ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
Comités de convivencia laboral
1. resolución 2646 de 2008 en su Art 14 se crean los comités de convivencia laboral,
convirtiéndose así en una estancia dentro de la empresa que le daría un abordaje
imparcial a las posibles situaciones de acoso expuesta por los funcionarios. Con la
resolución 652 del 30 de abril 2012 se reglamentan los comités de convivencia
laboral para empresas públicas y privadas, se define su conformación de acuerdo
al número de trabajadores y se establecen las responsabilidades que le asiste a los
empleadores y ARL en el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del
acoso laboral. El 18 de Julio de 2012 con la resolución 1356, el Ministerio del Trabajo
modifica los Artículos 3, 4, 9 y 14 de la resolución 652 de 2012, estableciendo
cambios en conformación de los comités, reuniones y plazos de cumplimiento
¿Cómo identificar que existe o no acoso laboral? El artículo 7 de la Ley 1010 de
2006, establece una serie de conductas, que permiten identificar si una conducta
puede ser catalogada como acoso laboral, igualmente el artículo 8, enuncia un
listado de conductas que a pesar de presentarse, no pueden ser clasificadas como
acoso laboral. De conformidad con el artículo 2 de la Ley 1010 de 2006: "Se
entenderá por acoso laboral toda conducta persistente y demostrable, ejercida
sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior
jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno,
encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio
laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo."
2. Pasos para conformar el comité
Designe una persona responsable del proceso, este debe ser preferiblemente el
responsable de seguridad y salud en el trabajo.
Elabore un comunicado inicial a todo el personal con información de interés del
COPASST.
Elabore un comunicado, informando sobre el proceso de inscripción que se llevara
a cabo (establezca fecha de inicio y cierre de inscripciones).
Defina como debe realizarse la inscripción (correo electrónico, en oficina, a través
del jefe o supervisor etc.).
A través de correos y comunicados, realice expectativas al personal, con la relación
de los inscritos (postulados).
Nombre, área, cargo, etc. Recopile las inscripciones, organice tarjetones con
(nombre del candidato, cedula, área, años en la compañía, cargo).
Defina una fecha para realizar el proceso de votación (organice el tiempo con el
ideal de que todo el personal vote, si trabaja por turnos defina una metodología con
el fin de dar cobertura).
El día de la votación, designar dos jurados, como veedores del proceso en la mesa
de votación. En la mesa de votación organizar cajas para el deposito del voto, es
importante tener los listados del personal a votar.
Cada votante deberá dejar registrada la firma.
Una vez todos los trabajadores voten, se procede hacer el conteo de votos por parte
del jurado. Definido los representantes y suplentes, se realiza el acta de
conformación del COMITÉ DE CONVIVENCIA, definiendo su periodo de duración
de (dos años). En el acta de conformación deben estar descritos los representantes
del Empleador y sus suplentes.
3. Funciones del Comité de Convivencia
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan
situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que
las soportan.
Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los
que se formule queja o reclamo.
Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos
que dieron lugar a la queja.
Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes
involucradas.
Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir,
renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos
el principio de la confidencialidad.
Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas
en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se
cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité
de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de
la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité
informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador
puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez
competente.
Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las
recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y
4. correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la
gestión.
Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el
Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y
SST de las empresas e instituciones públicas y privadas.
Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya
estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.
Funciones del Presidente del Comité
Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y
extraordinarias. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias
en forma dinámica y eficaz.
Tramitar ante la administración de la entidad pública o empresa privada, las
recomendaciones aprobadas en el Comité.
Gestionar ante la alta dirección de la entidad pública o empresa privada, los
recursos requeridos para el funcionamiento del Comité.
Funciones del Secretario Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por
escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir acoso
laboral, así como las pruebas que las soportan.
Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del Comité la
convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y
extraordinarias, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.
Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas,
con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.
Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin
de establecer compromisos de convivencia.
Funciones del Secretario
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que
se describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, así
como las pruebas que las soportan.
Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del Comité la
convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y
extraordinarias, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.
Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las
quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.
Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con
el fin de establecer compromisos de convivencia.
Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte
y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.
Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del
Comité. Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas
5. por el Comité a las diferentes dependencias de la entidad pública o
empresa privada.
Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer
seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada
una de las partes involucradas.
Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya
estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y
recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de
la entidad pública o empresa privada.
Metodología sesiones del comité
Instalado en Comité de Convivencia se debe proceder a:
Nombramiento del presidente y secretario del comité Firma de cláusulas de
compromisos de confidencialidad y reserva Definición de fechas de
reuniones según la periodicidad prevista.
Los demás temas que los miembros quieran tratar Las reuniones podrán ser:
Reuniones ordinarias: Las celebradas mediante convocatoria, según las
fechas establecidas en el acta.
Reuniones extraordinarias: Cuando los miembros del comité consideren que
deben reunirse en fechas adicionales a las ordinarias. Podrán ser
convocadas por el presidente del comité o un integrante del comité designado
por el presidente.
Validez de las Reuniones El comité sólo podrá sesionar con la asistencia de
por lo menos con la mitad más uno de sus integrantes, entre los cuales debe
estar presente el presidente del comité.
6. Actas de Reunión De cada reunión se elevará un acta en la cual se señalará
la naturaleza de la reunión, la fecha y lugar de reunión y los asuntos tratados.
Toda acta deberá ser firmada por los miembros del comité que asistieron a
la reunión correspondiente. Para la conservación de las actas se
implementará un archivo confidencial especial que será de libre consulta para
los miembros del comité, éste archivo estará bajo la custodia del presidente
del comité.
Decisiones del Comité El Comité adoptará en principio decisiones por la vía
del consenso; sin embargo, en caso de no llegarse a él, las decisiones se
tomarán a través del sistema de mayoría simple.
Medidas preventivas El Comité tendrá dentro sus actividades, realizará las
siguientes actividades: Campañas de divulgación preventivas del acoso
laboral. Capacitaciones sobre la normatividad y la legislación pertinentes.
7. Organizar círculos de participación o grupos de similar naturaleza, para la
evaluación periódica de la Organización, función del trato digno y respetuoso.
Promover la construcción conjunta de valores y hábitos que promuevan el
buen trato laboral. Evaluación del clima laboral y riesgo psicosocial, el comité
podrá proponer ó hacer recomendaciones al respecto.