1. Sec. Jud. Dr. Hervacio Cebreros.
Exp. N° 083 – 2008.
Escrito N° 01
SUMILLA: SOLICITO SE PERMITA A
MI ABOGADO DEFENSOR ESTAR
PRESENTE EN LAS DILIGENCIAS
JUDICIALES.
AL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE YAUYOS.
S.J.
LERMO MARIN, ELIUD BENJAMIN; inculpado en la
instrucción que se me sigue por el supuesto delito
de Usurpación agravada y Daños Simple, en agravio
de Elind Fabio Huamán Vilca, y otros, ante usted,
respetuosamente me presento y digo:
Que, solicito se le permita a mi abogado estar presente en las diligencias
programadas por el juzgado, con participación en las que sean permisibles.
Por tanto:
Pido a usted, Señor Juez, acceder a lo solicitado.
Yauyos, 14 de octubre del 2008.
OTROSI DIGO.- Que, señalo domicilio procesal en la Oficina de la
Defensoría de Oficio (tercer piso del Juzgado, donde se me harán llegar las
notificaciones de ley.
Fecha Up Supra.
2. Sec. Jud. Dr. Edilberto Delgado I.
Exp. N° 083 – 2008.
Escrito N° 02
SUMILLA: SOLICITO SE PROVEA EL
OTROSI DE MI ESCRITO N°01
AL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE YAUYOS.
S.J.
CARLOS JAIME GONZALES CASTILLA, abogado de
don LERMO MARIN, ELIUD BENJAMIN; inculpado
en la instrucción que se me sigue por el supuesto
delito de Usurpación agravada y Daños Simple, en
agravio de Elind Fabio Huamán Vilca, y otros, ante
usted, respetuosamente me presento y digo:
Que, conforme es de verse en autos, no se ha
proveído el “otrosí” de mi escrito N° 01, por lo que, solicito se le dé
proveído, en el plazo más breve que sus recargadas labores le permitan.
Que, solicito la presente en representación de mi patrocinado, en
ejercicio del Art.290 de la L.O.P.J.
Por tanto:
Pido a usted, Señor Juez, acceder a lo solicitado.
Yauyos, 24 de febrero del 2009
3. Sec. Jud. Dr. Edilberto Delgado I.
Exp. N° 083 – 2008.
Escrito N° 03
SUMILLA: INTERPONGO RECURSO DE
APELACION CONTRA LA
RESOLUCIÓN (AUTO) N°04.
AL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE YAUYOS.
S.J.
CARLOS JAIME GONZALES CASTILLA, abogado de
don Lermo Marín Eliud Benjamín; inculpado en la
instrucción que se me sigue por el supuesto delito
de Usurpación agravada y Daños Simple, en agravio
de Elind Fabio Huamán Vilca, y otros, ante usted,
respetuosamente me presento y digo:
Que, interpongo Recurso de Apelación contra la
Resolución N°04, su fecha 19-02-2008 por conceder prórroga del plazo de
instrucción; la misma que fundamentaré dentro del plazo de ley.
Que, interpongo la presente, en representación de mi patrocinado, en
ejercicio del Art.290 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por tanto:
Pido a usted, Señor Juez, tener por interpuesta recurso de Apelación.
Yauyos, 25 de febrero del 2009.
4. Sec. Jud. Dr. Edilberto Delgado I.
Exp. N° 083 – 2008.
Escrito N° 04
SUMILLA: FUNDAMENTO RECURSO
DE APELACION DE AUTO.
AL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE YAUYOS.
S.J.
CARLOS JAIME GONZALES CASTILLA, abogado de
don Lermo Marín Eliud Benjamín; inculpado en la
instrucción que se me sigue por el supuesto delito
de Usurpación agravada y Daños Simple, en agravio
de Elind Fabio Huamán Vilca, y otros, ante usted,
respetuosamente me presento y digo:
I.- OBJETO:
Que, en ejercicio del Art.290 de la L.O.P.J. Fundamento RECURSO DE
APELACIÓN la misma que fuera planteada contra el auto de fecha 19-02-
2009; y que me fuera notificada el 23 de febrero del 2009.
Señor, no estoy conforme con el auto apelado, ya que sin duda
quebranta el principio del Debido Proceso, tal y conforme es de verse en
los fundamentos que paso a exponer:
II.- FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN:
1. Que, la presente causa se inició con Resolución N° 01 de fecha 18 –
09 – 2008 (Auto Apertorio); tal y conforme es de verse a Fs.129.
2. Que, al haberse vencido el plazo de instrucción (02 meses), el
Ministerio Público, en ejercicio del Art.03 del D.Leg.124 solicita
prorroga de la instrucción de 30 días, y el Juzgado con Resolución
N°04, su fecha 11-12-2008 prorrogó el plazo de instrucción por 30
días, conforme es de verse a Fs.198.
3. Que, pese a haberse vencido el plazo de instrucción establecida
taxativamente por la ley, mediante resolución de fecha 19 – 02 –
5. 2009, la misma que me fuera notificada el 23 de febrero del 2009 el
juzgado concede nueva prórroga del plazo de instrucción, por un plazo
de 20 días, lo que quebranta el Principio del Debido proceso y los
plazos taxativamente establecidos por la ley, por lo que, me veo
obligado a interponer el presente recurso, en custodia de una
investigación desarrollada dentro del marco de la ley e investida de
las garantías de un debido proceso.
III.- DERECHO:
Formulo la presente, al amparo de las siguientes normas legales:
Art.139; Num.06 de la Constitución Política de nuestro Estado, la
misma que establece que son principios y derechos de la función
jurisdiccional: El derecho a la pluralidad de la instancia.
Art.139; Num.20 de la Constitución Política de nuestro Estado, la
misma que establece que son principios y derechos de la función
jurisdiccional: El principio del derecho de toda persona de
formular análisis y críticas de las resoluciones y sentencias
judiciales, con las limitaciones de ley.
Art.03 del D.Leg. 124, la misma que señala que el plazo de
instrucción en los procesos sumarios será de 60 días, la misma que
a petición del Fiscal o cuando el Juez lo considere necesario podrá
prorrogarse por no más de 30 días, plazos que ya vencieron y que
por tanto, es antijurídico otra prorroga.
Art.300; Num.05 del Código de Procedimientos Penales, la misma
que señala que las partes deberán fundamentar la apelación de
autos en un plazo de 05 días, la misma que cumplo.
Art.300; Num.06 del Código de Procedimientos Penales, la misma
que señala, que, los criterios establecidos en los numerales
precedentes serán de aplicación a los recursos de apelación
interpuestos en el proceso sumario previsto en el Decreto
6. Legislativo Nº 124 y en todos los demás procedimientos
establecidos por la ley”.
Por tanto:
Pido a usted, Señor Juez, téngase por fundamentado el Recurso de
Apelación planteado y elevarlo al Superior en Grado, en la forma de estilo.
Yauyos, 26 de febrero del 2009