DESDE:
LIBRO II
DE LAS FINANZAS PUBLICAS / TITULO I
DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS
HASTA:
SECCION VI - DE LAS GARANTIAS Art. 147
REPUBLICA DEL ECUADOR
Control interno activos, pagos anticipados e impuestos corrientes.Mariamontana
El documento habla sobre los controles internos necesarios para los diferentes tipos de activos de una empresa como las inmovilizaciones, inversiones financieras y pagos anticipados. Describe la importancia de la segregación de funciones, autorizaciones adecuadas, registros detallados, inventarios periódicos y protección de documentos para cada categoría de activo.
La contabilidad gubernamental es el tipo de contabilidad que registra las operaciones financieras de las entidades y dependencias de la administración pública. Aplica principios como la integración patrimonial y presupuestaria, el método de partida doble y el principio del devengado. Regula aspectos como el reconocimiento de hechos económicos, la depreciación de bienes, la amortización de inversiones y el tratamiento de convenios y créditos.
El documento define la contabilidad social y la responsabilidad social empresarial, y discute sus objetivos, teorías, características y ámbitos de aplicación. La contabilidad social se refiere al proceso de medir y comunicar el impacto social de una empresa, mientras que la responsabilidad social empresarial implica la integración voluntaria de prácticas sostenibles. El documento también analiza tres paradigmas teóricos y las principales ramas de la contabilidad social, como la contabilidad ambiental y de recursos humanos.
El documento proporciona una introducción a la administración financiera del sector público en Perú. Explica que está compuesta por varios sistemas como el Sistema Nacional de Presupuesto, el Sistema Nacional de Tesorería y el Sistema Nacional de Contabilidad. También describe los principios generales de la administración financiera del sector público y la organización de los sistemas a nivel central y descentralizado.
Registro de inventario permanente valorizadoRonaldoDueas
El documento presenta la definición y requisitos del Registro de Inventario Permanente Valorizado en Perú. Este registro controla las existencias físicas y valores monetarios de las mercaderías de una empresa y debe ser llevado por empresas con ingresos mayores a 1,500 UIT. El registro debe contener datos de cabecera, registrar operaciones de forma cronológica y legalizarse ante notario. Las empresas que lleven este registro están exceptuadas de llevar el Registro de Inventarios en Unidades Físicas.
Las notas a los estados financieros brindan información adicional y explicativa que es necesaria para la correcta interpretación de dichos estados. Deben presentarse de forma ordenada y siguiendo una secuencia lógica, revelando detalles sobre políticas contables, activos, pasivos, capital contable y resultados. Su objetivo es proporcionar transparencia sobre la situación financiera y el desempeño de la empresa.
Este documento establece los requerimientos para la documentación de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 230. Requiere que el auditor prepare documentación suficiente para que otro auditor entienda la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría realizados, los resultados y la evidencia obtenida. También requiere que el auditor compile el archivo final de auditoría de manera oportuna y documente cualquier modificación posterior.
Control interno activos, pagos anticipados e impuestos corrientes.Mariamontana
El documento habla sobre los controles internos necesarios para los diferentes tipos de activos de una empresa como las inmovilizaciones, inversiones financieras y pagos anticipados. Describe la importancia de la segregación de funciones, autorizaciones adecuadas, registros detallados, inventarios periódicos y protección de documentos para cada categoría de activo.
La contabilidad gubernamental es el tipo de contabilidad que registra las operaciones financieras de las entidades y dependencias de la administración pública. Aplica principios como la integración patrimonial y presupuestaria, el método de partida doble y el principio del devengado. Regula aspectos como el reconocimiento de hechos económicos, la depreciación de bienes, la amortización de inversiones y el tratamiento de convenios y créditos.
El documento define la contabilidad social y la responsabilidad social empresarial, y discute sus objetivos, teorías, características y ámbitos de aplicación. La contabilidad social se refiere al proceso de medir y comunicar el impacto social de una empresa, mientras que la responsabilidad social empresarial implica la integración voluntaria de prácticas sostenibles. El documento también analiza tres paradigmas teóricos y las principales ramas de la contabilidad social, como la contabilidad ambiental y de recursos humanos.
El documento proporciona una introducción a la administración financiera del sector público en Perú. Explica que está compuesta por varios sistemas como el Sistema Nacional de Presupuesto, el Sistema Nacional de Tesorería y el Sistema Nacional de Contabilidad. También describe los principios generales de la administración financiera del sector público y la organización de los sistemas a nivel central y descentralizado.
Registro de inventario permanente valorizadoRonaldoDueas
El documento presenta la definición y requisitos del Registro de Inventario Permanente Valorizado en Perú. Este registro controla las existencias físicas y valores monetarios de las mercaderías de una empresa y debe ser llevado por empresas con ingresos mayores a 1,500 UIT. El registro debe contener datos de cabecera, registrar operaciones de forma cronológica y legalizarse ante notario. Las empresas que lleven este registro están exceptuadas de llevar el Registro de Inventarios en Unidades Físicas.
Las notas a los estados financieros brindan información adicional y explicativa que es necesaria para la correcta interpretación de dichos estados. Deben presentarse de forma ordenada y siguiendo una secuencia lógica, revelando detalles sobre políticas contables, activos, pasivos, capital contable y resultados. Su objetivo es proporcionar transparencia sobre la situación financiera y el desempeño de la empresa.
Este documento establece los requerimientos para la documentación de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 230. Requiere que el auditor prepare documentación suficiente para que otro auditor entienda la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría realizados, los resultados y la evidencia obtenida. También requiere que el auditor compile el archivo final de auditoría de manera oportuna y documente cualquier modificación posterior.
El documento describe las cuatro etapas del proceso presupuestario del Estado de Chile: formulación, revisión interna, aprobación/discusión y ejecución. En cada etapa se especifican los organismos involucrados, plazos establecidos e información requerida. Adicionalmente, se detallan las funciones de la Dipres, Tesorería General de la República, Contraloría General y Congreso Nacional en el proceso, así como los mecanismos de control interno y externo.
Debido al crecimiento de las empresas y la falta de normas y principios contables estandarizados, cada empresa presentaba sus informes financieros de acuerdo a su conveniencia, lo que generó fraudes y catástrofes económicas como la caída de la bolsa de Nueva York en 1929. En 1938 se creó el Instituto Americano de Contadores Públicos para establecer principios y normas contables y de auditoría. Ahora la auditoría financiera examina los estados financieros de una entidad para determinar si la información es confiable y está
Este documento presenta la auditoría del capital contable de la empresa Tuboplastic C.A. Incluye la presentación de la empresa, los objetivos de la auditoría del capital, el programa de trabajo y los procedimientos de auditoría. Finalmente, detalla la evaluación del control interno y los papeles de trabajo realizados por el auditor.
El documento describe el estado de flujo de efectivo, incluyendo su estructura, objetivos y metodología. El estado de flujo de efectivo muestra los movimientos de efectivo de una empresa a través de tres secciones: actividades operativas, de inversión y de financiamiento. Tiene como objetivo proporcionar información financiera a los administradores para la toma de decisiones y la evaluación del uso del efectivo.
La contabilidad gubernamental es la técnica para registrar las operaciones económicas, financieras y presupuestarias del gobierno. Tiene como objetivos proporcionar información sobre la aplicación de los fondos públicos y la situación patrimonial del gobierno. Se basa en principios como el registro de operaciones y la revelación de información relevante de manera oportuna.
El documento describe las condiciones, cualidades y tipos de auditor tributario, así como los procedimientos y etapas de una auditoría tributaria independiente. Explica que un auditor tributario debe tener conocimiento de legislación tributaria y capacidad analítica, así como actuar de forma responsable, competente y con buena educación. Además, distingue entre auditoría fiscal y auditoría independiente, y describe el planeamiento, ejecución e informe como las principales etapas de una auditoría tributaria independiente.
El documento establece las políticas y normas para el manejo de fondos de caja chica en una empresa, incluyendo que los fondos deben estar bajo custodia de un administrador, el monto máximo de la caja chica es de 135 UT, y los desembolsos deben estar respaldados por facturas y no pueden exceder los 20 UT.
Este documento establece las normas y lineamientos que el auditor debe seguir respecto a los comparativos en los estados financieros. El auditor debe asegurarse de que las políticas contables, montos y revelaciones de los períodos anteriores sean consistentes con los del período actual o que se hayan hecho los ajustes necesarios. Si se detectan errores importantes en los períodos anteriores, el auditor puede necesitar modificar su dictamen. El documento también cubre los requisitos adicionales para un auditor entrante y diferentes tipos de dictámenes
Este documento describe las personas obligadas al pago del Impuesto Sobre la Renta en México, incluyendo residentes en México sobre todos sus ingresos y residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México sobre ingresos atribuibles. También define estímulo fiscal como conjunto de medidas para promover actividades económicas y puede otorgarse por leyes tributarias o el Ejecutivo. Menciona algunos estímulos comunes en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Este documento define la propiedad, planta y equipo y describe sus categorías, la Norma Internacional de Contabilidad No. 16 que establece su tratamiento contable, y los objetivos y controles internos de una auditoría de este rubro. Explica que la propiedad, planta y equipo incluye activos tangibles adquiridos para uso permanente en la producción, y que se deprecian a lo largo del tiempo. También describe los procedimientos de auditoría para verificar la existencia, adquisición, medición y contabilización correcta de estos activos.
El documento define el concepto de capital contable según las normas mexicanas de contabilidad. Explica que el capital contable es el derecho de los propietarios sobre los activos netos y surge de las aportaciones de los dueños y otros eventos que afectan a la entidad. Además, clasifica el capital contable en capital contribuido (aportaciones) y capital ganado (utilidades retenidas y donaciones), y describe los controles internos necesarios para salvaguardar las cuentas de capital.
El documento describe el Sistema Nacional de Contabilidad en Perú. Este sistema establece normas y procesos para registrar eventos económicos y financieros del sector público. La Dirección Nacional de Contabilidad es el órgano rector encargado de emitir normas contables, elaborar la Cuenta General de la República, y administrar el sistema de contabilidad para todo el sector público. Las oficinas de contabilidad en cada entidad pública son responsables de aplicar las normas contables y registrar sus operaciones financieras.
El documento resume la evolución legislativa del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en Perú desde 1944 hasta 2009, destacando los decretos y leyes clave. Explica brevemente las características del IGV como un impuesto indirecto, proporcional, neutral, no acumulativo y plurifásico. También distingue entre el ámbito de aplicación del IGV y el ISC.
El documento habla sobre la administración de cuentas por cobrar. Explica que el objetivo es registrar las operaciones originadas por adeudos de clientes y empleados. También describe que las cuentas por cobrar son una herramienta de mercadeo para promover ventas. Finalmente, detalla los procesos de evaluación de crédito, incluyendo el análisis de factores internos y externos que afectan el riesgo crediticio de los clientes.
Este documento presenta una hoja de trabajo de activo de la compañía COFASA HTA con saldos al 31 de diciembre actual y ajustes realizados. Se detallan cuentas como caja, bancos, inventarios, propiedades, equipo, depreciaciones y gastos organizacionales.
Este documento describe el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT), incluyendo los sujetos involucrados, los bienes y servicios sujetos a detracciones, y los procedimientos para efectuar los depósitos. Se explican conceptos como detracción, cuenta de detracciones, comprobante de pago, y registro de compras. También se detallan los porcentajes de detracción para diferentes bienes y servicios, y el régimen de gradualidad para infracciones relacionadas a detracciones.
Este documento presenta un capítulo sobre la combinación de estados financieros de dos empresas del sector lácteo. Explica el concepto, objetivo y reglas de la combinación, y muestra un ejemplo práctico donde se combinan los estados financieros de dos empresas para conocer su situación financiera y resultados de operaciones combinados. Se elaboran hojas de trabajo, asientos de ajuste y estados financieros combinados eliminando las transacciones entre las empresas.
Este documento describe la auditoría del ciclo de inventario y almacenaje de una universidad. El objetivo es evaluar si los saldos de las cuentas de inventario y costo de ventas se presentan de acuerdo con las normas contables. El proceso de inventario es complejo debido a su relación con otras áreas y la diversidad de transacciones. Un riesgo significativo es la sobreestimación del inventario y subestimación del costo de ventas para mostrar mejores estados financieros.
La empresa EL APRENDIZ S.A.C no presentó su declaración del período 2009 dentro del plazo establecido. Regularizará esta obligación y pagará la multa el 22 de setiembre de 2009. De acuerdo al régimen de gradualidad, la multa original de S/. 3,550 se reducirá en un 90% a S/. 355, y luego se actualizará con intereses hasta S/. 390 para la fecha de pago programada.
El documento describe el marco legal y los principales componentes del Sistema Nacional de Presupuesto Público en Perú. Explica que el presupuesto se rige por la Constitución y se compone de dos secciones: el Gobierno Central e Instancias Descentralizadas. También detalla los principios rectores como el equilibrio presupuestario y macrofiscal, la especialidad cuantitativa y cualitativa, y la anualidad, entre otros. Finalmente, resume los actores clave como la Dirección General de Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define el presupuesto como el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios y metas. Establece los componentes del Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de cada entidad, así como los principios que rigen la elaboración, ejecución y control del presupuesto.
El documento describe las cuatro etapas del proceso presupuestario del Estado de Chile: formulación, revisión interna, aprobación/discusión y ejecución. En cada etapa se especifican los organismos involucrados, plazos establecidos e información requerida. Adicionalmente, se detallan las funciones de la Dipres, Tesorería General de la República, Contraloría General y Congreso Nacional en el proceso, así como los mecanismos de control interno y externo.
Debido al crecimiento de las empresas y la falta de normas y principios contables estandarizados, cada empresa presentaba sus informes financieros de acuerdo a su conveniencia, lo que generó fraudes y catástrofes económicas como la caída de la bolsa de Nueva York en 1929. En 1938 se creó el Instituto Americano de Contadores Públicos para establecer principios y normas contables y de auditoría. Ahora la auditoría financiera examina los estados financieros de una entidad para determinar si la información es confiable y está
Este documento presenta la auditoría del capital contable de la empresa Tuboplastic C.A. Incluye la presentación de la empresa, los objetivos de la auditoría del capital, el programa de trabajo y los procedimientos de auditoría. Finalmente, detalla la evaluación del control interno y los papeles de trabajo realizados por el auditor.
El documento describe el estado de flujo de efectivo, incluyendo su estructura, objetivos y metodología. El estado de flujo de efectivo muestra los movimientos de efectivo de una empresa a través de tres secciones: actividades operativas, de inversión y de financiamiento. Tiene como objetivo proporcionar información financiera a los administradores para la toma de decisiones y la evaluación del uso del efectivo.
La contabilidad gubernamental es la técnica para registrar las operaciones económicas, financieras y presupuestarias del gobierno. Tiene como objetivos proporcionar información sobre la aplicación de los fondos públicos y la situación patrimonial del gobierno. Se basa en principios como el registro de operaciones y la revelación de información relevante de manera oportuna.
El documento describe las condiciones, cualidades y tipos de auditor tributario, así como los procedimientos y etapas de una auditoría tributaria independiente. Explica que un auditor tributario debe tener conocimiento de legislación tributaria y capacidad analítica, así como actuar de forma responsable, competente y con buena educación. Además, distingue entre auditoría fiscal y auditoría independiente, y describe el planeamiento, ejecución e informe como las principales etapas de una auditoría tributaria independiente.
El documento establece las políticas y normas para el manejo de fondos de caja chica en una empresa, incluyendo que los fondos deben estar bajo custodia de un administrador, el monto máximo de la caja chica es de 135 UT, y los desembolsos deben estar respaldados por facturas y no pueden exceder los 20 UT.
Este documento establece las normas y lineamientos que el auditor debe seguir respecto a los comparativos en los estados financieros. El auditor debe asegurarse de que las políticas contables, montos y revelaciones de los períodos anteriores sean consistentes con los del período actual o que se hayan hecho los ajustes necesarios. Si se detectan errores importantes en los períodos anteriores, el auditor puede necesitar modificar su dictamen. El documento también cubre los requisitos adicionales para un auditor entrante y diferentes tipos de dictámenes
Este documento describe las personas obligadas al pago del Impuesto Sobre la Renta en México, incluyendo residentes en México sobre todos sus ingresos y residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México sobre ingresos atribuibles. También define estímulo fiscal como conjunto de medidas para promover actividades económicas y puede otorgarse por leyes tributarias o el Ejecutivo. Menciona algunos estímulos comunes en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Este documento define la propiedad, planta y equipo y describe sus categorías, la Norma Internacional de Contabilidad No. 16 que establece su tratamiento contable, y los objetivos y controles internos de una auditoría de este rubro. Explica que la propiedad, planta y equipo incluye activos tangibles adquiridos para uso permanente en la producción, y que se deprecian a lo largo del tiempo. También describe los procedimientos de auditoría para verificar la existencia, adquisición, medición y contabilización correcta de estos activos.
El documento define el concepto de capital contable según las normas mexicanas de contabilidad. Explica que el capital contable es el derecho de los propietarios sobre los activos netos y surge de las aportaciones de los dueños y otros eventos que afectan a la entidad. Además, clasifica el capital contable en capital contribuido (aportaciones) y capital ganado (utilidades retenidas y donaciones), y describe los controles internos necesarios para salvaguardar las cuentas de capital.
El documento describe el Sistema Nacional de Contabilidad en Perú. Este sistema establece normas y procesos para registrar eventos económicos y financieros del sector público. La Dirección Nacional de Contabilidad es el órgano rector encargado de emitir normas contables, elaborar la Cuenta General de la República, y administrar el sistema de contabilidad para todo el sector público. Las oficinas de contabilidad en cada entidad pública son responsables de aplicar las normas contables y registrar sus operaciones financieras.
El documento resume la evolución legislativa del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en Perú desde 1944 hasta 2009, destacando los decretos y leyes clave. Explica brevemente las características del IGV como un impuesto indirecto, proporcional, neutral, no acumulativo y plurifásico. También distingue entre el ámbito de aplicación del IGV y el ISC.
El documento habla sobre la administración de cuentas por cobrar. Explica que el objetivo es registrar las operaciones originadas por adeudos de clientes y empleados. También describe que las cuentas por cobrar son una herramienta de mercadeo para promover ventas. Finalmente, detalla los procesos de evaluación de crédito, incluyendo el análisis de factores internos y externos que afectan el riesgo crediticio de los clientes.
Este documento presenta una hoja de trabajo de activo de la compañía COFASA HTA con saldos al 31 de diciembre actual y ajustes realizados. Se detallan cuentas como caja, bancos, inventarios, propiedades, equipo, depreciaciones y gastos organizacionales.
Este documento describe el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT), incluyendo los sujetos involucrados, los bienes y servicios sujetos a detracciones, y los procedimientos para efectuar los depósitos. Se explican conceptos como detracción, cuenta de detracciones, comprobante de pago, y registro de compras. También se detallan los porcentajes de detracción para diferentes bienes y servicios, y el régimen de gradualidad para infracciones relacionadas a detracciones.
Este documento presenta un capítulo sobre la combinación de estados financieros de dos empresas del sector lácteo. Explica el concepto, objetivo y reglas de la combinación, y muestra un ejemplo práctico donde se combinan los estados financieros de dos empresas para conocer su situación financiera y resultados de operaciones combinados. Se elaboran hojas de trabajo, asientos de ajuste y estados financieros combinados eliminando las transacciones entre las empresas.
Este documento describe la auditoría del ciclo de inventario y almacenaje de una universidad. El objetivo es evaluar si los saldos de las cuentas de inventario y costo de ventas se presentan de acuerdo con las normas contables. El proceso de inventario es complejo debido a su relación con otras áreas y la diversidad de transacciones. Un riesgo significativo es la sobreestimación del inventario y subestimación del costo de ventas para mostrar mejores estados financieros.
La empresa EL APRENDIZ S.A.C no presentó su declaración del período 2009 dentro del plazo establecido. Regularizará esta obligación y pagará la multa el 22 de setiembre de 2009. De acuerdo al régimen de gradualidad, la multa original de S/. 3,550 se reducirá en un 90% a S/. 355, y luego se actualizará con intereses hasta S/. 390 para la fecha de pago programada.
El documento describe el marco legal y los principales componentes del Sistema Nacional de Presupuesto Público en Perú. Explica que el presupuesto se rige por la Constitución y se compone de dos secciones: el Gobierno Central e Instancias Descentralizadas. También detalla los principios rectores como el equilibrio presupuestario y macrofiscal, la especialidad cuantitativa y cualitativa, y la anualidad, entre otros. Finalmente, resume los actores clave como la Dirección General de Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define el presupuesto como el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios y metas. Establece los componentes del Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de cada entidad, así como los principios que rigen la elaboración, ejecución y control del presupuesto.
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define el presupuesto como el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios y metas. También describe los componentes del Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las entidades públicas, y los principios que rigen la asignación y ejecución de los fondos públicos.
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define los componentes del presupuesto como los ingresos y gastos previstos para el año fiscal, así como los objetivos y metas de las entidades públicas. También describe los roles de la Dirección Nacional del Presupuesto Público y de las oficinas de presupuesto de cada entidad en el proceso presupuestario.
Este documento establece los principios y procesos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define los componentes del sistema como la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las entidades públicas a las que aplica la ley general de presupuesto. También describe las atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público para programar, dirigir y controlar el proceso presupuestario a nivel nacional.
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto de Perú. Establece los principios rectores del presupuesto público como el equilibrio presupuestario, la anualidad y la transparencia. También define el ámbito de aplicación de la ley e identifica a las entidades que componen el Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo los diferentes niveles de gobierno. Finalmente, presenta los objetivos y funciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público.
Codigo organico de planificacion y finanzas publicas articulosJuniorjaramillo8
Este documento describe el Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) de Ecuador. El SINFIP comprende normas, políticas e instrumentos para gestionar los ingresos, gastos y financiamiento públicos de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo. El Ministerio a cargo de las finanzas públicas es el ente rector del SINFIP y tiene la responsabilidad de formular políticas fiscales, coordinar con otras entidades públicas, requerir información sobre el uso de recursos públicos, y dictaminar sobre proyectos de ley y acuer
Este documento es la Ley Orgánica del Presupuesto de Guatemala, decretada en 1997. La ley establece los principios y procesos para la formulación, ejecución y control del presupuesto público guatemalteco. Define el sistema presupuestario y los roles del Ministerio de Finanzas Públicas y otras entidades gubernamentales en el proceso presupuestario. También establece normas para la rendición de cuentas de los funcionarios públicos y la transparencia en el uso de los fondos del Estado.
El documento habla sobre la gestión pública en el Perú. Explica que la gestión pública se enfoca en administrar de manera correcta y eficiente los recursos del Estado para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y promover el desarrollo del país. También describe la organización del Estado peruano en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como los gobiernos regionales, locales y los organismos constitucionales autónomos. Por último, define las políticas públicas como acciones de gobierno con objetivos de interés público que surgen de
Este documento establece las normas básicas del Sistema de Contabilidad Integrada para el sector público en Bolivia. Define el SCI como un sistema único y uniforme para registrar todas las transacciones financieras del sector público. Asigna al Ministerio de Hacienda como el órgano rector del SCI y a la Dirección General de Sistemas de Administración Gubernamental como la unidad técnica especializada responsable de establecer normas y supervisar el sistema. Finalmente, describe la estructura y organización del SCI para su aplicación
Créase el Registro Único de Proveedores (RUP), como un sistema público de información y habilitación de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, con capacidad para contratar según esta Ley, cuya administración corresponde al Servicio Nacional de Contratación Pública.
El RUP será dinámico, incluirá las categorizaciones dispuestas por el Servicio Nacional de Contratación Pública y se mantendrá actualizado automática y permanentemente por medios de interoperación con las bases de datos de las instituciones públicas y privadas que cuenten con la información requerida, quienes deberán proporcionarla de manera obligatoria y gratuita y en tiempo real.
Concordancias:
CÓDIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1462, 1463
CÓDIGO DEL TRABAJO, Arts. 35
LEY ORGÁNICA DE EMPRESAS PÚBLICAS, LOEP, Arts. 14, 41
Art. 17.-Publicidad de la Información.-La información del RUP será pública y estará disponible en el Portal COMPRASPUBLICAS.
Las Entidades Contratantes no podrán llevar registros adicionales ni exigir a sus oferentes o proveedores la presentación de los documentos ya solicitados para la obtención del RUP.
Los proveedores serán responsables de la veracidad, exactitud y actualidad de la información entregada para la obtención del RUP y deberán informar al Servicio Nacional de Contratación Pública sobre cualquier cambio o modificación en los plazos que señale el Reglamento.
Art. 18.-Obligatoriedad de Inscripción.-Para participar individualmente o en asociación en las contrataciones reguladas por esta Ley se requiere constar en el RUP como proveedor habilitado. Por excepción, los oferentes que intervengan en procesos de menor cuantía podrán no estar inscritos en el RUP; pero, deberán inscribirse en el RUP previa a la suscripción de sus respectivos contratos.
El Reglamento a esta Ley establecerá las normas relativas al funcionamiento del RUP.
El documento describe los conceptos clave de la gestión presupuestaria en el sector público peruano, incluyendo los clasificadores presupuestarios, las fases del proceso presupuestario, y las técnicas presupuestarias aplicadas en el Perú como el presupuesto tradicional, por programas, base cero y funcional programático. También explica los roles de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las entidades públicas y sus oficinas de presupuesto en el sistema nacional de presupuesto.
El documento describe los diferentes aspectos del proceso presupuestario en el sector público peruano, incluyendo los clasificadores presupuestarios, las fases del proceso presupuestario, los diferentes tipos de presupuestos aplicados históricamente, y los roles de las entidades involucradas como la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de cada entidad.
El documento describe los diferentes aspectos del proceso presupuestario en el sector público peruano, incluyendo los clasificadores presupuestarios, las fases del proceso, el planeamiento estratégico y los planes operativos. También explica el sistema nacional de presupuesto y las entidades involucradas como la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las entidades públicas y las oficinas de presupuesto de cada pliego. Por último, resume las principales técnicas presupuestarias que se han aplicado a lo largo del tiempo en el Perú.
El documento describe el marco legal y jurídico del presupuesto en el Perú. Explica que la Constitución Política y varias leyes como la Ley de Presupuesto General de la República, la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Marco del Sistema Integrado de Administración Financiera establecen el marco para el presupuesto. También describe los sistemas nacionales de presupuesto, contabilidad, tesorería y endeudamiento, y las fases del proceso presupuestario incluyendo la programación, formulación, aprobación, ej
Sistema Nacional de Presupuesto / Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)EUROsociAL II
1) El documento describe el marco legal y los principios del sistema de presupuesto en el Perú. 2) Explica las fases del proceso presupuestario, incluida la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. 3) Detalla las funciones y atribuciones de las entidades involucradas como la Dirección General de Presupuesto Público y las oficinas de presupuesto de cada entidad.
El documento presenta información sobre el Sistema Nacional de Presupuesto Público en Perú. Explica que el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas. También describe los roles de la Dirección General de Presupuesto Público, las Entidades Públicas, los Titulares de las Entidades, las Oficinas de Presupuesto y la relación entre los presupuestos y los planes de las entidades.
La Administración Financiera del Sector Público en Perú está regulada por esta ley marco, la cual establece normas para una gestión eficiente de los fondos públicos. La ley indica que dicha administración financiera está constituida por sistemas como el Sistema Nacional de Presupuesto, Tesorería, Endeudamiento y Contabilidad, los cuales deben ser guiados por el Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, la ley señala que tanto los poderes del estado como gobiernos regionales y locales deben sujetarse a sus dispos
Este documento trata sobre la administración financiera del sector público en Perú. Explica conceptos como el sistema nacional de contabilidad, el sistema nacional de tesorería, el presupuesto público, el sistema de abastecimiento, el sistema nacional de inversión pública, el planeamiento estratégico y el personal del sector público. El objetivo general es promover la eficacia, eficiencia y transparencia en el uso y administración de los recursos públicos.
El documento define los conceptos de presupuesto y explica las diferencias entre un presupuesto tradicional y uno por programas. Un presupuesto es la previsión de gastos e ingresos para un período determinado, generalmente un año, que permite establecer prioridades y evaluar el cumplimiento de objetivos. Mientras que un presupuesto tradicional se centra en lo que el gobierno compra, un presupuesto por programas se enfoca en las actividades y resultados del gobierno.
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Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
2. DE LAS
FINANZAS
ART. 70.- SISTEMA
NACIONAL DE FINANZAS
PÚBLICAS (SINFIP).-
El SINFIP comprende el conjunto de normas,
políticas, instrumentos, procesos, actividades,
registros y operaciones
que las entidades y organismos del Sector Público,
deben realizar con el objeto de gestionar en forma
programada los ingresos, gastos y financiamiento
públicos, con sujeción al Plan Nacional de
Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en
esta Ley.
Todas las entidades, instituciones y organismos
comprendidos en los artículos 225, 297 y 315 de la
Constitución de la República se sujetarán al
SINFIP, en los términos previstos en este código,
sin perjuicio de la facultad de gestión autónoma
de orden administrativo, económico, financiero,
presupuestario y organizativo que la Constitución
o las leyes establecen para determinadas
entidades.
3. ART. 71.- RECTORÍA DEL
SINFIP.-
La rectoría del SINFIP corresponde a
la Presidenta o Presidente de la
República, quien la ejercerá a través
del Ministerio a cargo de las finanzas
públicas, que será el ente rector del
SINFIP.
4. ART. 72.-
OBJETIVOS
SINFIP.-
1. La sostenibilidad, estabilidad yconsistencia de la gestión de
las finanzas públicas;
2. La efectividad de la recaudación de los ingresos públicos;
3. La efectividad, oportunidad y equidad de a asignación y/uso
de los recursos públicos;
4. La sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento público;
5. La efectividad y el manejo integrado de la liquidez de los
recursos del sector público;
6. La gestión por resultados eficaz y eficiente;
7. La adecuada complementariedad en las interrelaciones entre
las entidades y organismos del sector público y, entre éstas y el
sector privado; y,
8. La transparencia de la información sobre las finanzas públicas.
EL SINFIP TENDRÁ COMO OBJETIVOS
ESPECÍFICOS LOS
SIGUIENTES:
5. ART. 73.- PRINCIPIOS
DE SINFIP.-
Los principios del SINFIP son:
legalidad, universalidad, unidad,
plurianualidad, integralidad,
oportunidad, efectividad,
sostenibilidad, centralización
normativa, desconcentración y
descentralización operativas,
participación, flexibilidad y
transparencia.
ART. 74.- DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL ENTE
RECTOR DEL SINFIP.-
El ente rector del SINFIP, como ente estratégico
para el país y su desarrollo, tiene las siguientes
atribuciones y deberes, que serán cumplidos por el
Ministro(a) a cargo de las finanzas públicas:
• Formular y proponer
• Ejecutar la política fiscal aprobada por el
Presidente o Presidenta dla República
• Precautelar el cumplimiento de los objetivos de
política fiscal
• Analizar las limitaciones, riesgos,
potencialidades y consecuencias fiscales
• Acordar y definir con el ente rector
• Dictar las normas, manuales, instructivos,
directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y
otros instrumentos de cumplimiento obligatorio
• Organizar el SINFIP y la gestión financiera
• Formular y actualizar la programación fiscal
plurianual y anual
• Formular la proforma del Presupuesto General
del Estado
6. ART. 76.- -
Se entienden por recursos públicos los
definidos en el Art. 3 de la ley de la
Contraloría General del Estado.
Los anticipos correspondientes a la
contratación pública no pierden su
calidad de recursos públicos, hasta el
momento de ser devengados; la
normativa aplicable a la gestión de
dichos recursos será la que corresponde
a las personas jurídicas de derecho
privado, con excepción de lo dispuesto
en el tercer inciso del artículo
299 de la Constitución de la República.
ART. 75.-
FACULTADES
La Ministra(o) a cargo de las finanzas
públicas podrá delegar por
escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo. Los actos
administrativos ejecutados por los
funcionarios, servidores o
representantes especiales o
permanentes delegados para el
efecto por el Ministro(a) a cargo de
las finanzas públicas, tendrán la
misma fuerza y efecto que si los
hubiere hecho el titular o la titular
de esta Cartera de Estado y la
responsabilidad corresponderá al
funcionario delegado.
7. ART. 77.- PRESUPUESTO
GENERAL DEL ESTADO.-
El Presupuesto General del Estado es el
instrumento para la determinación y
gestión de los ingresos y egresos de todas
las entidades que constituyen las
diferentes funciones del Estado. No se
consideran parte del Presupuesto General
del Estado, los ingresos y egresos
pertenecientes a la Seguridad Social, la
banca pública, las empresas públicas y los
gobiernos autónomos descentralizados.
ART. 78.- CLASIFICACIÓN DE
INGRESOS.-
Los ingresos fiscales se clasifican en
ingresos permanentes y no
permanentes, y podrán clasificarse en
otras categorías con fines de análisis,
organización presupuestaria y estadística.
• Ingresos permanentes
• Ingresos no-permanentes
8. ART. 79.- CLASIFICACIÓN
DE EGRESOS.-
Los egresos fiscales se clasifican en egresos
permanentes y no permanentes, y éstos podrán
clasificarse en otras categorías con fines de análisis,
organización presupuestaria y estadística.
ART. 80.- GARANTÍA DE RECURSOS DE
LAS ENTIDADES PÚBLICAS.-
Los egresos fiscales se clasifican en egresos Para la
transferencia de las preasignaciones constitucionales y
con la finalidad de salvaguardar los intereses de las
entidades públicas que generan recursos por
autogestión, que reciben donaciones, así como otros
ingresos provenientes de financiamiento; no se
consideran parte de los ingresos permanentes y no
permanentes del Estado Central, pero sí del
Presupuesto General del Estado.
ART. 81.- REGLA
FISCAL.-
Para garantizar la
conducción de las finanzas
públicas de manera
sostenible, responsable,
transparente y procurar la
estabilidad económica; los
egresos permanentes se
financiarán única y
exclusivamente con
ingresos permanentes.
9. TITULO II
COMPONENTES DEL SISTEMA
ART. 82.- COMPONENTES
DEL SINFIP.-
Se entiende por componentes del
SINFIP, a cada conjunto de procesos
necesarios para la organización y
gestión del mismo. Los componentes
son: política y programación fiscal,
ingresos, presupuesto,
endeudamiento público, contabilida
gubernamental y tesorería.
ART. 83.-
COORDINACIÓN.-
Los componentes del SINFIP
actuarán en forma coordinada y
establecerán los canales de
articulación entre sí con la
finalidad de garantizar el
funcionamiento integrado del
Sistema.
10. CAPITULO I
DEL
COMPONENTE
DE LA POLITICA
Y
PROGRAMACION
FISCAL
Comprende el análisis, seguimiento y evaluación de la política fiscal,
las variables fiscales y la programación fiscal plurianual y anual, con
la finalidad de alertar oportunamente sobre los impactos fiscales,
para sustentar las elecciones económicas y administrativas
Art. 84.- Contenido y finalidad.-
La política fiscal dictada por el Presidente de la República en los
campos de ingresos, gastos, financiamiento, activos, pasivos y
patrimonio del Sector Público no Financiero, propenderá al
cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y de los objetivos del
SINFIP.
Art. 85.- Política fiscal.-
El ente rector de las finanzas públicas participará en la elaboración
y consolidación de la programación macroeconómica en lo
referente al campo de las finanzas públicas, en el marco de la
coordinación de la institucionalidad establecida para el efecto.
Art. 86.- Participación coordinada en la
elaboración de la programación
macroeconómica.-
11. La programación fiscal tendrá las siguientes fases:
• Determinación del escenario fiscal base.
• Articulación con el Plan Nacional de Desarrollo.
• Formulación de lineamientos para la programación fiscal.
• Determinación del escenario fiscal final.
• Aprobación.
• Seguimiento, evaluación y actualización.
Art. 88.- Fases de la programación fiscal
plurianual y anual.-
La programación fiscal del Sector Público no Financiero
será plurianual y anual y servirá como marco obligatorio para la formulación y ejecución del
Presupuesto General del Estado y la Programación Presupuestaria Cuatrianual, y referencial para otros
presupuestos del Sector Público.
Art. 87.- Programación fiscal plurianual y
anual.-
El ente rector de las finanzas públicas
elaborará los estudios
correspondientes para la toma de
decisiones, el seguimiento
permanente de la situación fiscal, así como para evaluar el
impacto de las propuestas de política y proyectos de reforma legal que
puedan afectar el desempeño fiscal y de la economía, sin perjuicio de las
atribuciones del resto de entidades públicas al respecto de la elaboración
de estudios.
Art. 89.- Estudios fiscales.-
12. CAPITULO II
DEL COMPONENTE DE INGRESOS
Comprende la proyección y análisis para la recomendación de
políticas referidas a los ingresos públicos y a
la creación de mecanismos idóneos con el
fin de racionalizar y optimizar la
determinación y recaudación.
Art. 90.- Contenido y finalidad.-
La determinación y cobro de ingresos
públicos está sujeta a la política fiscal.
Art. 92.- Sujeción a la política fiscal.-
nacionales ingresarán al Presupuesto
General del Estado una vez descontados los
costos inherentes a cada actividad y las
inversiones y reinversiones necesarias para el
cumplimiento de la finalidad de cada
empresa.
Art. 91.- Recursos de actividades
empresariales.-
Las entidades, instituciones y organismos del
sector público realizarán la recaudación de
los ingresos públicos a través de las
entidades financieras u otros mecanismos o
medios que se establezcan en la ley o en las
normas técnicas expedidas por el ente rector
de las finanzas públicas, en coordinación con
esas entidades.
Art. 93.- Recaudación.-
13. ART. 95.- CONTENIDO Y
FINALIDAD.-
Comprende las normas, técnicas, métodos
y procedimientos vinculados a la previsión
de ingresos, gastos y financiamiento para
la provisión de bienes y servicios públicos a
fin de cumplir las metas del Plan Nacional
de Desarrollo y las políticas públicas.
ART. 96.- ETAPAS DEL CICLO
PRESUPUESTARIO.-
• Programación presupuestaria.
• Formulación presupuestaria.
• Aprobación presupuestaria.
• Ejecución presupuestaria.
• Evaluación y seguimiento
presupuestario.
• Clausura y liquidación presupuestaria.
ART. 94.-
RENUNCIA DE
INGRESOS POR
GASTO
TRIBUTARIO.-
Se entiende por gasto
tributario los recursos
que el Estado, en
todos los niveles de
gobierno, deja
de percibir debido a
la deducción,
exención, entre otros
mecanismos, de
tributos directos o
indirectos
establecidos en la
normativa
correspondiente.
CAPITULO
III
DEL
COMPONENTE
DE
PRESUPUESTO
14. SECCION I
PROGRAMACION PRESUPUESTARIA
ART. 97.- CONTENIDO Y FINALIDAD.-
En base de los objetivos determinados por la planificación y las disponibilidades
presupuestarias coherentes con el escenario fiscal esperado, se definen los programas,
proyectos y actividades a incorporar en el presupuesto.
SECCION II
FORMULACION PRESUPUESTARIA
ART. 98.- CONTENIDO Y FINALIDAD.-
Es la fase del ciclo presupuestario que consiste en la elaboración de las proformas que
expresan los resultados de la programación presupuestaria.
15. ART. 99.- UNIVERSALIDAD DE RECURSOS.-
Los recursos que por cualquier concepto obtengan, recauden o reciban las entidades y
organismos que conforman el Presupuesto General del Estado son recursos públicos
ART. 100.- FORMULACIÓN DE PROFORMAS INSTITUCIONALES.-
Cada entidad y organismo sujeto al Presupuesto General del Estado formulará la proforma
del presupuesto institucional
ART. 101.- NORMAS Y DIRECTRICES
En la formulación de las proformas presupuestarias del sector público, incluidas las de las
empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados, banca pública y seguridad
social, se observarán obligatoriamente las normas técnicas, directrices, clasificadores y
catálogos emitidos por el ente rector del SINFIP.
ART. 102.- CONTENIDO Y ENVÍO DE LAS PROFORMAS
PRESUPUESTARIAS INSTITUCIONALES.-
Las proformas incluirán todos los ingresos y egresos previstos para el ejercicio fiscal en el
que se vayan a ejecutar.
16. ART. 103.- CONSOLIDACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROFORMA
PRESUPUESTARIA.-
El ente rector del SINFIP considerando las directrices presupuestarias emitidas y la
disponibilidad real de recursos revisará, reformará de ser el caso, recomendará y consolidará
las proformas institucionales.
ART. 104.- PROHIBICIÓN DE DONACIONES.-
Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones
no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas
jurídicas de derecho privado.
ART. 105.- RECURSOS ASIGNADOS POR TRANSFERENCIA DE
NUEVAS COMPETENCIAS.-
Los recursos correspondientes a las nuevas competencias que se transfieran a los gobiernos
autónomos descentralizados se incluirán en los presupuestos de éstos.
17. SECCION III
APROBACION PRESUPUESTARIA
.- La aprobación del Presupuesto General del
Estado se realizará en la forma y términos
establecidos en la Constitución de la
República.
Art. 106.- Normativa aplicable.-
Hasta que se apruebe el Presupuesto
General del Estado del año en que se
posesiona el Presidente o Presidenta de la
República, regirá el presupuesto inicial del
año anterior.
Art. 107.- Presupuestos prorrogados.-
Todo flujo de recurso público deberá estar
contemplado obligatoriamente en el
Presupuesto General del Estado o en los
Presupuestos de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados..
Art. 108.- Obligación de incluir recursos.-
Entrarán en vigencia y serán obligatorios a
partir del 1 de enero de cada año, con
excepción del año en el cual se posesiona el
Presidente de la República.
Art. 109.- Vigencia y obligatoriedad.-
18. El ejercicio presupuestario o año fiscal se inicia el
primer día de enero y concluye el 31 de diciembre
de cada año.
Art. 110.- Ejercicio presupuestario.-
Las entidades y organismos que no pertenecen al
Presupuesto General del
Estado no podrán aprobar presupuestos que
impliquen:
• Transferencias de recursos desde el
Presupuesto General del Estado que no hayan
estado previamente consideradas en dicho
presupuesto.
• Supuestos diferentes de los que se utilizan para
la formulación del Presupuesto General del
Estado; y, costos e inversiones incompatibles
con dicho presupuesto, en los casos pertinentes.
Art. 111.- Consistencia de los Presupuestos.-
Serán aprobadas conforme a
la legislación aplicable y a
este código. Una vez
aprobados los presupuestos,
serán enviados con fines
informativos al ente rector de
las finanzas públicas en el
plazo de 30 días posteriores a
su aprobación.
Art. 112.- Aprobación de las
proformas presupuestarias de
los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, Empresas
Públicas Nacionales, Banca
Pública y Seguridad Social.-
19. SECCION IV
EJECUCION PRESUPUESTARIA
Fase del ciclo presupuestario que comprende el
conjunto de acciones destinadas a la
utilización óptima del talento humano, y los
recursos materiales y financieros asignados
en el presupuesto.
Art. 113.- Contenido y finalidad.-
Las disposiciones sobre la programación de
la ejecución, modificaciones,
establecimiento de compromisos,
devengamientos y pago de obligaciones
serán dictadas por el ente rector de las
finanzas públicas
Art. 114.- Normativa aplicable.-
.Ninguna entidad u organismo público
podrán contraer compromisos, celebrar
contratos, ni autorizar o contraer
obligaciones, sin la emisión de la
respectiva certificación presupuestaria.
Art. 115.- Certificación Presupuestaria.-
Los créditos presupuestarios quedarán
comprometidos en el momento en que
la autoridad competente, mediante acto
administrativo expreso, decida la realización
de los gastos, con o sin contraprestación
cumplida o por cumplir
Art. 116.- Establecimiento de Compromisos.-
20. ART. 117.- OBLIGACIONES.-
La obligación se genera y produce
afectación presupuestaria definitiva
en los siguientes casos:
• Cuando ineludiblemente por
excepción deban realizarse pagos sin
contraprestación, de acuerdo con lo
que dispongan las normas técnicas de
presupuesto que dicte el ente rector
de las finanzas públicas; y,
• Cuando se reciban de terceros obras,
bienes o servicios adquiridos por
autoridad competente, mediante acto
administrativo válido, haya habido o
no compromiso previo.
ART. 118.- MODIFICACIÓN
DEL PRESUPUESTO.-
El ente rector de las finanzas públicas
podrá aumentar o rebajar los
ingresos y gastos que modifiquen los
niveles fijados en el Presupuesto General
del Estado hasta por un total del 15%
respecto de las cifras aprobadas por la
• Asamblea Nacional.
21. SECCION V
SEGUIMIENTO Y EVALUACION
DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA
Fase del ciclo presupuestario que
comprende la medición de los
resultados físicos y financieros
obtenidos y los efectos producidos
Art. 119.- Contenido y finalidad.-
Las disposiciones sobre el seguimiento y
la evaluación financiera de la
ejecución presupuestaria serán dictadas
por el ente rector de las finanzas
públicas y tendrán el carácter de
obligatorio para las entidades y
organismos
que integran el sector público.
Art. 120.- Normativa aplicable.-
22. SECCION VI
CLAUSURA Y
LIQUIDACION
PRESUPUESTARIA
Los presupuestos anuales del sector público se clausurarán el 31 de
diciembre de cada año. Después de esa fecha no se podrán contraer
compromisos ni obligaciones, ni realizar acciones u operaciones de
ninguna naturaleza, que afecten al presupuesto clausurado.
Art. 121.- Clausura del presupuesto.-
La liquidación del Presupuesto General del Estado se expedirá por
Acuerdo del ente rector de las finanzas públicas, hasta el 31 de
marzo del año siguiente, de acuerdo a las normas técnicas que éste
expida para el efecto. El mismo plazo aplicará para el resto del
Sector Público.
Art. 122.- Liquidación del presupuesto.-
23. CAPITULO IV
DEL COMPONENTE
DE
ENDEUDAMIENTO
PUBLICO SECCION I
DEL CONTENIDO Y
FINALIDAD
El componente de endeudamiento público tiene bajo su
responsabilidad normar, programar, establecer mecanismos de
financiamiento, presupuestar, negociar, contratar, registrar,
controlar, contabilizar y coordinar la aprobación de operaciones
de endeudamiento público, de administración de deuda
pública y operaciones conexas para una gestión eficiente de la
deuda.
La deuda contingente
podrá originarse:
• Cuando el Estado, a nombre de la República del Ecuador,
otorga la garantía soberana a favor de entidades y
organismos del sector público que contraigan deuda pública.
• Por la emisión de bonos y más títulos valores cuyo objeto sea
garantizar a los contribuyentes el retorno de sus
aportaciones.
• Por la suscripción de contratos degarantía para asegurar el
uso de las contribuciones no reembolsables.
• Por contingentes asumidos por el Estado ecuatoriano, de
conformidad con la ley, u otras obligaciones asumidas en el
marco de convenios con organismos internacionales de
ART. 123.- CONTENIDO Y FINALIDAD.-
24. SECCION II
DE LOS LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DESTINO DE LOS
RECURSOS Y DE LOS PROYECTOS
El monto total del saldo de la deuda pública
realizada por el conjunto de las entidades y
organismos del sector público, en ningún
caso podrá sobrepasar el cuarenta por ciento
(40%) del PIB.
Art. 124.- Límite al endeudamiento público.-
Lo harán exclusivamente para financiar:
• Programas.
• Proyectos de inversión:
2.1 para infraestructura; y,
2.2 que tengan capacidad financiera de pago.
3. Refinanciamiento de deuda pública extern
en condiciones más beneficiosas para el país.
Art. 126.- Destino del endeudamiento.-
Para la aprobación y ejecución de sus
presupuestos, cada gobierno autónomo
descentralizado deberá observar los siguientes
límites de endeudamiento:
• La relación porcentual calculada en cada año
entre el saldo total de su deuda pública y sus
ingresos totales anuales
• El monto total del servicio anual de la deuda
Art. 125.- Límites al endeudamiento para
gobiernos autónomos descentralizados.-
La entidad u organismo público contratante
del endeudamiento será la
responsable de la ejecución de los proyectos
o programas que se financien con
dichos recursos.
Art. 127.- Responsabilidad de la ejecución.-
25. SECCION III
DISPOSICION
ES GENERALES
Todo contrato o convenio de deuda pública, celebrado por
extranjeros domiciliados o no en el país, , lleva implícito la condición de renuncia a toda reclamación por vía diplomática,
aunque se suscriban fuera del territorio ecuatoriano.
Art. 128.- Renuncia a reclamación diplomática.-
Se prohíbe a todas las entidades del sector público, excepto a
la banca pública y las entidades públicas crediticias la realización de operaciones de crédito a favor de personas naturales o
jurídicas de derecho privado, salvo anticipos.
Art. 129.- Prohibición de financiar a entidades del sector privado y
uso de recursos originados en endeudamiento para gasto
permanente.-
26. ART. 130.- GRABACIÓN GLOBAL DE RENTAS.-
Ningún contrato u operación de endeudamiento público comprometerá rentas, activos o
bienes, de carácter específico del sector público.
ART. 131.- PAGO DE OBLIGACIONES CON RECURSOS DE DEUDA.-
En ningún caso las entidades del sector público entregarán certificados bonos y otros títulos de
deuda pública en pago de obligaciones por remun eración al trabajo, que no provengan de
dictámenes judiciales o las establecidas por ley.
ART. 132.- REGISTRO DE LAS OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO.-
En la formulación de las proformas presupuestarias del sector público, incluidas las de las
empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados, banca pública y seguridad
social, se observarán obligatoriamente las normas técnicas, directrices, clasificadores y
catálogos emitidos por el ente rector del SINFIP.
ART. 133.- CRÉDITOS CONTRATADOS POR EL ESTADO A FAVOR DE
EMPRESAS PÚBLICAS Y/O ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS. -
El ente rector de las finanzas públicas podrá realizar operaciones de crédito para inyectar los
recursos respectivos a la empresa pública y/o entidad financiera pública, que será la ejecutora del
programa o proyecto.
27. ART. 134.- PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS DEL PAÍS
PRESTAMISTA.-
En los contratos de financiamiento podrán establecerse estipulaciones inherentes a la
participación de las empresas del país del prestamista en la ejecución de los proyectos.
ART. 135.- REGISTRO SOBRE LA TENENCIA DE TÍTULOS.-
Las entidades y organismos públicos tendrán la obligación de reportar al ente rector de las
finanzas públicas la tenencia de títulos valores representativos de deuda pública interna o
externa, para su registro.
ART. 136.- MODIFICACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES.-
En el evento de modificaciones sustanciales de los términos y condiciones financieras
establecidas en los instrumentos jurídicos con los que se concretaron operaciones de
endeudamiento público del Estado.
ART. 137.- CONTRATOS QUE CONTRIBUYAN A CONCRETAR
OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO INTERNO O
EXTERNO.-
se requiriera en forma previa o concurrente de la celebración de contratos que sin ser de deuda
pública, fueren indispensables para coadyuvar a los señalados propósitos, tales contrataciones,
estarán exceptuados del trámite previsto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública.
28. SECCION IV
DEL COMITE DE DEUDA Y FINANCIAMIENTO
.- La aprobación del Presupuesto General
del Estado se realizará en la forma y
términos establecidos en la Constitución
de la República.
Art. 138.- Comité de Deuda y
Financiamiento.- previo el análisis de los términos
financieros y estipulaciones contenidas en
los instrumentos respectivos, autorizará
mediante resolución, la contratación o
novación de operaciones de
endeudamiento público en el
Presupuesto General del Estado
Art. 139.- Atribución y autorización.-
29. deberá observar las disposiciones de este
código y estará a cargo del
ente rector de las finanzas públicas, el que
en forma previa a la autorización
del Comité de Deuda y Financiamiento
• Que con la operación no se exceda el
límite de endeudamiento previsto en
este Código ni el fijado por la Asamblea
Nacional, para el respectivo ejercicio
fiscal anual.
• Que el endeudamiento público sea
sostenible y conveniente al Estado en
términos del perfil de vencimiento de la
deuda y/o de la tasa de interés de la
deuda y de las condicionalidades
aplicables al endeudamiento.
Art. 141.- Trámite y requisitos para
operaciones de crédito.-
Son deberes del Comité de Deuda y
Financiamiento, los siguientes:
• Dictar directrices para la gestión de deuda
pública.
• Normar, analizar y aprobar los términos y
condiciones financieras de las operaciones
de endeudamiento público.
• Aprobar los términos y condiciones
financieras para las colocaciones de títulos
del Estado
• Regular la contratación de deuda pública.
• Determinar las modificaciones
sustanciales en las operaciones de
endeudamiento público.
• Establecer el monto máximo de
contratación de deuda pública, por tipo,
que no requiere autorización del comité,
en casos no contemplados en este Código.
Art. 140.- Deberes del Comité de Deuda y
Financiamiento.-
30. SECCION V
DE LA EMISION DE BONOS Y OTROS TITULOS
El ente rector de las finanzas públicas
aprobará, para consideración y autorización,
cuando sea del caso, del Comité de Deuda y
Financiamiento,
Art. 142.- Emisiones de bonos y otros títulos.-
Una emisión de bonos o de otros títulos, se
instrumentará la respectiva escritura
pública, en la que intervendrá el Ministro(a) a
cargo de finanzas públicas, tratándose de
emisiones del Estado ecuatoriano
Art. 143.- Escritura de emisión.-
Concluido el trámite de la emisión de bonos
u otros títulos valores, si se trata de los
emitidos dentro del Presupuesto General del
Estado
Art. 144.- Negociación de bonos y otros
títulos.-
El pago de capital e intereses de los títulos
de la deuda pública interna y externa, se
hará por medio del Banco Central del
Ecuador, como agente oficial del Estado, de
acuerdo con los contratos respectivos.
Art. 145.- Agente oficial.-
31. SECCION VI
DE LAS GARANTIAS
El Estado Central a nombre de la
República del Ecuador podrá otorgar
garantía soberana a favor de entidades y
organismos del sector público, que
contraigan deuda pública para el
financiamiento de proyectos y programas
de inversión en infraestructura, o para
proyectos, programas de inversión que
generen la rentabilidad necesaria para el
servicio de la deuda
Art. 146.- Garantías soberanas.-
Las obligaciones
originadas en operaciones de
endeudamiento público, garantizadas por
el Estado ecuatoriano, que no fueren
pagadas por la entidad del sector público
garantizada, serán canceladas por el ente
rector de las finanzas públicas en la
forma y oportunidad prevista en los
contratos o convenios de endeudamiento
pertinentes.
Art. 147.- Dividendos en mora-