grano y comerlo; pero si la desgrana y pone (los granos) en la mano, está sujeto. Si uno machaca espigas maduras de trigo, las puede echar de una mano a otra y comerlas; pero si las echa y deja caer en su seno, queda sujeto. Si uno ha plantado coriandro para semilla, la planta está exente; pero si la sembró a causa de la plan- ta, están sujetos al diezmo la planta y las semillas. R. Eliezer dice: en el eneldo está sujeto el diezmo la semilla, la planta y la umbela. Los sabios afirman: no están sujetos al diezmo la planta y la semi- lla, sino sólo en los berros y en las orugas28 • 6. Rabán Simeón ben Gamaliel dice: los brotes del heno grie- go, de la mostaza y de las alubias blancas están sujetos al diezmo. R. Eliezer dice: en la alcaparra están sujetos al diezmo los retoños, las bayas y las flores. R. Aquiba dice: sólo se aparta el diezmo de las bayas de la alcaparra, porque son el fruto. Capítulo V l. Si uno arranca plantas de su propio huerto y las planta de nuevo en terreno de su propiedad, está exento. Lo que se compra estando todavía ligado a la tierra, está exento (del diezmo). Si uno recoge (frutos) para enviárselos a su amigo, está exento. R. Eliezer ben Azarías dice: si en el mercado se venden frutos de la misma especie, están sujetos. 2. Su uno arranca remolachas o rábanos de su huerto y los planta en terreno de su propiedad para semilla, está obligado (al diezmo), porque se considera su cosecha. Si las cebollas (guarda- das) en una habitación superior echan raíces, son puras y no sus- 27. Se trata de una persona en estado de impureza que toma una aceituna de una cubeta pura y que no puede restituirla a su lugar porque contaminaría a todo el conjunto. 28. Eruca saliva. 162
  • 10. Diezmos - rnaaserot Maas 5, 3-8 ceptibles de impureza29 • Si caen sobre ellas escombros y quedan al descubierto, se consideran como si estuvieran plantadas en el campo. 3. Nadie puede vender sus frutos, una vez llegado el tiempo de los diezmos, a una persona que no es digna de confianza res- pecto a los diezmos; del mismo modo, en el año sabático a quien es sospechoso respecto a su guarda. Si algunos han madurado pri- mero, se cogen los maduros y luego se vende el resto. 4. Nadie puede vender su paja o sus sarmientos o el hollejo de la uva a uno que no es digno de crédito respecto a los diezmos y que pretende sacar de ellos una bebida. Si la saca, queda sujeto al diezmo, pero queda exento de separar la ofrenda, ya que el que hace la ofrenda tiene en mente a los granos triturados, a lo que yace en los lados y a lo que está metido en la paja. 5. Si uno compra un campo de hortalizas en Siria antes de que llegue el tiempo de los diezmos, está sujeto; si es después, está exento y puede recoger la cosecha en la manera habitual. R. Yehu- dá dice: también puede contratar obreros para recoger la cosecha. Rabán Simeón ben Gamaliel afirma: ¿cuándo se aplica esto? Cuan- do uno ha adquirido el terreno; pero cuando no ha adquirido el terreno, si todavía no llegó el tiempo de los diezmos, está exento. Rabía dice: (se tiene que hacer también el diezmo) de acuerdo con la calculada proporción30 • 6. Si uno hace vino sirviéndose del hollejo de uva echando agua según determinada medida y luego se encuentra con igual medida, está exento. R. Yehudá, en cambio, lo declara obligado. Si encuentra más de la medida, puede apartar (el diezmo) de otro vino de acuerdo con la proporción (que utilizó). 7. (El grano que se encuentra) en los agujeros de las hormigas que han pernoctado al lado de un montón de trigo sujeto al diez- mo, está también sujeto, ya que es sabido que (las hormigas) han ido arrastrando (granos) del trigo ya dispuesto para el uso durante toda la noche. 8. Ajos que provocan el lloro de los ojos, cebollas de Rijpá31 , habas de Cilicia y lentejas egipcias, (según R. Meír también habas 5.5" Rabí: R. Meír 29. El suelo del piso es considerado como si fuera el mismo suelo del campo. JO. Se aparta el diezmo de lo que ha crecido después de la compra, en el caso de llll~ la adquisición hubiera sido hecha después de separar el diezmo. JI. Una aldea al sur de Baalbeck. 163
  • 11. Maas 5, 8 Orden primero: Semillas - zeraim de agua), según R. Yosé asimismo las legumbres, están exentos del diezmo y se pueden comprar a cualquiera en el año sabático. La semilla superior de la serpentaria, la semilla de los puerros, la semi- lla de la cebolla, la semilla de la remolacha y todas las demás semi- llas de huerto no comestibles están exentas del diezmo y se pue- den comprar a cualquiera durante el año séptimo y se pueden comer incluso aunque procedieran originariamente de productos de ofrenda. 164