1. LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PREVISTAS EN
EL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE 2004
INTEGRANTES:
- C A C S I R E D E L A C R U Z , L I Z V I V I A N A
- C A R H UA M A N TA VÁ S Q U E Z , PA U L D O U G L A S
- C O R R E A M E N D O Z A , A N A LU C I A
- G O N Z A L E S AYA S TA , E L E N A Y S A B E L
- V I L L A N U E VA TO L E N T I N O , A L E X I S N AY E I Y
- V I L L AV I C E N C I O G O N Z A L E S , M I L A G R O S
2. 1)Detención preliminar judicial
El Juez de la Investigación Preparatoria, a solicitud del Fiscal, sin trámite alguno y teniendo a la
vista l.as actuaciones remitidas por aquél, dictará mandato de detención preliminar.
3. 2)Prisión Preventiva.-
Es la medida de coerción de carácter personal de mayor magnitud reconocida
por la legislación peruana, la cual consiste en la privación de la libertad del
imputado mediante el ingreso a un centro penitenciario por un lapso
determinado
3)Incomunicación.-
En los casos de detención preliminar y prisión preventiva por delito grave
(terrorismo, espionaje, tráfico de drogas o conminado con pena superior a seis
años de privación de libertad). Esta medida coercitiva que se extiende hasta por
10 días, no impide las entrevistas del incomunicado con su defensor, y vencido
su plazo cesa automáticamente
4. 4) Comparecencia, simple o restrictiva
Es la medida coercitiva personal, el cual es dispuesta por el Juez si no encuentra fundado el requerimiento Fiscal
de prisión preventiva.
5)Detención domiciliaria
Es una medida sustitutiva a la detención preventiva que tiene el carácter de preventivo cuya finalidad es preservar
que el imputado asista a todos los actuados del Proceso Penal hasta su conclusión.
6)Internación preventiva
dictada por el Juez de Investigación Preparatoria para internar en un «establecimiento psiquiátrico» a todo aquel
procesado al que se le haya comprobado previamente por dictamen pericial psiquiátrico que sufre de una grave
alteración o insuficiencia de sus capacidades mentales
5. 7) Impedimento de salida
Es una medida, requerida al Juez por el Fiscal, que puede utilizarse cuando se
investiga delitos sancionados con pena privativa de la libertad superior a tres
años.