8. VALIDEZ INTERNACIONAL.
La Convención de Viena. (CICVM)
• La convención regula la formación del contrato de compraventa y los
derechos y obligaciones del vendedor y del comprador.
• La Convención de Viena, concluida en Viena el 11 de Abril de 1980,
fue firmada por 19 países y posteriormente se adhirieron 59 países
más.
• A partir de la CICVM en 1980, la ONU le ha dado mayor
reconocimiento a los Incoterms.
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9. Convención de las Naciones Unidas sobre los
Contratos de Compraventa Internacional de
Mercaderías
• Artículo 9
1) Las partes quedarán obligadas por cualquier uso en que hayan
convenido y por cualquier práctica que hayan establecido entre
ellas.
2) Salvo pacto en contrario, se considerará que las partes han hecho
tácitamente aplicable al contrato o a su formación un uso del que
tenían o debían haber tenido conocimiento y que, en el comercio
internacional, sea ampliamente conocido y regularmente observado
por las partes en contratos del mismo tipo en el tráfico mercantil de que
se trate.
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10. INCOTERMS. Concepto
• Son términos de tres letras (cada uno) que reflejan las
normas, de aceptación voluntaria por las dos partes
(comprador y vendedor), acerca de:
La vía de transporte
La transmisión de riesgo sobre las mercancías
Lugar de entrega de las mercancías
Cobertura de los costos.
IMPORTANTE : Los INCOTERMS no regulan el medio de pago de
la operación comercial.
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11. INCOTERMS. Objetivos
• Delimitar las obligaciones y responsabilidades tanto
del vendedor como del comprador en una operación
de comercio internacional.
• Evitar las incertidumbres derivadas de las distintas
interpretaciones de dichos términos en países
diferentes.
• Los INCOTERMS se refieren únicamente a Contratos
de Venta de Mercancías, no de Servicios.
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12. ¡Que NO hacen los INCOTERMS!
• No soy Ley, son Recomendaciones reconocidas como Práctica
Internacional Uniforme (Art9)
• No determinan la propiedad de una mercancía. (Este punto debe ser
previsto en otra cláusula en el contrato de venta).
• No son un servicio Todo Incluido, frecuentemente detalles que van
mas allá de los Incoterms deben ser cubiertas en otras partes del
contrato.
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13. INCOTERMS. Lo agrupamos en 04 categorías.
• E: único término por el que el vendedor pone las mercancías a disposición
del comprador en el local del vendedor.
• F: el vendedor se encarga de entregar la mercancía a un medio de
transporte escogido por el comprador.
• C: el vendedor contrata el transporte sin asumir riesgos de pérdida o daño
de la mercancía o costos adicionales después de la carga y despacho.
• D: el vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la
mercancía al país de destino.
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39. •Un cliente pide cotización puesto
en aeropuerto de origen y otra
propuesta puesto en aeropuerto
de destino incluido el seguro
¿Qué INCOTERMS son los
solicitados?
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42. •¿Cuál es el INCOTERM
menos práctico de la
versión 2010 y por
qué?
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43. •¿Cuál es el INCOTERM
menos complejo para
el exportador en
cuestión de costos?
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44. •Un importador recibe esta cotización:
•Us $ 3 300.00 CFR Valparaíso y
us $ 3 750.00 CIF Valaparaíso y por propia
cuenta el importador adquiere un seguro
por us $ 100.00.
¿Qué INCOTERM conviene al importador?
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45. •Un exportador cotiza:
•Us $ 13 500.00 FCA Callao y
us $ 15 700.00 CPT berlín y por propia
cuenta el importador adquiere un flete por
us $ 3150.00.
¿Qué INCOTERM conviene al importador?
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