1. REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO, ESTADO LARA
Nuestra recompensa se encuentra en el esfuerzo y no en el resultado. Un esfuerzo total
es una victoria completa.” Mahatma Gandhi:
INTEGRANTE:
MARIA VARGAS
C.I: 15668788
PROFESORA: EMILY RAMIREZ
SAIA: C
TEMA N: 3
2. EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO:
Los efectos de los actos administrativos pueden estimarse en relación con la fuerza
jurídica interna que posean, con el tiempo dentro del cual rigen, o respecto de las persona a
las cuales van dirigidas.
Según el Artículo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
establece: Los actos administrativos de carácter general o que interesen a un número
indeterminado de personas, deberán ser publicados en la Gaceta Oficial que corresponda
al organismo que tome la decisión.
También serán publicados en igual forma los actos administrativos de carácter
particular cuando así lo exija la ley.
De la notificación de los actos administrativos particulares. Puedo acotar que el
artículo 73 de la (LOPA) hace noción a la notificación de los efectos de los particulares en
cuanto se notificará a los interesados todo acto que efectué sus derechos subjetivos o sus
intereses legítimos, personales y directos, debiendo contener la notificación el texto integro
del acto.
Así mismo la ejecución, establece que la ejecutividad es común a todos los actos
administrativos, y que únicamente se presenta en los que imponen deberes a los
administrados y a cuyo cumplimiento se opone el particular, es decir, cuando no ataca
voluntariamente el acto.
Mas sin embargo una consecuencia de la ejecutoriedad de los actos administrativos
es la regla del solve et respete, que consiste en asegurar el interés fiscal para que la acción
judicial se inicie.
Las condiciones de ejecutoriedad del acto son:
La exigencia de un acto administrativo.
Que ese acto sea perfecto (que cumplan con la reunión de todos sus elementos).
3. Que tenga condiciones de exigibilidad, es decir, que sea capaz de producir efectos
jurídicos, que sea ejecutivo.
Que ordene positiva o negativamente al particular y éste no lo ataque
voluntariamente.
Cuando nos referimos a la presunción de legitimidad, el artículo 79 de la (LOPA)
puede en la suposición de que el acto fue emitido, en este caso conforme a derecho, es
decir, que su emisión responde a todas las preinscripciones legales, habiéndose indicado
como fundamento o razón de ser de la presunción, las garantías subjetivas y objetivas que
preceden a la emanación de los actos administrativos.
La efectividad en un sentido amplio, se trata de la eficacia del acto administrativo, una
vez que el acto administrativo. Ha cumplido con cada una de las formalidades de Fondo y
de Forma. Este principio de Ejecutoriedad y el Efectividad tienen su justificación en otro
Principio como es el Principio de la Presunción de la Legitimidad de los Actos
Administrativos.
El Art. 78 de la LOPA: Establece el principio de la no ejecución sin títulos:
"Ningún órgano de la administración podrá realizar actos materiales que menoscaben o
perturben el ejercicio de los derechos de los particulares, sin que previamente haya sido
dictada la decisión que sirva de fundamento a tales actos."
El principio de Tutela, es la potestad o posibilidad que tiene la administración
pública de revisar los actos administrativos sin necesidad de acudir a la vía jurisdiccional,
siempre y cuando se concurra en un vicio de ilegalidad.
Según lo establece la (LOPA). En su título IV, de la revisión de los actos en la vía
administrativa y capitulo I sobre la revisión de oficio:
La convalidación: se refiere en su artículo 81 de la misma Ley, la administración
podrá convalidar en cualquier momento los actos anulables, subsanando los vicios de que
adolezcan.
4. La revocación: El articulo 82 nos habla sobre los actos administrativos que no
originan derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos para un particular,
podrán ser revocables en cualquier momento, en todo o en parte.
Reconocimiento de nulidad absoluta. Art. 83 establece: que la administración
podrá en cualquier momento, de oficio a solicitud de particulares, reconocer la nulidad
absoluta de los actos dictados por ella.
En este mismo orden de ideas el artículo 84 se refiere a la Corrección de errores
materiales, la administración podrá en cualquier tiempo corregir errores materiales o de
cálculo en que hubiere incurrido, en la configuración de los actos administrativos.
FIRMEZA: implica en principio, que la decisión se torna incuestionable en sede
administrativa, lo que a su vez conlleva su ejecutoriedad
FIN DE LOS EFECTOS: Por ultimo Los actos administrativos deben tener efecto
de cosa juzgada, Deben ser de efectos particulares ya que los actos de efectos generales son
en esencia revisables y revocables.
En el caso de los reglamentos son reformables y revocables, y estos pueden considerarse
definitivamente firme.
https://profesorstredel.wordpress.com/2012/10/17/tema-2-de-la-notificacion-de-los-actos-
administrativos/
CITAS BIBLIOGRAFICAS:
http://www.monografias.com/trabajos42/actos-administrativos/actos-
administrativos2.shtml
Autor: Marisela L. Bermúdez de Suárez Barinas, Venezuela Universidad Santa
María.
https://profesorstredel.wordpress.com/2012/10/17/tema-2-de-la-notificacion-de-los-
actos-administrativos/
Derecho administrativo. Parte general prologo de JESUS GONZALZ. Primera
paredes.
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. ALLAN R. BREWER-CARIAS.
Caracas, 1987.Editorial Jurídica Venezolana.
5. Conclusión:
Puedo concluir de manera firme y precisa, que los efectos son de una u otra manera
muy importante al momento de hacer referencias al acto administrativo, ya que es toda
declaración de carácter general o particular de acuerdo con las formalidades y requisitos
establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública.
Así mismo su publicidad del acto determina, por un lado, su vigencia y de allí su
eficacia, claro está en los casos en que la publicidad es la única circunstancia exigida para
que el acto sea capaz de producir sus efectos jurídicos. Su ejecutoriedad, efectividad
firmeza entre otros.
EFECTO DEL ACTO AMINISTRATIVO:
Notificación,
Publicación
y Ejecución.
Presunción de
Legitimidad. Ejecutividad y
ejecutoriedad.
Firmeza.
fin de los
efectos.Revisión de los actos
administrativos de
oficio.
Principio de
autotutela,vo
cación.
Convalidación,
Renovación,
Vocación y
anulación