El documento describe los servicios de una compañía de consultoría ambiental. La compañía ofrece una variedad de servicios relacionados con el medio ambiente, incluyendo estudios de impacto ambiental, dirección ambiental de obras, y consultoría sobre eficiencia energética y desarrollo sostenible. La compañía ha trabajado en diversos sectores como energía, residuos e industria, ayudando a clientes a obtener las autorizaciones ambientales necesarias.
Guía orientativa sobre la ley de prevención y protección ambiental de AragónServiDocu
Las organizaciones empresariales aragonesas CEPYME Aragón y CREA con la financiación del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) ha elaborado esta guía con la uqe se persigue hacer más claros y fáciles de entender los diferentes procedimientos que incluye la nueva Ley 11/2014, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, con el fin de agilizar y mejorar en lo posible, la relación entre los promotores y ciudadanos en general y la Administración ambiental aragonesa.
Presentación de Álvaro Enriquez de Salamanca de Draba Ingeniería en la Mesa redonda sobre Evaluación Ambiental celebrada en el Instituto Superior del Medio Ambiente.
http://www.ismedioambiente.com/programas-formativos/evaluacion-ambiental-estrategica
Guía orientativa sobre la ley de prevención y protección ambiental de AragónServiDocu
Las organizaciones empresariales aragonesas CEPYME Aragón y CREA con la financiación del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) ha elaborado esta guía con la uqe se persigue hacer más claros y fáciles de entender los diferentes procedimientos que incluye la nueva Ley 11/2014, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, con el fin de agilizar y mejorar en lo posible, la relación entre los promotores y ciudadanos en general y la Administración ambiental aragonesa.
Presentación de Álvaro Enriquez de Salamanca de Draba Ingeniería en la Mesa redonda sobre Evaluación Ambiental celebrada en el Instituto Superior del Medio Ambiente.
http://www.ismedioambiente.com/programas-formativos/evaluacion-ambiental-estrategica
Documentación procesos para obtener Licencias Ambientales Categoría 1 2 3 y 4Fernando Aguilera
Documentación de los procesos para obtener Licencias Ambientales Categoría 1 2 3 y 4.
Este documento fue realizado en el marco del convenio MCA-FIDE-Presidencia de la República.
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental MINERO Mod...Cesar Enoch
La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), concebida como un instrumento de la política ambiental, analítico y de alcance preventivo,
permite integrar al ambiente un proyecto o una actividad determinada; en esta concepción el procedimiento ofrece un conjunto
de ventajas al ambiente y al proyecto, invariablemente, esas ventajas sólo son apreciables después de largos períodos de tiempo y
se concretan en economías en las inversiones y en los costos de las obras, en diseños más perfeccionados e integrados al ambiente
y en una mayor aceptación social de las iniciativas de inversión.
A nivel mundial los primeros intentos por evaluar el impacto ambiental surge en 1970, particularmente en los EUA. En México, este
instrumento se aplica desde hace más de 20 años y durante este tiempo el procedimiento ha permanecido vigente como el principal instrumento preventivo para la Gestión de proyectos o actividades productivas
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental RESIDUOS P...Cesar Enoch
La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), concebida como un instrumento de la política ambiental, analítico y de alcance preventivo,
permite integrar al ambiente un proyecto o una actividad determinada; en esta concepción el procedimiento ofrece un conjunto
de ventajas al ambiente y al proyecto. Invariablemente, esas ventajas sólo son apreciables después de largos períodos de tiempo y
se concretan en economías en las inversiones y en los costos de las obras, en diseños más perfeccionados e integrados al ambiente y en una mayor aceptación social de las iniciativas de inversión.
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental del sector...Cesar Enoch
La edición de este documento obedece a ese mandato del Reglamento, sin embargo es conveniente considerar que la elaboración
de un documento genérico que incluya gran parte de las resultantes que surgen de la relación ambiente - proyecto y que al mismo
tiempo sea una guía de ayuda para los promoventes interesados en racionalizar y resolver los problemas derivados de esa relación,
es un reto que entraña gran dificultad, tal vez de ello derive la superación que se ha hecho en dos ocasiones anteriores de este tipo
de documentos. Varios intentos por concretar estas guías, probablemente han quedado en los archivos y otros ejercicios distintos al
que aquí se ofrece podrán brindar mayor éxito al promovente en su intento por evaluar el impacto ambiental de sus iniciativas de
inversión. Por ello, esta nueva versión de las guías no pretende ofrecer un documento rígido y con reglas invariables, por el contrario,
pretende ser un documento indicativo que oriente al promovente en la integración de su Manifestación de Impacto Ambiental para
identificar la viabilidad ambiental de su proyecto, las medidas de mitigación, restauración y/o compensación que serán necesarias adoptar para alcanzar la autorización correspondiente de la autoridad.
Documentación procesos para obtener Licencias Ambientales Categoría 1 2 3 y 4Fernando Aguilera
Documentación de los procesos para obtener Licencias Ambientales Categoría 1 2 3 y 4.
Este documento fue realizado en el marco del convenio MCA-FIDE-Presidencia de la República.
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental MINERO Mod...Cesar Enoch
La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), concebida como un instrumento de la política ambiental, analítico y de alcance preventivo,
permite integrar al ambiente un proyecto o una actividad determinada; en esta concepción el procedimiento ofrece un conjunto
de ventajas al ambiente y al proyecto, invariablemente, esas ventajas sólo son apreciables después de largos períodos de tiempo y
se concretan en economías en las inversiones y en los costos de las obras, en diseños más perfeccionados e integrados al ambiente
y en una mayor aceptación social de las iniciativas de inversión.
A nivel mundial los primeros intentos por evaluar el impacto ambiental surge en 1970, particularmente en los EUA. En México, este
instrumento se aplica desde hace más de 20 años y durante este tiempo el procedimiento ha permanecido vigente como el principal instrumento preventivo para la Gestión de proyectos o actividades productivas
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental RESIDUOS P...Cesar Enoch
La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), concebida como un instrumento de la política ambiental, analítico y de alcance preventivo,
permite integrar al ambiente un proyecto o una actividad determinada; en esta concepción el procedimiento ofrece un conjunto
de ventajas al ambiente y al proyecto. Invariablemente, esas ventajas sólo son apreciables después de largos períodos de tiempo y
se concretan en economías en las inversiones y en los costos de las obras, en diseños más perfeccionados e integrados al ambiente y en una mayor aceptación social de las iniciativas de inversión.
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental del sector...Cesar Enoch
La edición de este documento obedece a ese mandato del Reglamento, sin embargo es conveniente considerar que la elaboración
de un documento genérico que incluya gran parte de las resultantes que surgen de la relación ambiente - proyecto y que al mismo
tiempo sea una guía de ayuda para los promoventes interesados en racionalizar y resolver los problemas derivados de esa relación,
es un reto que entraña gran dificultad, tal vez de ello derive la superación que se ha hecho en dos ocasiones anteriores de este tipo
de documentos. Varios intentos por concretar estas guías, probablemente han quedado en los archivos y otros ejercicios distintos al
que aquí se ofrece podrán brindar mayor éxito al promovente en su intento por evaluar el impacto ambiental de sus iniciativas de
inversión. Por ello, esta nueva versión de las guías no pretende ofrecer un documento rígido y con reglas invariables, por el contrario,
pretende ser un documento indicativo que oriente al promovente en la integración de su Manifestación de Impacto Ambiental para
identificar la viabilidad ambiental de su proyecto, las medidas de mitigación, restauración y/o compensación que serán necesarias adoptar para alcanzar la autorización correspondiente de la autoridad.
PROYECTO DE ESPOSICION REALIZADO EN DICIEMPRE 2013 EN COMPUTACION EMPRESARIAL PERSONALIZADA Y PRIVADA DE ZARAGOZA, COAHUILA COMO MANERA DE ENTENDER AL RECURSO HUMANO CON EL QUE CONVIVIMOS DIARIO...
El presente trabajo contiene información libre recopilada en la web y la información del departamento de investigación del Congreso de la República, para fines academicos
Fortalecer capacidades para comprender conceptos sobre la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional, basada en las Normas Nacionales.
Comprender que es un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional y como funciona.
Conocer y facilitar el entendimiento de la gestión por procesos y hechos en el modelo de un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001.
Interpretar adecuadamente los requerimientos para mejorar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS en correspondencia a los Requisitos del Reglamento 055.
Wir sind ein führender internationaler Logistikdienstleister mit Niederlassungen in allen bedeutenden Märkten dieser Welt. Die gesamte Liste unserer Produkte und Dienstleistungen reicht von konventioneller Land-, Schienen-, Luft- und Seefracht bis hin zum weltweitem Supply Chain Management
Urban planning evaluation of the success of Bermondsey Spa project in Bermondsey, Southwark, London. Research project for UCL ENVS 3014 Development Project Regeneration. Authors: Jannat Alkhanizi, Shivani Bhatnagar, Sitian Chen, Hebe Ni, Zidong Han, Janey Lin Zhao
Similar a Mesa Redonda Ley Evaluación Ambiental. Ambinor: Novedades y cuestiones controvertidas: la inseguridad jurídica de la nueva Ley de Evaluación Ambiental
Guía para la presentación de la manifestación de impacto ambiental para proye...Cesar Enoch
La edición de este documento obedece a ese mandato del Reglamento, sin emabrgo es conveniente considerar que la elaboración
de un documento genérico que incluya gran parte de las resultantes que surgen de la relación ambiente - proyecto y que al mismo
tiempo sea una guía de ayuda para los promoventes interesados en racionalizar y resolver los problemas derivados de esa relación,
es un reto que entraña gran dificultad, tal vez de ello derive la superación que se ha hecho en dos ocasiones anteriores de este tipo
de documentos. Varios intentos por concretar estas guías, probablemente han quedado en los archivos y otros ejercicios distintos al
que aquí se ofrece podrán brindar mayor éxito al promovente en su intento por evaluar el impacto ambiental de sus iniciativas de
inversión. Por ello, esta nueva versión de las guías no pretende ofrecer un documento rígido y con reglas invariables, por el contrario,
pretende ser un documento indicativo que oriente al promovente en la integración de su Manifestación de Impacto Ambiental para
identificar la viabilidad ambiental de su proyecto, las medidas de mitigación, restauración y/o compensación que serán necesarias
adoptar para alcanzar la autorización correspondiente de la autoridad.
Así, esta guía pretende, como lo índica el concepto, guiar a los promoventes interesados en la elaboración de los Estudios de
Impacto Ambiental. Este objetivo implicó diversos ejercicios de análisis que determinaron el contenido de la presente guía. En
primer lugar se ha trabajado porque el documento tenga un lenguaje claro y no demasiado técnico, sin embargo como en muchas
ocasiones es inevitable utilizar términos técnicos, hemos incorporado una sección con un vocabulario que ayude a entender tanto el
significado de un término determinado como el sentido con el que se asume en la guía.
Similar a Mesa Redonda Ley Evaluación Ambiental. Ambinor: Novedades y cuestiones controvertidas: la inseguridad jurídica de la nueva Ley de Evaluación Ambiental (20)
Presentaciones de la Jornada de Orientación Laboral para futuros graduados en Ciencias Ambientales celebrada en la Universidad de Alcalá de Henares, UAH.
-Cómo abordar con éxito la búsqueda de empleo
- Uso de las redes sociales en la búsqueda de empleo
Santiago Molina explicó en el Foro de Postgrado 2015 cómo optimizar nuestro perfil de Linkedin para sacarle el máximo partido en la búsqueda de oportunidades profesionales y networking
El Máster en Gestión Ambiental en la Empresa surge a partir del compromiso de colaboración entre la Nebrija Business School y el Instituto Superior del Medio Ambiente para la puesta en marcha y el desarrollo de programas de formación de alta cualificación y excelencia en gestión ambiental.
Presentación de la charla Oportunidades de Empleo en el Sector Ambiental impartida por Juan Sierra en el Speaker Corner del Foro de Postgrado 2015.IFEMA
Con la realización del curso el alumno adquiere los conocimientos teórico-prácticos sobre los dos procedimientos CE3 y CE3X publicados para la certificación energética de edificios existentes de vivienda, pequeño y mediano terciario así como gran terciario, conforme a las disposiciones del nuevo de Real Decreto 235/2013 de certificación energética de Edificios Existentes.
Con la entrada en vigor de la denominada Ley de las tres “R”, Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, se crea y regula la figura del Informe de Evaluación de Edificios (IEE). Online. 60 horas.
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Presentación de Jose Luis Canga, Director de Abaleo s.l. en la Jornada de Gestión Ambiental de Producto organizada por el Instituto Superior del Medio Ambiente
Exposición de Jose Ángel Martín, responsable de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, que nos habló sobre los diferentes puestos relacionados con el Medio Ambiente en los que se puede trabajar en un Ayuntamiento para la cuarta edición de las Jornadas de Orientación Profesional en Medio Ambiente organizadas por el Instituto Superior del Medio Ambiente con la colaboración del Colegio Oficial de Biólogos y ACA (Asociación de Ciencias Ambientales)
Presentación realizada por María Martín , para la cuarta edición de las Jornadas de Orientación Profesional en Medio Ambiente organizadas por el Instituto Superior del Medio Ambiente con la colaboración del Colegio Oficial de Biólogos y ACA (Asociación de Ciencias Ambientales)
Avances de Perú con relación al marco de transparencia del Acuerdo de ParísCIFOR-ICRAF
Presented by Berioska Quispe Estrada (Directora General de Cambio Climático y Desertificación) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
E&EP2. Naturaleza de la ecología (introducción)VinicioUday
Naturaleza de la ecología
Se revisan varios conceptos utilizados en ecología como organismo, especie, población, comunidad, ecosistema, la interacción entre organismos y medio ambiente, rápidamente se da a conocer las raices de la ecología (historia).
Mejorando la estimación de emisiones GEI conversión bosque degradado a planta...CIFOR-ICRAF
Presented by Kristell Hergoualc'h (Scientist, CIFOR-ICRAF) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
Inclusión y transparencia como clave del éxito para el mecanismo de transfere...CIFOR-ICRAF
Presented by Lauren Cooper and Rowenn Kalman (Michigan State University) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
AVANCCE DEL PORTAFOLIO 2.pptx por los alumnos de la universidad utpluismiguelquispeccar
espero que te sirve esta documento ya que este archivo especialmente para desarrollar una buena investigación y la interacción entre el individuo y el medio ambiente es compleja y multifacética, involucrando una red de influencias mutuas que afectan el desarrollo y el bienestar de las personas y el estado del entorno en el que viven.
La relación entre el individuo y el medio ambiente es un tema amplio que abarca múltiples disciplinas como la psicología, la sociología, la biología y la ecología. Esta interacción se puede entender desde varias perspectivas:
Presentación de Inés Aguilar, de IITG Instituto Tecnológico de Galicia, en la píldora del jueves 30 de mayo de 2024, titulada "La Píldora de los Jueves: Performance Verification WELL".
Mesa Redonda Ley Evaluación Ambiental. Ambinor: Novedades y cuestiones controvertidas: la inseguridad jurídica de la nueva Ley de Evaluación Ambiental
1. Aportamos ideas,
creamos resultados
MESA REDONDA: IMPLICACIONES DE
LA LEY 21/2013 DE EVALUACIÓN
AMBIENTAL
Novedades y cuestiones
controvertidas: la inseguridad
jurídica de la nueva Ley de
Evaluación Ambiental
Mauricio Bermejo
Director de Desarrollo de Negocio
2. quiénes somos quiénes somos
Nuestra misión es facilitar a empresas y
administraciones todo el apoyo técnico,
legal y administrativo necesario para
conseguir el éxito en proyectos con
implicaciones o contenido medioambiental
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Más de 1000 proyectos desarrollados,
con un índice global de satisfacción de nuestros clientes de 9,7 sobre 10
3. Lo que nos hace diferentes Lo que nos hace diferentes
4. somos especialistas en somos especialistas en
Conducimos hacia el éxito proyectos de la más alta sensibilidad.
Nuestra capacidad de respuesta nos permite ofrecer garantías donde los
demás no pueden.
Por eso ayudamos a tu organización a alcanzar sus objetivos
5. qué hacemos qué hacemos
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proyectos
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Ingeniería ambiental
Nuestro objetivo es que
consigas todas las
autorizaciones necesarias
para la puesta en marcha
de tu proyecto industrial.
Realizamos todos los
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defendemos tus intereses
frente a la Administración.
Contamos con más de 500
referencias de éxito.
6. qué hacemos qué hacemos
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Prestamos todos los
servicios vinculados a medio
ambiente y patrimonio
cultural en obra, incluyendo
la Dirección Ambiental de
Obra, y los estudios y
mediciones que ésta requiera
Nuestro principal valor está
en la negociación de los
términos del control
ambiental con la
Administración, para
conseguir la máxima eficacia
con la mínima repercusión
sobre plazos y costes
7. qué hacemos qué hacemos
Eficiencia energética y gestión ambiental
Innovación y consultoría
Planes y programas. Ordenación del territorio
Responsabilidad social corporativa y desarrollo
sostenible
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nuestros clientes, en los
campos de la planificación
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implicamos con tus
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8. sectores sectores
Nos hemos especializado en los siguientes sectores:
energía y minas
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obra civil y edificación
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ingenieros y arquitectos
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autorizadas
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autorizadas
» Más de 5 millones de toneladas
instaladas
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millones de habitantes
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de euros de inversión
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sectores
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empleados
» Colaboración en más de 200
proyectos, con 1.200 millones de
euros de inversión total
» Colaboración en proyectos de
urbanismo que suman 80.000 Ha
» Más de 120 contratos de consultoría
en ámbito nacional, autonómico y
local
10. LEY 21/2013LEY 21/2013
ASPECTOS GENERALES (I)
Sustituye y deroga las actuales normas estatales
básicas reguladoras de estos procedimientos: la
Ley 9/2006, el Real Decreto Legislativo 1/2008 y
el Real Decreto 1131/1988.
Pretende corregir dos aspectos básicos: la
excesiva duración de la tramitación (que supera
los tres años de media en la Administración
General del Estado), y las injustificadas diferencias
normativas entre Comunidades Autónomas.
11. LEY 21/2013LEY 21/2013
ASPECTOS GENERALES (II)
Su disposición final séptima otorga un plazo de un
año para que las Comunidades Autónomas que han
legislado en la materia (prácticamente todas)
puedan adaptar su normativa a dichos preceptos. A
partir de ese momento, “en cualquier caso, serán
aplicables los artículos de esta Ley, salvo los no
básicos, a todas las Comunidades Autónomas”
(disposición final undécima).
12. LEY 21/2013LEY 21/2013
ASPECTOS GENERALES (III)
No obstante, según se recoge en la disposición final
octava, no tienen carácter básico, y por tanto sólo
serán de aplicación a la Administración General del
Estado y a sus organismos públicos, los plazos
establecidos en los artículos 17, 18, 19, 24, 25, 26,
27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39,
40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y en la disposición
adicional décima.
13. LEY 21/2013LEY 21/2013
ASPECTOS GENERALES (IV)
Se establece un esquema procedimental común
para la evaluación ambiental de proyectos y la
evaluación ambiental estratégica, por lo que las
novedades procedimentales que introduce la norma
afectan a ambos por regla general
No obstante, los procedimientos administrativos
siguen siendo diferentes para la EIA y la EAE
14. LEY 21/2013LEY 21/2013
TERMINOLOGÍA
Se unifica terminología en ambos procedimientos:
Procedimiento Documento elaborado
por el promotor
Resolución
administrativa
Evaluación Ambiental
Estratégica ordinaria
Estudio Ambiental
Estratégico
(anteriormente ISA)
Declaración Ambiental
Estratégica (anterior
Memoria Ambiental)
Evaluación Ambiental
Estratégica
simplificada
Estudio Ambiental
estratégico
Informe Ambiental
Estratégico
Evaluación de Impacto
Ambiental ordinaria
Estudio de Impacto
Ambiental
Declaración de
Impacto Ambiental
Evaluación de Impacto
Ambiental simplificada
Documento ambiental Informe de Impacto
Ambiental
15. LEY 21/2013LEY 21/2013
MEDIDAS PARA LA AGILIZACIÓN DE
LOS PROCEDIMIENTOS
Reducción de plazos
Posibilidad de acumulación
16. LEY 21/2013LEY 21/2013
AGILIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
La norma introduce reducciones en los plazos, pero la gran
mayoría de ellos no tienen carácter de legislación básica
(conforme a su disposición final octava), por lo que su
efectividad dependerá en gran medida de que sean
incorporados por las Comunidades Autónomas.
Con este el mismo objetivo de agilización, la Ley dispone que,
sin perjuicio de que con carácter general cada procedimiento de
evaluación de impacto ambiental deberá referirse a un único
proyecto, el órgano ambiental podrá “acordar la acumulación de
procedimientos, cuando concurran las circunstancias señaladas
en el artículo 73 de la Ley 30/1992”, esto es, cuando exista
“identidad sustancial o íntima conexión” (disposición adicional
undécima).
17. LEY 21/2013LEY 21/2013
PROCEDIMIENTOS: ORDINARIO Y SIMPLIFICADO
Se distingue tanto en la EIA como en la EAE entre un
“procedimiento ordinario”, que equivale al actual
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y
un “procedimiento simplificado”, que comprende los
trámites dirigidos a determinar si han de someterse al
procedimiento ordinario aquellos planes, programas o
proyectos que la Ley no sujeta necesariamente a
evaluación ambiental ordinaria pero que pueden
requerirla si tienen efectos adversos significativos sobre
el medio ambiente.
18. LEY 21/2013LEY 21/2013
NUEVO TRÁMITE DE INADMISIÓN
En los dos procedimientos ordinarios de evaluación ambiental
se crea un trámite previo de posible inadmisión del
procedimiento, en virtud del cual, en el plazo de veinte días
desde la recepción de la solicitud de inicio de la evaluación, el
órgano ambiental, podrá dictar una resolución de inadmisión
(recurrible) por alguna de las siguientes razones:
– a) que se estime que de modo inequívoco el proyecto es manifiestamente
inviable por razones ambientales
– b) que el estudio no reúne condiciones de calidad suficientes
– c) que ya hubiese inadmitido o dictado una declaración de impacto ambiental
o estratégica desfavorable en un proyecto sustantivamente análogo al
presentado.
19. LEY 21/2013LEY 21/2013
RESTRICCIONES A LA LEGITIMACIÓN DE LAS ASOCIACIONES
PARA INTERVENIR EN EL PROCEDIMIENTO
El Artículo 5, dedicado a “definiciones”, incorpora una nueva
exigencia para la legitimación de las asociaciones dedicadas al
medio ambiente para intervenir en los procedimientos de
evaluación ambiental, al añadir como requisito el tener entre
los fines acreditados en sus estatutos la protección del medio
ambiente, y que “tales fines puedan resultar afectados por la
evaluación ambiental”, “que lleven al menos 2 años
constituidas y vengan funcionando de modo activo”
En el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, si
bien se mantiene la consulta a “las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas”, se omite la referencia
a la “puesta a disposición del público” que contemplaba la
anterior Ley 9/2006.
20. LEY 21/2013LEY 21/2013
NOVEDADES EN LA DIA Y EN LA DAE
La Ley precisa que la falta de emisión de la DIA o de la DAE
en plazo “en ningún caso podrá entenderse que equivale a
una evaluación ambiental favorable”. Se incorpora así la
doctrina jurisprudencial sobre la imposibilidad de obtener la
DIA por silencio positivo (STS de 28 de mayo de 2012, Rec.
n.º 1991/2009), pero sigue sin aclararse qué ocurre si la DIA
no se emite por la autoridad ambiental competente.
21. LEY 21/2013LEY 21/2013
NUEVOS INFORMES EN LA EIA DE PROYECTOS (I)
En el procedimiento de EIA el órgano sustantivo,
además de cumplir con el trámite de información
pública y de consultar a las Administraciones
interesadas, deberá recabar, con carácter
preceptivo, los siguientes informes:
• En los proyectos de carácter estatal, el informe del órgano con
competencias en medio ambiente de la Comunidad Autónoma en donde
se ubique territorialmente el proyecto.
• El informe sobre el patrimonio cultural, cuando proceda;
• El informe del órgano con competencias en materia de dominio público
hidráulico, cuando proceda;
• El informe sobre dominio público marítimo-terrestre, cuando proceda.
22. LEY 21/2013LEY 21/2013
NUEVOS INFORMES EN LA EIA DE PROYECTOS (II)
Las Comunidades Autónomas podrán, en el ámbito de sus
competencias, establecer el carácter preceptivo de cualquier
otro informe.
La falta de emisión de uno de estos informes puede impedir
la tramitación del procedimiento si “el órgano ambiental no
dispusiera de elementos suficientes de juicio para realizar la
evaluación de impacto ambiental”. En ese caso, se le
requerirá al órgano jerárquicamente superior, y se prevé
también la posibilidad de que el promotor utilice la vía del
recurso contra la inactividad de la Administración del art.
29.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
para su emisión.
23. LEY 21/2013LEY 21/2013
CAPACIDAD TÉCNICA Y RESPONSABILIDAD DE
LOS EQUIPOS REDACTORES
Siguiendo la solución adoptada por algunas Comunidades Autónomas,
la Ley dispone que el estudio de impacto ambiental y el estudio
ambiental estratégico, así como los documentos iniciales de los
procedimientos simplificados, “deberán ser realizados por personas
que posean la capacidad técnica suficiente de conformidad con las
normas sobre cualificaciones profesionales y de la educación superior,
y tendrán la calidad necesaria para cumplir las exigencias de esta ley”,
y añade que “para ello, los estudios y documentos ambientales
mencionados deberán identificar a su autor o autores indicando su
titulación y, en su caso, profesión regulada”.
25. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
NOVEDAD IMPORTANTE:
Actuaciones con carácter previo al procedimiento de
EIA ordinario:
– Potestativas
– Obligatorias
Esto configura un cambio importante en la
definición del procedimiento de EIA, ya no incluye
todos los trámites como anteriormente.
26. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 34. Actuaciones previas: consultas a las
Administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas y elaboración del documento de alcance del
estudio de impacto ambiental.
Es potestativo del promotor
Se solicita la determinación del alcance del EsIA
Se presenta un Documento Inicial
El Órgano Sustantivo remite al Órgano
Ambiental en el plazo de 10 días hábiles
Consulta a Administraciones Públicas afectadas
y a personas interesadas con 30 días hábiles
Reiteración de consulta con 10 días hábiles
Documento de alcance en el plazo de 3 meses
27. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 36. Información pública del proyecto y del
estudio de impacto ambiental.
Presentación ante el Órgano Sustantivo
Órgano Sustantivo realiza Información
Pública por un periodo no inferior a 30
días
28. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 37. Consulta a las Administraciones Públicas
afectadas y a las personas interesadas.
La consulta ha de hacerla el Órgano Sustantivo,
de forma simultánea a la Información Pública.
Con carácter preceptivo ha de consultarse a:
• a) El informe del órgano con competencias en materia
de medio ambiente de la comunidad autónoma en
donde se ubique territorialmente el proyecto.
• b) El informe sobre el patrimonio cultural, cuando
proceda.
• c) El informe del órgano con competencias en materia
de dominio público hidráulico, cuando proceda.
• d) El informe sobre dominio público marítimo-terrestre,
cuando proceda.
Plazo de 30 días hábiles
29. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 38. Remisión al promotor del resultado de
la información pública y de las consultas.
En el plazo máximo de treinta días hábiles desde la
finalización de los trámites de información
pública y de consultas a las administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas,
el órgano sustantivo remitirá al promotor los
informes y alegaciones recibidas para su
consideración en la redacción, en su caso, de la
nueva versión del proyecto y en el estudio de
impacto ambiental.
30. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 39. Inicio de la EIA Ordinaria (I)
Dentro del procedimiento sustantivo, el promotor
ha de presentar la solicitud de inicio de la EIA
Ordinaria ante el Órgano Sustantivo
a) El documento técnico del proyecto.
b) El estudio de impacto ambiental.
c) Las alegaciones e informes recibidos en los trámites de
información pública y de consultas a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas.
d) En su caso, las observaciones que el órgano sustantivo estime
oportunas.
31. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 39. Inicio de la EIA Ordinaria (II)
El Órgano Sustantivo evalúa la documentación y requiere
la subsanación con un plazo de 10 días hábiles si es
preciso
El Órgano Sustantivo remite al Órgano Ambiental una vez
que está completo
El Órgano Ambiental dispone de 20 días para resolver la
inadmisión. Razones para ello:
a) Si estimara de modo inequívoco que el proyecto es manifiestamente
inviable por razones ambientales.
b) Si estimara que el estudio de impacto ambiental no reúne
condiciones de calidad suficientes.
c) Si ya hubiese inadmitido o ya hubiese dictado una declaración de
impacto ambiental desfavorable en un proyecto sustantivamente
análogo al presentado.
32. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 40. Análisis técnico del expediente
El Órgano Ambiental analiza el expediente
Si encuentra defectos de tramitación, requiere al Órgano
Sustantivo para que los subsane en 3 meses. Si esta
circunstancia no se produce, se daría por finalizada la EIA
Ordinaria
Si falta algún informe preceptivo, el Órgano Ambiental
puede requerir al superior jerárquico del mismo para que
los expida en 10 días hábiles
Si no los recibe, comunicará la Imposibilidad de continuar
con el procedimiento
Plazo total: 4 meses, prorrogables en 2 más
33. Procedimiento EIA OrdinariaProcedimiento EIA Ordinaria
Artículo 41. Declaración de Impacto
Ambiental
El Órgano Ambiental la emite una vez
finalizado el análisis técnico del expediente
Deberá remitirse al Boletín Oficial en el plazo
de 15 días
VIGENCIA: 4 años, ampliables 2 más (artículo
43)
34. Modificación de las condiciones de
la DIA ¿Cuándo puede producirse?
Modificación de las condiciones de
la DIA ¿Cuándo puede producirse?
a) La entrada en vigor de nueva normativa que incida
sustancialmente en el cumplimiento de las condiciones
establecidas en la declaración de impacto ambiental.
b) Cuando la declaración de impacto ambiental establezca
condiciones cuyo cumplimiento se haga imposible o
innecesario porque la utilización de las nuevas y mejores
técnicas disponibles en el momento de formular la solicitud
de modificación permiten una mejor y más adecuada
protección del medio ambiente, respecto del proyecto o
actuación inicialmente sometido a evaluación de impacto
ambiental.
c) Cuando durante el seguimiento del cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental se detecte que las
medidas preventivas, correctoras o compensatorias son
insuficientes, innecesarias o ineficaces.
35. Procedimiento EIA SimplificadaProcedimiento EIA Simplificada
Artículo 45. Solicitud de inicio de la EIA simplificada.
Solicitud ante el Órgano Sustantivo dentro del
procedimiento sustantivo de autorización del
proyecto, incluyendo un documento ambiental
Si el Órgano Sustantivo aprecia carencias,
requiere para que se subsanen en 10 días
hábiles
El Órgano Sustantivo remite al Órgano Ambiental
El Órgano Ambiental puede resolver inadmisión
en el plazo de 20 días
36. Procedimiento EIA SimplificadaProcedimiento EIA Simplificada
Artículo 46. Consulta a las Administraciones Públicas
afectadas y a las personas interesadas.
La consulta ha de hacerla el Órgano Ambiental
Plazo máximo de 30 días hábiles
Si el Órgano Ambiental carece de elementos de
juicio, requerirá al superior jerárquico con un
plazo de 10 días
37. Procedimiento EIA SimplificadaProcedimiento EIA Simplificada
Artículo 47. Informe de Impacto Ambiental.
El Órgano Ambiental emitirá el Informe de
Impacto Ambiental, decidiendo si:
• El proyecto debe someterse a una evaluación de impacto
ambiental ordinaria por tener efectos significativos sobre
el medio ambiente.
• El proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio
ambiente, en los términos establecidos en el informe de
impacto ambiental.
El plazo total son 3 meses
38. AmbiNor Consultoría y Proyectos SL
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www.ambinor.com
LEÓN
VALLADOLID
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MADRID
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