1) El documento trata sobre los medios de solución de controversias como la conciliación y el arbitraje. 2) Explica que en la conciliación interviene un tercero que ayuda a las partes a buscar una solución pero no impone decisiones obligatorias. 3) Describe las diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica del arbitraje y sus características como un proceso privado de resolución de disputas con efecto vinculante.
Este documento describe los diferentes aspectos de la conciliación como medio alternativo de resolución de conflictos. Explica que la conciliación involucra una negociación asistida por un tercero conciliador que facilita el diálogo entre las partes para lograr una solución acordada de manera amigable. También describe las diferentes fases del proceso de conciliación y los principios como la imparcialidad, confidencialidad y voluntariedad que rigen este mecanismo.
Presentación ley de arbitraje y conciliacionJosé Romero
Nueva norma de arbitraje y conciliacion en bolivia
El arbitraje, como método alternativo de resolución de controversias, viene utilizándose en la solución de conflictos desde las sociedades primitivas, antes de la existencia del Estado
La conciliación es un método alternativo de resolución de conflictos donde un tercero neutral ayuda a las partes involucradas en un litigio a alcanzar un acuerdo. El documento describe diferentes métodos como la negociación, mediación, arbitraje y evaluación neutral, y explica conceptos como solicitud conciliatoria, clasificación de la conciliación, requisitos y principios generales. Concluye que estos métodos deben ser obligatorios antes de iniciar un proceso judicial debido a que son más rápidos y económicos.
El documento presenta un plan de investigación sobre el arbitraje internacional como mecanismo de resolución de conflictos en el comercio internacional. El objetivo general es conocer el arbitraje internacional y sus objetivos específicos son comprender su desarrollo e analizar su rol en la solución de conflictos. Se plantea la hipótesis de que el arbitraje internacional es un mecanismo idóneo debido a sus ventajas. El documento también incluye una introducción, marco teórico conceptual y bibliografía.
El arbitraje como medio alternativo a la vía judicial, reporta soluciones y beneficios a la persona que decide utilizarlo. Tiene la misión de mediar entre las partes para llegar a una solución rápida y efectiva. Desarrolla un método que evita litigios prolongados en el tiempo. Reduce de manera considerable los costos y honorarios obligatorios en vía judicial.
Este documento describe los métodos alternativos de resolución de controversias como la mediación y el arbitraje. Explica que la mediación es un proceso en el que las partes en conflicto, asistidas por un tercero neutral, buscan opciones viables para llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio. El arbitraje permite que las partes sometan sus diferencias a la resolución de un juez privado a través de un acuerdo voluntario. También compara estos métodos con el proceso jurisdiccional tradicional.
Este documento presenta una introducción sobre la evolución histórica del arbitraje en el Perú. Explica que antiguamente el arbitraje estaba sujeto a revisión judicial, lo que reducía su eficacia. Luego, la ley general de arbitraje de 1995 derogó normas anteriores y eliminó la distinción entre cláusula compromisoria y compromiso arbitral, facilitando el acceso y efectividad del arbitraje. Finalmente, define el arbitraje, clasifica los tipos de arbitraje según sus árbitros (de derecho o
El documento trata sobre el arbitraje comercial internacional. Explica que es un método para resolver disputas de manera extrajudicial mediante un árbitro o árbitros acordados por las partes. Detalla los beneficios del arbitraje internacional como la neutralidad, rapidez y confidencialidad. También cubre temas como la naturaleza jurídica, teorías, lugar, procedimientos y fuentes del arbitraje comercial internacional según la legislación colombiana.
Este documento describe los diferentes aspectos de la conciliación como medio alternativo de resolución de conflictos. Explica que la conciliación involucra una negociación asistida por un tercero conciliador que facilita el diálogo entre las partes para lograr una solución acordada de manera amigable. También describe las diferentes fases del proceso de conciliación y los principios como la imparcialidad, confidencialidad y voluntariedad que rigen este mecanismo.
Presentación ley de arbitraje y conciliacionJosé Romero
Nueva norma de arbitraje y conciliacion en bolivia
El arbitraje, como método alternativo de resolución de controversias, viene utilizándose en la solución de conflictos desde las sociedades primitivas, antes de la existencia del Estado
La conciliación es un método alternativo de resolución de conflictos donde un tercero neutral ayuda a las partes involucradas en un litigio a alcanzar un acuerdo. El documento describe diferentes métodos como la negociación, mediación, arbitraje y evaluación neutral, y explica conceptos como solicitud conciliatoria, clasificación de la conciliación, requisitos y principios generales. Concluye que estos métodos deben ser obligatorios antes de iniciar un proceso judicial debido a que son más rápidos y económicos.
El documento presenta un plan de investigación sobre el arbitraje internacional como mecanismo de resolución de conflictos en el comercio internacional. El objetivo general es conocer el arbitraje internacional y sus objetivos específicos son comprender su desarrollo e analizar su rol en la solución de conflictos. Se plantea la hipótesis de que el arbitraje internacional es un mecanismo idóneo debido a sus ventajas. El documento también incluye una introducción, marco teórico conceptual y bibliografía.
El arbitraje como medio alternativo a la vía judicial, reporta soluciones y beneficios a la persona que decide utilizarlo. Tiene la misión de mediar entre las partes para llegar a una solución rápida y efectiva. Desarrolla un método que evita litigios prolongados en el tiempo. Reduce de manera considerable los costos y honorarios obligatorios en vía judicial.
Este documento describe los métodos alternativos de resolución de controversias como la mediación y el arbitraje. Explica que la mediación es un proceso en el que las partes en conflicto, asistidas por un tercero neutral, buscan opciones viables para llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio. El arbitraje permite que las partes sometan sus diferencias a la resolución de un juez privado a través de un acuerdo voluntario. También compara estos métodos con el proceso jurisdiccional tradicional.
Este documento presenta una introducción sobre la evolución histórica del arbitraje en el Perú. Explica que antiguamente el arbitraje estaba sujeto a revisión judicial, lo que reducía su eficacia. Luego, la ley general de arbitraje de 1995 derogó normas anteriores y eliminó la distinción entre cláusula compromisoria y compromiso arbitral, facilitando el acceso y efectividad del arbitraje. Finalmente, define el arbitraje, clasifica los tipos de arbitraje según sus árbitros (de derecho o
El documento trata sobre el arbitraje comercial internacional. Explica que es un método para resolver disputas de manera extrajudicial mediante un árbitro o árbitros acordados por las partes. Detalla los beneficios del arbitraje internacional como la neutralidad, rapidez y confidencialidad. También cubre temas como la naturaleza jurídica, teorías, lugar, procedimientos y fuentes del arbitraje comercial internacional según la legislación colombiana.
(1) El documento habla sobre el arbitraje comercial internacional, incluyendo su definición, orígenes e instituciones involucradas. (2) Explica que el arbitraje surgió para resolver disputas entre inversionistas extranjeros y estados de manera pacífica, evitando conflictos armados. (3) También analiza principios como la soberanía estatal y la carta de derechos y deberes económicos de los estados en relación con el arbitraje internacional.
Este documento resume los principales aspectos de la solución de controversias en la etapa contractual según la normativa peruana. Indica que las controversias se resolverán mediante conciliación o arbitraje según acuerdo de las partes. Define los tipos de materias que pueden ser conciliadas o arbitradas y aquellas que no. Explica los procedimientos de conciliación y arbitraje, incluyendo la designación de árbitros, el proceso arbitral y los requisitos de los laudos arbitrales.
Este documento describe la naturaleza jurídica del arbitraje. Explica que el arbitraje requiere un acuerdo voluntario entre las partes para someter una controversia a un tercero neutral cuya decisión será vinculante. También describe los diferentes tipos de arbitraje, como arbitraje institucional, de menor o mayor cuantía, colegiado o único, nacional o internacional, forzoso o voluntario. Finalmente, resalta las ventajas del arbitraje como ser un proceso ágil, económico, confidencial, rápid
INTRODUCCION
Toda relación humana está expuesta a conflictos de múltiples índole en el que están en juegos diversos.
A medida que el hombre ha ido evolucionando ha tratado de encontrar diversos medios para solucionar sus diferencias, hasta llegar al ordenamiento jurídico para garantizar condiciones de vida y normas de conducta dentro de la sociedad, con el fin de mantener la fuerza y evitar la violencia como métodos orientados a la administración de justicia, a través de un tercero imparcial que dirima sus confrontaciones.
Platón enseña que "el mayor bien para el estado, no es la guerra ni la sedición sino la paz y la buena inteligencia entre los ciudadanos. Pero como la existencia de intereses contradictorios forman parte de la naturaleza del grupo, el estadista ha debido crear sistemas que ponga remedio a los disensos, obligando a los miembros a observar cierras reglas y preventivo que en caso de presentar desavenencias, un tercero zanje las disputas. Es indispensable que se establezcan tribunales para cada sociedad y jueces que decidan sobre la marcha, las diferencias que se susciten. Tribunal que estará compuesto por los jueces mas integro que se a posible encontrar. Un estado no sería estado si lo que concierne a los tribunales no estuviese arreglado como es debido".
Este documento describe varios medios pacíficos para resolver controversias internacionales, incluyendo los buenos oficios, la mediación, la investigación, la conciliación y el arbitraje. Explica que estos métodos buscan resolver desacuerdos entre Estados sin el uso de la fuerza, a través del diálogo, la negociación asistida y decisiones no vinculantes o vinculantes tomadas por terceros.
Este documento presenta una introducción al arbitraje nacional e internacional. Explica conceptos clave como la naturaleza del arbitraje, el convenio arbitral, los árbitros y el procedimiento arbitral. También analiza la realidad actual del sistema judicial y cómo el arbitraje puede ser una alternativa para resolver disputas de manera más eficiente y con mayor participación de las partes.
El documento presenta conceptos fundamentales sobre arbitraje nacional e internacional. Define arbitraje como un medio de solución de conflictos donde un tercero decide la controversia de forma obligatoria. Explica que existe arbitraje institucional, ad hoc, de derecho y en equidad. Asimismo, analiza métodos alternos como la negociación, conciliación y mediación para resolver disputas.
El documento describe los conceptos y regulación del arbitraje en el Perú. Explica que el arbitraje es un mecanismo por el cual un tercero resuelve una disputa entre dos partes de manera privada. Detalla las fases del proceso de contratación pública y los tipos de arbitraje. También analiza las materias que pueden y no pueden ser sometidas a arbitraje en el sector público de acuerdo a la legislación peruana.
ARBITRAJEEs un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias consagrado en la ley para resolver los conflictos que se derivan de las relaciones contractuales. Estas diferencias son resueltas por un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios Árbitros, mediante un fallo denominado Laudo Arbitral.
El arbitraje se rige por los principios y reglas de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción
LOS ARBITROS: son particulares investidos transitoriamente y para determinados casos, de la función de administrar justicia, (Art. 116 Constitución Política), éstos pueden ser designados por las partes de común acuerdo, o por la Cámara de Comercio, o por un tercero. El Tribunal de Arbitramento está conformado por uno o varios árbitros
Es un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias consagrado en la ley para resolver los conflictos que se derivan de las relaciones contractuales. Estas diferencias son resueltas por un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios Árbitros, mediante un fallo denominado Laudo Arbitral.
El arbitraje se rige por los principios y reglas de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción
LOS ARBITROS: son particulares investidos transitoriamente y para determinados casos, de la función de administrar justicia, (Art. 116 Constitución Política), éstos pueden ser designados por las partes de común acuerdo, o por la Cámara de Comercio, o por un tercero. El Tribunal de Arbitramento está conformado por uno o varios árbitros
EL LAUDO ARBITRAL : El fallo o sentencia que profiere el Tribunal puede ser en derecho, en equidad o técnico:
EN DERECHO: El tribunal de arbitramento resuelve la diferencia en estricto apego a lo establecido por el ordenamiento jurídico, razón por la cual los árbitros necesariamente deberán ser abogados.
EN EQUIDAD: Los árbitros resuelven fundamentando sus laudos en criterios valorativos, principios de equidad, en las prácticas o usos comunes de la actividad y en el sentido común producto de la experiencia.
TECNICO: Los árbitros dictan su fallo con fundamento en especiales conocimientos que deben tener sobre determinada ciencia, arte o profesión.
El arbitraje es un mecanismo jurídico mediante el cual las parte deciden someter sus diferencias a decisiones de un tercero aceptando sujetarse a lo que allí se adopte.
El arbitraje tiene ciertas característica:
Un instrumento autorizado: Por la ley para que los particulares administren justicia, según las garantías constitucionales no significa que todas las disputas entre los particulares sean resueltas por los jueces. Por eso la constitución en su articulo 116 garantiza la existencia de mecanismos alternativos de solución de conflictos entre ellos el arbitramento. Además encuentran base constitucionales no solo en su reconocimiento expreso en el articulo 116 si no en principios y val
Este documento define y explica la conciliación como un mecanismo alternativo de resolución de conflictos. Define la conciliación como un procedimiento voluntario donde las partes en conflicto, asistidas por un conciliador neutral, buscan llegar a un acuerdo para resolver sus diferencias sin necesidad de un proceso judicial. Explica que la conciliación puede ser judicial o extrajudicial, y que tiene como objetivo evitar la judicialización de conflictos cuando sea posible.
Los métodos alternativos de solución de conflictos en Bolivia incluyen la negociación, conciliación, mediación y arbitraje. La constitución y la ley reconocen estos métodos y fomentan su uso para resolver disputas de manera pacífica fuera de los tribunales. La ley establece procedimientos de conciliación facilitados por terceros imparciales para resolver controversias de manera consensuada antes o durante un proceso judicial.
El arbitraje es un mecanismo de resolución de conflictos en el que las partes involucradas someten su disputa a la decisión de un tercero neutral llamado árbitro. El árbitro puede fallar en derecho, equidad o sobre aspectos técnicos. Existen diferentes tipos de arbitraje como arbitraje de mayor o menor cuantía, institucional o independiente. El proceso arbitral se caracteriza por ser más rápido y económico que la vía judicial, manteniendo principios como igualdad, confidencialidad y transparencia.
El documento describe el arbitraje como un procedimiento alternativo para resolver disputas entre partes sin acudir a los tribunales estatales. Explica las teorías privatista y jurisdiccional del arbitraje y enumera diferentes tipos como el arbitraje nacional e internacional. También detalla características como la imparcialidad, voluntariedad y rapidez del proceso arbitral.
Este documento describe diferentes métodos para resolver disputas contractuales, incluyendo la conciliación y el arbitraje. Explica que las controversias que surjan del contrato pueden resolverse mediante estos métodos alternativos. También proporciona detalles sobre cómo funcionan la conciliación y el arbitraje, los tipos de arbitraje, y los requisitos para incluir una cláusula de arbitraje en los contratos del estado.
Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (M.A.S.C.) permiten resolver disputas sin la intervención de un juez de forma ágil y eficaz. La conciliación es un M.A.S.C. en el que un tercero imparcial facilita el diálogo entre las partes en conflicto para llegar a un acuerdo satisfactorio mediante el consentimiento voluntario de ambas partes.
El arbitraje es un procedimiento para resolver controversias comerciales sin acudir a los tribunales judiciales, obteniendo un laudo imparcial y definitivo con fuerza legal de sentencia. Tiene ventajas como rapidez, certidumbre y menores costos en comparación con litigios judiciales. La mediación involucra a un tercero neutral para ayudar a las partes en conflicto a encontrar una solución mutuamente acordada a través de la comunicación y negociación asistida.
Este documento proporciona una introducción a la conciliación extrajudicial en Perú. Explica qué es el conflicto social y las formas de resolverlo, como la negociación, mediación y conciliación. También describe los desafíos del acceso a la justicia, como los altos costos y larga duración de los procesos judiciales. Luego resume las características y principios clave de la conciliación extrajudicial, así como las diferencias con el proceso judicial. Finalmente, resume la base legal y los pasos del proceso de conciliación extrajudicial en
Este documento describe diferentes métodos alternativos de resolución de conflictos (M.A.R.C.'s) como la negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Explica que los M.A.R.C.'s surgieron en los años 70 en EE.UU. para resolver conflictos de manera más eficiente y evitar sobrecargar el poder judicial. También destaca que, para que los M.A.R.C.'s tengan éxito, se requiere promover una "cultura de paz" a través del diálogo y la empatía entre las
Este documento describe los principios y regulación de la conciliación extrajudicial en Perú. Explica que la conciliación es un mecanismo alternativo para resolver conflictos de manera pacífica, buscando acuerdos consensuados entre las partes con ayuda de un conciliador. Detalla los principios rectores como la equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad e imparcialidad. Además, explica las materias que son y no son conciliables, así como los supuestos en que la conciliación es obligatoria u opcional antes de iniciar un
CENTRO DE CONCILIACION Y ARBITRAJE- UNIV. SIMÓN BOLÍVARhnavarro3
El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Universidad Simón Bolívar es un ente privado aprobado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para resolver disputas a través de la conciliación y el arbitraje de manera rápida y económica. Ofrece servicios de conciliación y arbitraje en diversas áreas del derecho como derecho civil, comercial y familiar con conciliadores y árbitros altamente calificados.
Este documento presenta una introducción a diferentes medios de solución de controversias con el Estado, enfocándose en la conciliación y el arbitraje. Explica que la conciliación involucra a un tercero que ayuda a las partes a buscar una solución, pero no puede imponer una decisión obligatoria. Luego describe el origen, naturaleza y características del arbitraje, así como diferentes tipos como el arbitraje institucional, ad hoc, de derecho y voluntario. Finalmente, presenta consideraciones sobre el inicio de un proceso arbitral
Este documento trata sobre los medios alternos de solución de conflictos médicos. Explica que el conflicto es parte natural de las relaciones humanas, y en lugar de evitarlos, es mejor resolverlos de manera constructiva a través de mecanismos como la negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Estos métodos ofrecen ventajas como celeridad, menores costos, y flexibilidad, ayudando a descargar la carga de trabajo de los tribunales.
(1) El documento habla sobre el arbitraje comercial internacional, incluyendo su definición, orígenes e instituciones involucradas. (2) Explica que el arbitraje surgió para resolver disputas entre inversionistas extranjeros y estados de manera pacífica, evitando conflictos armados. (3) También analiza principios como la soberanía estatal y la carta de derechos y deberes económicos de los estados en relación con el arbitraje internacional.
Este documento resume los principales aspectos de la solución de controversias en la etapa contractual según la normativa peruana. Indica que las controversias se resolverán mediante conciliación o arbitraje según acuerdo de las partes. Define los tipos de materias que pueden ser conciliadas o arbitradas y aquellas que no. Explica los procedimientos de conciliación y arbitraje, incluyendo la designación de árbitros, el proceso arbitral y los requisitos de los laudos arbitrales.
Este documento describe la naturaleza jurídica del arbitraje. Explica que el arbitraje requiere un acuerdo voluntario entre las partes para someter una controversia a un tercero neutral cuya decisión será vinculante. También describe los diferentes tipos de arbitraje, como arbitraje institucional, de menor o mayor cuantía, colegiado o único, nacional o internacional, forzoso o voluntario. Finalmente, resalta las ventajas del arbitraje como ser un proceso ágil, económico, confidencial, rápid
INTRODUCCION
Toda relación humana está expuesta a conflictos de múltiples índole en el que están en juegos diversos.
A medida que el hombre ha ido evolucionando ha tratado de encontrar diversos medios para solucionar sus diferencias, hasta llegar al ordenamiento jurídico para garantizar condiciones de vida y normas de conducta dentro de la sociedad, con el fin de mantener la fuerza y evitar la violencia como métodos orientados a la administración de justicia, a través de un tercero imparcial que dirima sus confrontaciones.
Platón enseña que "el mayor bien para el estado, no es la guerra ni la sedición sino la paz y la buena inteligencia entre los ciudadanos. Pero como la existencia de intereses contradictorios forman parte de la naturaleza del grupo, el estadista ha debido crear sistemas que ponga remedio a los disensos, obligando a los miembros a observar cierras reglas y preventivo que en caso de presentar desavenencias, un tercero zanje las disputas. Es indispensable que se establezcan tribunales para cada sociedad y jueces que decidan sobre la marcha, las diferencias que se susciten. Tribunal que estará compuesto por los jueces mas integro que se a posible encontrar. Un estado no sería estado si lo que concierne a los tribunales no estuviese arreglado como es debido".
Este documento describe varios medios pacíficos para resolver controversias internacionales, incluyendo los buenos oficios, la mediación, la investigación, la conciliación y el arbitraje. Explica que estos métodos buscan resolver desacuerdos entre Estados sin el uso de la fuerza, a través del diálogo, la negociación asistida y decisiones no vinculantes o vinculantes tomadas por terceros.
Este documento presenta una introducción al arbitraje nacional e internacional. Explica conceptos clave como la naturaleza del arbitraje, el convenio arbitral, los árbitros y el procedimiento arbitral. También analiza la realidad actual del sistema judicial y cómo el arbitraje puede ser una alternativa para resolver disputas de manera más eficiente y con mayor participación de las partes.
El documento presenta conceptos fundamentales sobre arbitraje nacional e internacional. Define arbitraje como un medio de solución de conflictos donde un tercero decide la controversia de forma obligatoria. Explica que existe arbitraje institucional, ad hoc, de derecho y en equidad. Asimismo, analiza métodos alternos como la negociación, conciliación y mediación para resolver disputas.
El documento describe los conceptos y regulación del arbitraje en el Perú. Explica que el arbitraje es un mecanismo por el cual un tercero resuelve una disputa entre dos partes de manera privada. Detalla las fases del proceso de contratación pública y los tipos de arbitraje. También analiza las materias que pueden y no pueden ser sometidas a arbitraje en el sector público de acuerdo a la legislación peruana.
ARBITRAJEEs un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias consagrado en la ley para resolver los conflictos que se derivan de las relaciones contractuales. Estas diferencias son resueltas por un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios Árbitros, mediante un fallo denominado Laudo Arbitral.
El arbitraje se rige por los principios y reglas de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción
LOS ARBITROS: son particulares investidos transitoriamente y para determinados casos, de la función de administrar justicia, (Art. 116 Constitución Política), éstos pueden ser designados por las partes de común acuerdo, o por la Cámara de Comercio, o por un tercero. El Tribunal de Arbitramento está conformado por uno o varios árbitros
Es un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias consagrado en la ley para resolver los conflictos que se derivan de las relaciones contractuales. Estas diferencias son resueltas por un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios Árbitros, mediante un fallo denominado Laudo Arbitral.
El arbitraje se rige por los principios y reglas de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción
LOS ARBITROS: son particulares investidos transitoriamente y para determinados casos, de la función de administrar justicia, (Art. 116 Constitución Política), éstos pueden ser designados por las partes de común acuerdo, o por la Cámara de Comercio, o por un tercero. El Tribunal de Arbitramento está conformado por uno o varios árbitros
EL LAUDO ARBITRAL : El fallo o sentencia que profiere el Tribunal puede ser en derecho, en equidad o técnico:
EN DERECHO: El tribunal de arbitramento resuelve la diferencia en estricto apego a lo establecido por el ordenamiento jurídico, razón por la cual los árbitros necesariamente deberán ser abogados.
EN EQUIDAD: Los árbitros resuelven fundamentando sus laudos en criterios valorativos, principios de equidad, en las prácticas o usos comunes de la actividad y en el sentido común producto de la experiencia.
TECNICO: Los árbitros dictan su fallo con fundamento en especiales conocimientos que deben tener sobre determinada ciencia, arte o profesión.
El arbitraje es un mecanismo jurídico mediante el cual las parte deciden someter sus diferencias a decisiones de un tercero aceptando sujetarse a lo que allí se adopte.
El arbitraje tiene ciertas característica:
Un instrumento autorizado: Por la ley para que los particulares administren justicia, según las garantías constitucionales no significa que todas las disputas entre los particulares sean resueltas por los jueces. Por eso la constitución en su articulo 116 garantiza la existencia de mecanismos alternativos de solución de conflictos entre ellos el arbitramento. Además encuentran base constitucionales no solo en su reconocimiento expreso en el articulo 116 si no en principios y val
Este documento define y explica la conciliación como un mecanismo alternativo de resolución de conflictos. Define la conciliación como un procedimiento voluntario donde las partes en conflicto, asistidas por un conciliador neutral, buscan llegar a un acuerdo para resolver sus diferencias sin necesidad de un proceso judicial. Explica que la conciliación puede ser judicial o extrajudicial, y que tiene como objetivo evitar la judicialización de conflictos cuando sea posible.
Los métodos alternativos de solución de conflictos en Bolivia incluyen la negociación, conciliación, mediación y arbitraje. La constitución y la ley reconocen estos métodos y fomentan su uso para resolver disputas de manera pacífica fuera de los tribunales. La ley establece procedimientos de conciliación facilitados por terceros imparciales para resolver controversias de manera consensuada antes o durante un proceso judicial.
El arbitraje es un mecanismo de resolución de conflictos en el que las partes involucradas someten su disputa a la decisión de un tercero neutral llamado árbitro. El árbitro puede fallar en derecho, equidad o sobre aspectos técnicos. Existen diferentes tipos de arbitraje como arbitraje de mayor o menor cuantía, institucional o independiente. El proceso arbitral se caracteriza por ser más rápido y económico que la vía judicial, manteniendo principios como igualdad, confidencialidad y transparencia.
El documento describe el arbitraje como un procedimiento alternativo para resolver disputas entre partes sin acudir a los tribunales estatales. Explica las teorías privatista y jurisdiccional del arbitraje y enumera diferentes tipos como el arbitraje nacional e internacional. También detalla características como la imparcialidad, voluntariedad y rapidez del proceso arbitral.
Este documento describe diferentes métodos para resolver disputas contractuales, incluyendo la conciliación y el arbitraje. Explica que las controversias que surjan del contrato pueden resolverse mediante estos métodos alternativos. También proporciona detalles sobre cómo funcionan la conciliación y el arbitraje, los tipos de arbitraje, y los requisitos para incluir una cláusula de arbitraje en los contratos del estado.
Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (M.A.S.C.) permiten resolver disputas sin la intervención de un juez de forma ágil y eficaz. La conciliación es un M.A.S.C. en el que un tercero imparcial facilita el diálogo entre las partes en conflicto para llegar a un acuerdo satisfactorio mediante el consentimiento voluntario de ambas partes.
El arbitraje es un procedimiento para resolver controversias comerciales sin acudir a los tribunales judiciales, obteniendo un laudo imparcial y definitivo con fuerza legal de sentencia. Tiene ventajas como rapidez, certidumbre y menores costos en comparación con litigios judiciales. La mediación involucra a un tercero neutral para ayudar a las partes en conflicto a encontrar una solución mutuamente acordada a través de la comunicación y negociación asistida.
Este documento proporciona una introducción a la conciliación extrajudicial en Perú. Explica qué es el conflicto social y las formas de resolverlo, como la negociación, mediación y conciliación. También describe los desafíos del acceso a la justicia, como los altos costos y larga duración de los procesos judiciales. Luego resume las características y principios clave de la conciliación extrajudicial, así como las diferencias con el proceso judicial. Finalmente, resume la base legal y los pasos del proceso de conciliación extrajudicial en
Este documento describe diferentes métodos alternativos de resolución de conflictos (M.A.R.C.'s) como la negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Explica que los M.A.R.C.'s surgieron en los años 70 en EE.UU. para resolver conflictos de manera más eficiente y evitar sobrecargar el poder judicial. También destaca que, para que los M.A.R.C.'s tengan éxito, se requiere promover una "cultura de paz" a través del diálogo y la empatía entre las
Este documento describe los principios y regulación de la conciliación extrajudicial en Perú. Explica que la conciliación es un mecanismo alternativo para resolver conflictos de manera pacífica, buscando acuerdos consensuados entre las partes con ayuda de un conciliador. Detalla los principios rectores como la equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad e imparcialidad. Además, explica las materias que son y no son conciliables, así como los supuestos en que la conciliación es obligatoria u opcional antes de iniciar un
CENTRO DE CONCILIACION Y ARBITRAJE- UNIV. SIMÓN BOLÍVARhnavarro3
El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Universidad Simón Bolívar es un ente privado aprobado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para resolver disputas a través de la conciliación y el arbitraje de manera rápida y económica. Ofrece servicios de conciliación y arbitraje en diversas áreas del derecho como derecho civil, comercial y familiar con conciliadores y árbitros altamente calificados.
Este documento presenta una introducción a diferentes medios de solución de controversias con el Estado, enfocándose en la conciliación y el arbitraje. Explica que la conciliación involucra a un tercero que ayuda a las partes a buscar una solución, pero no puede imponer una decisión obligatoria. Luego describe el origen, naturaleza y características del arbitraje, así como diferentes tipos como el arbitraje institucional, ad hoc, de derecho y voluntario. Finalmente, presenta consideraciones sobre el inicio de un proceso arbitral
Este documento trata sobre los medios alternos de solución de conflictos médicos. Explica que el conflicto es parte natural de las relaciones humanas, y en lugar de evitarlos, es mejor resolverlos de manera constructiva a través de mecanismos como la negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Estos métodos ofrecen ventajas como celeridad, menores costos, y flexibilidad, ayudando a descargar la carga de trabajo de los tribunales.
El documento habla sobre el arbitraje como un medio alternativo de resolución de conflictos. Explica que el arbitraje permite que dos partes en conflicto sometan voluntariamente su disputa a uno o más árbitros imparciales para que emitan una decisión definitiva e inapelable llamada laudo arbitral. También menciona que existen diferentes tipos de arbitraje como el institucional y el independiente, y que el arbitraje puede aplicarse a diferentes áreas como los conflictos comerciales, laborales, de consumo y tributarios.
1. El documento describe los procedimientos de conciliación y arbitraje para resolver disputas contractuales en Perú, señalando que cualquiera de las partes puede iniciar estos procesos.
2. Explica que la conciliación se rige por la Ley 26872 y el arbitraje por la Ley de Contrataciones del Estado y la Ley de Arbitraje.
3. Resalta que en los contratos del Estado se prioriza la transparencia, publicando los laudos arbitrales.
JUNTA DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS EN OBRAS PÚBLICAS, como mecanismo de solución de controversias en el proceso constructivo, referido a aspectos técnicos constructivos en la ejecución de obras públicas.
El documento describe los medios de solución de controversias establecidos en la nueva Ley de Contrataciones del Estado, incluyendo la conciliación, el arbitraje y la Junta de Resolución de Disputas. Explica que el arbitraje es de derecho y puede ser institucional o ad hoc, y que la conciliación y la Junta de Resolución de Disputas solo se aplican a controversias relacionadas con la ejecución del contrato.
El documento describe el concepto y naturaleza jurídica del arbitraje, así como su desarrollo e incorporación en el derecho administrativo peruano. Explica que el arbitraje es un medio de solución de controversias alternativo al sistema judicial, que produce efectos procesales aunque su naturaleza es mixta contractual y jurisdiccional. En el Perú, la normativa como la LCAE ha generalizado el uso del arbitraje para resolver disputas surgidas de los contratos del Estado. Sin embargo, existen debates sobre los límites de su aplicación en as
1) La conciliación es un procedimiento legal mediante el cual un tercero imparcial trata de inducir a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo justo. 2) Tiene como objetivos descongestionar los tribunales, reducir costos y lograr soluciones rápidas de manera privada. 3) La conciliación es voluntaria y vinculante solo si las partes aceptan libremente llegar a un acuerdo.
ABC de los MECANISMOA ALTERNATICOS DE SOLUCION DE CONFLICTOSJOSENICOLASDIAZVELAS
El documento describe los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) ofrecidos por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín. Explica que estos métodos incluyen la conciliación, el arbitraje y la amigable composición, los cuales permiten resolver disputas de manera rápida y efectiva sin intervención de jueces. Además, brinda definiciones y detalles sobre cada uno de estos procesos alternativos.
El documento presenta conceptos fundamentales sobre arbitraje nacional e internacional. Define el arbitraje como un medio de solución de conflictos donde un tercero decide la controversia emitiendo un laudo obligatorio. Distingue entre arbitraje, negociación, conciliación y mediación como métodos alternos de resolución de disputas. Explica las fases del arbitraje y clasifica el arbitraje en institucional, ad hoc, de derecho y en equidad.
El documento resume la historia y concepto del arbitraje. Brevemente describe que el arbitraje surgió en Roma como una alternativa a la venganza privada, y fue desarrollado en el derecho español y francés. Explica que el arbitraje permite a las partes dirimir conflictos ante árbitros de su elección en lugar de los tribunales estatales. Además, define los tipos de arbitraje comercial interno e internacional y describe las características y el acuerdo de arbitraje.
Este documento discute la arbitrabilidad de asuntos relacionados con el derecho de la competencia en Colombia. Explica que los temas patrimoniales y de libre disposición de las partes pueden ser objeto de arbitraje, pero no así las funciones administrativas sancionatorias de la autoridad de competencia. Plantea interrogantes sobre posibles contradicciones entre decisiones arbitrales y administrativas, y sobre el alcance de la intervención de la autoridad en asuntos sometidos a arbitraje. Concluye que es necesario promover foros de discusión
El documento resume los principales aspectos del arbitraje en el Perú. Explica que el arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos que se basa en la autonomía de la voluntad de las partes. Detalla los tipos de arbitraje, como el nacional e internacional, ad hoc e institucional. También describe las etapas del proceso arbitral y conceptos clave como el convenio arbitral y la importancia de que los laudos arbitrales tengan valor de cosa juzgada.
La conciliación y los laudos arbitrales en el ámbito internacional.docxRonalAngeloFlores
El documento habla sobre la conciliación y los laudos arbitrales en el ámbito internacional. Explica que la conciliación es un proceso mediante el cual dos partes en conflicto logran restablecer su relación con la ayuda de un tercero conciliador. También describe el arbitraje internacional como un medio privado, neutral y ejecutable para resolver disputas internacionales de manera final y vinculante. Finalmente, explica que un laudo arbitral es la resolución que dicta un árbitro para dirimir un conflicto y establece los pl
El documento resume los conceptos de arbitraje, conciliación y amigable composición como mecanismos alternativos de resolución de conflictos. Define el arbitraje como un proceso en el que las partes defieren a árbitros la solución de una controversia. La conciliación busca que las partes lleguen a un acuerdo con la ayuda de un conciliador. La amigable composición delegan en un tercero la resolución de la controversia con fuerza vinculante.
El documento describe el arbitraje como una forma de resolver disputas de manera privada mediante un tercero independiente elegido por las partes en lugar de acudir a los tribunales ordinarios. Existen dos tipos principales de arbitraje - institucional y ad hoc - y se basa generalmente en reglas establecidas. El laudo arbitral resultante tiene fuerza legal equivalente a una sentencia judicial.
El documento resume los conceptos de arbitraje, conciliación, amigable composición y sus características principales. El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos en el que las partes defieren a árbitros la solución de una controversia. La conciliación es un proceso en el que las partes buscan resolver sus diferencias con la ayuda de un conciliador. La amigable composición permite que las partes deleguen en un tercero la facultad de resolver una controversia contractual de manera vinculante.
Este documento presenta información sobre el arbitraje y el laudo arbitral. Explica que el laudo es la resolución que dicta un árbitro para dirimir un conflicto entre partes. Detalla los elementos fundamentales del arbitraje como el compromiso y los árbitros. También describe las causales de nulidad de un laudo arbitral según el Código de Procedimiento Civil y la Ley de Arbitraje Comercial.
Este documento describe los órganos y documentos involucrados en los procedimientos de selección para contrataciones del Estado. Explica que los comités de selección o los órganos encargados de las contrataciones son los responsables de preparar los documentos del proceso y tomar decisiones. También describe los requisitos mínimos de los documentos del procedimiento de selección y los requisitos de calificación para los postores.
Este documento trata sobre la importancia de la medición y gestión del clima organizacional. Explica que el clima organizacional es un fenómeno que influye en el comportamiento de los empleados y la productividad de la organización. También describe que para los gerentes es importante diagnosticar cómo perciben los empleados el clima para planear intervenciones que mejoren el desempeño. Por último, detalla que existen diferentes dimensiones que se pueden medir como parte de la evaluación del clima organizacional de una empresa.
Este documento presenta una sesión de capacitación sobre gestión pública y planeamiento estratégico. Explica conceptos clave como gestión pública, administración pública, modernización de la gestión pública y planeamiento estratégico. También describe los principales documentos de planeamiento estratégico en el Perú a nivel nacional, sectorial y territorial como el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y los Planes de Desarrollo Concertado regionales y locales.
Pdf esep sesion 3 enero 2021 intermediacion y tercerizacionDiplomadosESEP
El documento presenta el temario de un diplomado en legislación y relaciones laborales. El primer tema trata sobre la definición legal e diferencias entre la intermediación laboral y la tercerización, así como los requisitos de validez de ambas. El segundo tema cubre casos y resoluciones judiciales relacionadas a la tercerización e intermediación laboral.
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Este documento presenta información sobre el proceso de planificación y actuaciones preparatorias para las contrataciones del estado en Perú. Explica que la entidad debe formular un Plan Anual de Contrataciones considerando sus necesidades para el siguiente año fiscal. También cubre los detalles sobre cómo se debe realizar el requerimiento para la contratación, incluyendo la preparación de especificaciones técnicas y términos de referencia. Además, presenta lineamientos sobre la homologación de requerimientos a nivel de los ministerios.
Este documento trata sobre el desarrollo de personal y las relaciones colectivas de trabajo. Explica conceptos como el desarrollo de la carrera profesional, las técnicas de desarrollo de personal como la gestión del potencial, los sistemas de promoción y los planes de carrera. También cubre temas relacionados a las relaciones colectivas de trabajo e indicadores de gestión en relaciones laborales.
Este documento trata sobre la importancia de medir y gestionar el clima y la cultura organizacionales. Explica que el clima organizacional influye en el comportamiento de los empleados y la productividad de la empresa. También describe conceptos como la satisfacción laboral, el compromiso organizacional y sus dimensiones. Finalmente, detalla el proceso de medición del clima organizacional a través de encuestas y ofrece ejemplos de cómo mejorarlo.
El documento presenta información sobre la evaluación del desempeño y desarrollo de personal. Explica diferentes métodos de evaluación como la administración por objetivos, evaluación por competencias, y factores que afectan el desempeño como habilidades, motivación y factores situacionales. El propósito general es medir el desempeño de los empleados para identificar fortalezas, áreas de mejora, y alinear el desarrollo individual con las metas de la organización.
El documento presenta información sobre un diplomado en legislación y relaciones laborales impartido por la Escuela Empresarial del Perú. Se detalla el perfil del expositor invitado y el contenido de la primera sesión, que incluye una introducción al origen social del derecho del trabajo y una definición de este, así como los elementos de una relación laboral y tipos de contratos como el de plazo fijo y período de prueba. También se establecen las reglas básicas del grupo.
Este documento presenta la información biográfica y profesional de Luis Aldo Chio Fong, quien impartirá el Diplomado en Gestión de Recursos Humanos. Chio Fong tiene estudios de posgrado en administración y experiencia de 30 años en recursos humanos, incluyendo 20 años en posiciones ejecutivas. También tiene experiencia docente en universidades. El diplomado introducirá conceptos clave de la gestión de recursos humanos como su evolución, procesos, alineación con la estrategia del negocio y modelos como el de compet
Diapositivas de relaciones colectivas de trabajoDiplomadosESEP
Este documento presenta información sobre las relaciones colectivas de trabajo en Perú. Explica la base legal que rige este tema, incluyendo la Constitución Política del Perú y convenios de la OIT ratificados por el país. También describe conceptos clave como libertad sindical, negociación colectiva y huelga. Finalmente, detalla los pasos para la constitución de un sindicato y el proceso de negociación colectiva.
Este documento presenta información sobre el desarrollo de personal y las relaciones colectivas de trabajo. Explica conceptos como el desarrollo de la carrera profesional, el planeamiento de recursos humanos, la gestión del potencial, los sistemas de promoción y los planes de carrera. También cubre temas como los tipos de anclaje, las etapas de carrera, y las dimensiones de los planes de desarrollo. El objetivo general es analizar estrategias y herramientas para la planificación y gestión efectiva de los recursos
Este documento presenta información sobre el proceso de capacitación de recursos humanos. Explica conceptos clave como las necesidades de capacitación, los métodos para diagnosticarlas, y el diseño de procesos de enseñanza y aprendizaje. El objetivo general es proveer una guía para el diseño e implementación efectiva de programas de capacitación en las organizaciones.
El documento habla sobre el presupuesto público y los principios del Sistema Nacional de Presupuesto. Explica que el presupuesto es el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios. También describe los ingresos, gastos y fuentes de financiamiento del presupuesto público, así como los diferentes clasificadores de ingresos y gastos del sector público.
Este documento describe diferentes procedimientos de selección para contrataciones del Estado, como licitación pública, concurso público, selección de consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica y catálogos electrónicos de acuerdo marco. Explica las etapas, consideraciones y requisitos de cada procedimiento, incluyendo factores de evaluación, publicación de convocatorias y otorgamiento de la buena pro.
Este documento resume las etapas y disposiciones generales de la contratación con el Estado, incluyendo los procedimientos de selección como la licitación pública, concurso público y adjudicación simplificada. También describe los métodos de contratación directa en situaciones de emergencia, desabastecimiento o cuando los bienes y servicios solo pueden obtenerse de un proveedor determinado. Finalmente, explica las excepciones para servicios personalísimos, de publicidad, de consultoría o con fines de investigación.
El documento presenta una guía sobre el proceso de fiscalización laboral en Perú. Explica que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) es la entidad responsable de la fiscalización y tiene la facultad de aplicar sanciones a empresas que incumplan la ley. También describe las etapas del proceso de inspección, como las facultades de los inspectores, las medidas que pueden imponer y los recursos disponibles contra las resoluciones de multa. Finalmente, resume los lineamientos y normativa que rigen el sistema de inspección lab
El documento proporciona una introducción a la evaluación del desempeño y desarrollo de personal. Explica conceptos clave como desempeño, mérito y rendimiento. Luego describe diferentes metodologías de evaluación del desempeño como la administración por objetivos, competencias y matrices. Finalmente, cubre temas como determinantes del desempeño, propósitos de la evaluación y métodos contemporáneos como la administración por objetivos.
Este documento presenta los diferentes métodos de contratación con el Estado peruano, incluyendo licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales y comparación de precios. Explica cada método detallando los pasos de convocatoria, registro de participantes, presentación de ofertas, evaluación y calificación. También cubre temas como cómputo de plazos y supuestos de contratación directa.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
4. En la Conciliación interviene un tercero designado
por las partes, quien las ayudará a buscar una
solución al conflicto.
Sin embargo, esta tercera persona no tiene la
potestad de tomar decisiones, ni proponer
soluciones de forma obligatoria para las partes,
éstas finalmente son libres de llegar al acuerdo que
mejor les convenga para poner fin al conflicto.
4
6. Orígenes del Arbitraje:
Desde la antigüedad los comerciantes han necesitado una forma práctica de
resolver sus controversias. Éstos solían encomendar a un tercero imparcial y de su
confianza la resolución de un determinado conflicto.
Con el transcurso del tiempo los mercados han rebasado fronteras y la sociedad
toda ha experimentado una globalización económica y de comunicación tal, que ha
determinado que el actual comercio internacional emplee mecanismos no
tradicionales para la solución de controversias privadas.
6
7. El Arbitraje como medio de solución de
conflictos
7
Hoy en día, los conflictos son inherentes al comercio
internacional y en general a toda clase de intercambio
económico.
La justicia estatal (Poder Judicial) ha demostrado ser
insuficiente para responder a las necesidades de los conflictos
comerciales y de aquellas otras disputas de carácter privado
que exigen especialidad, rapidez y eficacia.
8. El Arbitraje comoAlternativa:
Por esa razón todos los países han introducido al arbitraje
como un mecanismo alternativo de solución de conflictos,
reconociendo que las decisiones que emiten los árbitros y
que resuelven el conflicto (laudos) tienen igual valor que
una sentencia judicial
En efecto, cada día se celebran en el mundo cientos de
miles de contratos en una economía de gran escala que
impone como necesario el uso del arbitraje.
8
10. Teoría
Jurisdiccional:
10
El arbitraje corresponde al campo público, los árbitros tienen el
carácter de jueces, ejercitan la función jurisdiccional del Estado y dictan una
auténtica sentencia.
La Constitución peruana reconoce el arbitraje como una jurisdicción especial.
El Tribunal Constitucional también le ha reconocido ese carácter jurisdiccional.
Los árbitros no tendrían mayor libertad que la aplicación de la ley
sustantiva al igual que el juez.
11. Teoría Contractual:
11
El arbitraje tiene una naturaleza privada. Proviene de un
acuerdo de voluntades entre las partes.
Los árbitros no son jueces sino particulares, cuyo poder deriva
de las partes. El árbitro no ejercita acto jurisdiccional.
El vínculo entre árbitros y partes es contractual.
El árbitro aplica la ley o costumbre que las partes
determinen.
12. Teoría mixta:
El convenio arbitral está dentro del control exclusivo de las partes. El
efecto legal de sus acuerdos y el carácter de ejecución del laudo
dependen de las leyes de la jurisdicción a la que se
someten.
obtiene
El convenio es un contrato, pero el procedimiento tiene que
estar sometido a alguna ley nacional.
Actividad eminentemente privada hasta cuando el laudo
el decreto oficial de ejecutoriedad.
12
13. Teoría Autónoma:
13
Mira al arbitraje “per se”.
Rechaza la teoría jurisdiccional y contractual por no estar de acuerdo con la
realidad, así como la teoría mixta por indefinida e imprecisa.
El convenio arbitral y el laudo tienen fuerza no como un contrato ni concesión del
Estado, sino como un requisito esencial para facilitar el funcionamiento de las
relaciones comerciales, donde las partes son libres para escoger el sistema de leyes
o costumbre a aplicar
15. ¿Qué es elArbitraje?
Podríamos afirmar que el arbitraje es
aquella forma privada de resolver
15
controversias, alternativa al Poder
Judicial, a través de la decisión
definitiva de un tercero (árbitro) elegido
por las partes, que tiene igual valor legal
que una sentencia judicial firme.
16. El arbitraje se diferencia de
otros medios alternativos de
solución de conflictos como
16
la negociación, la
conciliación y la mediación.
17. Características del Arbitraje:
1
• El laudo es
final y
concluyen
te y pone
término al
conflicto.
2
• El laudo obliga
a las partes en
virtud de un
compromiso
tácito cuando
se acordó el
arbitraje en el
sentido que las
partes
aceptarían y
darían efecto
a la decisión
de los árbitros.
3
• El
procedimient o
arbitral y el
laudo son
independient
es del Estado.
Los tribunales
ordinarios solo
intervendrán
para dar
eficacia al
laudo cuando
las partes no lo
cumplan.
17
19. Arbitraje Nacional El arbitraje nacional es el
que se realiza en un país,
de acuerdo a sus normas y
tendrá eficacia y ejecución
en el país donde se lleva a
cabo.
19
20. Arbitraje Institucional
Tipo arbitraje en el que las
partes pactan la
intervención de una
institución arbitral,
especializada y con
carácter de permanencia,
en el desarrollo del
arbitraje.
20
21. Arbitraje Institucional
Es más que un arbitraje “administrativo”.
La institución arbitral no soluciona la controversia planteada,
facilita los mecanismos y medios necesarios para que se
desarrolle el arbitraje
Las partes se someten a normas predeterminadas por la
institución arbitral pudiendo modificar éstas sólo con el
consentimiento de la parte contraria.
21
22. Tipo de arbitraje en el que se
presentan sólo las partes y los
árbitros prescindiendo del apoyo
de una institución arbitral para la
organización y administración.
Las partes establecen sus
propias reglas procesales para
el caso concreto.
Los árbitros están
premunidos de todos los
instrumentos para, por sí
solos, resolver la
controversia.
Es un arbitraje
independiente
Arbitraje Ad - Hoc
22
23. Arbitraje de Derecho yde Conciencia:
23
la cuestión1. De derecho cuando los árbitros resuelven
controvertida con arreglo al derecho aplicable.
2. De conciencia cuando resuelven conforme a sus conocimientos y
a su leal saber y entender.
3. El arbitraje se entenderá de conciencia salvo que las partes
pactaran que el arbitraje será de derecho.
24. ArbitrajeForzoso:
24
paraSe establece como único sistema heterocompositivo
la resolución del conflicto.
De alguna manera la parte se ve forzada o dirigida a arbitrar.
Caso: arbitraje del Estado, arbitraje estatutario y arbitraje en
contratos de adhesión.
25. ArbitrajeVoluntario:
25
No existen parámetros o límites a la autonomía de voluntades de las
partes para llevar el arbitraje.
El consenso es su rasgo distintivo.
Propio de las transacciones comerciales privadas.
26. Arbitraje público y Arbitraje privado:
26
en cualquiera deLa diferencia está marcada por la participación estatal,
sus niveles.
Concurren en su desarrollo, además de las propia
la Ley delegislación arbitral, leyes especiales, como
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
participaciónEl arbitraje privado está exento de
estatal.
28. ¿Cómo se inicia unArbitraje?
28
Salvo acuerdo distinto de las partes, las actuaciones arbitrales respecto de una determinada
controversia se iniciarán en la fecha de recepción de la solicitud para someter una controversia
a arbitraje.
29. ¿En qué momentose puedesolicitarel iniciode un arbitraje?
En caso las partes no se hayan sometido a un arbitraje
institucional o no hayan pactado al respecto, el arbitraje
se inicia con la solicitud de arbitraje dirigida a la otra
parte por escrito, con indicación del convenio arbitral,
incluyendo la designación del árbitro, cuando
corresponda.
La designación del árbitro por parte de la Entidad debe ser
aprobada por su Titular o por quien este haya delegado tal
función. La solicitud también deberá incluir un resumen de la
o las controversias a ser sometidas a arbitraje y su cuantía,
de ser pertinente.
La comunicación a la Entidad o al contratista debe ser
dirigida al último domicilio válidamente señalado para
efectos de la ejecución contractual.
29
30. Si la controversia es consecuencia de la resolución
contractual, el plazo para solicitar arbitraje es de (30)
días hábiles siguientes de comunicada la misma,
puesto que luego de vencido ese plazo se entenderá
que la resolución del contrato ha quedado consentida.
Del mismo modo, si se trata de la nulidad del contrato,
el contratista que no esté de acuerdo con dicha
decisión podrá someter a arbitraje la controversia,
dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la
recepción del documento que declara la nulidad del
contrato
30
31. Artículo 184.
RLCE-
Arbitraje
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el
arbitraje dentro del plazo de caducidad
correspondiente.
La responsabilidad funcional prevista en el tercer párrafo del numeral 45.5. del
artículo 45 de la Ley, se aplica a la decisión de: (i) no impulsar o proseguir con
la vía arbitral cuando en el informe técnico legal se recomienda acudir a dicha
sede; o, (ii) impulsar o proseguir la vía arbitral cuando el informe técnico legal
determine que la posición de la Entidad no será acogida en el arbitraje.
Las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc solo cuando las
controversias deriven de contratos de bienes, servicios y consultoría
en general, cuyo monto contractual original sea menor o igual a
veinticinco (25) UIT.
El arbitraje es nacional y de derecho.
31
32. Artículo 184.
RLCE-
Arbitraje
De haberse pactado en el convenio arbitral la realización de un
32
arbitraje institucional, la institución arbitral debe encontrarse
debidamente acreditada ante el OSCE, correspondiendo a la parte
interesada recurrir a la institución arbitral elegida en aplicación del
respectivo Reglamento arbitral institucional. De haberse pactado el
arbitraje ad hoc, la parte interesada debe remitir a la otra la solicitud
de inicio de arbitraje por escrito
En caso haberse seguido previamente un procedimiento
de conciliación, sin acuerdo o con acuerdo parcial, el
arbitraje respecto de las materias no conciliadas deberá
iniciarse dentro del plazo de caducidad contemplado en el
numeral 45.2 del artículo 45 de la Ley
Si las partes han convenido que las controversias se
sometan previamente a una Junta de Resolución de
Disputas (JRD), el inicio del arbitraje y su plazo se rige por
lo dispuesto en el artículo 213.
33. Nombramiento de losárbitros.
DL. N°1071.
Art. 22.
1. En el arbitraje nacional que deba decidirse en derecho, se requiere ser abogado, salvo acuerdo
en así nombrados, en el mismo plazo, nombrarán al tercero, quien presidirá el tribunal arbitral.
33
34. 2.Cuando sea necesaria la calidad de abogado para actuar como árbitro, no se requerirá ser
abogado en ejercicio ni pertenecer a una asociación o gremio de abogados nacional o extranjera.
3.Los árbitros serán nombrados por las partes, por una institución arbitral o por cualquier
tercero a quien las partes hayan conferido el encargo. La institución arbitral o el tercero podrán
solicitar a cualquiera de las partes la información que consideren necesaria para el cumplimiento
del encargo.
34
Nombramiento de los árbitros.
35. 4.Salvo acuerdo en contrario, una parte queda vinculada por el nombramiento que ha efectuado
de un árbitro desde el momento en que la otra parte haya sido notificada de dicho
nombramiento.
5.Si una parte no cumple con nombrar al árbitro que le corresponde en el plazo establecido por
las partes o, en su defecto en este Decreto Legislativo, podrá recurrirse a la institución arbitral o
al tercero designado por las partes para estos efectos o, en su defecto, procederse según lo
dispuesto por el artículo 23.
35
Nombramiento de los árbitros.
36. Privilegio en elnombramiento.
36
Si el convenio arbitral establece una situación de privilegio en el nombramiento de los árbitros a
favor de alguna de las partes, dicha estipulación es nula.
37. Nombramiento de los árbitrospor las Cámaras de
Comercio.
DL. N°1071.
Art.25.
1. Cuando por disposición de este Decreto Legislativo corresponda el nombramiento de un árbitro
por una Cámara de Comercio, lo hará la persona u órgano que la propia Cámara determine. A falta
de previa determinación, la decisión será adoptada por el máximo órgano de la institución. Esta
decisión es definitiva e inimpugnable.
37
38. 2. Para solicitar a una Cámara de Comercio el nombramiento de un árbitro, la parte interesada
deberá señalar el nombre o la denominación social y domicilio de la otra parte, hacer una breve
descripción de la controversia que será objeto de arbitraje y acreditar la existencia del convenio
arbitral y,de ser el caso, de la solicitud de arbitraje efectuada a la otra parte.
38
3. Si la Cámara respectiva no tuviera previsto un procedimiento aplicable, la solicitud será puesta
en conocimiento de la otra parte por un plazo de cinco (5) días. Vencido este plazo, la Cámara
procederá a efectuar el nombramiento.
39. 4. La Cámara de Comercio está obligada, bajo responsabilidad, a efectuar el nombramiento
solicitado por las partes en los supuestos contenidos en los incisos d. y e. del artículo 23 y en el
artículo 24, dentro de un plazo razonable. La Cámara únicamente podrá rechazar una solicitud de
nombramiento, cuando aprecie que, de los documentos aportados, no resulta la existencia de un
convenio arbitral.
39
5. La Cámara de Comercio tendrá en cuenta, al momento de efectuar un nombramiento, los
requisitos establecidos por las partes y por la ley para ser árbitro y tomará las medidas
necesarias para garantizar su independencia e imparcialidad.
40. 6. En el arbitraje nacional, la Cámara de Comercio efectuará el nombramiento
siguiendo un procedimiento de asignación aleatoria por medios tecnológicos,
respetando los criterios de especialidad.
40
7. En el arbitraje internacional, tratándose de árbitro único o del presidente del tribunal
arbitral, tendrá en cuenta asimismo la conveniencia de nombrar un árbitro de
nacionalidad distinta a la de las partes.
41. Aceptación de los árbitros
41
DL. N°1071.
Art.27
1.Salvo acuerdo distinto de las partes, dentro de los quince (15) días siguientes a la comunicación
del nombramiento, cada árbitro deberá comunicar su aceptación por escrito. Si en el plazo
establecido no comunica la aceptación, se entenderá que no acepta su nombramiento.
2.Una vez producida la aceptación del árbitro único o del último de los árbitros, el tribunal
arbitral se considerará válidamente constituido.
42. Motivosde abstencióny de recusación.
1. Todo árbitro debe ser y permanecer, durante el arbitraje, independiente e imparcial. La
persona propuesta para ser árbitro deberá revelar todas las circunstancias que puedan dar lugar
a dudas justificadas sobre su imparcialidad e independencia.
42
43. 2. El árbitro, a partir de su nombramiento, revelará a las partes, sin demora cualquier nueva
circunstancia. En cualquier momento del arbitraje, las partes podrán pedir a los árbitros la
aclaración de sus relaciones con alguna de las otras partes o con sus abogados.
43
3. Un árbitro sólo podrá ser recusado si concurren en él circunstancias que den lugar a dudas
justificadas sobre su imparcialidad o independencia, o si no posee las calificaciones convenidas
por las partes o exigidas por la ley.
44. 4. Las partes pueden dispensar los motivos de recusación que conocieren y en tal caso no
procederá recusación o impugnación del laudo por dichos motivos.
5. Una parte sólo podrá recusar al árbitro nombrado por ella, o en cuyo nombramientohaya
participado, por causas de las que haya tenido conocimiento después de su nombramiento.
44
44
45. Procedimiento derecusación.
1. Las partes podrán acordar libremente el procedimiento de recusación de árbitros o someterse
al procedimiento contenido en un reglamento arbitral.
2. A falta de acuerdo o de reglamento arbitral aplicable, se aplicarán las siguientes reglas:
45
46. a. La recusación debe formularse tan pronto sea conocida la causal que la motiva, justificando
debidamente las razones en que se basa y presentando los documentos correspondientes.
46
b. El árbitro recusado y la otra parte podrán manifestar lo que estimen conveniente dentro de los
diez (10) días siguientes de notificados con la recusación.
47. c. Si la otra parte conviene en la recusación o el árbitro renuncia, se procederá al nombramiento
del árbitro sustituto en la misma forma en que correspondía nombrar al árbitro recusado, salvo
que exista nombrado un árbitro suplente.
47
d. Si la otra parte no conviene en la recusación y el árbitro recusado niega la razón o no se
pronuncia, se procederá de la siguiente manera:
48. i) Tratándose de árbitro único, resuelve la recusación la institución arbitral que lo ha nombrado
o, a falta de ésta, la Cámara de Comercio correspondiente, conforme a los incisos d. y e. del
artículo 23.
48
ii) Tratándose de un tribunal arbitral conformado por más de un árbitro, resuelven la recusación
los demás árbitros por mayoría absoluta, sin el voto del recusado. En caso de empate, resuelve el
presidente del tribunal arbitral, a menos que él sea el recusado, en cuyo caso resuelve la
institución arbitral que hubiese efectuado su nombramiento o, a falta de ésta, la Cámara de
Comercio correspondiente, conforme al inciso d y e del artículo 23.
49. iii) Si se recusa por la misma causa a más de un árbitro, resuelve la
Cámara de Comercio correspondiente, conforme a los incisos d y e
del artículo 23. Sin embargo, si el presidente no se encuentra entre
los recusados, corresponde a éste resolver la recusación
49
50. ¿Cuándose le puederecusara un arbitro?
50
Un árbitro sólo podrá ser recusado si concurren en él circunstancias que den lugar a dudas
justificadas sobre su imparcialidad o independencia, o si no posee las calificaciones convenidas
por las partes o exigidas por la ley.
51. ¿Cuálesson las causaspor las que se puederecusara los
árbitros?
51
Los árbitros pueden ser recusados cuando la parte interesada demuestre alguna de las
siguientes causas:
a. Cuando los árbitros se encuentren impedidos conforme al artículo 221º del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado o no cumplan con lo dispuesto en el artículo 224º del
mencionado Reglamento.
52. b. Cuando no cumplan con las exigencias y condiciones establecidas por las partes en el convenio
arbitral, con sujeción a la Ley, el Reglamento y normas complementarias.
52
c. Cuando existan circunstancias que generen dudas justificadas respecto de su imparcialidad o
independencia y cuando dichas circunstancias no hayan sido excusadas por las partes en forma
oportuna y expresa.
53. MUCHAS GRACIAS POR SU
ATENCIÓN
Dr. Juan Manuel Revoredo Lituma
jrevoredo@revoredoabogados.com
FB- Revoredo Lituma Abogados
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