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Centro Regional Universitario de Tierras Altas
Los acuerdos de Basilea I, II, III
Elaborado por
Ruth Karina González
Kathia Sánchez
Profesor:
Israel Arcea C.
Fecha de entrega
17 de junio de 2018
INTRODUCCIÓN
Basilea
● El Comité de Basilea de Supervisión Bancaria fue establecido por los gobernadores de los
bancos centrales del G10 en 1975, en Basilea (Sede del Banco Internacional de Pagos –BIS*).
● El Comité de Supervisión de Basilea: Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón,
Luxemburgo, Holanda, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y los Estados Unidos.
● El Acuerdo de Capital de Basilea surge como una resolución del Comité, con la
recomendación de la aplicación de acciones en el marco regulatorio y de supervisión de las
instituciones financieras a nivel nacional.
¿Qué son los acuerdos de Basilea?
Antes de analizar lo que se determina en los acuerdos de Basilea hay que tener en cuenta
dos conceptos clave. El primero, quién lo decide. Este es el llamado Comité de Basilea de
Supervisión Bancaria (BCBS por sus siglas en inglés), que actualmente está formado por
representantes de los países del G20 (las economías más industrializadas) a las que se le
unen otros países con peso en finanzas. Actualmente lo conforman 27 representantes de:
Alemania, Arabia Saudí, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Corea,
España, Estados Unidos, Francia, Hong Kong, India, Indonesia, Italia, Japón, Luxemburgo,
México, Países Bajos, Reino Unido, Rusia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza y Turquía.
El segundo punto esencial es que lo que realizan son recomendaciones: sus dictámenes y
acuerdos no se imponen, aunque es cierto que son muy aceptados, especialmente los
acuerdos sobre medidas y normas de capital. De este modo, los Acuerdos de Basilea que
vamos a analizar se han ido extendiendo de forma global al sistema bancario. Para reforzar
este papel, cada dos años se realiza una Conferencia Internacional de Supervisores
Bancarios cuyos dictámenes se toman muy en cuenta.
De las diferentes líneas en las que trabaja el BCBS, la más importante y conocida son los
Acuerdos de Basilea. En esta se intenta delimitar, buscar el equilibrio y la estabilidad
bancaria en su papel de conceder préstamos y la seguridad necesaria que da el capital de la
entidad financiera.
Los acuerdos de Basilea han evolucionado en función del ritmo de los acontecimientos,
siempre con el fin de reducir al máximo el endeudamiento de las entidades financieras y
garantizar la capacidad de respuesta ante los riesgos operacionales, de crédito y de mercado.
¿Cómo afectan los acuerdos de Basilea a ahorradores e inversores?
Si Suiza es conocida por sus entidades bancarias, la ciudad de Basilea es sin duda un lugar
clave. Sede del Banco de Pagos Internacionales, entidad que busca la cooperación
financiera entre bancos centrales y entidades financieras de forma global, desde allí se han
formulado unos acuerdos y recomendaciones que regulan aspectos clave en el
funcionamiento del banco, su capital y la capacidad de expansión monetaria que tienen las
entidades financieras concediendo crédito. Este punto fundamental conlleva importantes
consecuencias tanto para el banco como para los clientes, ya sean directas como indirectas.
Basilea I
El acuerdo de Basilea I, se firmó en 1988, estableció unos principios básicos en los que
debía fundamentarse la actividad bancaria como el capital regulatorio, requisito de
permanencia, capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra.
Este capital debía ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de
cambio. El acuerdo establecía también que el capital mínimo de la entidad bancaria debía
ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio).
El primer acuerdo, llamado de Basilea I, se puede considerar más como un pacto de
principios que unas reglas formales y metodología que se perfeccionó en los siguientes
acuerdos. Firmado en 1988, estableció dos grandes novedades.
La primera, establecer dos niveles (o TIER) de capital, según su permanencia, capacidad
de absorción de pérdidas o calidad. Esta división entre TIER 1 y TIER 2 como veremos a
continuación es fundamental para el análisis de la solvencia de las entidades financieras.
La segunda es la determinación de un requisito mínimo de capital, que se fijó en un mínimo
del 8% frente a los activos ponderados por riesgo.
Con ello se estableció un sistema para medir el capital en relación con el riesgo de
incumplimiento en el pago de los créditos. Las entidades de crédito ganaban seguridad ante
posibles insolvencias, aunque los principios eran un tanto ambiguos.
Basilea II y los tres pilares: Requisitos mínimos de capital, supervisión de la gestión de
fondos y disciplina de mercado
Con la base de Basilea I, pero perfeccionándose y mejorando, en 2004 se firmó el acuerdo
de Basilea II. El acuerdo de Basilea I era en muchos aspectos poco concreto. Por ejemplo,
Basilea I no tenía en cuenta la capacidad de devolución –solvencia- del prestatario. Todo
ello se solventa con este acuerdo que es famoso por establecer los denominados tres pilares
para supervisión bancaria:
Pilar I: Requisitos mínimos de capital
Se tiene por fin en cuenta el riesgo de crédito, tanto de mercado como operacional,
analizando las probabilidades de incumplimiento y exposición de riesgo de los activos.
Pilar II: Supervisión de la gestión de los fondos propios
Si es importante determinar el capital mínimo para la solvencia, también lo es que los
supervisores bancarios realicen una labor de supervisión activa en la que se asegure el
cumplimiento de los requisitos de capital, lo revisen y determinen el nivel de solvencia de
la entidad.
Pilar III: Disciplina de mercado
Si se cumplen los requisitos de capital y hay una supervisión activa por parte de los Bancos
Centrales, es importante que toda la información sobre su posición crediticia y nivel de
riesgo se traslade de forma transparente a los mercados financieros para una toma de
decisiones más eficiente, tanto para realizar operaciones de capital como de emisiones de
deuda.
Con el nombre de Basilea I se conoce al acuerdo publicado en 1988, en Basilea, Suiza,
por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de
Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia, Japón, Luxemburgo,
Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Se trataba de un conjunto de recomendaciones
para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los
riesgos que afrontaba.
El acuerdo establecía una definición de «capital regulatorio» compuesto por elementos
que se agrupan en 2 categorías (o «tiers») si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de
capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser
suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.
Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos. El principal
riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5
categorías según la contraparte y asignándole una «ponderación» diferente a cada categoría
(0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de
riesgo.
El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total
de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).
Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así como cualquier
otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las
modificaciones que considerase oportunas.
El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un papel muy importante en el
fortalecimiento de los sistemas bancarios. La repercusión de ese acuerdo, en cuanto al
grado de homogeneización alcanzado en la regulación de los requerimientos de solvencia
ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130 países.
Dado que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio de 2004 fue
sustituido por el llamado acuerdo Basilea II.
Basilea II
El acuerdo Basilea II, aprobado en 2004, aunque en España no se llegó a aplicar hasta el
2008; desarrollaba de manera más extensa el cálculo de los activos ponderados por riesgo y
permitía que las entidades bancarias aplicaran calificaciones de riesgo basadas en sus
modelos internos, siempre que estuviesen previamente aprobadas por el supervisor. Este
acuerdo incorporaba, por lo tanto, nuevas tendencias en la medición y el seguimiento de las
distintas clases de riesgo. Se hizo énfasis en metodologías internas, revisión de la supervisión
y disciplina de mercado.
Basilea II es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en
recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de
supervisión bancaria de Basilea. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio
de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los
reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios
para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos.
Basilea III
El acuerdo Basilea III, aprobado en diciembre de 2010, intentó adaptarse a la magnitud de
la crisis económica, atendiendo a la exposición de gran parte de los bancos de todo el mundo
a los “activos tóxicos” en los balances de los bancos y en los derivados que circulaban en el
mercado. El temor al efecto dominó que pudiera causar la insolvencia de los bancos, hizo
que se establecieron nuevas recomendaciones como:
o Endurecimiento de los criterios y aumento de la calidad del volumen de capital para
asegurar su mayor capacidad para absorber pérdidas.
o Modificación de los criterios de cálculo de los riesgos para disminuir el nivel de
exposición real.
o Constitución de colchones de capital durante los buenos tiempos que permitan hacer
frente el cambio de ciclo económico.
o Introducción de un nuevo ratio de apalancamiento como medida complementaria al ratio
de solvencia.
Los Acuerdos de Basilea III (Basilea III) se refieren a un conjunto de propuestas de
reforma de la regulación bancaria, publicadas a partir del 16 de diciembre de 2010.
Basilea III es parte de una serie de iniciativas, promovidas por el Foro de Estabilidad
Financiera (FSB, Financial Stability Board por sus siglas en inglés) y el G-20, para
fortalecer el sistema financiero tras la crisis de las hipotecas subprime. Se trata de la
primera revisión de Basilea II (CRD II) y se llevó a cabo a lo largo de 2009, entrando en
ejecución a partir del 31 de diciembre de 2010.
Si entre Basilea I y Basilea II transcurrieron 16 años, entre Basilea II y Basilea III tan sólo
pasaron 6. La razón es obvia. La crisis financiera y la nacionalización de decenas de
entidades financieras obligaban a una revisión de lo establecido en Basilea II y ver en qué
había fallado. Aunque Basilea II había sido positivo, quedó claro que se había mostrado
insuficiente. Ante ello, el acuerdo de 2010 estableció los siguientes cambios:
Aumento de la calidad del capital para asegurar su mayor capacidad para absorber
pérdidas. Basilea II había mantenido la definición de Basilea I, ahora se perfeccionan esos
porcentajes y se relacionan también según los distintos niveles de calidad de capital del
banco.
Mejora el control de los riesgos. La crisis demostró que muchos de ellos estaban mal
ponderados, especialmente en titulaciones hipotecarias y deuda subordinada.
Constitución de colchones de capital: Capital adicional que se puede acaparar en
momentos buenos para que puedan ser utilizados en aquellos de crisis y den más estabilidad
al banco en particular y al sistema financiero en general.
Introducción de la ratio de apalancamiento: Complementa a la ratio de solvencia con el
fin de analizar una posible expansión excesiva.
Aumento del nivel de los requerimientos de capital: Para generar más estabilidad y
mejorar los que establecían Basilea I y II. En este sentido, se establece una lista de bancos
considerados sistémicos.
Mejora de las normas del proceso supervisor (pilar II) y de la disciplina de mercado
(pilar III): en aspectos como gestión del riesgo de liquidez, valoración de instrumentos
financieros, pruebas de estrés para simular situaciones de crisis y gobierno corporativo.
Ratio de cobertura de liquidez: Para analizar tanto riesgos a corto plazo como otros
estructurales, pero siempre garantizado que tengan colchones de liquidez adicionales que
garantice la viabilidad económica de la entidad.
Basilea III ha llevado a que se redefinan necesidades de capital, especialmente el de mejor
categoría o TIER I, y con ello que se refuerce con ampliaciones de capital por encima, o en
todo caso, complementando el capital con emisiones de deuda.
Cómo se configurarán los acuerdos de Basilea IV
Seis años después de Basilea III ya se está hablando del futuro Basilea IV. Todo ello se
basa en la revisión que se está realizando de los ratios de capital. La urgencia para crear
Basilea III, por la situación que vivían las entidades financieras, hizo que no se tomara el
tiempo suficiente para dar una respuesta más detallada a los niveles y necesidades de
capital de las empresas.
De hecho, a la hora de revisar e implementar Basilea III (en el que están aún trabajando las
entidades financieras), ya se está llevando este punto de forma más estricta. Todo ello
conllevará con mucha probabilidad en un horizonte cercano a un nuevo acuerdo de Basilea
con un análisis más detallado de requerimientos tanto en la cartera de negociación de los
bancos como en la cartera bancaria. Pasaríamos de un Basilea I que establecía ese 8% para
todo tipo de operación y cliente a un nivel de detalle que ayudará a garantizar la estabilidad
y eficiencia del sistema financiero.
CONCLUSIONES
Como casi siempre, a la hora de analizar el éxito o fracaso de una normativa hay diversidad
de opiniones. Los más críticos ven plasmado el fracaso de forma clara en la crisis financiera
que llevó a la quiebra a muchas entidades. Es cierto que Basilea II se mostró insuficiente en
muchas entidades financieras, pero también en otras estos requisitos de capital sí ayudaron
a mantener su solvencia. Además, la propia crisis llevó a que se revisaran y perfeccionaran
estos acuerdos con la creación de Basilea III, su aplicación general y que incluso muchos
bancos busquen mejorar el mismo siendo más estrictos en los requisitos y ratios y
apostando por colchones adicionales.
La labor del Comité de Basilea de Supervisión Bancaria está más viva que nunca y
trabaja en un mejor control del sistema bancario que da más seguridad a la economía en
general. Aunque nos encontremos con bancos más estrictos, con estas mejoras el cliente es
quién gana más a largo plazo. Con un sistema estable y seguro no sólo tiene mayor
garantía para sus fondos o la concesión de créditos, sino también la estabilidad económica
necesaria.

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Basilia

  • 1. Ministerio de educación Centro Regional Universitario de Tierras Altas Los acuerdos de Basilea I, II, III Elaborado por Ruth Karina González Kathia Sánchez Profesor: Israel Arcea C. Fecha de entrega 17 de junio de 2018
  • 2. INTRODUCCIÓN Basilea ● El Comité de Basilea de Supervisión Bancaria fue establecido por los gobernadores de los bancos centrales del G10 en 1975, en Basilea (Sede del Banco Internacional de Pagos –BIS*). ● El Comité de Supervisión de Basilea: Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y los Estados Unidos. ● El Acuerdo de Capital de Basilea surge como una resolución del Comité, con la recomendación de la aplicación de acciones en el marco regulatorio y de supervisión de las instituciones financieras a nivel nacional.
  • 3. ¿Qué son los acuerdos de Basilea? Antes de analizar lo que se determina en los acuerdos de Basilea hay que tener en cuenta dos conceptos clave. El primero, quién lo decide. Este es el llamado Comité de Basilea de Supervisión Bancaria (BCBS por sus siglas en inglés), que actualmente está formado por representantes de los países del G20 (las economías más industrializadas) a las que se le unen otros países con peso en finanzas. Actualmente lo conforman 27 representantes de: Alemania, Arabia Saudí, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Corea, España, Estados Unidos, Francia, Hong Kong, India, Indonesia, Italia, Japón, Luxemburgo, México, Países Bajos, Reino Unido, Rusia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza y Turquía. El segundo punto esencial es que lo que realizan son recomendaciones: sus dictámenes y acuerdos no se imponen, aunque es cierto que son muy aceptados, especialmente los acuerdos sobre medidas y normas de capital. De este modo, los Acuerdos de Basilea que vamos a analizar se han ido extendiendo de forma global al sistema bancario. Para reforzar este papel, cada dos años se realiza una Conferencia Internacional de Supervisores Bancarios cuyos dictámenes se toman muy en cuenta. De las diferentes líneas en las que trabaja el BCBS, la más importante y conocida son los Acuerdos de Basilea. En esta se intenta delimitar, buscar el equilibrio y la estabilidad bancaria en su papel de conceder préstamos y la seguridad necesaria que da el capital de la entidad financiera. Los acuerdos de Basilea han evolucionado en función del ritmo de los acontecimientos, siempre con el fin de reducir al máximo el endeudamiento de las entidades financieras y garantizar la capacidad de respuesta ante los riesgos operacionales, de crédito y de mercado. ¿Cómo afectan los acuerdos de Basilea a ahorradores e inversores? Si Suiza es conocida por sus entidades bancarias, la ciudad de Basilea es sin duda un lugar clave. Sede del Banco de Pagos Internacionales, entidad que busca la cooperación financiera entre bancos centrales y entidades financieras de forma global, desde allí se han formulado unos acuerdos y recomendaciones que regulan aspectos clave en el funcionamiento del banco, su capital y la capacidad de expansión monetaria que tienen las entidades financieras concediendo crédito. Este punto fundamental conlleva importantes consecuencias tanto para el banco como para los clientes, ya sean directas como indirectas. Basilea I El acuerdo de Basilea I, se firmó en 1988, estableció unos principios básicos en los que debía fundamentarse la actividad bancaria como el capital regulatorio, requisito de permanencia, capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra.
  • 4. Este capital debía ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. El acuerdo establecía también que el capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio). El primer acuerdo, llamado de Basilea I, se puede considerar más como un pacto de principios que unas reglas formales y metodología que se perfeccionó en los siguientes acuerdos. Firmado en 1988, estableció dos grandes novedades. La primera, establecer dos niveles (o TIER) de capital, según su permanencia, capacidad de absorción de pérdidas o calidad. Esta división entre TIER 1 y TIER 2 como veremos a continuación es fundamental para el análisis de la solvencia de las entidades financieras. La segunda es la determinación de un requisito mínimo de capital, que se fijó en un mínimo del 8% frente a los activos ponderados por riesgo. Con ello se estableció un sistema para medir el capital en relación con el riesgo de incumplimiento en el pago de los créditos. Las entidades de crédito ganaban seguridad ante posibles insolvencias, aunque los principios eran un tanto ambiguos. Basilea II y los tres pilares: Requisitos mínimos de capital, supervisión de la gestión de fondos y disciplina de mercado Con la base de Basilea I, pero perfeccionándose y mejorando, en 2004 se firmó el acuerdo de Basilea II. El acuerdo de Basilea I era en muchos aspectos poco concreto. Por ejemplo, Basilea I no tenía en cuenta la capacidad de devolución –solvencia- del prestatario. Todo ello se solventa con este acuerdo que es famoso por establecer los denominados tres pilares para supervisión bancaria: Pilar I: Requisitos mínimos de capital Se tiene por fin en cuenta el riesgo de crédito, tanto de mercado como operacional, analizando las probabilidades de incumplimiento y exposición de riesgo de los activos. Pilar II: Supervisión de la gestión de los fondos propios Si es importante determinar el capital mínimo para la solvencia, también lo es que los supervisores bancarios realicen una labor de supervisión activa en la que se asegure el cumplimiento de los requisitos de capital, lo revisen y determinen el nivel de solvencia de la entidad. Pilar III: Disciplina de mercado Si se cumplen los requisitos de capital y hay una supervisión activa por parte de los Bancos Centrales, es importante que toda la información sobre su posición crediticia y nivel de riesgo se traslade de forma transparente a los mercados financieros para una toma de
  • 5. decisiones más eficiente, tanto para realizar operaciones de capital como de emisiones de deuda. Con el nombre de Basilea I se conoce al acuerdo publicado en 1988, en Basilea, Suiza, por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba. El acuerdo establecía una definición de «capital regulatorio» compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías (o «tiers») si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos. El principal riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5 categorías según la contraparte y asignándole una «ponderación» diferente a cada categoría (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo. El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados). Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas. El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios. La repercusión de ese acuerdo, en cuanto al grado de homogeneización alcanzado en la regulación de los requerimientos de solvencia ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130 países. Dado que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio de 2004 fue sustituido por el llamado acuerdo Basilea II. Basilea II El acuerdo Basilea II, aprobado en 2004, aunque en España no se llegó a aplicar hasta el 2008; desarrollaba de manera más extensa el cálculo de los activos ponderados por riesgo y permitía que las entidades bancarias aplicaran calificaciones de riesgo basadas en sus modelos internos, siempre que estuviesen previamente aprobadas por el supervisor. Este acuerdo incorporaba, por lo tanto, nuevas tendencias en la medición y el seguimiento de las distintas clases de riesgo. Se hizo énfasis en metodologías internas, revisión de la supervisión y disciplina de mercado.
  • 6. Basilea II es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de supervisión bancaria de Basilea. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos. Basilea III El acuerdo Basilea III, aprobado en diciembre de 2010, intentó adaptarse a la magnitud de la crisis económica, atendiendo a la exposición de gran parte de los bancos de todo el mundo a los “activos tóxicos” en los balances de los bancos y en los derivados que circulaban en el mercado. El temor al efecto dominó que pudiera causar la insolvencia de los bancos, hizo que se establecieron nuevas recomendaciones como: o Endurecimiento de los criterios y aumento de la calidad del volumen de capital para asegurar su mayor capacidad para absorber pérdidas. o Modificación de los criterios de cálculo de los riesgos para disminuir el nivel de exposición real. o Constitución de colchones de capital durante los buenos tiempos que permitan hacer frente el cambio de ciclo económico. o Introducción de un nuevo ratio de apalancamiento como medida complementaria al ratio de solvencia. Los Acuerdos de Basilea III (Basilea III) se refieren a un conjunto de propuestas de reforma de la regulación bancaria, publicadas a partir del 16 de diciembre de 2010. Basilea III es parte de una serie de iniciativas, promovidas por el Foro de Estabilidad Financiera (FSB, Financial Stability Board por sus siglas en inglés) y el G-20, para fortalecer el sistema financiero tras la crisis de las hipotecas subprime. Se trata de la primera revisión de Basilea II (CRD II) y se llevó a cabo a lo largo de 2009, entrando en ejecución a partir del 31 de diciembre de 2010. Si entre Basilea I y Basilea II transcurrieron 16 años, entre Basilea II y Basilea III tan sólo pasaron 6. La razón es obvia. La crisis financiera y la nacionalización de decenas de entidades financieras obligaban a una revisión de lo establecido en Basilea II y ver en qué había fallado. Aunque Basilea II había sido positivo, quedó claro que se había mostrado insuficiente. Ante ello, el acuerdo de 2010 estableció los siguientes cambios: Aumento de la calidad del capital para asegurar su mayor capacidad para absorber pérdidas. Basilea II había mantenido la definición de Basilea I, ahora se perfeccionan esos
  • 7. porcentajes y se relacionan también según los distintos niveles de calidad de capital del banco. Mejora el control de los riesgos. La crisis demostró que muchos de ellos estaban mal ponderados, especialmente en titulaciones hipotecarias y deuda subordinada. Constitución de colchones de capital: Capital adicional que se puede acaparar en momentos buenos para que puedan ser utilizados en aquellos de crisis y den más estabilidad al banco en particular y al sistema financiero en general. Introducción de la ratio de apalancamiento: Complementa a la ratio de solvencia con el fin de analizar una posible expansión excesiva. Aumento del nivel de los requerimientos de capital: Para generar más estabilidad y mejorar los que establecían Basilea I y II. En este sentido, se establece una lista de bancos considerados sistémicos. Mejora de las normas del proceso supervisor (pilar II) y de la disciplina de mercado (pilar III): en aspectos como gestión del riesgo de liquidez, valoración de instrumentos financieros, pruebas de estrés para simular situaciones de crisis y gobierno corporativo. Ratio de cobertura de liquidez: Para analizar tanto riesgos a corto plazo como otros estructurales, pero siempre garantizado que tengan colchones de liquidez adicionales que garantice la viabilidad económica de la entidad. Basilea III ha llevado a que se redefinan necesidades de capital, especialmente el de mejor categoría o TIER I, y con ello que se refuerce con ampliaciones de capital por encima, o en todo caso, complementando el capital con emisiones de deuda. Cómo se configurarán los acuerdos de Basilea IV Seis años después de Basilea III ya se está hablando del futuro Basilea IV. Todo ello se basa en la revisión que se está realizando de los ratios de capital. La urgencia para crear Basilea III, por la situación que vivían las entidades financieras, hizo que no se tomara el tiempo suficiente para dar una respuesta más detallada a los niveles y necesidades de capital de las empresas. De hecho, a la hora de revisar e implementar Basilea III (en el que están aún trabajando las entidades financieras), ya se está llevando este punto de forma más estricta. Todo ello conllevará con mucha probabilidad en un horizonte cercano a un nuevo acuerdo de Basilea con un análisis más detallado de requerimientos tanto en la cartera de negociación de los bancos como en la cartera bancaria. Pasaríamos de un Basilea I que establecía ese 8% para todo tipo de operación y cliente a un nivel de detalle que ayudará a garantizar la estabilidad y eficiencia del sistema financiero.
  • 8. CONCLUSIONES Como casi siempre, a la hora de analizar el éxito o fracaso de una normativa hay diversidad de opiniones. Los más críticos ven plasmado el fracaso de forma clara en la crisis financiera que llevó a la quiebra a muchas entidades. Es cierto que Basilea II se mostró insuficiente en muchas entidades financieras, pero también en otras estos requisitos de capital sí ayudaron a mantener su solvencia. Además, la propia crisis llevó a que se revisaran y perfeccionaran estos acuerdos con la creación de Basilea III, su aplicación general y que incluso muchos bancos busquen mejorar el mismo siendo más estrictos en los requisitos y ratios y apostando por colchones adicionales. La labor del Comité de Basilea de Supervisión Bancaria está más viva que nunca y trabaja en un mejor control del sistema bancario que da más seguridad a la economía en general. Aunque nos encontremos con bancos más estrictos, con estas mejoras el cliente es quién gana más a largo plazo. Con un sistema estable y seguro no sólo tiene mayor garantía para sus fondos o la concesión de créditos, sino también la estabilidad económica necesaria.