Es una realidad de nuestro tiempo la crisis que vive la familia por el mal uso de la autoridad de los padres para con sus hijos, para tratar este tema presento a continuación las siguientes diapositivas.
La crisis, por tanto, concebida como momento de crecimiento. Desde esta perspectiva se puede leer la narración de las bodas de Caná (Juan 2, 1- 11). La Virgen María se da cuenta de que los esposos "ya no tienen vino" y se lo dice a Jesús. Esta falta de vino hace pensar en el momento en el que, en la vida de pareja, termina el amor, se agota la alegría y se derrumba el entusiasmo del matrimonio. Después de que Jesús transformó el agua en vino, felicitaron al esposo pues, según decían, había guardado hasta ese momento "el vino bueno". Esto significa que el vino de Jesús era mejor que el anterior. Sabemos que este "vino bueno" es símbolo de la salvación, de la nueva alianza nupcial, que Jesús ha venido a realizar con la humanidad. Y precisamente de ésta es sacramento todo matrimonio cristiano, incluso el más frágil y vacilante, y puede encontrar, por tanto, en la humildad la valentía para pedir ayuda al Señor. Cuando una pareja en dificultad o --como demuestra vuestra experiencia-- incluso ya separada, se encomienda a María y se dirige a Aquél que ha hecho de los dos "una sola carne", puede estar segura de que la crisis se convertirá, con la ayuda del Señor, en un momento de crecimiento, y que el amor quedará purificado, madurado, reforzado. Esto sólo lo puede hacer Dios, que quiere servirse de sus discípulos como de válidos colaboradores para acercarse a las parejas, escucharlas, ayudarlas a redescubrir el tesoro escondido del matrimonio, el fuego que ha quedado sepultado bajo las cenizas. Reaviva y hace que vuelva a arder la llama; ciertamente no como en el enamoramiento, sino de una manera diferente, más intensa y profunda: ahora bien, es siempre la misma llama.
Libertas, praestantissimum: sobre la libertad y el liberalismo (parte 2)Reaccion Charquina
Carta encíclica "Libertas, praestantissimum sobre la libertad y el liberalismo" del León XIII. En este documento pontificio, el Papa nos alerta sobre los dogmas liberales y sus enseñanzas falaces. Esta es la segunda parte.
Libertas, praestantissimum: sobre la libertad y el liberalismo (parte 1)Reaccion Charquina
Carta encíclica "Libertas, praestantissimum sobre la libertad y el liberalismo" del León XIII. En este documento pontificio, el Papa nos alerta sobre los dogmas liberales y sus enseñanzas falaces. Esta es la primera parte.
UTPL Doctrina social de la iglesia [(CIENCIAS HUMANAS Y RELIGIOSAS)( DOCTRINA...UTPL UTPL
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA
CIENCIAS HUMANAS Y RELIGIOSAS
DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
Correa Jaramillo Carlos Enrique, MSc.
cecorrea@utpl.edu.ec
Tema 1. orígenes, difusión y definición de la bioética
22. ley civil y eclesiástica
1. 22. LA LEY CIVIL Y LA LEY
ECLESIÁSTICA
COMO EXPRESIONES DE LA LEY
MORAL
2. 22. LA LEY CIVIL Y LA LEY ECLESIÁSTICA
• 1. LAS LEYES HUMANAS EN LA VIDA MORAL
• 2. LAS LEYES CIVILES
• 3. LAS LEYES DE LA IGLESIA
3. 1. LAS LEYES HUMANAS EN LA VIDA
MORAL
• 1.1. LA CONDICIÓN MORAL DE LAS LEYES
HUMANAS
• 1.2. LA OBLIGATORIEDAD DE LAS LEYES
HUMANAS
• Para convivir necesitamos leyes, una
autoridad, sobre todo porque estamos heridos
por el pecado. La autoridad es necesaria para
explicitar y aplicar la ley natural y la ley
revelada a los casos particulares
4. 1.1. LA CONDICIÓN MORAL DE LAS
LEYES HUMANAS
• La ley humana debe favorecer desde el exterio
a la ley interior
•
•
•
•
¿Cómo?
-Sanciones a las transgresiones de la ley
- Concreción en circunstancias particulares
- Promulgación de preceptos sobre materia y
ámbitos dejados a la libres de las personas
5. Ley humana
• Ordenación de la razón
• dirigida al bien común
• y promulgada por aquel que tiene el
encargo de cuidar de la comunidad
6. 1.2. LA OBLIGATORIEDAD
DE LAS LEYES HUMANAS
• Obligan en conciencia, en la medida de su
relación con la ley divina (¿me obliga a reciclar
o no pasar en rojo?)
• Leyes injustas: contra la ley divina
• o disposiciones caprichosas
• O no miran al bien común
• O no están promulgadas por la autoridad
• NO SON LEYES
7. Ley directamente contra ley divina
• Debe ser desobecida
• La resistencia es un deber y la obediencia un
pecado
• Decidme ejemplos
8. Disposición que no va directamente
contra la ley divina
• Puede no estar obligado a desobedecer, si
obedeciendo se evita un daño al bien común
• ¿Se os ocurren ejemplos?
9. 2. LAS LEYES CIVILES
2.1. EL BIEN
COMÚN
TEMPORAL
COMO ÁMBITO
DE LAS LEYES
CIVILES
2.2. LA
APLICACIÓN Y
DISPENSA DE
LAS LEYES
CIVILES
10. 2.1. EL BIEN COMÚN TEMPORAL
COMO ÁMBITO DE LAS LEYES CIVILES
• La autoridad civil tiene verdadera autonomía
en las realidades terrenas (pero la realidad
creada no es independiente de Dios)
• Al César lo que es del César
• Debe obrar para el bien común, respetando la
dignidad de las personas, evitando arbitrio,
intereses personales o la ley del más fuerte
11. • No es cometido evitar todas las posibles
transgresiones del orden moral, sólo las que
perturban el bien común, sin cuya prohibición no
sería posible la vida en sociedad.
• Respetar la libertad, además sólo puede regular los
actos externos “De internis, neque Ecclesia”
12. Se puede tolerar conductas contrarias
a la ley moral
• No es
aprobar el
mal sino
tolerarlo, o
ausencia de
sanción por
razones
graves
13. • Una ley que despenaliza el mal es muy
diferente de una que lo legaliza
• Ley del aborto vieja y actual ¿Qué cambia?
• Antes era malo pero había supuestos en lo
que se permitía, ahora abortar es un derecho
y se puede sancionar al que se oponga
• ¿Más ejemplos?
14. Por tanto, ¿la anterior ley es buena?
• No cabe despenalizar el mal cuando se trata
de bienes y derechos de la persona,
equivaldría a no proteger el bien común
15. 2.2. LA APLICACIÓN Y DISPENSA DE
LAS LEYES CIVILES
• ¿Qué exime de cumplir una ley?
• A. Imposibilidad física o moral: para cumplirla
hay que hacer esfuerzos graves y
desproporcionados
16. B. EPIQUEYA
• Las leyes civiles no
responden a la pluralidad de
situaciones que viven los
miembros de la sociedad,
cumplir la ley sea ir contra la
justicia. Epiqueya:
interpretación de la ley en un
caso particular por encima de
su literalidad
• ¿Algún ejemplo?
17. C. Dispensa
• Es la autoridad que exime de
cumplir la ley en algún caso
determinado.
• Si es para un tiempo largo o
indefinido se llama privilegio
• Un papa dispensó de la
obligación de ir a Misa
¿Cuándo?
18. 3. LAS LEYES DE LA
IGLESIA
• 3.1. LA PECULIARIDAD DE LAS LEYES DE LA
IGLESIA
• 3.2. LA APLICACIÓN Y DISPENSA DE LAS LEYES
DE LA IGLESIA
• La Iglesia como sociedad visible organizada
jerárquicamente ha dado disposiciones y
normas para ordenar la vida de los fieles
19. 3.1. LA PECULIARIDAD DE LAS LEYES
DE LA IGLESIA
• La misión es que los fieles cumplan el mínimo
indispensable
• Como las civiles tutelan derechos y deberes,
pero alcanzan otros ámbitos como las virtudes
teologales
• Generan obligatoriedad moral, algunas gravan
la conciencia y otras son recomendaciones
• Requieren docilidad (ejemplo vida familia)
21. 3.2. LA APLICACIÓN Y DISPENSA DE
LAS LEYES DE LA IGLESIA
• En contenidos de la ley natural y nueva, la
Iglesia sólo alcanza a transmitirla, interpretarla
y determinarla no puede abrogar ni dispensar
• Las demás obligan cuando hay uso de razón a
no ser que se disponga otra cosa
• Hay que distinguir entre leyes universales,
particulares, territoriales… constituciones…
22. Obligación
• La imposibilidad física obliga del cumplimiento de
cualquier ley
• La imposibilidad moral no excusa de la ley moral
natural (no habría mártires) transgredirla sería
realizar algo intrínsecamente malo. Pero sí excusa el
cumplimiento de las leyes positivas, siempre que no
haya motivo de escándalo o daño grave a la
comunidad
23. DISPENSA
• MATERIAS PERTENECIENTES A LA LEY DIVINOPOSITIVA: Sólo cuando la ley divina se funda en un
acto humano libremente realizado (disolución por
el Romano Pontífice del matrimonio rato no
consumado)
• DEMÁS MATERIAS: Siempre es posible la dispensa