El documento describe los medios pacíficos para resolver conflictos internacionales, como la negociación, los buenos oficios, la mediación y la conciliación. También cubre los medios jurídicos como el arbitraje internacional y los procedimientos ante la Corte Internacional de Justicia. El Pacto Briand-Kellogg prohibió el uso de la fuerza para resolver disputas y los Estados deben usar medios pacíficos de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas.
Carlos arellano garcia primer curso derecho internacional publico 2da parteIrving Garrido Lastra
Capítulo 10: La transformación y la extinción de los Estados
Capítulo 11: Derechos y deberes fundamentales de los estados
Capítulo 12: Los órganos del Estado en las relaciones internacionales
Capítulo 13: Las conferencias internacionales
Capítulo 14: Los tratados internacionales
Capítulo 15: El territorio de los Estados
FORMAS AUTOTUTELARES DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
FORMAS AUTOCOMPASIVAS DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
FORMAS HETEROCOMPOSITIVAS DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
Carlos arellano garcia primer curso derecho internacional publico 2da parteIrving Garrido Lastra
Capítulo 10: La transformación y la extinción de los Estados
Capítulo 11: Derechos y deberes fundamentales de los estados
Capítulo 12: Los órganos del Estado en las relaciones internacionales
Capítulo 13: Las conferencias internacionales
Capítulo 14: Los tratados internacionales
Capítulo 15: El territorio de los Estados
FORMAS AUTOTUTELARES DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
FORMAS AUTOCOMPASIVAS DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
FORMAS HETEROCOMPOSITIVAS DE SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.
Una de las mejores definiciones de este medio de solución está señalada por el artículo 37 del I Convenio de La Haya, de fecha 18 de octubre de 1907 referido a la solución pacífica de los conflictos internacionales, el cual expresa: "El arbitraje internacional tiene por objeto resolver los litigios entre los Estados, mediante jueces por ellos elegidos y sobre la base del respeto del derecho" (Citado por Rousseau, 1966).
Una de las mejores definiciones de este medio de solución está señalada por el artículo 37 del I Convenio de La Haya, de fecha 18 de octubre de 1907 referido a la solución pacífica de los conflictos internacionales, el cual expresa: "El arbitraje internacional tiene por objeto resolver los litigios entre los Estados, mediante jueces por ellos elegidos y sobre la base del respeto del derecho" (Citado por Rousseau, 1966).
Generalidades sobre los tratados internacionalesDennis Zelaya
presentación de diapositivas sobre generalidades de tratados internacionales. concepto, elementos, tipos de tratados, principios que rigen los tratados, conclusion etc.
Medios de solución de conflictos derecho laboral Guatemalteco, código de trabajo, área procesal del derecho de trabajo Guatemaltecos. Características fundamentos constitucional , leyes conexas, acuerdos y convenios nacionales e internacionales, jurisprudencia
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Similar a Capítulo 11: Medio Pacíficos de solución de los conflictos internacionales (20)
Hoy les comparto un análisis de puestos obtenido del libro Reclutamiento-Seleccion-Contratacion-e-Induccion-Del-Personal-Jaime-a-Grados 4 edición; espero les ayude mucho en sus asignaciones ;)
Buen día.
Hoy les invito a ver una de mis tareas para la clase de seminario, quiero aclarar que me hace falta un punto acerca de "planeación" que son los planes a corto, mediano y largo plazo. Pero se que la persona que descargue esto lo agregará :) saludos.
Buen día.
Hace tiempo que estuve inactiva, ya que en vacaciones es menos probable tener tarea (a menos que tome verano).
Tengo nuevas ideas de presentaciones y algunos vídeos en conjunto, pero me tomará un poco de tiempo. Espero les funcione esta presentación.
Buenos días.
En esta exposición presentamos los 7 desperdicios de lean manufacturing, y con ello un video en el cual explica cada uno de ellos. Espero sea de su agrado.
https://www.youtube.com/watch?v=3M5o6VLfbVk&t=7s
Buenas noches.
Hoy les comparto las licencias de actividad y obra que se solicitan en cd. Obregón Sonora, ya que muchos alumnos hemos tenido dificultades para obtenerlas, deseo que esto no siga sucediendo y así poder facilitar este tipo de proyectos en especial a los alumnos cuando se nos solicita
Buenas noches a todos.
En esta exposición se muestra la imagen e identidad corporativa de pemex, realizada para nuestra clase de mercadotecnia 3
Esperamos sea de su agrado
En esta presentación se analizaron los flujos de efectivo de la empresa CEMEX su liquides y su capital de trabajo, también se asimiló si es rentable y si es posible invertir en el.
En la segunda diapositiva es un video introductorio:
https://www.youtube.com/watch?v=DVrLh9BUl-M
En Este documento se muestra un pequeño ensayo acerca de la metodología del análisis de puestos, la presentación de la misma se encuentra en powerPoint en este mismo perfil.
En este documento se encuentra un ejemplo de un caso practico, es para resolver, no se encuentra contestado para que ustedes puedan tener el reto de resolverlo por si mismo.
Buena suerte y hasta pronto.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Capítulo 11: Medio Pacíficos de solución de los conflictos internacionales
1. Capítulo 11: Medio Pacíficos de solución de los conflictos internacionales
El DIP clásico aceptaba como lícito el ejercicio de la fuerza armada para resolver
los conflictos internacionales. Esta postura se superó cuando se adoptó el Pacto
Briand Kellog, firmado en París, en dicho pacto las partes condenan la guerra
como medio para resolver los conflictos internacionales y renuncian a ella como
instrumento de política nacional en sus relaciones reciprocas. Solo son lícitos los
medios pacíficos contenidos en el pacto, exclusivamente en el artículo 33 de la
carta.
Pacto Briand Kellog, Articulo 20 Párr. 3:
Los miembros de la organización arreglaran sus controversias
internacionales por medios Pacíficos, de tal manera que no pongan en
peligro la paz y la seguridad internacionales.
Dicha obligación se impone incluso a los Estados no miembros de la
organización, como se observa en el artículo 20. Párr. 6:
La organización hará que los estados que no son miembros de las naciones
unidas conduzcan de acuerdo con estos principios en la medida que sea
necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
Concepto de “Diferencia” Según la jurisprudencia internacional:
Una diferencia es un desacuerdo aonre un punto de derecho o de hecho, una
contradicción de tesis jurídicas o de intereses entre dos personas. – este
concepto se aplica a DIFERENCIAS INTERNACIONALES.
Diferencias jurídicas Diferencia Políticas
Se podrán resolver si se aplica el
derecho vigente, y su conocimiento
corresponde a órganos con carácter
jurisdiccional.
Se basan en una pretensión cuya
problemática rebasa los límites jurídicos
y su solución corresponde al consejo de
seguridad de las naciones unidas.
2. Dicha distinción debe rechazarse, pues lamayoria de los conflictos reúnen a
la vez un matriz político y una dimensión jurídica.
Medios diplomáticos para resolver conflictos
La negociación: Medio eficaz consistente en efectuar conversaciones
diplomáticas que tienen como finalidad solucionar un conflicto internacional,
en entablan entre las partes en conflicto por medio de sus órganos
diplomáticos. Cuando el conflicto afecta varias partes, se convoca una
conferencia internacional.
Los buenos oficios y la mediación: Son medios para facilitar el acuerdo
entre las partes. Los buenos oficios consisten en la participación de buena
voluntad de uno o varios Estados con el fin de invitar a las partes a llegar a
un acuerdo. La mediación es similar, pero con la diferencia de que, además
de invitar a las partes a solucionarlo, les son propuestos soluciones
específicas que las partes pueden aceptar o no. Los buenos oficios y la
mediación pueden iniciarse a requerimiento de las partes o sin él. No son
tan frecuentes.
La comisiones de investigación: Tienen como finalidad establecer el
supuesto de hecho del caso controvertido, sin plantear propiamente una
solución al conflicto. Dichas comisiones se constituyen previo acuerdo y
opera conforme los siguientes criterios señalados en la Convención de
1907:
a) La investigación tendrá carácter contradictorio.
b) La comisión tiene facultad para trasladarse momentáneamente a los sitios
donde juzgue convenientemente
c) La comisión puede solicitar a las partes explicaciones o informes que considere
necesarios.
d) Las partes se comprometen a dar todas las facilidades necesarias para el
ejercicio de las funciones de la Comisión
e) Las deliberaciones serán secretas
3. f) El informe de la comisión se leerá en sesión pública, ante la presencia de los
consejeros y agentes, y se limitara a comprobar los hechos, por lo cual carece
del carácter de una sentencia arbitral.
La creación de las comisiones de investigación es voluntaria, sin embargo puede
ser obligatoria si a lo prevea un tratado.
El procedimiento conciliatorio: Es la intervención en el arreglo de una
diferencia internacional, de un órgano sin autoridad política propia que,
gozando de la confianza de las partes en litigio, está encargado de examinar
todos los aspectos de litigio y de proponer una solución que no es obligatorio
para las partes. Como carece de fuerza vinculatoria para las partes, se usa
poco.
Medios jurídicos de solución de controversias
El arbitraje internacional: Tiene por objeto arreglar el litigio entre Estados,
mediante jueces elegidos por ellos y sobre la base del respeto al derecho. La
características propias del arbitraje son:
a) Los árbitros son elegidos por las partes
b) Mediante el arbitraje se resuelve definitivamente la controversia.
c) La sentencia que se dicta es obligatoria y, por tanto vinculatoria para las partes
en litigio. Contra la sentencia no cabe recurso alguno de apelación o casación,
salvo que se acuerde entre las partes; no obstante, estas pueden oponer los
siguientes 3 tipos de recursos ante el propio tribunal:
i. Aclaración: Opera en caso de desacuerdo entre las partes acerca del
verdadero sentido de la sentencia.
ii. Reforma: Las partes pueden reclamar el exceso cometido por los
árbitros en el ejercicio de sus facultades.
iii. Revisión: Cuando parece un nuevo hecho que de haberse conocido
antes, habría ejercido una influencia en la sentencia.
Procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia: El estatuto de la
corte internacional de justicia formara parte integrante de la carta de las
naciones unidas.
4. La creación de la corte internacional de justicia está vinculada con la de la
organización de las naciones unidad, de la cual es órgano principal. Después
del fracaso de la sociedad de naciones, fue necesario crear una corte distinta
de la corte o tribunal permanente de justicia internacional.