2. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
El objetivo principal del curso es la preparación
y presentación de los Estados Financieros
combinados por el control total que ejerce la
matriz sobre las sucursales y estados
financieros consolidados por las relaciones de
control societario: Administrativo, financiero y
económico sobre las subordinadas constituidas
por las inversiones que realiza la casa matriz en
otras sociedades de carácter permanente
(filiales y subsidiarias), esto con el propósito de
que al finalizar el año se le transfieran los
beneficios, se realicen las operaciones entre
compañías y se saque el máximo beneficio
para los miembros del grupo empresarial.
3. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MARCO CONCEPTUAL
Son múltiples las relaciones de la casa matriz con el conjunto de
empresas que crea o invierte para desarrollar su objeto social mediante
el control societario, hasta lograr el grupo empresarial.
Agencias y Sucursales: es la primera vinculación de la casa matriz con
su entorno mediante la creación de agencias y sucursales que son
establecimientos de comercio debidamente registrados en la Cámara de
Comercio.
En la Agencia, el administrador no tiene autonomía y carece de poder
para representarla; por su parte, en la Sucursal, tiene autoridad y poder
de representación debidamente permitida su creación por escritura
Pública, constituida para ampliar y competir en mercados, con la
obligación de presentar estados financieros combinados. Su característica
principal es que todos los bienes que controla pertenecen totalmente a la
casa matriz.
4. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MARCO CONCEPTUAL
Vinculados económicos: son
sociedades en las cuales se hace una
inversión representativa con el objetivo
de mejorar la productividad de la casa
matriz por las siguientes vías:
Obtener rendimientos financieros en
calidad de dividendos o
participaciones.
Realizar operaciones cruzadas entre
compañías para mejorar la estructura
financiera y desarrollar sus objetos
sociales.
Ejercer el control societario.
5. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
Subordinadas: es la relación más importante de la casa matriz con otras
sociedades comerciales, donde las inversiones directas (filial) o indirectas
(subsidiarias) logran superar más del 50% de participación en el capital social,
o por cualesquiera de las circunstancias que determinan la existencia de la
situación de control o grupo empresarial (poder decisorio e influencia
dominante) de cuya relación genera la obligación de presentar estados
financieros consolidados.
Diferencia entre Filial y Subsidiaria
La subordinación se presenta cuando la empresa subordinada no puede tomar
decisiones por sí sola, sino que depende de terceras empresas que la controlan.
Las empresas subordinadas se clasifican en filiales y en subsidiarias, y para advertir la
diferencia entre estos dos conceptos, basta consultar el artículo 260 del código de
comercio modificado por el artículo 26 de la ley 222 de 1995:
Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se
encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o
controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquélla se denominará filial o con
el concurso o por intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará
subsidiaria.
6. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
Diferencia entre Filial y Subsidiaria
De lo descrito anteriormente en la norma se
advierte que la filial es aquella empresa que
es controlada directamente por otra
empresa, sin utilización de intermediarios.
Cuando la empresa es controlada por
intermedio de otra empresa, la empresa
controlada se denominará subsidiaria.
Ejemplo
Supongamos las empresas, A, B y C.
Si A controla a C, C es una empresa filial.
Si A controla a B y B a la vez controla a C,
estamos ante una subsidiaria, toda vez que
C está controlada por A por intermedio de B.
Allí se presenta un control indirecto, de
modo que la empresa C será una
subsidiaria.
7. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
Inversión de menor cuantía: son inversiones también de la casa matriz en
otras empresas con una participación menor al 50% del patrimonio, las
cuales se contabilizan por el método del costo y cualquier diferencia con el
valor intrínseco o de mercado se registra como una valorización (costo
menor al valor intrínseco o de mercado) o un provisión (costo mayor al valor
intrínseco o de mercado).
Inversiones de mayor cuantía: Cuando la casa matriz logra más del 50%
de la inversión se aplica el método del crédito mercantil para los mayores
valores pagados sobre el valor intrínseco o de mercado y el método de
participación patrimonial se contabiliza sobre el valor intrínseco o de
mercado.
Crédito mercantil: Cuando la matriz hace inversiones por un valor mayor a
la información en libros de la subordinada o valor intrínseco o de mercado
cuando negoció sus títulos en bolsa de valores, se contabiliza el crédito
mercantil. Cuando compra por menor valor, así haya adquirido el control, la
contabiliza por el método del costo, porque hay una prohibición tácita en
una de las circulares de Superintendencia de sociedades.,
8. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
Sociedades Extranjeras: Son entes de nacionalidad extranjera cuyo
objeto social lo desarrollan en un país diferente al de la casa matriz. Se
consideran vinculados económicos de cuyas operaciones entre las
compañías y la relación de inversión exige estados financieros
consolidados, previa conversión de los estados financieros de la extranjera
a moneda nacional como paso previo a la consolidación.
Grupo Empresarial: Denominado
también grupo económico. En el existen
varias inversiones en subordinadas con
las cuales tiene unidad de propósito y de
dirección.
Holding: Se entiende como una
organización económica que controla una
serie de compañías que la garantizan un
control sobre los diferentes factores de un
mercado.
Holding es una palabra inglesa, son considerados una forma de
integración y colaboración empresarial, similar a lo que en Colombia
conocemos como grupo empresarial o grupo económico.
12. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
AGENCIAS Y CASA MATRIZ
CONTABILIDAD EN SUCURSALES Y CASA MATRIZ
DESPACHOS AL COSTO
DESPACHOS CON SOBRECOSTO
Ejemplo 1 – Despachos al Costo
Ejemplo 2 – Despacho con Sobre Costo
Despachos a la Sucursal con sobrecosto: El método consiste en
agregarle un porcentaje al costo, que puede ser la utilidad proyectada, para
que el administrador de la sucursal no conozca sus verdaderas utilidades y
las ventas se realicen por igual valor. Con este método, la sucursal siempre
reportará pérdidas a la casa matriz y se pierde el concepto de la
autosuficiencia de cada establecimiento de comercio de generar los flujos de
caja suficiente para cubrir sus gastos y reportar utilidades a la casa Matriz.
Con este método se limita la función en el manejo de precios de los
administradores de las sucursales y el gerente de la casa matriz
mantiene el control.
Ejemplo 1 – Matriz y la relación con la casa la Agencia Comercial
13. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
Agencias y Sucursales
CONTABILIDAD EN SUCURSALES
Ejemplo 2 – Despacho con Sobre Costo
Suponga los mismos datos del problema anterior, excepto que la
mercancía despachada a la sucursal tiene un sobre costo del 20%; de
tal manera que su costo es de $36.000.000 (30.000.000 X 120%
Otro dato a tener en cuenta es que en la venta se realiza al 100% de la
mercancía a clientes por $42.840.000, con el 19% de impuestos a las
ventas y le practicaron retención en la fuente del 2,5% por $900.000 y
no practicar retención de ICA en ningún punto.
En el punto 8 - La Sucursal envió a la Casa Matriz el valor cobrado de
la cartera.
14. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Las personas naturales y las sociedades comerciales
se proyectan en el sector económico mediante
inversiones representativas por compra de paquetes
de acciones, cuotas o partes de interés social por su
valor intrínseco o de mercado, con las cuales el
inversionista adquiere los derechos expuestos en el
patrimonio y el control de la sociedad.
El monto de la inversión puede ser por cualquier valor
de participación, pero se requiere una inversión de
aporte social mayor del 50% para conseguir el control
societario.
15. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
De acuerdo a la Ley 222/95, incorporado en el Art. 261 del C.Co
Presunciones de subordinación.
Será subordinada una sociedad cuando se encuentre en uno o más de los
siguientes casos:
1. Cuando más del (50%) del capital pertenezca a la matriz, directamente o
por intermedio o en el concurso de sus subordinadas, o de las
subordinadas de estas. Para tal efecto no se computarán las acciones
con dividendo preferencial y sin derecho a voto.
2. Cuando la matriz y las subordinadas tengan conjunta o separadamente
el derecho de emitir los votos constitutivos de la mayoría mínima
decisoria en la junta de socios o en la asamblea, o tengan el número de
votos necesarios para elegir a la mayoría de los miembros de la junta
directiva, si la hubiere.
3. Cuando la matriz, directamente o por intermedio o con el concurso de las
subordinadas, en razón de un acto o negocio con la sociedad controlada
o con sus socios, ejerza influencia dominante en la decisiones de los
órganos de administración de la sociedad.
16. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
De acuerdo a la Ley 222/95, incorporado en el Art. 261 del C.Co
Presunciones de subordinación.
Parágrafo 1. Igualmente habrá subordinación, para todos los efectos
legales, cuando el control conforme a los supuestos previstos en el presente
articulo, sea ejercido por una o varias personas naturales o jurídicas de
naturaleza no societaria, bien sea directamente o por intermedio o con el
concurso de entidades en las cuales éstas posean más del 50% del capital o
configure la mayoría mínima para la toma de decisiones o ejerzan influencia
dominante en la dirección o toma de decisiones de la entidad.
Parágrafo 2. Así mismo, una sociedad se considera subordinada cuando el
control sea ejercido por otra sociedad, por intermedio o con el concurso de
alguna o algunas de las entidades mencionadas en el parágrafo anterior.
17. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Filial: es el ente económico donde la matriz hace la inversión en forma
directa y por consiguiente posee el control económico, financiero y
administrativo.
Subsidiaria: es el ente económico donde la filial hace la inversión en forma
directa y adquiere el control económico, financiero y administrativo, del cual
también se deriva el control para la matriz en forma directa, por intermedio o
con el concurso de la filial.
Tipos de inversiones:
Inversión directa:
Inversión indirecta:
Inversión con el concurso:
Inversión por intermedio:
Subordinadas
Filial: Tiene participación directa
> del 50%
Subsidiaria: Participación directa
+ indirecta sea > 50%
Inversión
Participación directa +
participación indirecta sea < 50%
18. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
INVERSION DIRECTA EN SUBORDINADA DENOMINADA FILIAL
19. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
INVERSION INDIRECTA EN SUBORDINADA DENOMINADA SUBSIDIARIA
20. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
INVERSION CON EL CONCURSO DE FILIAL DENOMINADA SUBSIDIARIA
22. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Poder decisorio: Cuando la matriz y las subordinadas tengan conjunta o
separadamente el derecho de emitir votos constitutivos de la mayoría minima
decisoria en la junta de socios o en la asamblea, o tengan el número de votos
necesarios para elegir la mayoría de los miembros de la junta directiva, si la
hubiere. (Num. 2. Art. 27, L 222/95.)
Poder decisorio de un asociado mediante poderes de otros asociados
23. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
De acuerdo con la NIIF 10 ESTADOS FINANCIEROS
CONSOLIDADOS una entidad tiene control sobre una
participada si cumple todas las siguientes condiciones:
a) Poder sobre la participada
b) Exposición, o derecho, a rendimientos variables procedentes
de su implicación en la participada y
c) Capacidad de utilizar su poder sobre la participada para
influir en el importe de los rendimientos del inversor.
Por lo general una inversión posee control cuando mantiene
más del 50% de las acciones de la participada.
24. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
CONTROL / ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Control
Control
Conjunto
Inversiones en Asociadas
Instrumentos Financieros INVERSIÓN
ASOCIADA
SUBORDINADA
25. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Toda entidad que posee una inversión en la cual determine que
posee control debe presentar estados financieros consolidados
adicionales a sus estados financieros separados.
Ejemplo 1
El 1 de enero de 20X1, la Compañía Tulueña SAS adquirió el 100% de las
acciones de la compañía Andaluz SAS el cual le otorga el poder de decidir
sobre las actividades relevantes de la subsidiaria.
¿La compañía Tulueña SAS debe presentar estados financieros consolidados?
Ejemplo 2
El 1 de enero de 20X1, la compañía TULUEÑA SAS adquirió el 28% de las
acciones de ANDALUZ SAS dándole el poder de influir en las decisiones de la
entidad.
¿La compañía TULUEÑA SAS debe presentar estados financieros
consolidados?
26. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
CONTROL SIN UNA MAYORIA DE VOTOS
En algunos casos una minoría de accionistas puede
tener control sobre la participada. Esto se puede dar por
ejemplo mediante un acuerdo contractual en el cual se
transfieren los derechos a voto a un inversionista o el
poder de dirigir las actividades relevantes de la
participada. Así mismo el inversionista que tenga una
participación menor al 50% debe contemplar los
derechos a voto potenciales que tenga, es decir, si
posee derechos a votos futuros sobre la participada
como ocurre con las acciones preferentes convertibles o
bonos convertibles en acciones comunes u otros
instrumentos adicionales que al convertirse otorguen
control sobre la participada.
27. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Ejemplo 3
El 1 de enero de 20X1, la Compañía Tulueña SAS adquirió el
30% de las acciones de la compañía Andaluz SAS.
El 31 de enero de 20X1 se firma un acuerdo contractual entre la
compañía TULUEÑA SAS y los demás inversionistas en los
cuales le otorgan el poder de tomar las decisiones sobre las
actividades relevantes.
¿La compañía Tulueña SAS debe presentar estados financieros
consolidados?
28. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS
Ejemplo 4
El 1 de enero de 20X1, la compañía TULUEÑA SAS adquirió el 40% de las
acciones de ANDALUZ SAS. El 60% restante de acciones están
representadas en 60 inversionistas con una participación del 1% cada uno.
No existe un acuerdo contractual entre los otros inversionistas para transferir
el derecho voto.
Adicionalmente se ha evidenciado en las anteriores reuniones de asamblea
de accionistas que debido a la gran cantidad de dispersión de inversionistas
con un porcentaje mínimo, las decisiones relevantes han sido tomadas por
TULUEÑA SAS.
¿La compañía TULUEÑA SAS debe presentar estados financieros
consolidados?
29. CASOS CONTABLES ESPECIALES II
MATRICES Y SUBORDINADAS – RECONOCIMIENTO DE LA INVERSIÓN
Inversiones en Asociadas, las NIIF requiere que una entidad elija uno de los tres
modelos para contabilizar sus inversiones en asociadas:
(a) El modelo del Costo, según el cual la inversión en una asociada se mide al costo
(incluidos los costos de transacción ) menos cualquier pérdida por deterioro
acumulada. Sin embargo, el inversor que use el modelo del costo deberá utilizar el
modelo del valor razonable para todas la s inversiones en asociadas para la que
haya un precio de cotización publicado.
(b) El método de participación, según el cual la inversión en una asociada se
reconoce inicialmente al precio de la transacción (incluidos los costos de
transacción) y se ajusta posteriormente para reflejar los cambios que experimenta,
tras la adquisición, la participación del inversor tanto en el resultado como en otro
resultado integral de la asociada.
(c) El modelo del valor razonable, según el cual la inversión en una asociada se
reconoce inicialmente al precio de la transacción (sin incluir los costos de
transacción). Luego del reconocimiento inicial, la inversión en una asociada se
medirá al valor razonable en cada fecha sobre la que se informe. Los cambios en
el valor razonable se reconocerán en resultados. No obstante, un inversor que use
el modelo del valor razonable deberá utilizar el modelo del costo para las
inversiones en asociadas en las que sea impracticable medir el valor razonable con
fiabilidad, sin incurrir en un costo o esfuerzo desproporcionado