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Dirección de Gestión Escolar - DIGE
Convivencia Escolar
Lineamientos para la Gestión de la
Convivencia Escolar, Prevención y
Atención de la Violencia
Marco normativo de protección de la violencia
contra las niñas, los niños y adolescentes en el
ámbito escolar
Marco normativo
El marco normativo de protección de la
violencia contra las niñas, los niños y
adolescentes en el ámbito escolar es
amplio en nuestro país, a continuación
veremos algunos ejemplos
Marco normativo
Ley N° 27337
Ley que aprueba el
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DS 008-2021-MIMP
PNMNNA al 2030
Artículo 18°.- A la protección por los Directores de los centros educativos
Los Directores de los centros educativos comunicarán a la autoridad competente los
casos de :
a) Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los
alumnos;
b) Reiterada repitencia y deserción escolar;
c) Reiteradas faltas injustificadas;
d) Consumo de sustancias tóxicas;
e) Desamparo y otros casos que impliquen violación de los derechos del niño y
adolescente;
f) Rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores; y
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Ley N° 29719
Ley que promueve la
convivencia sin violencia
en las instituciones
educativas
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Artículo 6.- Los docentes y los miembros del personal auxiliar de la IIEE tienen la
obligación de detectar, atender y denunciar de inmediato ante el CONEI, incluyendo
aquellos que se cometan por medios telefónico, electrónicos o informáticos y sobre
los que hayan sido testigos o hayan sido informados.
Artículo 7.- El Director de la IIEE tiene la obligación de orientar al CONEI para los
fines de una convivencia pacifica de los estudiantes y de convocarlo de inmediato
cuando tenga conocimientos de un incidente de acoso o de violencia. Además
informa a los padres o apoderados de los estudiantes que son victimas de
violencia o acoso. Así como a los padres o apoderados de los agresores. El
director informa mensualmente a la Defesaría del Pueblo sobre los casos que se
hayan presentado en la IIEE.
Artículo 12.- Medidas de asistencia y protección .- los estudiantes victimas de
violencia o de acoso reiterado o sistemático y el agresor deben recibir la
asistencia especializada.
Marco normativo
D.S. N.º 004-2012-ED
Reglamento de la Ley
que promueve la
convivencia sin violencia
en las instituciones
educativas
(2012)
• Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente
bajo responsabilidad al director los casos de violencia y acoso entre
estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras autoridades de ser
necesario.
• El director y el equipo responsable bajo responsabilidad, adoptará
inmediatamente las medidas necesarias para detener los casos de
violencia y acoso entre estudiantes.
• El director en coordinación con el equipo responsable de la Convivencia
Democrática, convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia de
los estudiantes involucrados en los hechos de violencia ( incluye los
espectadores), para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección
y de corrección. ( Incluye apoyo pedagógico y el soporte emocional).
• Los padres de familia de los estudiantes (victimas, agresores y espectadores),
asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la convivencia
democrática en la IE.
Marco normativo
Resolución Ministerial
N° 0519-2012-ED
Aprueba la Directiva N° 019-
2012-MINEDU/VMGI-OET
“Lineamientos para la
prevención y protección de
las y los estudiantes contra la
violencia ejercida por
personal de las IIEE”
o Cualquier hecho de violencia ejercido por personal de la IE contra un estudiante
debe ser denunciado en la IE o la UGEL. Si la denuncia es verbal, se levanta un
acta de denuncia.
o El Director establece medidas de protección a los estudiantes victimas de violencia:
permanencia en la IE, apoyo académico y tutorial, orientación a los familiares y
acompañamiento a los servicios locales de protección y asistencia
correspondientes.
o Recibida la denuncia, el director debe comunicar el hecho al Ministerio Público en
un plazo no mayor de 24 horas e informar a la UGEL.
o Se prohíbe acuerdos conciliatorios entre los estudiantes victimas de los actos de
violencia y los denunciados.
Marco normativo
Ley N° 30403
Ley que prohíbe el uso
del castigo físico y
humillante contra los
niños, niñas y
adolescentes.
o Prohíbe el uso castigo físico y humillante contra los niños, niñas u adolescentes.
o Esta prohibición abarca los espacios del hogar, la escuela y la comunidad.
Ley N° 29600
Ley que fomenta la
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por Embarazo y su
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o Asegurar la permanencia servicio educativo de las estudiantes en situación de
embarazo o maternidad y garantizar su inclusión sin discriminación.
o Garantizar que los procesos pedagógicos incluyan temas de ESI, equidad de
genero y la no discriminación de las estudiantes en situación de embarazo o
maternidad.
o Orientar y sensibilizar a los padres de familia y a la comunidad sobre el derecho a
la educación de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad.
o Apoyo personal directivo y docentes brinden facilidades evaluación académica
respectiva, en el domicilio o la IE, según corresponda a la etapa prenatal o
postnatal según la condición física en la que se encuentra la estudiante en situación
de embarazo o maternidad.
Marco normativo
o En relación a la violencia contra los integrantes del grupo familiar es cualquier acción o conducta
que les cause muerte, daño, o sufrimiento físico, sexual o psicológico y que se produce en el
contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro
del grupo familiar. Se tiene especial consideración a los niños, niñas y adolescentes, adultos
mayores y persona con discapacidad.
o Sobre la denuncia señala que personal profesional de los sectores de salud y educación que
en el desempeño de su cargo, tomen conocimiento de actos de violencia, deben presentar la
denuncia correspondiente. Para tal efecto cuentan con la orientación jurídica gratuita de los CEM
y de las Oficinas de Defensa Pública del MINJUS en los lugares donde existan estos servicios-
Ley N° 30364 y
Reglamento
Ley para prevenir,
sancionar y erradicar la
violencia contra las
mujeres y los
integrantes del grupo
familiar.
o Capacidad procesal de niñas, niños y adolescentes
Las niñas, niños y adolescentes pueden denunciar actos de violencia en su agravio o en agravio
de otras personas, sin la necesidad de la presencia de una persona adulta.
En esta situación, la instancia receptora de la denuncia garantiza la seguridad de las niñas, niños y
adolescentes hasta que se dicte las medidas de protección correspondiente.
Recabada la denuncia, de encontrarse en una situación de presunto abandono , la instancia receptora
informa a la Unidad de Investigación Tutelar del MIMP para que actué conforme a sus atribuciones.
Marco normativo
Marco normativo
Uno de los puntos fundamentales en que
coinciden muchas de las normas es en la
responsabilidad del Director/a, y en general de
los/las profesionales del sector educación, de
denunciar o comunicar a las autoridades
cualquier tipo de violencia que tengan
conocimiento que afecten a los NNA.
“Lineamientos para la gestión de la Convivencia
Escolar, la prevención y atención de la violencia
contra niñas, niños y adolescentes”
D.S. 004-2018 – MINEDU
Finalidad:
Los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de
la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes” fueron aprobados por Decreto Supremo N°
04-2018- MINEDU, refrendado por el MIMP.
Lineamientos
“Establecer las directrices de orientación para la
gestión de la convivencia escolar, la prevención y la
atención de la violencia contra niñas, niños y
adolescentes en las instituciones educativas, a fin de
aportar al desarrollo integral de las y los estudiantes
en entornos escolares seguros y libres de violencia,
y a la consolidación de una comunidad educativa
que ejerza con plenitud sus derechos y
responsabilidades”.
Su alcance es para todas las IIEE del país, en
todas las modalidades de la Educación Básica.
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Conjunto de
relaciones que
dan forma a la
vida escolar
Es
responsabilidad
de toda la
comunidad
educativa
Elemento
fundamental para
lograr la formación
ciudadana integral
¿Qué entendemos por Convivencia Escolar?
La convivencia escolar es el conjunto
de relaciones humanas que se dan en
una escuela, se construyen de manera
colectiva, cotidiana y es una
responsabilidad compartida por toda
la comunidad educativa. La
convivencia escolar democrática está
determinada por el respeto a los
derechos humanos, a las diferencias
de cada persona, y por una
coexistencia pacífica que promueva el
desarrollo integral y logro de
aprendizajes de las y los estudiantes.
Las IIEE sean
espacios
democráticos
Las IIEE sean lugares
seguros y protectores
El director, docentes y
todo el personal de la
IIEE sean referentes
éticos
Una convivencia escolar positiva facilita que:
Donde se garantice los
derechos humanos de
toda la comunidad
educativa, se promueva
la participación real de
NNA y adultos, y se
respeten las diferencias.
Donde las y los estudiantes
puedan desarrollarse libres
de todo tipo de violencia y
discriminación que puedan
afectar su integridad y sus
aprendizajes.
Fomentando
relaciones de respeto,
colaboración y buen
trato.
Principios generales
Protección de la niña, niño y adolescente
Confidencialidad
Participación de las niñas, los niños y adolescentes
Intervención sistémica
Respeto y valoración de la diversidad
Intervención eficaz y oportuna
Importancia de la Convivencia Escolar
o En estudios como el SERCE (2010) y TERCE (2015) ya han
demostrado que una adecuada convivencia escolar es el factor
asociado con mayor incidencia en el logro de los aprendizajes
académicos.
o Mejora la calidad educativa. Los estudiantes aprenden más y mejor
cuando asisten a escuelas donde se sienten acogidos, seguros y se
mantienen relaciones de cordialidad y respeto entre ellos y con sus
docentes.
o Es un elemento estratégico de la gestión educativa, si se asume
como una capacidad institucional para la mejora de las condiciones
de la escuela, así como el logro de objetivos institucionales.
o Es un fin en sí misma. Los valores que se aprenden a partir de la
construcción de vínculos seguros y de experiencias positivas,
expresan una forma de vida democrática, inclusiva y pacífica que
fortalece las dimensiones afectivas, conductuales y cognitivas de las
personas.
Líneas de acción para la gestión de la convivencia escolar
Promoción de la
convivencia escolar
Prevención de la
violencia contra NNA
Atención de la
violencia contra NNA
¿Qué tipo de relaciones interpersonales queremos
promover en nuestra escuela?
¿Cómo mejoramos la participación de los
estudiantes y sus familias?
¿Qué situaciones de violencia y riesgo se presentan
en nuestra escuela?
¿Qué podemos hacer para evitar que ocurran?
¿Qué necesitamos para atender correctamente las
situaciones de violencia que puedan presentarse?
¿Cómo protegemos a las víctimas de la violencia?
Son 3 líneas de acción:
Promoción de la Convivencia Escolar
ACTIVIDAD
ES
• Elaborar las normas de convivencia de manera concertada con la comunidad
educativa.
• Promover la participación democrática en los espacios de gestión y articulación.
• Promover el uso de una disciplina escolar enmarcada en el enfoque de derechos y
libre de maltrato ni humillación
• Generar oportunidades para el desarrollo personal de docentes y administrativo de
la IIEE.
ACTIVIDADES
Busca fomentar
relaciones de buen
trato, saludables y
democráticas entre
todas las personas en
una escuela.
Se dirige a todos los
actores de la escuela.
Requiere del
compromiso de toda la
comunidad educativa.
Prevención de la violencia contra NNA
• Incorporarse a la red local de servicios especializados que previenen y atienden la
violencia contra NNA.
• Desarrollar acciones preventivas de acuerdo a las necesidades de la comunidad
educativa.
• Identificar y apoyar a los estudiantes en situaciones de vulnerabilidad y riesgo.
• Organizar la Brigada de Protección Escolar – BAPE (RM 066-2018-MINEDU).
ACTIVIDAD
ES
ACTIVIDADES
Busca intervenir de forma
anticipada para abordar
incidentes o situaciones que
puedan desencadenar
hechos de violencia al
interior o fuera de la escuela
Se dirige a todos, con
énfasis en quienes se
encuentran frente a un
mayor riesgo de sufrir o
causar violencia.
Atención de la violencia contra NNA
• Atender las situaciones de violencia de acuerdo a los Protocolos de Atención de la
Violencia Escolar y normativa vigente.
• Asegurar la continuidad académica de los estudiantes involucrados asegurando el apoyo
socioemocional según sea el caso.
• Desarrollar acciones coordinadas con los padres y aliados estratégicos con la finalidad de
frenar el hecho de violencia y asegurar una atención de calidad.
• Afiliarse al portal web SíseVe y reportar el hecho así como en el Libro de Registro de
Incidencias.
• Desarrollar acciones para la restauración o fortalecimiento de la convivencia escolar.
ACTIVIDAD
ES
ACTIVIDADES
Busca intervenir de forma
oportuna, efectiva y reparadora
sobre los hechos de violencia
detectados en el ámbito escolar.
Estos pueden darse: entre
estudiantes; del personal de la
escuela hacia los estudiantes y
por familiar
Se dirige a las niñas, niños o
adolescentes involucrados en
una situación de violencia. Se
activa en el momento en que la
situación de violencia ocurre o
es detectada.
Convivencia Escolar en los instrumentos de gestión
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)
La convivencia escolar es incorporada en el diagnóstico o análisis
situacional y en los objetivos estratégicos o de gestión que forman parte del
presente documento.
PROYECTO CURRICULAR INSTITUCIONAL (PCI)
Considera entre sus contenidos aquellos relacionados a la convivencia
escolar de acuerdo al Currículo Nacional de Educación Básica.
REGLAMENTO INTERNO
El capitulo referente a las normas de disciplina será remplazado por el de
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elaboradas de manera concertada con la comunidad educativa.
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escolar; de acuerdo al Plan de Tutoría, Orientación Educativa.

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  • 3. Marco normativo El marco normativo de protección de la violencia contra las niñas, los niños y adolescentes en el ámbito escolar es amplio en nuestro país, a continuación veremos algunos ejemplos
  • 4. Marco normativo Ley N° 27337 Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes (2000) DS 008-2021-MIMP PNMNNA al 2030 Artículo 18°.- A la protección por los Directores de los centros educativos Los Directores de los centros educativos comunicarán a la autoridad competente los casos de : a) Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los alumnos; b) Reiterada repitencia y deserción escolar; c) Reiteradas faltas injustificadas; d) Consumo de sustancias tóxicas; e) Desamparo y otros casos que impliquen violación de los derechos del niño y adolescente; f) Rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores; y g) Otros hechos lesivos
  • 5. Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas (2011) Artículo 6.- Los docentes y los miembros del personal auxiliar de la IIEE tienen la obligación de detectar, atender y denunciar de inmediato ante el CONEI, incluyendo aquellos que se cometan por medios telefónico, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados. Artículo 7.- El Director de la IIEE tiene la obligación de orientar al CONEI para los fines de una convivencia pacifica de los estudiantes y de convocarlo de inmediato cuando tenga conocimientos de un incidente de acoso o de violencia. Además informa a los padres o apoderados de los estudiantes que son victimas de violencia o acoso. Así como a los padres o apoderados de los agresores. El director informa mensualmente a la Defesaría del Pueblo sobre los casos que se hayan presentado en la IIEE. Artículo 12.- Medidas de asistencia y protección .- los estudiantes victimas de violencia o de acoso reiterado o sistemático y el agresor deben recibir la asistencia especializada. Marco normativo
  • 6. D.S. N.º 004-2012-ED Reglamento de la Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas (2012) • Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente bajo responsabilidad al director los casos de violencia y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras autoridades de ser necesario. • El director y el equipo responsable bajo responsabilidad, adoptará inmediatamente las medidas necesarias para detener los casos de violencia y acoso entre estudiantes. • El director en coordinación con el equipo responsable de la Convivencia Democrática, convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia de los estudiantes involucrados en los hechos de violencia ( incluye los espectadores), para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección y de corrección. ( Incluye apoyo pedagógico y el soporte emocional). • Los padres de familia de los estudiantes (victimas, agresores y espectadores), asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la convivencia democrática en la IE. Marco normativo
  • 7. Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED Aprueba la Directiva N° 019- 2012-MINEDU/VMGI-OET “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las IIEE” o Cualquier hecho de violencia ejercido por personal de la IE contra un estudiante debe ser denunciado en la IE o la UGEL. Si la denuncia es verbal, se levanta un acta de denuncia. o El Director establece medidas de protección a los estudiantes victimas de violencia: permanencia en la IE, apoyo académico y tutorial, orientación a los familiares y acompañamiento a los servicios locales de protección y asistencia correspondientes. o Recibida la denuncia, el director debe comunicar el hecho al Ministerio Público en un plazo no mayor de 24 horas e informar a la UGEL. o Se prohíbe acuerdos conciliatorios entre los estudiantes victimas de los actos de violencia y los denunciados. Marco normativo
  • 8. Ley N° 30403 Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes. o Prohíbe el uso castigo físico y humillante contra los niños, niñas u adolescentes. o Esta prohibición abarca los espacios del hogar, la escuela y la comunidad. Ley N° 29600 Ley que fomenta la Reinserción Escolar por Embarazo y su Reglamento aprobado por D.S. N° 002-2013- ED. o Asegurar la permanencia servicio educativo de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad y garantizar su inclusión sin discriminación. o Garantizar que los procesos pedagógicos incluyan temas de ESI, equidad de genero y la no discriminación de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad. o Orientar y sensibilizar a los padres de familia y a la comunidad sobre el derecho a la educación de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad. o Apoyo personal directivo y docentes brinden facilidades evaluación académica respectiva, en el domicilio o la IE, según corresponda a la etapa prenatal o postnatal según la condición física en la que se encuentra la estudiante en situación de embarazo o maternidad. Marco normativo
  • 9. o En relación a la violencia contra los integrantes del grupo familiar es cualquier acción o conducta que les cause muerte, daño, o sufrimiento físico, sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro del grupo familiar. Se tiene especial consideración a los niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y persona con discapacidad. o Sobre la denuncia señala que personal profesional de los sectores de salud y educación que en el desempeño de su cargo, tomen conocimiento de actos de violencia, deben presentar la denuncia correspondiente. Para tal efecto cuentan con la orientación jurídica gratuita de los CEM y de las Oficinas de Defensa Pública del MINJUS en los lugares donde existan estos servicios- Ley N° 30364 y Reglamento Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. o Capacidad procesal de niñas, niños y adolescentes Las niñas, niños y adolescentes pueden denunciar actos de violencia en su agravio o en agravio de otras personas, sin la necesidad de la presencia de una persona adulta. En esta situación, la instancia receptora de la denuncia garantiza la seguridad de las niñas, niños y adolescentes hasta que se dicte las medidas de protección correspondiente. Recabada la denuncia, de encontrarse en una situación de presunto abandono , la instancia receptora informa a la Unidad de Investigación Tutelar del MIMP para que actué conforme a sus atribuciones. Marco normativo
  • 10. Marco normativo Uno de los puntos fundamentales en que coinciden muchas de las normas es en la responsabilidad del Director/a, y en general de los/las profesionales del sector educación, de denunciar o comunicar a las autoridades cualquier tipo de violencia que tengan conocimiento que afecten a los NNA.
  • 11. “Lineamientos para la gestión de la Convivencia Escolar, la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes” D.S. 004-2018 – MINEDU
  • 12. Finalidad: Los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes” fueron aprobados por Decreto Supremo N° 04-2018- MINEDU, refrendado por el MIMP. Lineamientos “Establecer las directrices de orientación para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en las instituciones educativas, a fin de aportar al desarrollo integral de las y los estudiantes en entornos escolares seguros y libres de violencia, y a la consolidación de una comunidad educativa que ejerza con plenitud sus derechos y responsabilidades”. Su alcance es para todas las IIEE del país, en todas las modalidades de la Educación Básica.
  • 13. CONVIVENCIA ESCOLAR Conjunto de relaciones que dan forma a la vida escolar Es responsabilidad de toda la comunidad educativa Elemento fundamental para lograr la formación ciudadana integral ¿Qué entendemos por Convivencia Escolar? La convivencia escolar es el conjunto de relaciones humanas que se dan en una escuela, se construyen de manera colectiva, cotidiana y es una responsabilidad compartida por toda la comunidad educativa. La convivencia escolar democrática está determinada por el respeto a los derechos humanos, a las diferencias de cada persona, y por una coexistencia pacífica que promueva el desarrollo integral y logro de aprendizajes de las y los estudiantes.
  • 14. Las IIEE sean espacios democráticos Las IIEE sean lugares seguros y protectores El director, docentes y todo el personal de la IIEE sean referentes éticos Una convivencia escolar positiva facilita que: Donde se garantice los derechos humanos de toda la comunidad educativa, se promueva la participación real de NNA y adultos, y se respeten las diferencias. Donde las y los estudiantes puedan desarrollarse libres de todo tipo de violencia y discriminación que puedan afectar su integridad y sus aprendizajes. Fomentando relaciones de respeto, colaboración y buen trato.
  • 15. Principios generales Protección de la niña, niño y adolescente Confidencialidad Participación de las niñas, los niños y adolescentes Intervención sistémica Respeto y valoración de la diversidad Intervención eficaz y oportuna
  • 16. Importancia de la Convivencia Escolar o En estudios como el SERCE (2010) y TERCE (2015) ya han demostrado que una adecuada convivencia escolar es el factor asociado con mayor incidencia en el logro de los aprendizajes académicos. o Mejora la calidad educativa. Los estudiantes aprenden más y mejor cuando asisten a escuelas donde se sienten acogidos, seguros y se mantienen relaciones de cordialidad y respeto entre ellos y con sus docentes. o Es un elemento estratégico de la gestión educativa, si se asume como una capacidad institucional para la mejora de las condiciones de la escuela, así como el logro de objetivos institucionales. o Es un fin en sí misma. Los valores que se aprenden a partir de la construcción de vínculos seguros y de experiencias positivas, expresan una forma de vida democrática, inclusiva y pacífica que fortalece las dimensiones afectivas, conductuales y cognitivas de las personas.
  • 17. Líneas de acción para la gestión de la convivencia escolar Promoción de la convivencia escolar Prevención de la violencia contra NNA Atención de la violencia contra NNA ¿Qué tipo de relaciones interpersonales queremos promover en nuestra escuela? ¿Cómo mejoramos la participación de los estudiantes y sus familias? ¿Qué situaciones de violencia y riesgo se presentan en nuestra escuela? ¿Qué podemos hacer para evitar que ocurran? ¿Qué necesitamos para atender correctamente las situaciones de violencia que puedan presentarse? ¿Cómo protegemos a las víctimas de la violencia? Son 3 líneas de acción:
  • 18. Promoción de la Convivencia Escolar ACTIVIDAD ES • Elaborar las normas de convivencia de manera concertada con la comunidad educativa. • Promover la participación democrática en los espacios de gestión y articulación. • Promover el uso de una disciplina escolar enmarcada en el enfoque de derechos y libre de maltrato ni humillación • Generar oportunidades para el desarrollo personal de docentes y administrativo de la IIEE. ACTIVIDADES Busca fomentar relaciones de buen trato, saludables y democráticas entre todas las personas en una escuela. Se dirige a todos los actores de la escuela. Requiere del compromiso de toda la comunidad educativa.
  • 19. Prevención de la violencia contra NNA • Incorporarse a la red local de servicios especializados que previenen y atienden la violencia contra NNA. • Desarrollar acciones preventivas de acuerdo a las necesidades de la comunidad educativa. • Identificar y apoyar a los estudiantes en situaciones de vulnerabilidad y riesgo. • Organizar la Brigada de Protección Escolar – BAPE (RM 066-2018-MINEDU). ACTIVIDAD ES ACTIVIDADES Busca intervenir de forma anticipada para abordar incidentes o situaciones que puedan desencadenar hechos de violencia al interior o fuera de la escuela Se dirige a todos, con énfasis en quienes se encuentran frente a un mayor riesgo de sufrir o causar violencia.
  • 20. Atención de la violencia contra NNA • Atender las situaciones de violencia de acuerdo a los Protocolos de Atención de la Violencia Escolar y normativa vigente. • Asegurar la continuidad académica de los estudiantes involucrados asegurando el apoyo socioemocional según sea el caso. • Desarrollar acciones coordinadas con los padres y aliados estratégicos con la finalidad de frenar el hecho de violencia y asegurar una atención de calidad. • Afiliarse al portal web SíseVe y reportar el hecho así como en el Libro de Registro de Incidencias. • Desarrollar acciones para la restauración o fortalecimiento de la convivencia escolar. ACTIVIDAD ES ACTIVIDADES Busca intervenir de forma oportuna, efectiva y reparadora sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar. Estos pueden darse: entre estudiantes; del personal de la escuela hacia los estudiantes y por familiar Se dirige a las niñas, niños o adolescentes involucrados en una situación de violencia. Se activa en el momento en que la situación de violencia ocurre o es detectada.
  • 21. Convivencia Escolar en los instrumentos de gestión PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI) La convivencia escolar es incorporada en el diagnóstico o análisis situacional y en los objetivos estratégicos o de gestión que forman parte del presente documento. PROYECTO CURRICULAR INSTITUCIONAL (PCI) Considera entre sus contenidos aquellos relacionados a la convivencia escolar de acuerdo al Currículo Nacional de Educación Básica. REGLAMENTO INTERNO El capitulo referente a las normas de disciplina será remplazado por el de “Normas de Convivencia” ; donde se encuentran las normas de la IIEE elaboradas de manera concertada con la comunidad educativa. PLAN ANUAL DE TRABAJO (PAT) Incluye las actividades relacionadas a la gestión de la convivencia escolar; de acuerdo al Plan de Tutoría, Orientación Educativa.