La ley reforma la ley de 1982 sobre la profesión de instrumentador quirúrgico. Reglamenta el ejercicio de la profesión, los campos de aplicación y los entes de dirección y control. Establece que los instrumentadores quirúrgicos serán responsables de la coordinación de salas de cirugía y el manejo de equipos de alta tecnología. Para ejercer, se requiere acreditar el título obtenido en el país o en el extranjero a través de convenios o ser reconocido por el Ministerio de Salud o de