¿Pagar sólo comisiones sin un salario básico es legal? Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
Elementos que integran el salario  Articulo 127 C.S.T.:  Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino  todo  lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario u hora extra, valor del trabajo en días de descanso obligatorio,  porcentajes sobre ventas  y  comisiones .
SALARIO  FORMAS Y LIBERTAD DE ESTIPULACION ARTICULO 132 C.S.T.: “ 1. El empleador y el trabajador  pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades  como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal …”
Contrato cuyo pago es sólo con comisiones: Contrato Laboral Aleatorio
Contratos Laborales Aleatorios El salario mínimo está vinculado estrecha e ineludiblemente a la jornada ordinaria de trabajo. En estos contratos no se remuneran por unidad de tiempo laborado, siempre y cuando el empleador  no  exija la realización del servicio dentro de una jornada específica.
En los contratos con sólo comisiones ¿Cómo se liquida prestaciones sociales? Las prestaciones sociales (Cesantías, Primas y Vacaciones) se liquidan sobre el  promedio  mensual que reciba en comisiones el trabajador,  no  importa el monto.
¿Cómo se cotiza a seguridad social? Se cotiza sobre el promedio mensual que reciba en comisiones el trabajador pero este valor no puede ser inferior a 1 s.m.m.l.v. Se mantienen los porcentajes: Salud:  Empleador 8.5% trabajador 4% Pensión:  Empleador 12% trabajador 4% ARP y Parafiscales 100% empleador
¿Pagar sólo comisiones sin un salario básico es legal? Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal

Comision Sin Basico

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    ¿Pagar sólo comisionessin un salario básico es legal? Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
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    Elementos que integranel salario Articulo 127 C.S.T.:  Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario u hora extra, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones .
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    SALARIO FORMASY LIBERTAD DE ESTIPULACION ARTICULO 132 C.S.T.: “ 1. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal …”
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    Contrato cuyo pagoes sólo con comisiones: Contrato Laboral Aleatorio
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    Contratos Laborales AleatoriosEl salario mínimo está vinculado estrecha e ineludiblemente a la jornada ordinaria de trabajo. En estos contratos no se remuneran por unidad de tiempo laborado, siempre y cuando el empleador no exija la realización del servicio dentro de una jornada específica.
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    En los contratoscon sólo comisiones ¿Cómo se liquida prestaciones sociales? Las prestaciones sociales (Cesantías, Primas y Vacaciones) se liquidan sobre el promedio mensual que reciba en comisiones el trabajador, no importa el monto.
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    ¿Cómo se cotizaa seguridad social? Se cotiza sobre el promedio mensual que reciba en comisiones el trabajador pero este valor no puede ser inferior a 1 s.m.m.l.v. Se mantienen los porcentajes: Salud: Empleador 8.5% trabajador 4% Pensión: Empleador 12% trabajador 4% ARP y Parafiscales 100% empleador
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    ¿Pagar sólo comisionessin un salario básico es legal? Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal