1. Clasificación del certificado médico legal de
lesiones
Caciano Olivares
Wendy
Cárdenas Mateos
Alejandra
Martínez Jiménez
Nancy
2. Introducción
• Código Penal Federal Título decimonoveno
Delitos contra la vida y la integridad
corporal
Capítulo I Art. 288-301
Agresiones (21.1%) principal
causa de muerte en
hombres de 35-44 años
En mujeres de 30-44 años
las agresiones ocupan el 3°
lugar (5.2%) en causas de
mortalidad
Mortalidad en los jóvenes :
Agresiones (32.2%)
Accidentes de transporte (17.1%)
Lesiones autoinfligidas (6.6%)
4. Art. 288
• Lesión: No solamente heridas, escoriaciones,
contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras,
sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño
que deja huella material en el cuerpo humano, si
esos efectos son producidos por una causa externa.
5.
6. CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES
CORPORALES
• Según su naturaleza jurídica
Accidentales Culposas Dolosas
8. • Según el art. 130 del Código Penal
Criterio cronológico
30-90 días de multa si las
lesiones tardan en sanar
menos de 15 días
6 meses a 2 años de
prisión cuando tarden en
sanar más de 15 días y
menos de 70
2 a 3 años 6 meses de
prisión si tardan en
sanar más de 70 días
Criterio cosmético
De 2 a 5 años de prisión , cuando dejan cicatriz
permanentemente notable en la cara
Criterio de funcionalidad
De 3 a 5 años de prisión, cuando disminuya alguna
facultan o el normal funcionamiento de un órgano o
miembro
Criterio somato-funcional
De 3 a 8 años de prisión, si producen la pérdida de
cualquier función orgánica, de un miembro, un órgano
o una facultad, o causen una enfermedad incurable o
una deformación incorregible
Criterio de gravedad
De 3 a 8 años de prisión, cuando pongan en peligro la
vida
9. • Según las alteraciones producidas
Violencia corporal
física (incluye
violencia sexual)
Violencia
psicológica
Violencia mixta
10. • Según el mecanismo causal
Mecánico Térmico Eléctrico
Químicos Ionizante
11. Art 289. Lesiones que no pongas en peligro la
vida
<15 días 3-8 meses de prisión, 30-50 días
multa
>15 días 4 meses-2 años de prisión, 70-270 días
de multa
Art 290. lesión que deje cicatriz en cara
2-5 años de prisión + multa $200-300
Art 291. lesión que perturbe para siempre la
vista, disminuya la facultad de oír, entorpezca
o debilite permanentemente una mano, un pie,
un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano,
el uso de la palabrao alguna de las facultades
mentales
3-5 años de prisión $300-500
Art 292. lesión de la que resulte una
enfermedadsegura o probablemente
incurable, la inutilizacióncompleta o la
pérdida de un ojo, de un brazo, etc. o de
cualquier otro órgano; cuando quede
perjudicada para siempre, cualquiera función
orgánica o cuando el ofendido quede sordo,
impotente o con una deformidad incorregible
5-8 años de prisión
6-10 años de prisión – lesión incapacidad
para trabajar , enajenación mental, la pérdida
de la vista o del habla o de las funciones
sexuales
13. ARTICULO 295.
Al que ejerciendo la patria
potestad o la tutela infiera en
lesiones a los menores o a los
pupilos bajo su guarda, el juez
podrá imponerle, además de la
pena correspondiente a las
lesiones, suspensión o privación
en el ejercicio de aquellos
derechos.
14. ARTICULO 297.
Si las lesiones fueran inferidas
en riña o duelo, las sanciones
señaladas en los artículos que
anteceden podrán disminuirse
hasta la mitad o hasta los cinco
sextos, según que se trate del
provocado o del provocador, y
teniendo en cuenta la mayor o
menor importancia de la
provocación y lo dispuesto en
los artículos 51 y 52.
15. ARTICULO 298.
Al responsable de una lesión calificada
se le aumentara la sanción hasta el
doble que corresponda por la lesión
simple causada.
16. ARTICULO 300
Si la victima fuere alguno de los
parientes o personas a que se
refieren los artículos 343 bis y 343
ter, en este caso siempre y cuando
habiten en el mismo domicilio se
aumentara la pena de corresponda
hasta en un tercera parte de su
minimo y en su máximo, con arreglo
a los artículos que preceden, salvo
también se tipifique el delito de
violencia familiar.
17. ARTICULO 301
De las lesiones que a una
persona cause algún
animal bravío, será
responsable el que con
esa intención lo azuce, o
lo suelte o haga esto
ultimo por descuido.
18. DOCUMENTO MÉDICO DE LESIONES.
• Atender la urgencia
medica.
• Elaborar el expediente.
• Dar parte a la autoridad
correspondiente.
• Realizar el documento
medico de lesiones.
20. Clasificación …
Inicial
Complementario
Reclasifícativo
Definitivo
Inmediato al atender al paciente
Documento medico que facultativo agrega al inicial
-observación de evolución
Realizado por peritos médicos 15 días después
Paciente se presenta en el consultorio de medicina legal
Realizado por peritos médicos oficiales cuando el paciente se encuentra sano,
presenta secuelas