La ley reconoce y regula la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral, reconociendo el derecho de los padres y personas sordas mayores de edad a elegir entre la lengua de signos o la lengua oral y los medios de apoyo. La ley también posibilita la enseñanza de modelos bilingües que incluyan la lengua de signos española y la lengua oral. Los alumnos sordos pueden escolarizarse en centros ordinarios o de integración preferente según sus necesidades,