2. UNIDAD I: Generalidades
OBJETIVO: Estudiar los conceptos generales del
Derecho Laboral a través de un estudio de los
principios rectores a fin de aplicarlos en situaciones
prácticas.
3. Trabajo en la Constitución del
Ecuador
¿Está de acuerdo que se denomine a
los trabajadores como “recurso
humano”?
¿Cuáles son los desafíos para Ecuador
de la idea de DDHH y derecho del
trabajo?
4. PRINCIPIOS DE LAS RELACIONES
LABORALES
Irrenunciabilidad
Indubio pro
trabajador
Continuidad y
estabilidad
Primacía de la
realidad
Los derechos del trabajador son irrenunciables
pero se puede hacer transacción de derechos
litigiosos
En caso de duda siempre resolver a favor
del trabajador.
Se enfoca en que las relaciones laborales
perduren en el tiempo. Y que en caso de terminar
se por una justa causa.
En caso de duda entre la práctica (realidad)
y lo que consta en los documentos,
va prevalecer lo que ocurra en la realidad
Art. 169 del CT, son las justas causas de la terminación del contrato de trabajo. Todo lo opuesto a esto es un despido sin justa
causa.
5. PRINCIPIOS DE LAS RELACIONES
LABORALES: FALLOS
Primacía de la realidad: Corte Nacional de Justicia.- Sala
Temporal Especializada de lo Laboral: Juicio 458-2008. Exp.
Casación 458. R.O. Ed. Jur. 92, 20 mayo 2016.
Estabilidad/continuidad: Corte Suprema de Justicia.-
Primera Sala de lo Laboral y Social: Juicio Ibarra c/ Cáceres.
Exp. Casación 355. R.O. Sup. 433; 09 enero 2007.
6. PRINCIPIOS DE LAS RELACIONES
LABORALES
IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
Todas las personas son iguales y gozan de los
mismos derechos (Art. 11.2 y 326 CRE)
El Estado debe garantizar el acceso al empleo en
igualdad de condiciones a los jóvenes,
comunidades, pueblos y nacionalidades,
personas con discapacidad y mujeres.
A igual trabajo, igual remuneración.
7. IGUALDAD Y NO
DISCRIMINACIÓN: FALLOS
Corte Constitucional del Ecuador. Caso No. 0445-11-EP.
Sentencia No. 080-13-SEP-CC. 9 Octubre 2013.
(Estabilidad Laboral, trabajador con VIH)
Corte Constitucional del Ecuador. Caso No. 1507-12-EP.
Sentencia No. 175-16-SEP-CC. 1 Junio 2016. (Acción de
protección por visto bueno a embarazada)
Corte Nacional de Justicia. Resolución No. 06-2016.
Aprobación de Precedente Jurisprudencial Obligatorio.
(Garantías laborales a la mujer gestante)
8. DERECHOS Y
OBLIGACIONES
EMPLEADOR
Pagar la remuneración
Proporcionar herramientas
de trabajo
Conferir certificados de
trabajo
Respetar las asociaciones
de trabajadores
Inscribir a los trabajadores
en el IESS
Contratar PCD de
conformidad con la ley
9. DERECHOS Y OBLIGACIONES
TRABAJADOR
Ejecutar el trabajo
de conformidad
con lo establecido
Cumplir con las
disposiciones del
Reglamento Interno
de Trabajo
Dar aviso al
empleador cuando
por causa justa
faltare al trabajo
Guardar secretos
técnicos o
comerciales
Respetar las
medidas de
seguridad
10. AUTORIDADES Y COMPETENCIA
MINISTERIO
DEL TRABAJO
Art. 17 ERJAFE: Competencia de los Ministros para
disponer asuntos inherentes a sus ministerios
Art. 539 CT: MDT ente rector en organización y
protección del trabajo, seguridad en el trabajo y
prevención de riesgos laborales
INSPECTORÍA
DE TRABAJO
Art. 545 CT: Cerciorarse del cumplimiento de normas
en materia laboral. Autorizar o negar visto bueno.
Imponer multas, entre otros.
Presidir Tribunales de Conciliación y Arbitraje-
Ejecutar fallos de TCA
11. AUTORIDADES Y COMPETENCIA:
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Art. 326
Constitución y
565 CT
Administración
de justicia en
temas
colectivos
Tribunales de
Conciliación
y Arbitraje
Art. 565 CT
Administración
de justicia en
temas
individuales
Juzgados de
trabajo