CAPITULO 7Proceso de formación, incumplimiento, deserción
ARTICULO 17. Participación y Cumplimiento.El aprendiz SENA debe como tal gestionar y cumplir con las metas y competencias propuestas al inicio de curso por los instructores , ya sea virtual o presencial. Periódicamente se realizaran procesos de evaluación a su formación y ruta. Realizando evaluaciones de la siguiente forma: Incumplimiento justificado: Es incumplimiento justificado el cual el aprendiz por escrito diligencia al coordinador académico, especificando razones validas y concisas(medica, familiar). Dada una razón medica que supere los 30 días de incapacidad se procede a suspender el curso.Incumplimiento justificado:  Es incumplimiento injustificado cuando el aprendiz no reporta razón de falta para sus procesos o bien dichas razones no son justificadas para tal caso. El instructor deberá hacer reporte al sistema y hacer seguimiento.
Revisión de los Resultados de Evaluación:  Dado el caso de la inconformidad por parte del aprendiz para con los resultados de evaluación, el aprendiz podrá por medio de una solicitud expresar su inconformidad de al cual el evaluador deberá emitir respuesta en plazo de 2 días. Si no se recibe respuesta o la inconformidad persiste se procederá a delegar un nuevo evaluador y a repetir el proceso de evaluación de competencias para el aprendiz Deserción: se considera deserción: cuando el aprendiz no se presenta a su programa de formación de manera continua en un mes, y no presenta justificación de esta.
Cuando dado un aplazamiento el aprendiz no regresa a continuar su proceso de formación
Cuando el aprendiz en un plazo de 2 años después de su etapa lectiva no presenta evidencia de su proceso en la etapa productiva.Dadas las anteriores razones consideradas deserción, el coordinador académico procederá enviar un comunicado al aprendiz, solicitándole que justifique sus razones de deserción, si el aprendiz no reporta una justificación en un plazo de 5 días hábiles recibido el comunicado, o dado el caso que su justificación no sea valida, se procederá a la cancelación de matricula.
CAPITULO 8 Faltas académicas y disciplinarias
ARTÍCULO 18. Faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia.Se consideran faltas aquellas acciones u omisiones que de alguna manera afectan el proceso de formación y convivencia del aprendiz, al presentarse dichas faltas se tomaran las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 19. Clasificación de las faltasFaltas Académicas: Este tipo de faltas son en las que incurre el aprendiz cuando desacata las leyes y deberes académicas establecidas en el reglamento o se extralimita en los procesos de aprendizaje incurriendo en faltas establecidas por el reglamento.Faltas Disciplinarias: Son faltas de tipo disciplinarias cuando el aprendiz por acción u omisión desacata el reglamento disciplinario establecido en el reglamento, o como las faltas académicas se extralimita en su labor disciplinaria
ARTICULO 20. Calificación de las faltasLas faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como:  Leves
 Graves

Capitulo 7 y 8

  • 1.
    CAPITULO 7Proceso deformación, incumplimiento, deserción
  • 2.
    ARTICULO 17. Participacióny Cumplimiento.El aprendiz SENA debe como tal gestionar y cumplir con las metas y competencias propuestas al inicio de curso por los instructores , ya sea virtual o presencial. Periódicamente se realizaran procesos de evaluación a su formación y ruta. Realizando evaluaciones de la siguiente forma: Incumplimiento justificado: Es incumplimiento justificado el cual el aprendiz por escrito diligencia al coordinador académico, especificando razones validas y concisas(medica, familiar). Dada una razón medica que supere los 30 días de incapacidad se procede a suspender el curso.Incumplimiento justificado: Es incumplimiento injustificado cuando el aprendiz no reporta razón de falta para sus procesos o bien dichas razones no son justificadas para tal caso. El instructor deberá hacer reporte al sistema y hacer seguimiento.
  • 3.
    Revisión de losResultados de Evaluación: Dado el caso de la inconformidad por parte del aprendiz para con los resultados de evaluación, el aprendiz podrá por medio de una solicitud expresar su inconformidad de al cual el evaluador deberá emitir respuesta en plazo de 2 días. Si no se recibe respuesta o la inconformidad persiste se procederá a delegar un nuevo evaluador y a repetir el proceso de evaluación de competencias para el aprendiz Deserción: se considera deserción: cuando el aprendiz no se presenta a su programa de formación de manera continua en un mes, y no presenta justificación de esta.
  • 4.
    Cuando dado unaplazamiento el aprendiz no regresa a continuar su proceso de formación
  • 5.
    Cuando el aprendizen un plazo de 2 años después de su etapa lectiva no presenta evidencia de su proceso en la etapa productiva.Dadas las anteriores razones consideradas deserción, el coordinador académico procederá enviar un comunicado al aprendiz, solicitándole que justifique sus razones de deserción, si el aprendiz no reporta una justificación en un plazo de 5 días hábiles recibido el comunicado, o dado el caso que su justificación no sea valida, se procederá a la cancelación de matricula.
  • 6.
    CAPITULO 8 Faltasacadémicas y disciplinarias
  • 7.
    ARTÍCULO 18. Faltasque afectan el proceso de formación y la convivencia.Se consideran faltas aquellas acciones u omisiones que de alguna manera afectan el proceso de formación y convivencia del aprendiz, al presentarse dichas faltas se tomaran las sanciones correspondientes.
  • 8.
    ARTÍCULO 19. Clasificaciónde las faltasFaltas Académicas: Este tipo de faltas son en las que incurre el aprendiz cuando desacata las leyes y deberes académicas establecidas en el reglamento o se extralimita en los procesos de aprendizaje incurriendo en faltas establecidas por el reglamento.Faltas Disciplinarias: Son faltas de tipo disciplinarias cuando el aprendiz por acción u omisión desacata el reglamento disciplinario establecido en el reglamento, o como las faltas académicas se extralimita en su labor disciplinaria
  • 9.
    ARTICULO 20. Calificaciónde las faltasLas faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como: Leves
  • 10.